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Documento BOE-A-2019-6825

Resolución de 25 de abril de 2019, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se declara desierto puesto de trabajo de libre designación, convocado por Resolución de 12 de febrero de 2019.

Publicado en:
«BOE» núm. 111, de 9 de mayo de 2019, páginas 49147 a 49147 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Referencia:
BOE-A-2019-6825

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 12 de febrero de 2019 («BOE» núm. 40, de 15 de febrero) de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo se convocó, para su provisión por el procedimiento de libre designación, el puesto de Jefe/a del Departamento de recursos Humanos, Conciliación y Servicios Generales.

En ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 12.8 o) y 13.2 del Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, aprobado por Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, modificado por la disposición adicional primera del Real Decreto 845/2011, de 17 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Fondo para la Promoción del Desarrollo, y modificado por el Real Decreto 1424/2012, de 11 de octubre, y una vez acreditada la observancia del procedimiento debido y el no cumplimiento por parte de los/as candidatos/as de los requisitos y/o especificaciones exigidos en la convocatoria, esta Dirección dispone:

Primero.

Dar publicidad al Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo Rector de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, en su reunión de 1 de abril de 2019, por el que se declara desierta la convocatoria del puesto de libre designación efectuada por Resolución de 12 de febrero de 2019.

Segundo.

Contra el acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo Rector, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el órgano que la ha dictado, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados, ambos plazos, desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», no pudiendo interponerse este último hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta; conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 25 de abril de 2019.–La Directora de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P.D. (Resolución de 2 de julio de 2009), la Jefa del Departamento de Recursos Humanos, Conciliación y Servicios Generales, P.S. (Resolución de 13 de febrero de 2019), la Jefa Adjunta del Departamento de Recursos Humanos, Conciliación y Servicios Generales, Almudena Martínez Conde.

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