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Documento BOE-A-2019-504

Resolución de 14 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se incoa procedimiento para la declaración de la Plaza de Santa Eulalia de Segovia, como bien de interés cultural, con la categoría de conjunto histórico.

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 16 de enero de 2019, páginas 3450 a 3453 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2019-504

TEXTO ORIGINAL

La Ley 12/2002, de 11 de julio de Patrimonio Cultural de Castilla y León, en su artículo 8, señala: «los bienes muebles e inmuebles y actividades integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla y León, que reúnan de forma singular y relevante las características del artículo 1.2 de esta Ley serán declarados bienes de interés cultural.»

A tales efectos, y por lo que se refiere a los bienes inmuebles, establece que éstos serán declarados de interés cultural atendiendo a las siguientes categorías: monumento, jardín histórico, conjunto histórico, sitio histórico, zona arqueológica, conjunto etnológico y vía histórica.

En dicho artículo, concretamente en el apartado 8.3 c), se dispone que tendrá la consideración de conjunto histórico: «La agrupación de bienes inmuebles que forman una unidad de asentamiento, continua o dispersa, condicionada por una estructura física representativa de la evolución de una comunidad humana, por ser testimonio de su cultura o constituya un valor de uso y disfrute para la colectividad, aunque individualmente no tengan una especial relevancia. Asimismo, es conjunto histórico cualquier núcleo individualizado de inmuebles comprendidos en una unidad superior de población que reúna esas mismas características y pueda ser claramente delimitado.».

La Plaza de Santa Eulalia de Segovia era fundamentalmente el barrio de los tejedores de paños donde se encontraba el conjunto más homogéneo de arquitectura civil del siglo XVI de la ciudad, caracterizado por casas construidas con ladrillo y armazón de madera, con frentes de fachadas con soportales. Singular ejemplo de arrabal de mercado, conserva y mantiene en gran medida la huella y memoria histórica de este tipo de asentamientos. En la actualidad, el carácter de la plaza permanece prácticamente inalterable en cuanto a la trama originaria se refiere y conserva, a pesar de las transformaciones sufridas, edificaciones de interés, por lo que este espacio se configura como único testigo y huella de este ámbito extramuros de la ciudad de Segovia, declarada Patrimonio de la Humanidad por la Unesco en 1985.

El procedimiento de declaración de bien de interés cultural se regula en el artículo 9 y siguientes de la mencionada Ley, desarrollándose en el Título II, Capítulo I del Decreto 37/2007, de 19 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León. De acuerdo con dichas normas, la declaración de bien de interés cultural requiere la previa incoación y tramitación del expediente administrativo por la Consejería competente en materia de cultura.

La iniciación del procedimiento, según establece el artículo 10.3 de la Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, determinará respecto al bien afectado, la aplicación inmediata y provisional del régimen de protección previsto en la citada ley para los bienes declarados de interés cultural. Asimismo, en aplicación, de lo dispuesto en el artículo 36 de dicha ley, todas las obras que hubiesen de realizarse en el conjunto que se pretende declarar, no podrán llevarse a cabo sin la aprobación previa del proyecto correspondiente por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural, o si es el caso, por esta Dirección General.

Por cuanto ha quedado expuesto, de acuerdo con las pautas de actuación establecidas, en el Plan PAHIS 2020, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por Acuerdo 22/2015, de 9 de abril de la Junta de Castilla y León, y de conformidad con lo establecido en los artículos 39 y 40 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por el Decreto 37/2007, de 19 de abril, esta Dirección General de Patrimonio Cultural,

RESUELVE:

Primero.

Incoar procedimiento de declaración de la Plaza de Santa Eulalia de Segovia, como bien de interés cultural con la categoría de conjunto histórico, de acuerdo con la descripción y delimitación que consta en el anexo que acompaña a esta resolución y que figura en el plano obrante en el expediente.

Segundo.

Si durante la tramitación del procedimiento se demostrara que el bien no reúne de forma singular y relevante las características del artículo 1.2 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, pero mereciera una especial consideración por su notable valor cultural y, por tanto, susceptible de ser incluido en el Inventario de Bienes del Patrimonio Cultural de Castilla y León, se continuará el expediente siguiendo los trámites previstos para su inclusión en dicho Inventario, conservando los trámites realizados.

Valladolid, 14 de diciembre de 2018.–El Director General de Patrimonio Cultural, Enrique Saiz Martín.

