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Documento BOE-A-2019-6170

Real Decreto 232/2019, de 29 de marzo, por el que se declaran zonas de interés para la Defensa Nacional las propiedades denominadas "Campamento de Tentegorra" y "Campo de Tiro Barranco de Los Sánchez", en la provincia de Murcia.

Publicado en:
«BOE» núm. 99, de 25 de abril de 2019, páginas 42146 a 42149 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2019-6170

TEXTO ORIGINAL

Las zonas de interés para la Defensa Nacional, aparecen contempladas en el artículo 30 de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional.

La función de Defensa Nacional es contenido esencial de la función política de Gobierno, y así lo expresa la Constitución en su artículo 149.1.4.ª, al atribuir al Estado la competencia exclusiva de su defensa y al asignar al Gobierno la dirección de esta función en el artículo 97.

Compete así, constitucionalmente al Gobierno dirigir la Política Defensa y la Política Militar y adoptar, en su consecuencia, las decisiones necesarias para su mejor eficacia.

Esta eficacia viene recabando desde tiempo atrás, y hoy con mayor motivo y con carácter ineludible, disponer sin perturbaciones de bases y campos de entrenamiento para el Ejército de Tierra, de modo que se alcancen con la máxima garantía los objetivos de adiestramiento que aseguren el cumplimiento de las misiones que le son asignadas en el artículo 15 de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional.

Con este propósito, y con el fin de preservar la propiedad militar y sus instalaciones de cualquier actuación que pudiera afectarla, han sido adecuadamente ponderados los distintos intereses que pueden incidir en la zona que se declara de interés para la Defensa Nacional y que se extiende a la zona ocupada por las propiedades denominadas «Campamento de Tentegorra» y «Campo de Tiro Barranco de Los Sánchez», instalaciones militares ubicadas en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el término municipal de Murcia.

La figura de las zonas de interés para la Defensa Nacional viene recogida en el artículo 2 de la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, que la define como extensiones de terreno, mar o espacio aéreo que así se declaren en atención a que constituyan o puedan constituir una base permanente a un apoyo eficaz de las acciones ofensivas o defensivas necesarias para tal fin.

La declaración de dichas zonas se llevará a cabo mediante la promulgación de un real decreto de acuerdo con el artículo 5 de esta misma ley.

Su desarrollo reglamentario se encuentra aprobado por Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero.

La Comisión Interministerial de Defensa, que actúa por delegación del Consejo de Defensa Nacional, adoptó por unanimidad el acuerdo de aprobar la propuesta de declaración de zona de interés para la Defensa Nacional de las propiedades denominadas «Campamento de Tentegorra» y «Campo de Tiro Barranco de Los Sánchez».

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Defensa, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de marzo de 2019,

DISPONGO:

Artículo 1. Declaración de Zona de Interés para la Defensa Nacional.

Se declaran zonas de interés para la Defensa Nacional las extensiones de terreno localizadas en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, delimitadas por las coordenadas reflejadas en el anexo, en la cual se encuentran las propiedades militares denominadas «Campamento de Tentegorra» y «Campo de Tiro Barranco de los Sánchez».

En la zona declarada se considerarán prioritarios los intereses de la Defensa Nacional.

Artículo 2. Limitaciones y condicionantes.

Las limitaciones y condiciones que, conforme a lo establecido en el artículo 5 de la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, se imponen en la zona declarada de interés para la Defensa, son las siguientes:

a) Interesar y obtener autorización del Ministerio de Defensa para la determinación de la compatibilidad con los fines de la Defensa Nacional de cualquier regulación, ordenación o actuación administrativa que pueda incidir en la utilización militar de las propiedades denominadas «Campamento de Tentegorra» y «Campo de Tiro Barranco de Los Sánchez».

b) Someter a la autorización previa del Ministerio de Defensa la transmisión de la propiedad, así como la constitución, transmisión y modificación de cualquier derecho real sobre la misma, con independencia de la nacionalidad o naturaleza de los otorgantes.

c) Someter a la autorización previa del Ministerio de Defensa cualquier obra de edificación o construcción, promovida por entidades públicas o privadas, así como la cesión por cualquier título de los aprovechamientos agrícolas, pecuarios o cinegéticos de los territorios afectados.

Disposición final primera. Título competencial.

Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.4.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre Defensa y Fuerzas Armadas.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 29 de marzo de 2019.

FELIPE R.

La Ministra de Defensa,

MARGARITA ROBLES FERNÁNDEZ

ANEXO
Coordenadas que delimitan el «Campamento de Tentegorra» y el «Campo de Tiro Barranco de Los Sánchez»

Referencia cartográfica: Mapa Militar de España, serie L: Hoja 27-39.

El perímetro de la zona de interés para la Defensa Nacional en la que se encuentran las propiedades denominadas «Campamento de Tentegorra» y «Campo de Tiro Barranco de Los Sánchez», en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, es el determinado por los siguientes puntos expresados en coordenadas UTM Huso 30 ETRS 89.

Relación de Coordenadas Vértices «Campamento de Tentegorra»

N.º X Y
P1 674.273 4.164.381
P2 674.202 4.164.223
P3 674.128 4.164.236
P4 674.123 4.164.193
P5 674.107 4.164.166
P6 674.035 4.164.081
P7 674.010 4.163.995
P8 673.979 4.163.953
P9 673.956 4.163.877
P10 673.896 4.163.788
P11 673.887 4.163.690
P12 674.053 4.163.610
P13 674.514 4.164.015
P14 674.373 4.164.171
P15 674.402 4.164.347

Relación de Coordenadas Vértices «Campo de Tiro Barranco de los Sánchez»

N.º X Y
P1 673.043 4.163.845
P2 672.456 4.163.614
P3 672.280 4.163.402
P4 672.220 4.163.384
P5 672.117 4.163.226
P6 672.093 4.163.175
P7 672.032 4.163.143
P8 671.976 4.163.033
P9 671.939 4.163.027
P10 671.869 4.162.966
P11 671.851 4.162.813
P12 671.842 4.162.676
P13 671.842 4.162.587
P14 671.912 4.162.482
P15 671.928 4.162.383
P16 671.999 4.162.260
P17 672.116 4.162.261
P18 672.270 4.162.208
P19 672.337 4.162.226
P20 672.392 4.162.208
P21 672.460 4.162.220
P22 672.552 4.162.395
P23 672.667 4.162.443
P24 672.746 4.162.512
P25 672.809 4.162.632
P26 673.049 4.162.795
P27 673.018 4.162.849
P28 673.221 4.162.982
P29 673.319 4.163.127
P30 673.266 4.163.271
P31 673.190 4.163.273
P32 673.146 4.163.319
P33 673.077 4.163.399
P34 673.094 4.163.443
P35 673.128 4.163.479
P36 673.148 4.163.579
P37 673.134 4.163.626
P38 673.201 4.163.678
P39 673.255 4.163.693
P40 673.285 4.163.743
P41 673.310 4.163.752
P42 673.201 4.163.785

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