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Documento BOE-A-2019-4205

Resolución de 8 de marzo de 2019, del Consorcio de la Ciudad de Cuenca, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Castilla-La Mancha, para coedición y financiación de la publicación del libro "La Plaza Mayor y su entorno arquitectónico-Cuenca Ciudad Barroca I".

Publicado en:
«BOE» núm. 70, de 22 de marzo de 2019, páginas 29881 a 29885 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2019-4205

TEXTO ORIGINAL

Aprobado por Comisión Ejecutiva el 7 de febrero de 2019 el Convenio entre la Universidad de Castilla-La Mancha y el Consorcio de la Ciudad de Cuenca para coedición y financiación de la publicación del libro «La Plaza Mayor y su entorno arquitectónico-Cuenca Ciudad Barroca I», del profesor Pedro Miguel Ibáñez Martínez, una vez obtenida la previa y preceptiva autorización del Ministerio de Hacienda con fecha 6 de marzo de 2019 y firmado por las partes intervinientes con fecha 7 de marzo de 2019.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,

El Consorcio de la Ciudad de Cuenca resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado Convenio en el Registro Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, una vez que dicho Convenio ha sido autorizado por el Ministerio de Hacienda y suscrito por las partes intervinientes.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Cuenca, 8 de marzo de 2019.–El Presidente del Consorcio de la Ciudad de Cuenca, Ángel Luis Mariscal Estrada.

CONVENIO ENTRE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA Y EL CONSORCIO DE LA CIUDAD DE CUENCA PARA COEDICIÓN Y FINANCIACIÓN DE LA PUBLICACIÓN DEL LIBRO «LA PLAZA MAYOR Y SU ENTORNO ARQUITECTÓNICO-CUENCA CIUDAD BARROCA I», DEL PROFESOR PEDRO MIGUEL IBÁÑEZ MARTÍNEZ

Cuenca, a 7 de marzo de 2019.

Doña M.ª Ángeles Zurilla Cariñana, en su condición de Vicerrectora de Cultura, Deporte y Extensión Universitaria de la Universidad de Castilla-La Mancha, que obra en nombre y representación del Servicio de Publicaciones de esta Universidad, en virtud de las facultades que tiene conferidas por el Sr. Rector Magfco. de la referida universidad por resolución rectoral de 4 de abril de 2016 («DOCM» núm. 67 del 8), con sede en el Vicerrectorado de Cultura, Deporte y Extensión Universitaria, Campus universitario, s/n, de Cuenca (C.P. 16071) y la capacidad jurídica que le confiere la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como los Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha, según resolución del 18 de noviembre de 2015 de la Dirección General de Universidades, Investigación e Innovación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha («DOCM» de 24 de diciembre), en virtud de la Ley Orgánica 6/2011, de 21 de diciembre, de Universidades.

Don Ángel Luis Mariscal Estrada, Presidente del Consorcio de la Ciudad de Cuenca, en nombre y representación del mismo, con facultades bastantes para este acto en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por el artículo 9 de los Estatutos del mismo, aprobados en Consejo de Administración de 27 de noviembre de 2018 («BOE» núm. 292 de 4 de diciembre) y del acuerdo de la Comisión Ejecutiva de fecha 27 de julio de 2015, con la capacidad jurídica que le confiere la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en su Capítulo VI, el Real Decreto 112/2004, de 23 de enero, por el que se constituye y organiza el Real Patronato de la Ciudad de Cuenca, Real Decreto 238/2005, de 4 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 112/2004, de 23 de enero, por el que se constituye y organiza el Real Patronato de la Ciudad de Cuenca y el Convenio de colaboración por el que se crea el Consorcio de la Ciudad de Cuenca, de fecha 22 de julio de 2005.

Actúan en calidad de representantes de sus Entidades respectivas y ejercen las facultades que tienen conferidas para convenir en nombre de aquellas.

MANIFIESTAN

Primero.

Que el Consorcio de la Ciudad de Cuenca (en adelante, el Consorcio) de acuerdo con el Real Decreto 112/2004, de 23 de enero, tiene como fines esenciales «servir de apoyo administrativo y de gestión al Real Patronato de la Ciudad de Cuenca para el mejor cumplimiento por este de sus fines propios». En el citado Real Decreto se establece como fin del Real Patronato «promover y coordinar todas aquellas acciones que deban realizar en Cuenca las Administraciones y entidades que lo componen, orientadas a la conservación y revitalización del patrimonio cultural de la ciudad, así como al desarrollo y potenciación de las actividades culturales y turísticas vinculadas a ella».