ANEXO
Conjunto histórico de la Plaza de Santa Eulalia (Segovia)

Desde la época de repoblación, a fin de superar las limitaciones de la ciudad vieja amurallada, surgen en las riberas de los ríos Eresma y Clamores, siguiendo las principales vías de comercio y comunicación, los arrabales, asentamientos extramuros que desde el siglo XII hasta finales del siglo XVIII van a convertirse en los auténticos centros económicos, comerciales y de desarrollo de la ciudad.

El arrabal de Santa Eulalia constituye un singular ejemplo de arrabal de mercado, que conserva y mantiene en gran medida la huella y memoria histórica de este tipo de asentamientos. Con centro en la plaza de Santa Eulalia, conserva la iglesia del mismo nombre y alguno de los soportales de la antigua plaza, así como interesantes ejemplos de arquitectura civil de los siglos XVI y XVII y de arquitectura popular urbana desarrollada hasta el siglo XIX.

El conjunto urbano de la plaza de Santa Eulalia reúne de forma singular y relevante las características definidas por la Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, al conformar una unidad de asentamiento continua comprendida en una unidad superior de población, condicionada por la trama urbana de los arrabales extramuros de la ciudad segoviana en el siglo XVI y supone la última presencia de una estructura física de la evolución de una comunidad, siendo testimonio de riqueza cultural al tratarse de un asentamiento estratégico histórico dentro de Castilla y León.

La Plaza de Santa Eulalia se localiza en el arrabal histórico de Santa Eulalia, al sur de la Plaza del Azoguejo en la ciudad de Segovia, inscrita en el año 1985 en la Lista de Patrimonio Mundial. El arrabal de Santa Eulalia en el camino de Madrid, será el eje principal focalizador del comercio derivado de la trashumancia.

Desde la plaza del Azoguejo, ascendiendo por la calle de San Francisco, donde se ubicaban famosas posadas, como la de los Vizcaínos, la casa del sello, para el sello de paños y el Convento de San Francisco del siglo XV, para alcanzar la calle Muerte y Vida tras pasar el puente del Clamores y posteriormente a la Plaza de Santa Eulalia, centro del arrabal del mismo nombre.

En la actualidad, el eje norte-sur que responde a las calles Muerte y Vida y José Zorrilla, se ha convertido en un eje comercial y peatonal, conformado por altas edificaciones residenciales, que ha perdido en buena parte su carácter tradicional. Por el contrario, en el lado este, el eje norte-sur conformado por las calles Buitrago y Alférez Provisional, aunque algo transformado, mantiene su carácter tradicional. Es aquí donde se localizan las edificaciones de mayor interés y mejor conservadas, con perspectivas más abiertas, en el que la plaza arbolada con curiosos ejemplares de almez y la Iglesia de Santa Eulalia y su torre adquieren mayor presencia en el conjunto.

La huella histórica del conjunto se manifiesta de forma patente en la perspectiva visual de la calle Buitrago, junto con la plaza de Santa Eulalia y la Calle Alférez Provisional.

En esta zona se ubican las antiguas edificaciones agregadas sobre los muros que delimitaban hacia el oeste el antiguo Convento de San Francisco, y que adosadas unas a otras, iban conformando el sinuoso trazado ascendente desde la plaza del Azoguejo hasta la plaza de Santa Eulalia. Hoy todavía se percibe en el plano la gran parcela del Antiguo Convento de San Francisco, actual Palacio de Artillería y la agrupación parcelaria, cuya característica principal es la organización estrecha y profunda en la que las edificaciones se han adosado bien a calle o bien se han adelantado conformando espacios asoportalados como en el caso de la plaza de Santa Eulalia. Desde la calle Buitrago hacia el oeste las manzanas aparecen más fragmentadas, apoyándose en el Camino «Real del Mercado».

El conjunto se caracteriza por su vinculación a la Iglesia románica de Santa Eulalia, eje central del conjunto. Se trata de una iglesia de origen románico siglo XII, muy transformada en época barroca del siglo XVII, especialmente su interior. Se trata de un templo de tres naves con bóvedas con lunetos y cúpula barroca sobre pechinas. Los ábsides de la Epístola y del Evangelio datan de la época del románico. Este último se encuentra bajo la torre, sustentado mediante arco conopial de granito del siglo XVI. De esta época también data la portada gótico-tardía y los capiteles de la nave de capillas del lado del Evangelio. La torre de tres cuerpos es románica. Las obras de rehabilitación del templo han puesto de manifiesto nuevos elementos originarios del templo en la nave lateral derecha y en el ábside, así como pinturas murales.

