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Documento BOE-A-2019-7263

Resolución de 29 de abril de 2019, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales, por la que se amplía el periodo de ejecución de las actuaciones objeto de subvención establecido en el Real Decreto 1451/2018, de 14 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las organizaciones asociadas de reparto encargadas del reparto de alimentos y del desarrollo de medidas de acompañamiento, en el marco del Programa Operativo sobre ayuda alimentaria del Fondo de Ayuda Europea para las personas más desfavorecidas en España 2018.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 116, de 15 de mayo de 2019, páginas 52024 a 52025 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social
Referencia:
BOE-A-2019-7263
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2019/04/29/(3)

TEXTO ORIGINAL

El 15 de diciembre de 2018 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» el Real Decreto 1451/2018, de 14 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las organizaciones asociadas de reparto encargadas del reparto de alimentos y del desarrollo de medidas de acompañamiento, en el marco del Programa Operativo sobre ayuda alimentaria del Fondo de Ayuda Europea para las personas más desfavorecidas en España 2018.

El artículo 4.4 de dicho real decreto establece que el período de ejecución de las medidas de acompañamiento subvencionadas se extenderá desde la entrada en vigor del Real Decreto hasta el 31 de mayo de 2019.

Asimismo el artículo 12 establece que la Organización Asociada de Reparto (OAR) beneficiaria de la subvención deberá presentar, hasta el día 30 de junio de 2019, la documentación justificativa de la subvención.

El Acuerdo de 28 de diciembre de 2018 del Consejo de Ministros por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga para 2019 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, se formaliza la distribución por departamentos ministeriales y se aprueban medidas para reforzar el control del gasto público, establece en su punto octavo que los departamentos ministeriales presentarán al Ministerio de Hacienda un calendario semestral en el que se recogerán, entre otras, las subvenciones de concesión directa. Dicho calendario deberá ser aprobado por el Ministerio de Hacienda, no pudiéndose iniciar la tramitación de los correspondientes expedientes de gasto que no estuvieran incluidos en el calendario aprobado.

Dado que la gestión de las subvenciones reguladas en el Real Decreto 1451/2018, de 14 de diciembre, estaba supeditada a la aprobación del citado calendario semestral –la cual se produjo el 8 de abril de 2019– se ha originado una demora en su concesión por lo que, con objeto de que las organizaciones asociadas de reparto cuenten con un plazo suficiente para el desarrollo de sus actuaciones, se considera imprescindible ampliar el período de ejecución de dichas medidas en dos meses y, en consecuencia, retrasar el periodo de justificación de las mismas. Esta ampliación de plazos es de aplicación a todas las OAR participantes en el programa 2018.

En virtud de lo cual, dispongo:

Primero. Ampliación del periodo de ejecución.

Ampliar en dos meses el periodo de ejecución de las actuaciones subvencionables que establece el artículo 4.4 del Real Decreto 1451/2018, de 14 de diciembre, que finalizará, por la presente resolución, el 31 de julio de 2019.

Segundo. Plazo de justificación de la subvención.

Declarar que, a efectos de la justificación a la que se refiere el artículo 12 del Real Decreto 1451/2018, de 14 de diciembre, la OAR beneficiaria de la subvención deberá presentar la documentación justificativa de la subvención hasta el día 30 de septiembre de 2019.

Tercero. Notificación.

Mediante esta resolución quedan notificadas todas las OAR solicitantes de la subvención, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 23.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 29 de abril de 2019.–La Secretaria de Estado de Servicios Sociales, Ana Isabel Lima Fernández.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 29/04/2019
  • Fecha de publicación: 15/05/2019
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • MODIFICA lo indicado del art. 4.4 del Real Decreto 1451/2018, de 14 de diciembre (Ref. BOE-A-2018-17137).
Materias
  • Ayuda alimentaria
  • Fondo CE
  • Fondo Español de Garantía Agraria
  • Ministerio de Sanidad Consumo y Bienestar Social
  • Organizaciones No Gubernamentales
  • Subvenciones
  • Unión Europea

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