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Documento BOE-A-2019-8430

Orden EFP/618/2019, de 23 de mayo, por la que, en aceptación de la renuncia, se declara la pérdida de la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de don Juan de Dios Benítez Sillero.

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 7 de junio de 2019, páginas 59386 a 59386 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Educación y Formación Profesional
Referencia:
BOE-A-2019-8430

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 6 de mayo de 2019, el Director General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación y Deporte, de la Comunidad Autónoma de Andalucía, acepta la renuncia a la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria que el interesado don Juan de Dios Benítez Sillero, Número de Registro de Personal ****60213 A0590, solicita con efectos de 4 de abril de 2019.

Considerando que el artículo 63.a) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, dispone que la renuncia a la condición de funcionario es una de las causas de pérdida de la condición de funcionario de carrera.

Vista la propuesta de la Consejería de Educación y Deporte, de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Declarar la pérdida de la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de don Juan de Dios Benítez Sillero, Número de Registro de Personal ****60213 A0590 y D.N.I. *****7602 causando baja en el citado cuerpo desde el día 4 de abril de 2019.

Segundo.

La presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Asimismo, contra esta Orden que es definitiva en vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Madrid, 23 de mayo de 2019.–La Ministra de Educación y Formación Profesional, P. D. (Orden EFP/1422/2018, de 27 de diciembre), el Subsecretario de Educación y Formación Profesional, Fernando Gurrea Casamayor.

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