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Documento BOE-A-2019-7098

Resolución de 6 de mayo de 2019, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, por la que se publica Anexo II al Convenio de colaboración con la Barcelona Graduate School of Economics, para articular la concesión de ayudas, en el marco del procedimiento de concurrencia competitiva, convocado por Resolución de 20 de febrero de 2018.

Publicado en:
«BOE» núm. 114, de 13 de mayo de 2019, páginas 50923 a 50925 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2019-7098

TEXTO ORIGINAL

La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal y la Barcelona Graduate School of Economics han suscrito, con fecha 24 de abril, el anexo II al Convenio de colaboración de 10 de mayo de 2018 por el que se articula la concesión de ayudas, en el marco del procedimiento de concurrencia competitiva, convocado por Resolución de 20 de febrero de 2018, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal («BOE» del 27), por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y se incluye como anexo a esta resolución.

Madrid, 6 de mayo de 2019.–El Presidente de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, José Luis Escrivá Belmonte.

ANEXO II
Al Convenio de colaboración suscrito el 10 de mayo de 2018 entre la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal y la Barcelona Graduate School of Economics para articular la concesión de ayudas en el marco del procedimiento de concurrencia competitiva convocado por Resolución de 20 de febrero de 2018, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal («BOE» del 27)

En Madrid, 24 de abril de 2019.

REUNIDOS

De una parte, don José Luis Escrivá Belmonte, en nombre y representación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, nombrado Presidente mediante Real Decreto del Consejo de Ministros de 21 de febrero de 2014 («BOE» de 22 de febrero de 2014) y en virtud de las atribuciones que tiene conferidas de acuerdo con el artículo 25 de la Ley Orgánica 6/2013, de 14 de noviembre, de creación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal y también en el artículo 25 del Real Decreto 215/2014, de 28 de marzo, por el que se aprueba su Estatuto Orgánico.

Y de otra parte, doña Teresa Garcia-Milà Lloveras, en nombre y representación de la Barcelona Graduate School of Economics, en su calidad de Directora, haciendo uso del poder otorgado a su favor en virtud de escritura otorgada el 4 de diciembre de 2012, ante el Notario don José Marqueño Ellacuría.

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente anexo II, y a tal efecto

MANIFIESTAN

Primero.

En virtud del anexo I al Convenio de Convenio de Colaboración de 30 de julio de 2018 («BOE» de 3 de agosto), se acordó la incorporación a la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal de una alumna en prácticas para el programa de investigación.

Segundo.

La alumna seleccionada para el programa de investigación fue doña Marta Vila Reus y el importe de su beca de 18.000 euros/año (1.500 euros/mes), con una duración prevista desde el 3 de septiembre de 2018 al 2 de septiembre de 2019. Esta alumna ha causado baja por motivos laborales con fecha de efectos 12 de abril de 2019, es decir, 4 meses y 20 días antes de la fecha establecida en el anexo I. Por lo tanto, el importe de la beca no consumido es el siguiente:

Alumno Importe mensual Importe diario Periodo no consumido Importe no consumido
Marta Vila Reus. 1.500 euros 50 euros 4 meses y 20 días 7.000 euros
Tercero.

En la reunión del 15 de abril de la Comisión Mixta prevista en la cláusula decimoquinta del Convenio de Colaboración, se ha decidido no sustituir a la alumna que ha solicitado la baja por otro alumno en prácticas.

Como consecuencia de lo expuesto, ambas partes

ACUERDAN

Primero.

Aceptar la baja como alumna en prácticas de doña Marta Vila Reus con fecha de efectos 12 de abril de 2019.

Segundo.

No incorporar un nuevo alumno en prácticas en sustitución de la que causa baja ya que por el tiempo restante no es posible desarrollar nuevos proyectos de formación o investigación.

Tercero.

La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal abonó a la Barcelona Graduate School of Economics, la cantidad de 14.400,00 euros a la firma del anexo I en concepto de anticipo del 80% de la ayuda total establecida para la indicada alumna, quedando pendientes de abonar 3.600 euros correspondientes al 20% restante en el momento de la liquidación previa justificación de la aplicación de los fondos públicos recibidos.

La cláusula decimocuarta del Convenio señala que si los estudiantes en prácticas no agotaran los 12 meses de duración de la beca y no se acordara la incorporación de otro becario, la Barcelona Graduate School of Economics debe reintegrar la parte proporcional no consumida de la dotación.

A tal efecto, por parte de la Gerencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal se ha realizado la liquidación de cantidades que no se van a consumir de la beca de doña Marta Vila Reus, siendo esta cantidad de 7.000 euros, al ser esta superior al 20% pendiente de abonar, la Barcelona Graduate School of Economics ha de reintegrar 3.400 euros por la parte no consumida del 80% abonado.

La Barcelona Graduate School of Economics manifiesta su conformidad con la indicada liquidación de doña Marta Vila Reus.

Cuarto.

Como prevé la cláusula decimocuarta del Convenio, la Barcelona Graduate School of Economics debe presentar la cuenta justificativa en el plazo máximo de dos meses desde la finalización de la beca, en este caso antes del 12 junio de 2019.

Por la Barcelona Graduate School of Economics, Teresa Garcia-Milà Lloveras.–Por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, el Presidente, José Luis Escrivá Belmonte.

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