Segundo.

Que la Universidad de Castilla-La Mancha (en adelante, el S.P. UCLM) como institución de formación y divulgación científica, tiene como una de sus principales actividades el acercamiento del conocimiento científico y cultural a la sociedad, debiendo establecer para ello líneas de colaboración con otras instituciones de ámbito local, regional, nacional e internacional.

Tercero.

Que el Consorcio ha impulsado la publicación del libro «La Plaza Mayor y su entorno arquitectónico-Cuenca Ciudad Barroca l», del profesor Pedro Miguel Ibáñez Martínez.

Cuarto.

Que el Consorcio está en posesión de la maqueta original del trabajo titulado «La Plaza Mayor y su entorno arquitectónico-Cuenca Ciudad Barroca l», del profesor Pedro Miguel Ibáñez Martínez, habiéndosele cedido al Consorcio los derechos a componer, imprimir, encuadernar, publicar (también en formato electrónico y en la red Internet), difundir y vender la citada obra, así como a efectuar cuantas operaciones comerciales sean propias del ámbito editorial y cuya ejecución ha supuesto para el Consorcio un coste de 6.413 euros, habiendo propuesto editarlo al S.P. UCLM, en régimen de coedición.

Por todo ello, la Comisión Ejecutiva del Consorcio de la Ciudad de Cuenca, por resolución de fecha 7 de febrero de 2019, y el S.P. UCLM, en la representación que ostentan formalizan el presente convenio, y en su virtud, acuerdan las siguientes:

ESTIPULACIONES

Primera.

El presente convenio tiene por objeto la coedición del libro «La Plaza Mayor y su entorno arquitectónico-Cuenca Ciudad Barroca l», del profesor Pedro Miguel Ibáñez Martínez, entre el Consorcio y el S.P. UCLM. y regula las obligaciones que asumen las partes en orden a conseguir la coedición de la obra (financiación, procesos de edición, promoción y difusión del mismo).

Segunda.

El importe máximo del presupuesto para la impresión será de 15.000 euros, I.V.A. incluido.

Tercera.

El S.P. UCLM contratará con una empresa la impresión del libro, por un importe máximo de 15.000 euros IVA incluido, con una tirada máxima de setecientos ejemplares (700) iguales, encuadernados, de los que se hará el siguiente reparto:

400 ejemplares, para el Consorcio.

100 ejemplares, para el S.P. UCLM.

200 ejemplares, cuarenta (40) para el autor, cuatro (4) para la entrega en el Depósito Legal y ciento cincuenta y seis (156) para la promoción, reseñas en revistas científicas especializadas y distribución en bibliotecas. El S.P. UCLM se hará cargo de la distribución y envío de estos ejemplares. Los correspondientes al autor, serán enviados a don Pedro Miguel Ibáñez Martínez, en la forma que acuerden. El otro coeditor, el Consorcio, queda exonerado por el presente acuerdo de devengar ni libro ni cantidad alguna al autor.

Cuarta.

El S.P. UCLM abonará a la imprenta adjudicataria, como contribución a la coedición y entrega de 300 ejemplares (200 para la difusión en revistas especializadas, bibliotecas universitarias y autor, más 100 para su libre disposición o comercialización) la cantidad de 3.000 euros, IVA incluido, haciendo efectivo su importe a la presentación de la factura, previa entrega de los ejemplares.

La parte correspondiente al Servicio de Publicaciones, 3.000 euros, será abonada con cargo a la orgánica 0105000, Programa 455 A de la UCLM.

Quinta.

El Consorcio abonará a la imprenta adjudicataria designada por el S.P. UCLM, como contribución a la coedición y entrega de 400 ejemplares, la cantidad correspondiente restante hasta completar el importe de adjudicación, como máximo en importe de 12.000 euros, IVA incluido, haciendo efectivo su importe a la presentación de la factura, previa entrega de los ejemplares.

La financiación de la citada publicación se realizará con cargo a la partida presupuestaria 22706 Estudios y trabajos técnicos del Presupuesto del año 2019 del Consorcio.

Sexta.

El S.P. UCLM justificará la tirada de los 700 ejemplares mediante certificado expedido por el impresor. Esta edición estará impresa como fecha límite el día 31 de marzo de 2019.

Séptima.

El S.P. UCLM se compromete a: la realización de los procesos de edición (solicitud de presupuestos, formalización de contrato de impresión, producción editorial, promoción y difusión, Depósito Legal, gestión del ISBN, depósito en bibliotecas, gestión y distribución en acceso abierto de la obra en formato electrónico) y contribución económica para la impresión y encuadernación.

