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Documento BOE-A-2019-5471

Orden ECE/421/2019, de 22 de marzo, de extinción y cancelación Asociación de Socorros del Personal del Banco Español de Crédito, Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija, en el registro administrativo de entidades aseguradoras.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 11 de abril de 2019, páginas 37880 a 37880 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Empresa
Referencia:
BOE-A-2019-5471

TEXTO ORIGINAL

Por acuerdo de la Junta General Extraordinaria celebrada el día 28 de febrero de 2017, la entidad Asociación de Socorros del Personal del Banco Español de Crédito, Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija, acordó instar un proceso de disolución voluntaria y liquidación, solicitando que la mencionada liquidación fuera asumida por el Consorcio de Compensación de Seguros.

El proceso de liquidación se ha realizado según lo previsto en el capítulo II del título VII de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, así como en lo previsto en su normativa de desarrollo.

A la vista de lo anterior, se acuerda lo siguiente:

Primero.

Declarar, conforme a lo dispuesto en el artículo 181.6 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, la extinción de la entidad «Asociación de Socorros del Personal del Banco Español de Crédito, Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija» (P0427), y la cancelación de los asientos correspondientes a esta entidad en el Registro administrativo previsto en el artículo 40 de la Ley 20/2015, de 14 de julio.

Segundo.

La presente Orden Ministerial se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», dándose traslado de la misma al Consorcio de Compensación de Seguros.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 22 de marzo de 2019.–La Ministra de Economía y Empresa, P.D. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), la Secretaria de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Ana de la Cueva Fernández.

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