La Plaza de Santa Eulalia, centro neurálgico del arrabal, era fundamentalmente el barrio de los tejedores de paños y aquí se encontraba el conjunto más homogéneo de arquitectura civil del siglo XVI de la ciudad, caracterizado por casas construidas con ladrillo y armazón de madera, con frentes de fachadas con soportales. En la actualidad se conservan algunas de estas edificaciones en las calles del este y oeste de la plaza, por lo que este espacio se constituye como único testigo y perdurable huella de este ámbito extramuros de la capital.

No era habitual que la nobleza construyera sus casas extramuros, por lo que en el arrabal fueron escasas las casonas y construcciones señoriales. En la actualidad, como testigo de este tipo de construcciones, en la esquina entre la Plaza de Santa Eulalia y la calle San Antón, se encuentra la Casa de los Comuneros hermanos Buitrago de finales del siglo XV principios del XVI. Su fachada a la plaza de Santa Eulalia presenta portal enmarcado mediante arco de medio punto, ejecutado con grandes sillares de jambas y dovelas de arco, enmarcado con un alfiz.

Asimismo el conjunto conserva, entre los edificios que formaron parte de las edificaciones agregadas sobre los muros que delimitaban hacia el oeste del antiguo Convento de San Francisco, interesantes ejemplos de arquitectura civil residencial del siglo XIX, que han ofrecido un paisaje urbano peculiar durante más de un siglo. De esta misma época, por detrás de la Iglesia de Santa Eulalia se localizan algunas edificaciones de menor relevancia, que conservan singularidades locales como el esgrafiado segoviano.

A partir del siglo XX empiezan a aparecer nuevas tipologías edificatorias, con más altura, que responden a una imagen menos autóctona, provocando en algunos casos impactos visuales discordantes con el entorno. La aparición y colmatación del tejido mediante de nuevas tipologías edificatorias, han provocado una importante transformación del lugar, a pesar de lo cual el carácter de la plaza permanece prácticamente inalterable y en buen estado de conservación en cuanto a la trama originaria se refiere.

Delimitación literal del perímetro del conjunto histórico:

Motivación: La delimitación del Conjunto Histórico de la Plaza de Santa Eulalia responde a una forma poligonal que agrupa todas las edificaciones que flanquean la plaza y la Iglesia del mismo nombre. El emplazamiento de la plaza se caracteriza por el desnivel entre el Camino Real de los Arrabales o camino del Mercado (actual calle José Zorrilla) y el Arroyo Clamores en la actualidad soterrado, y queda delimitado al este por las calles Buitrago, Alférez Provisional, al oeste por las calles Muerte y Vida y José Zorrilla, al norte por la manzana catastral urbana entre la plaza Somorrostro y la plaza de Santa Eulalia y al sur por la Iglesia de Santa Eulalia y las edificaciones que asoman a la calle peldaños.

La delimitación del Conjunto Histórico recoge principalmente las edificaciones que conforman el paisaje visual de la plaza de Santa Eulalia, incluyendo las perspectivas de la plaza desde los principales recorridos del eje norte-sur de las calles Buitrago - Alférez Provisional y también por el eje norte-sur de las calles Muerte y Vida - José Zorrilla. También conforman visualmente este espacio las edificaciones que asoman a otros ejes visuales de menor relevancia, como los de las calles Relojeros - San Antón y Escolares y Peldaños.

Descripción literal del conjunto:

Comenzando la descripción detallada recogiendo la fachada sur del edificio que hace esquina entre la plaza de Santa Eulalia y la calle San Antón, cruza la calle San Antón y recoge las parcelas catastrales 01, 17 y 16 de la manzana 62335, cruza hacia el oeste para recoger las edificaciones de las parcelas catastrales 01, 02 y 09 de la manzana catastral 62334 atraviesa la calle La Plata y recoge las parcelas 17 y 18 de la manzana catastral 62337, cruza la calle José Zorrilla y recoge las parcelas 01 y 02 de la manzana catastral 62336, cruza hacia el norte la calle escolares para continuar por la fachada oeste de la parcela que alberga el Centro de Educación Infantil y Primaria, continuando hacia el norte cruzando la calle Relojeros y recogiendo las parcelas catastrales 07, 06 y 05 de la manzana catastral 61345, cruza en dirección este la calle Muerte y Vida y recoge las parcelas 06, 05 y 02 de la manzana catastral 62347 y cruza la calle Buitrago para recoger las parcelas 12, 11, 10, 09, 07 y 06, que forman parte de las edificaciones agregadas sobre los muros que delimitaban hacia el oeste del antiguo Convento de San Francisco, llegando así al punto desde el cual se había comenzado la descripción.

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