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Documento BOE-A-2019-5136

Resolución de 7 de marzo de 2019, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de febrero de 2019, por el que se establece el día 3 de mayo como Día Nacional de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas.

Publicado en:
«BOE» núm. 83, de 6 de abril de 2019, páginas 35862 a 35863 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social
Referencia:
BOE-A-2019-5136

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Ministros, en su reunión del 22 de febrero de 2019, ha adoptado un acuerdo por el que se establece el 3 de mayo como Día Nacional de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas.

A los efectos de dar publicidad al mencionado Acuerdo, esta Secretaria de Estado de Servicios Sociales ha resuelto disponer la publicación del mismo en el «Boletín Oficial del Estado» como anexo a la presente resolución.

Madrid, 7 de marzo de 2019.–La Secretaria de Estado de Servicios Sociales, Ana Isabel Lima Fernández.

ANEXO
Acuerdo por el que se establece el día 3 de mayo como Día Nacional de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas

La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas (en adelante la Convención) y su Protocolo Facultativo fueron aprobados el 13 de diciembre de 2006 por la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU). Ambos son tratados internacionales que recogen los derechos de las personas con discapacidad así como las obligaciones de los Estados parte de promover, proteger y asegurar esos derechos.

La razón principal para establecer esta Convención fue la de afianzar la protección y la promoción de los derechos de las personas con discapacidad, ya que, si bien los instrumentos existentes de derechos humanos implícitamente reconocían los derechos de las personas con discapacidad, persistía su incumplimiento. Se hizo evidente entonces que era necesario explicar mejor las obligaciones de los Estados con respecto a los derechos de las personas con discapacidades.

Esta Convención es el resultado de un largo proceso, en el que participaron varios actores: Estados miembros de la ONU, Observadores de la ONU, Cuerpos y organizaciones importantes de la ONU, Relator Especial sobre Discapacidad, Instituciones de derechos humanos nacionales, y Organizaciones no gubernamentales, entre las que tuvieron un papel destacado las organizaciones de personas con discapacidad y sus familias.

La Convención ha supuesto un cambio de paradigma a la hora de abordar el fenómeno de la discapacidad, al quedar obligados los Estados ratificantes a adaptar su legislación interna a los principios y valores que la inspiran.

Este instrumento normativo internacional conlleva importantes consecuencias para las personas con discapacidad, entre las que destacan la «visibilidad» de este colectivo dentro del sistema de protección de derechos humanos de Naciones Unidas (ha sido definida como el primer Tratado de Derechos Humanos del siglo XXI), la asunción irreversible del fenómeno de la discapacidad como una cuestión de derechos humanos, y el hecho de contar con una herramienta jurídica vinculante a la hora de hacer valer los derechos de estas personas.

La Convención, por tanto, no crea derechos humanos nuevos, sino que recoge y especifica los derechos ya existentes (civiles, culturales, económicos, políticos y sociales), señalando una serie de medidas y pasos que deben adoptar los Estados signatarios y la sociedad para garantizar el goce efectivo de estas personas, en igualdad de condiciones con los demás, asegurando la aplicación del «principio de no discriminación».

España ratificó la Convención y su Protocolo Facultativo el 21 de abril de 2008 y entró en vigor el 3 de mayo de ese mismo año. La legislación española era una de las más avanzadas del mundo en reconocimiento de derechos a las personas con discapacidad y estaba a la cabeza en los países de la UE en esta materia. La Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos, -LISMI- («BOE» núm 103, del 30) y la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad -LIONDAU- («BOE» núm. 289, del 3) constituyeron hitos fundamentales en la vida de las personas con discapacidad. No obstante, fue necesaria la creación de un grupo de trabajo para analizar dicha legislación y realizar los ajustes técnicos convenientes para adaptarla y adecuarla a las directrices de la Convención.

Fruto del trabajo de ese grupo, fue la Ley 26/2011, de 1 de agosto, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad («BOE» núm. 184, del 2) que recogía el mandato, en su disposición final segunda, de refundir las citadas LISMI y LIONDAU y la Ley 49/2007, de 26 de diciembre, por la que se establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad («BOE» núm. 310, del 27).

El resultado ha sido el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el día 3 de diciembre de 2013, Día Internacional de la Discapacidad.

Asimismo, la Unión Europea, por Decisión del Consejo de 26 de noviembre de 2009, aprobó este tratado internacional, siendo la primera Convención Internacional de Derechos Humanos de la ONU que la Unión Europea (UE) ratifica como organización internacional con personalidad jurídica propia.

En conmemoración de la entrada en vigor de la Convención en España se propone la celebración cada 3 de mayo, a partir de 2019, del Día Nacional de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, el Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de febrero de 2019,

ACUERDA

Fijar la fecha del 3 de mayo como Día Nacional de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, con efectos a partir del 3 de mayo de 2019 para su celebración anual en España.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 07/03/2019
  • Fecha de publicación: 06/04/2019
Materias
  • Conmemoraciones
  • Discapacidad
  • Organización de las Naciones Unidas

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