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Documento BOE-A-2019-6443

Resolución de 27 de febrero de 2019, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización sobre el cumplimiento de la legalidad en las actuaciones realizadas por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y por la Administración de la Seguridad Social, durante el periodo 2010 a 2015, para el cobro, reducción y control de las deudas contraídas por los clubes de primera y de segunda división (categorías "A" y "No quinielas"), determinando su composición actual.

Publicado en:
«BOE» núm. 103, de 30 de abril de 2019, páginas 46503 a 46659 (157 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2019-6443

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 27 de febrero de 2019, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización sobre el cumplimiento de la legalidad en las actuaciones realizadas por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y por la Administración de la Seguridad Social, durante el periodo 2010 a 2015, para el cobro, reducción y control de las deudas contraídas por los clubes de primera y de segunda división (categorías «A» y «No quinielas»), determinando su composición actual, acuerda:

1. Instar al Gobierno a:

– Asumir las conclusiones y seguir todas las recomendaciones del informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas.

– Instar al Consejo Superior de Deportes a constituir la Comisión de Seguimiento prevista en el Real Decreto 2/2018, de 12 de enero, entre cuyas funciones destaca la de velar por el cumplimiento de la obligación de atender al pago preferente de las deudas tributarias y de la Seguridad Social.

2. Instar a la Agencia Tributaria y a la Administración de la Seguridad Social a:

– Tomar las medidas pertinentes para cobrar las deudas actualmente existentes de los clubes de fútbol con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social evitando quitas como las que se han venido acordando hasta ahora.

3. Instar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria a:

– Continuar haciendo un seguimiento específico de las deudas de los Clubes de Fútbol. Para un mejor resultado de este seguimiento se debería seguir mejorando las aplicaciones informáticas de gestión recaudatoria, incorporando nuevas aplicaciones en procedimientos que aún no cuenten con ellas, continuar mejorando la implantación del expediente electrónico y la reducción del tiempo de gestión de los acuerdos de Tribunales. También es necesario continuar desarrollando el trabajo de depuración de deudas.

– Continuar con el desarrollo y perfeccionamiento de las aplicaciones informáticas de apoyo de la gestión recaudatoria para automatizar tareas y unificar criterios en la actuación de la Agencia.

4. Instar a la Tesorería General de la Seguridad Social a:

– Incrementar las exigencias en la constitución de garantías y en la concesión de aplazamientos, seguir desarrollando la depuración de las deudas pendientes, mejorar las aplicaciones informáticas que se utilizan en todos los procedimientos de gestión recaudatoria y mejora del seguimiento de las transformaciones jurídicas que impiden la recaudación y la asunción de responsabilidades.

– Analizar y actualizar la información obrante en la aplicación informática destinada a la gestión de los procedimientos concursares, con el fin de solventar la falta de información, heterogeneidad e incongruencia existente en la actualidad y facilitar, de esta forma, el control y seguimiento de las deudas que se encuentran en dicha situación procedimental.

– Realizar las actuaciones necesarias para que el Consejo Superior de Deportes proceda a la constitución de la Comisión de Seguimiento recogida en el Real Decreto 2/2018, de 12 de enero, por el que se dictan normas de desarrollo del Real Decreto-ley 5/2015, de 30 de abril, de medidas urgentes en relación con la comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones de fútbol profesional con el fin de cumplir las funciones que le son encomendadas.

– Para que interese de la Liga de Fútbol Profesional la constitución del Órgano de Control de la Gestión de los Derechos Audiovisuales, a la que se refiere el artículo 7 del Real Decreto-ley 5/2015, de 30 de abril, de medidas urgentes en relación con la comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones de fútbol.

5. Instar al Consejo Superior de Deportes a:

– Constituir la Comisión de Seguimiento en relación con la comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones de fútbol profesional lo que debe contribuir al pago de las deudas contraídas con la AEAT y con la Seguridad Social.

6. Instar a las entidades deportivas fiscalizadas a:

– Realizar, con la máxima diligencia, los pagos de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y a que adopten las medidas necesarias para no seguir contrayendo deudas con las citadas entidades administrativas.

Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de febrero de 2019.–El Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.–El Secretario Primero de la Comisión, Vicente Ten Oliver.

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