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Documento BOE-A-2019-8348

Resolución de 24 de mayo de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales definitivas para 2018 y las provisionales para 2019 del Convenio colectivo estatal para las industrias lácteas y sus derivados.

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 5 de junio de 2019, páginas 58951 a 58954 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2019-8348
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2019/05/24/(4)

TEXTO ORIGINAL

Vistas las tablas salariales definitivas para el año 2018 y las provisionales para el año 2019 del Convenio colectivo estatal para las industrias lácteas y sus derivados (Código de convenio n.º: 99003175011981), publicado en el «BOE» de 12 de junio de 2018, que fueron suscritas, con fecha 28 de enero de 2019, por la Comisión Paritaria de dicho Convenio, en la que están integradas la organización empresarial Federación Estatal de Industrias Lácteas y los sindicatos CC.OO. y UGT, firmantes del Convenio en representación, respectivamente, de las empresas y de los trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 24 de mayo de 2019.–El Director general de Trabajo, Ángel Allué Buiza.

Acta de reunión de la comisión paritaria del Convenio colectivo estatal de industrias lácteas y sus derivados, celebrada el 28 de enero de 2019

Asistentes

Representación sindical

Por CC.OO.:

– Don José Vicente Canet Juan.

Por UGT:

– Don Juan Carlos García Serrano.

Representación empresarial:

– Don Luis Calabozo Morán.

– Don Manuel Pino Cruz.

– Doña Cristina Gonzalo Díaz.

En la ciudad de Madrid, el 28 de enero de 2019, siendo las 18:00 horas, se reúne la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo en la sede social de la Federación Estatal de Industrial Lácteas, en la calle Ayala, núm. 10, las Organizaciones Sindicales y Patronal arriba referenciadas, representadas todas ellas por las personas que igualmente se señalan arriba, pasándose a debatir el siguiente punto del orden del día:

Aprobación de Tablas Salariales definitivas para el año 2018, y provisionales para 2019

Una vez conocido el IPC real para el año 2018 (que se fija un coeficiente del 1,2%); y en cumplimiento de lo establecido en la disposición adicional primera del Convenio Colectivo de Industrias Lácteas y sus Derivados (para los años 2017 a 2020), se ha convocado la presente reunión para fijar, concretar y aprobar las Tablas Salariales definitivas para el año 2018, que suponen la aplicación de un incremento del 0,2% a las tablas provisionales de 2018. Por lo anterior, las Tablas Salariales definitivas finalmente acordadas para el año 2018 serán las que se tengan en cuenta para el cálculo de las Tablas provisionales para 2019.

Por los asistentes se aprueban y firman en conformidad las Tablas Salariales Definitivas del año 2018, que se adjuntan al presente acta, y que pasarán a incorporarse al anexo III del actual Convenio Colectivo de Industrias Lácteas y sus Derivados.

Asimismo y en relación con las Tablas Provisionales del año 2019, en aplicación de lo dispuesto al respecto en la disposición adicional primera del Convenio Colectivo de referencia, se fija, concreta y aprueba la Tabla Salarial Provisional para 2019 con una subida del 1%.

En virtud de lo anterior, y si en el plazo de 7 días ninguna de las partes notificara error en el cálculo de las nuevas tablas salariales o cualquier otra anomalía, se consideraran aprobadas y firmadas en conformidad las Tablas Salariales Provisionales del año 2019, que se adjuntan al presente Acta, y que pasarán a incorporarse como anexo III del actual Convenio Colectivo de Industrias Lácteas y sus Derivados.

Las empresas estarán obligadas a pagar los atrasos, en su caso, en el plazo máximo de tres meses desde la publicación de las Tablas en el «Boletín Oficial del Estado».

Finalmente, las partes encomiendan a la representación empresarial la realización de los trámites necesarios para la tramitación, registro, depósito y publicación de las referidas Tablas Salariales en el «Boletín Oficial del Estado», autorizando a doña Cristina Gonzalo Díaz a firmar en nombre de la comisión cuantos documentos sean necesarios para ello.

