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Documento BOE-A-2019-8355

Resolución de 21 de mayo de 2019, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Biólogos de la Comunidad de Madrid, para la organización de la XVII Olimpiada de Biología de la Comunidad de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 5 de junio de 2019, páginas 58996 a 58999 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
Referencia:
BOE-A-2019-8355

TEXTO ORIGINAL

Suscrito con fecha de 22 de abril de 2019 el Convenio entre el Colegio Oficial de Biólogos de la Comunidad de Madrid y el Instituto de Salud Carlos III O.A., M.P., para la organización de la XVII Olimpiada de Biología de la Comunidad de Madrid,y en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 21 de mayo de 2019.–La Directora del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., Raquel Yotti Álvarez.

ANEXO
Convenio entre el Colegio Oficial de Biólogos de la Comunidad de Madrid y el Instituto de Salud Carlos III O.A., M.P., para la organización de la XVII Olimpiada de Biología de la Comunidad de Madrid

COMPARECEN

De una parte, doña Raquel Yotti Álvarez, como Directora del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P. (en adelante ISCIII), organismo público de Investigación, adscrito al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades a través de la Secretaría General de Coordinación de Política Científica, NIF Q-2827015-E, nombrada por Real Decreto 1029/2018, de 3 de agosto («BOE» n.º 188, del 4), actuando en nombre y representación del mencionado Instituto, con domicilio en la calle Sinesio Delgado, número 6, de Madrid, y en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 11 del Real Decreto 375/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba su Estatuto.

Y de otra don Ángel Fernández Ipar, en nombre y representación del Colegio Oficial de Biólogos de la Comunidad de Madrid (en adelante COBCM), con CIF Q2801032-J, y domicilio en calle Jordán, 8, 28010 Madrid, en calidad de Decano, y en uso de las facultades que por razón de su cargo tiene atribuidas, conforme al artículo 31.4 de sus Estatutos, registrados en el Registro Oficial de Colegios Profesionales de la Comunidad Autónoma de Madrid.

Comparecen y en nombre y representación de las Instituciones arriba indicadas, se reconocen con capacidad para formalizar el presente Convenio, a cuyo efecto

EXPONEN

Primero.

Que el COBCM organiza anualmente la Olimpiada de Biología de la Comunidad de Madrid (en adelante OBCM), cuyo objetivo es fomentar entre el alumnado de Enseñanza Secundaria el interés por la Biología y por las innovaciones científicas que se producen en esta disciplina.

Segundo.

Que existen dos categorías de participación en la OBCM: una para alumnos de 2.º de Bachillerato, que participan de forma individual, y otra para alumnos de 4.º de ESO, que participan en equipos de tres alumnos.

Tercero.

Que se conceden tres premios para la categoría 4.º de ESO, y hasta cinco en la categoría de 2.º de Bachillerato, en la cual existe una selección previa de 10 o 12 finalistas.

Cuarto.

Que entre los premios para ambas categorías se incluye la posibilidad de realizar estancias de iniciación al mundo de la ciencia o prácticas en las entidades colaboradoras con la OBCM.

Quinto.

Que se considera que el ISCIII es un lugar excelente para la estancia de los estudiantes de biología. Las actividades y funciones del ISCIII están dirigidas al fomento de la salud, tanto en el campo de los servicios científicos y técnicos que ofrece, como en el de la investigación biomédica.

La difusión de las actividades, como parte de la política institucional del ISCIII, beneficia su labor, aumenta la visibilidad del mismo, fomentando la apertura y la colaboración con otras entidades, y mejora la aceptación de los servicios proporcionados por la Administración General del Estado por la ciudadanía.

Así esta iniciativa resulta de utilidad pública pues ayuda al fomento de la formación entre los jóvenes, a incrementar el interés por la ciencia, en este caso la biología y sus aplicaciones, apoya una iniciativa innovadora para el impulso del conocimiento y de la divulgación científica.

El ISCIII viene colaborando con el COBCM en la organización de esta Olimpiada desde el año 2016, siendo sus resultados plenamente satisfactorios.

Sexto.

Que el ISCIII está interesado en colaborar con el COBCM en la OBCM ofreciendo una estancia de iniciación al mundo de la ciencia en su institución.

Por todo lo expuesto, las partes formalizan el presente Convenio con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

El objeto del presente Convenio es establecer la colaboración entre el Instituto de Salud Carlos IIII y el Colegio Oficial de Biólogos de la Comunidad de Madrid en la XVII Olimpiada de Biología de la Comunidad de Madrid.

Segunda.

El Colegio Oficial de Biólogos de la Comunidad de Madrid es la entidad organizadora de la Olimpiada de Biología de la Comunidad de Madrid y coordina la actuación de todas las entidades y organismos que colaboran en la misma.

Tercera.

La colaboración del ISCIII se refleja en la convocatoria de la OBCM.

Cuarta.

El ISCIII ofrece, como colaboración, una estancia, de un máximo cinco días, de iniciación al mundo de la ciencia para uno de los alumnos ganadores o finalistas de la categoría de 2.º Bachillerato en uno de sus laboratorios (anexo I). Dicha estancia se ajustará a las normas del ISCIII para las estancias de alumnos en prácticas y otras estancias formativas.

Quinta.

En el caso de que el seguro escolar del alumno no cubra está actividad, deberá ser asegurado por la organización de la OBCM.

Sexta.

La duración, fechas y lugar concreto de desarrollo de la estancia se establecerán de acuerdo entre el ISCIII, el COBCM y el alumno.

Séptima.

El ISCIII podrá difundir su participación en dicha olimpiada tanto en su página web como en cualquier otro medio de difusión.

Octava.

Para el seguimiento, control, vigilancia y resolución de problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto de la ejecución del Convenio, se crea una comisión de seguimiento que estará compuesta por el Decano del COBCM y por el Director del ISCIII, o personas en quien deleguen.

Sus normas de funcionamiento serán las contempladas para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Novena.

El presente Convenio se perfecciona en el momento de su firma y mantendrá su vigencia hasta la finalización de las actividades previstas en el mismo, y en todo caso el 31 de octubre de 2019. Entrará en vigor una vez registrado en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

No se contempla posibilidad de prórroga.

Décima.

Serán causas de extinción del Convenio su cumplimiento o por incurrir en causa de resolución.

Son causas de resolución:

a) El transcurso del plazo de vigencia del Convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

Si una de las partes considera que ha existido, por parte de la otra, incumplimiento de alguna de las cláusulas del contrato, deberá comunicárselo a esta parte para que, en el plazo de diez días, contados a partir de la fecha de la comunicación, pueda subsanar el incumplimiento. Si este incumplimiento no fuera subsanado la parte que hubiere solicitado su subsanación podrá dar por finalizado este Convenio. Dicha resolución será comunicada a la parte incumplidora con una antelación de un mes.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el Convenio o en otras leyes.

El Convenio podrá ser modificado por acuerdo unánime y expreso de las partes.

Undécima.

El presente Convenio no supone contraprestaciones económicas entre las partes, ni supone impacto económico para el ISCIII.

Duodécima.

El presente Convenio es de los contemplados en el capítulo VI del Título preliminar de la Ley 40/2015.

Como prueba de conformidad, firman el presente Convenio, en el lugar y fecha indicados.–Raquel Yotti Álvarez, Instituto de Salud Carlos III, en Madrid, a 22 de abril de 2019.–Ángel Fernández Ipar, Colegio Oficial de Biólogos de la Comunidad de Madrid, en Madrid, a 22 de abril de 2019.

ANEXO I
Nombre del alumno Lugar de las prácticas Fechas de las prácticas
*    

* El nombre de los alumnos seleccionados se concretará una vez resuelta la Olimpiada.

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