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Documento BOE-A-2019-6353

Sentencia de 26 de marzo de 2019, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo 1/74/2017, interpuesto por Eléctrica Sestelo y Cia (Sestelo), contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de reposición presentado por dicha entidad contra la Orden IET/980/2016, de 10 de junio, por la que se establece la retribución de las empresas de distribución de energía eléctrica para el año 2016, que posteriormente amplió a la resolución expresa, de 14 de febrero de 2018, que estima parcialmente el recurso de reposición.

Publicado en:
«BOE» núm. 103, de 30 de abril de 2019, páginas 43580 a 43580 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Supremo
Referencia:
BOE-A-2019-6353

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1/74/2017, interpuesto contra la desestimación presenta del recurso de reposición presentado por dicha entidad contra la Orden IET/980/2016, de 10 de junio por la que se establece la retribución de las empresas de distribución de energía eléctrica para el año 2016, que posteriormente amplió a la resolución expresa, de 14 de febrero de 2018, que estima parcialmente el recurso de reposición.

La Sala Tercera (Sección Tercera) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 26 de marzo de 2019 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO

Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido:

Que debemos Estimar en parte el recurso interpuesto por Central Eléctrica Sestelo y Cia, S.A. contra la Orden IET/980/2016, de 10 de junio por la que se establece la retribución de las empresas de distribución de energía eléctrica para el año 2016, y contra la resolución del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital de 14 de febrero de 2018 que estima parcialmente el recurso de reposición, con los siguientes pronunciamientos:

1. Se declara nulo el coeficiente ibase que la Orden IET/980/2016 fija para Central Eléctrica Sestelo y Cia, S.A. debiendo la Administración calcular el coeficiente ibase sin excluir de su cálculo los otros activos necesarios para el ejercicio de la actividad de distribución distintos de los activos eléctricos, aplicando al efecto la metodología de cálculo sustitutiva de la que fue en parte declarada nula por sentencia firme (Anexo VII de la Orden IET/2660/2015).

2. Se reconoce el derecho de la demandante a que se le abone la diferencia retributiva que resulte de aplicar la metodología de cálculo del coeficiente sustitutiva de la que fue declarada nula, así como al abono de los intereses correspondientes computados desde que comenzó a aplicarse dicho inciso.

3. Se desestima el recurso en los demás extremos.

4. No se imponen las costas procesales a ninguna de las partes.

Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.

Así se acuerda y firma.–Eduardo Espín Templado.–José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat.–Eduardo Calvo Rojas.–María Isabel Perelló Doménech.–José Maria del Riego Valledor.–Diego Córdoba Castroverde.–Ángel Ramón Arozamena Laso.

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