Está Vd. en

Documento BOE-A-2019-6593

Resolución de 22 de abril de 2019, de la Subsecretaría, por la que se publica la relación de aspirantes declarados aptos en los exámenes para la obtención del título de Traductor-Intérprete Jurado, convocados mediante Resolución de 12 de julio de 2018.

Publicado en:
«BOE» núm. 106, de 3 de mayo de 2019, páginas 47577 a 47578 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Referencia:
BOE-A-2019-6593

TEXTO ORIGINAL

En virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 2555/1977, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación («BOE» de 8 de octubre), y en la Orden AEC/2125/2014, de 6 de noviembre, por la que se dictan normas sobre los exámenes para la obtención del título de Traductor-Intérprete Jurado («BOE» de 15 de noviembre de 2014), y a propuesta del Tribunal Calificador, dispongo:

Primero.

Se hace pública la relación de aspirantes declarados aptos en los exámenes para la obtención del título de Traductor-Intérprete Jurado convocados mediante Resolución de 12 de julio de 2018, de la Subsecretaría («BOE» del 16), y que figura como anexo, con indicación del idioma.

Segundo.

Se declaran no aptos todos los aspirantes no incluidos en la relación anexa.

Tercero.

Los aspirantes aprobados deberán presentar, en el plazo de 20 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de la lista de aprobados en el «Boletín Oficial del Estado», bien en el Registro General del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación o bien en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas («BOE» del 2), una solicitud de nombramiento dirigida a la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, citando esta Resolución, acompañada de los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título español de Grado o Licenciatura, o de cualquier título cuya correspondencia al nivel 2 o 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior haya quedado establecida en virtud del Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado («BOE» del 22). Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán presentar fotocopia compulsada de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.

b) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o pasaporte.

En el caso de los titulares del Documento Nacional de Identidad español o de un título universitario expedido en España, la presentación de las fotocopias compulsadas de esos documentos podrá sustituirse por la autorización para la consulta de las correspondientes bases de datos de la Administración del Estado. De no poder realizarse la consulta por razones técnicas o no dar la consulta resultados positivos, la Oficina de Interpretación de Lenguas requerirá al interesado para que aporte copia compulsada del documento de que se trate, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 68 de la mencionada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Cuarto.

Quienes, dentro del plazo indicado y salvo caso de fuerza mayor, no presentasen la documentación requerida o de la misma se dedujese que no cumplen alguno de los requisitos exigidos no podrán ser nombrados Traductores-Intérpretes Jurados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, 22 de abril de 2019.–La Subsecretaria de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, Ángeles Moreno Bau.

ANEXO
Relación de aspirantes aprobados

Exámenes para la obtención del título de Traductor-Intérprete Jurado

Convocatoria 2018

Nombre

Idioma

DING OU, Changsheng.

Chino.

FREDRIKSSON, Anna Julia.

Sueco.

GARCÍA GARMENDIA, María.

Portugués.

IZQUIERDO VALVERDE, Laura.

Portugués.

KOVACS KOVACS, Timea.

Húngaro.

PIÑEL GARATE, Julio.

Serbio.

SUCIN KURTOVIC, Nadia.

Serbio.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid