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Documento BOE-A-2019-6596

Resolución de 12 de abril de 2019, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión entre la Subsecretaría de Sanidad, Consumo y Bienestar Social y la Dirección General de la Función Pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 106, de 3 de mayo de 2019, páginas 47582 a 47583 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2019-6596

TEXTO ORIGINAL

El Subsecretario de Sanidad, Consumo y Bienestar Social y el Director General de la Función Pública, han suscrito, con fecha 8 de marzo de 2019, un Acuerdo de encomienda de gestión.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 11.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación del referido Acuerdo de encomienda de gestión, como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 12 de abril de 2019.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, Antonio J. Hidalgo López.

ANEXO
Acuerdo de encomienda de gestión a la Subsecretaría de Sanidad, Consumo y Bienestar Social
Primero.

La Dirección General de la Función Pública y la Subsecretaría de Sanidad, Consumo y Bienestar Social acuerdan, en el marco de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que la citada Subsecretaría lleve a cabo, por razones de eficacia, la gestión material de las pruebas selectivas derivadas de la oferta de empleo del año 2017 para cubrir plazas de personal laboral, mediante contratación laboral fija, en el ámbito del III Convenio Único para el personal laboral de la Administración del Estado de promoción interna a las categorías Técnico Superior de Actividades Específicas y Oficial de Actividades Específicas.

Segundo.

La gestión material que se encomienda se concretará en las siguientes actividades con el alcance que en cada caso se señala:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas.

b) Propuesta de las resoluciones por las que se declaren aprobadas las listas de admitidos y excluidos y se señalen el lugar y la fecha de comienzo del primer ejercicio, así como la relación de aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión.

c) Propuesta de los miembros que han de formar parte de los órganos de selección de las pruebas selectivas.

d) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

e) Recepción de los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en las convocatorias.

f) Cualquier otro trámite relacionado con las actividades del proceso selectivo cuya gestión se encomienda, siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Tercero.

Correrán a cargo de la sección presupuestaria «Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social», los gastos originados por la gestión material objeto de la presente encomienda.

Cuarto.

El plazo de vigencia de la gestión encomendada será de dieciocho meses, a contar desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la convocatoria de las pruebas selectivas cuya gestión material se encomienda.

Quinto.

La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas a la Dirección General de la Función Pública.

Sexto.

Es responsabilidad de la Dirección General de la Función Pública dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de gestión.

Madrid, 8 de marzo de 2019.–El Subsecretario de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, Alfredo González Gómez.–El Director General de la Función Pública, Javier Rueda Vázquez.

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