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Documento BOE-A-2019-4847

Decreto 3/2019, de 1 de abril, de la Presidenta de las Illes Balears, de convocatoria de elecciones a los Consejos Insulares de Mallorca, de Menorca y de Ibiza.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 79, de 2 de abril de 2019, páginas 34054 a 34054 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Referencia:
BOE-A-2019-4847
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ib/d/2019/04/01/3

TEXTO ORIGINAL

El artículo 64 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears establece que cada uno de los consejos insulares de Mallorca, de Menorca y de Ibiza está integrado por los consejeros elegidos en las respectivas circunscripciones, por sufragio universal, igual, libre, directo y secreto, mediante un sistema de representación proporcional, respetando el régimen electoral general.

Asimismo, el artículo 6 de la Ley 7/2009, de 11 de diciembre, Electoral de los Consejos Insulares, dispone que la convocatoria de elecciones a los consejos insulares de Mallorca, de Menorca y de Ibiza se realizará por decreto del presidente de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con las condiciones y los plazos establecidos en el artículo 42.3 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG). La fecha de las elecciones insulares coincidirá en cualquier caso con la de las municipales.

En consecuencia, de acuerdo con el artículo 6, anteriormente mencionado, y de conformidad con lo previsto en el artículo 9.1.b) de la Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears, y el artículo 42.3 de la LOREG, decreto:

Primero.

Se convocan elecciones a los consejos insulares de Mallorca, de Menorca y de Ibiza, que se celebrarán el día 26 de mayo de 2019.

Segundo.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 7/2009, de 11 de diciembre, Electoral de los Consejos Insulares, las circunscripciones electorales insulares de Mallorca, de Menorca y de Ibiza elegirán, respectivamente, 33, 13 y 13 consejeros.

Tercero.

La campaña electoral tendrá una duración de quince días: empezará a las cero horas del día 10 de mayo de 2019 y finalizará a las veinticuatro horas del día 24 de mayo de 2019.

Cuarto.

Este decreto se publicará conjuntamente en el «Boletín Oficial de las Illes Balears» y en el «Boletín Oficial del Estado», y entrará en vigor el mismo día de su publicación.

Palma, 1 de abril de 2019.–La Presidenta, Francesca Lluch Armengol i Socias.

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 01/04/2019
  • Fecha de publicación: 02/04/2019
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
  • Publicada en el BOIB núm. 42, de 2 de abril de 2019.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 9.1.b) de la Ley 1/2019, de 31 de enero (Ref. BOE-A-2019-2862).
    • el art. 6 de la Ley 7/2009, de 11 de diciembre (Ref. BOE-A-2010-1399).
    • el art. 64 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (Ref. BOE-A-2007-4233).
    • el art. 42.3 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio (Ref. BOE-A-1985-11672).
Materias
  • Baleares
  • Consejos Insulares
  • Elecciones locales

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