Y sin más asuntos que tratar se levanta la sesión a las 18:30 horas, extendiéndose el presente acta que es firmada por todos los asistentes en prueba de conformidad, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.

Por la Representación empresarial: Luis Calabozo Morán y Cristina Gonzalo Díaz.–Por la Representación social: J. Vicente Canet Juan (CC.OO.), y Juan Carlos García Serrano (UGT).

ANEXO III

Tablas definitivas año 2018

Diario

Euros

Mensual

Euros

Anual

Euros

Hora

Euros

Personal técnico:

Técnico Superior.

1.554,83

23.322,45

13,17

Técnico Medio.

1.378,74

20.681,10

11,68

Otros Técnicos.

1.260,47

18.907,05

10,68

Empleados administrativos comerciales:

Jefe de área.

1.348,16

20.222,40

11,42

Jefe de sección.

1.306,49

19.597,35

11,07

Oficial de primera.

1.151,64

17.274,60

9,76

Oficial de segunda.

1.064,27

15.964,05

9,02

Auxiliar.

1.023,15

15.347,25

8,67

Repartidores y/o autoventas.

33,73

15.347,15

8,67

Producción y tareas auxiliares:

Oficial/Especialista.

33,97

15.456,35

8,73

*Subida adicional.

0,19

88,58

0,05

Operador.

33,73

15.347,15

8,67

Personal de limpieza:

Personal de limpieza.

7,27

Quebranto de moneda

Euros

Cajero.

42,91

Auxiliar de caja y cobradores.

31,85

Dieta de comida y alojamiento

Euros

Almuerzo.

13,31

Desayuno.

4,82

Alojamiento.

30,29

Prima de domingos y festivos

Euros

Jornada completa.

45,54

Jornada no completa hasta 4 horas.

30,36

Jornada no completa a partir de 4 horas *.

45,54

Prima Navidad/Año Nuevo

Euros

Jornada completa.

60,72

Jornada no completa hasta 4 horas.

40,48

Jornada no completa a partir de 4 horas *.

60,72

*Complemento correspondiente a Oficial/Especialista.

Tablas provisionales año 2019

Diario

Euros

Mensual

Euros

Anual

Euros

Hora

Euros

Personal técnico:

Técnico Superior.

1.570,38

23.555,70

13,31

Técnico Medio.

1.392,53

20.887,95

11,80

Otros Técnicos.

1.273,07

19.096,05

10,79

Empleados administrativos comerciales:

Jefe de área.

1.361,64

20.424,60

11,54

Jefe de sección.

1.319,55

19.793,25

11,18

Oficial de primera.

1.163,16

17.447,74

9,86

Oficial de segunda.

1.074,91

16.123,65

9,11

Auxiliar.

1.033,38

15.500,70

8,76

Repartidores y/o autoventas.

34,07

15.501,85

8,76

Producción y tareas auxiliares:

Oficial /Especialista.

34,31

15.611,05

8,82

*Subida adicional.

0,19

88,58

0,05

Operador.

34,07

15.501,85

8,76

Personal de limpieza:

Personal de limpieza:.

7,34

Quebranto de moneda

Euros

Cajero.

43,34

Auxiliar de caja y cobradores.

32,17

Dieta de comida y alojamiento

Euros

Almuerzo.

13,44

Desayuno.

4,87

Alojamiento.

30,59

Prima de domingos y festivos

Euros

Jornada completa.

46,00

Jornada no completa hasta 4 horas.

30,66

Jornada no completa a partir de 4 horas *.

46,00

Prima Navidad/Año Nuevo

Euros

Jornada completa.

61,33

Jornada no completa hasta 4 horas.

40,89

Jornada no completa a partir de 4 horas *.

61,33

*Complemento correspondiente a Oficial/Especialista.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 24/05/2019
  • Fecha de publicación: 05/06/2019
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 1 de junio de 2018 (Ref. BOE-A-2018-7894).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Leche
  • Productos lácteos
  • Queso

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