Octava.

En la obra figurará la mención del Consorcio y su anagrama junto al del S. P. UCLM. Así mismo, ambos anagramas aparecerán en cada una de las acciones promocionales del libro. De la misma forma, el Consorcio, a través de la persona designada para su representación, participará en el acto de presentación pública del libro junto con la Vicerrectora de Cultura, Deporte y Extensión Universitaria y el autor del libro.

Novena.

La obra llevará el ISBN de los prefijos asignados por el S.P. UCLM para la edición impresa. El copyright irá a nombre de sus autores (textos e imágenes) y de los coeditores, el Consorcio y el S.P. UCLM (la edición).

Décima.

El S.P. UCLM asume la comercialización nacional e internacional del libro objeto de este convenio, sin cargo alguno para el Consorcio.

Undécima.

El Consorcio podrá hacer uso de los ejemplares que le corresponden en la forma que considere oportuna, sin necesidad de acuerdo previo con el SP UCLM, dispondrá libremente de los ejemplares recibidos para utilizarlos como material de regalo.

Duodécima.

El Consorcio y el S.P. UCLM fijan el P.V.P. estimado de venta al público de cada ejemplar en la cantidad máxima de 30 euros, IVA incluido, para la versión impresa.

El S.P. UCLM se obliga a realizar las prestaciones objeto del presente convenio.

Decimotercera.

El S.P. UCLM se compromete a entregar los libros correspondientes al Consorcio en la dirección y fecha indicada por este. Los gastos de transporte y distribución correrán a cuenta del S.P. UCLM.

Decimocuarta.

El S.P. UCLM se compromete a disponer del documento electrónico del libro resultado de la colaboración con el Consorcio en el Repositorio Institucional de Recursos en Abierto, dónde deberá figurar también el logo del Consorcio.

Decimoquinta.

Para la vigilancia y control del convenio y de los compromisos adquiridos con su firma se establece una comisión de seguimiento del mismo formada por dos miembros de cada una de las partes.

Esta comisión de seguimiento resolverá cualquier problema de interpretación o cumplimiento que pudiera plantearse. Las normas de funcionamiento de dicha comisión se regirán por la normativa reguladora del régimen de órganos colegiados de las Administraciones Públicas.

Las partes determinarán mediante anexo, la composición de la comisión que, al menos deberá reunirse una vez antes de la finalización de la vigencia del convenio.

Decimosexta.

El presente convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes y será eficaz una vez se inscriba en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y se publique en el «Boletín Oficial del Estado». Tendrá validez únicamente para esta edición de la obra mencionada, requiriéndose autorización previa del Consorcio para sucesivas ediciones. La fecha de vigencia del convenio es hasta el 31 de diciembre de 2020.

Decimoséptima.

La modificación del contenido de este convenio requerirá el acuerdo unánime de las partes, según establece el artículo 49.g) de la ley 40/2015, de 1 de octubre.

Decimoctava.

La imposibilidad del cumplimiento de todas o cada una de las prestaciones pactadas en el presente convenio, que sean atribuidas a culpa, dolo, imprevisión o negligencia, del obligado a llevarlas a cabo, producirán la extinción del convenio, asumiendo la parte responsable la correspondiente indemnización por daños y perjuicios ocasionados. Igualmente serán causas de resolución todas las incluidas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Decimonovena.

El presente convenio se rige por los artículos 47 a 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y también por lo pactado. Las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes durante la ejecución del mismo se intentarán resolver de mutuo acuerdo. Si no fuera posible alcanzar un acuerdo, serán sometidas a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

El presente convenio se extiende por duplicado, quedando una copia en poder del Consorcio, y otra en poder del S.P. UCLM.–Por el Consorcio de la Ciudad de Cuenca, el Presidente, Ángel L. Mariscal Estrada.–Por la Universidad de Castilla-La Mancha, la Vicerrectora de Cultura, Deporte y Extensión Universitaria, María Ángeles Zurilla Cariñana.

ANEXO

En virtud de lo dispuesto en la cláusula decimoquinta del Convenio, la comisión de seguimiento y control, está formada por los siguientes miembros:

Por el Consorcio de la Ciudad de Cuenca: El Gerente del Consorcio de la Ciudad de Cuenca y la responsable del Área de Contratación.

Por la Universidad de Castilla-La Mancha: El Vicegerente del Vicerrectorado de Cultura y Extensión Universitaria y el Director Técnico del Servicio de Publicaciones UCLM.

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