Advertido error en la resolución de 26 de abril de 2019, de la Secretaría General del Tribunal Constitucional, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 111, de 9 de mayo de 2019, se procede a su subsanación, en los siguientes términos:
En base primera, apartado 2, línea tercera, donde dice: «por un máximo de seis meses», debe decir: «por un máximo de doce meses».
Madrid, 22 de mayo de 2019.–El Secretario General del Tribunal Constitucional, Andrés Gutiérrez Gil.
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