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Documento BOE-A-2019-8615

Resolución de 4 de junio de 2019, de la Dirección de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, por la que se publica resumen del Plan de acción anual 2019.

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 10 de junio de 2019, páginas 60522 a 60524 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2019-8615

TEXTO ORIGINAL

La Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (AEBOE) es un organismo público de los regulados en la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias estatales para la mejora de los servicios públicos.

A tenor de lo establecido en las disposiciones adicional cuarta y transitoria segunda de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, en tanto no adapte su naturaleza y régimen jurídico a las previsiones de dicha Ley, continuará rigiéndose por su normativa específica, esto es la Ley 28/2006, el Real Decreto 1495/2007, de 12 de noviembre, por el que se crea la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado y se aprueba su estatuto, y el Contrato de Gestión aprobado por Orden PRE/454/2014, de 17 de marzo, para el cuatrienio 2013-2016, en todos aquellos aspectos relacionados con los efectos que el grado de cumplimiento de los objetivos estratégicos tiene para el personal de la Agencia; los procedimientos a seguir para la cobertura de los déficit que eventualmente puedan producirse y para la introducción de las modificaciones o adaptaciones anuales que procedan, así como los mecanismos de seguimiento de la ejecución y cumplimiento del Contrato.

El artículo 13 de la citada Ley 28/2006 establece que la actuación de las agencias estatales se produce, con arreglo al plan de acción anual, bajo la vigencia y con arreglo al pertinente contrato plurianual de gestión, y en su artículo 10.2 que es atribución del Consejo Rector, entre otras, la aprobación de los planes de acción anuales. Dicha competencia viene recogida igualmente en el artículo 10.1 de su Estatuto.

El Plan de acción anual de la AEBOE para el año 2019 fue aprobado por el Consejo Rector en la sesión celebrada el 29 de mayo de 2019.

El Estatuto de la Agencia, en su artículo 4.2.a), establece que una vez aprobado el Plan de acción se publicará un resumen en el «Boletín Oficial del Estado» en el que se hará mención de la dirección de la «página web» de la Agencia en la que podrá ser consultado el documento completo.

En su virtud, y de acuerdo a las competencias que se le atribuyen en el artículo 11.3 del Estatuto de la Agencia, esta Dirección resuelve:

Primero.

Publicar un resumen del Plan de acción anual 2019 de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado aprobado por su Consejo Rector el día 29 de mayo de 2019, cuyo texto se inserta a continuación.

Segundo.

El contenido completo del Plan de acción se puede consultar en la dirección de Internet: https://www.boe.es/aeboe/organismo/documentos/plan_accion_boe_2019.pdf

Madrid, 4 de junio de 2019.–El Director de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, Manuel Tuero Secades.

Resumen del Plan de Acción Anual de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado para el año 2019

El artículo 13 de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de agencias estatales para la mejora de los servicios públicos establece que la actuación de las agencias se produce, con arreglo al plan de acción anual, bajo la vigencia y con arreglo al pertinente contrato plurianual de gestión.

El Contrato de Gestión de la Agencia para el periodo 2013-2016 fue aprobado por Orden PRE 454/2014, de 17 de marzo. El Contrato de Gestión, además de definir los objetivos estratégicos, determina los indicadores de gestión y de impacto que sirven para evaluar el grado de cumplimiento de dichos objetivos, sus rangos de cumplimiento, la ponderación de cada indicador, y la fórmula de cálculo del Índice General de cumplimiento de los objetivos de la Agencia (IGA) a partir del índice de cumplimiento obtenido en cada indicador y su ponderación.

Sin embargo, el Contrato de Gestión únicamente estableció los indicadores de los objetivos estratégicos para los dos primeros años de su vigencia, indicando en su apartado 2.3.4 que «...los indicadores de los objetivos estratégicos para el tercer y cuarto año, se aprobarán por el Consejo Rector a propuesta del Director de la Agencia, previo informe favorable del Ministerio de la Presidencia y del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas».

De conformidad con este este procedimiento, la Agencia envió la Propuesta de objetivos estratégicos e indicadores de cumplimiento de la AEBOE para el año 2019 a los órganos competentes del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, Ministerio de Hacienda, y Ministerio de Política Territorial y Función Pública, para que emitiesen el correspondiente informe. La Propuesta, informada favorablemente, se incorporó al Plan de Acción 2019 siendo elevada por el Director de la Agencia al Consejo Rector, y aprobada en su sesión del 29 de mayo de 2019.

Por su parte, el apartado 6 del Contrato de Gestión regula el procedimiento a seguir para introducir modificaciones o adaptaciones anuales, indicando que «las modificaciones o ajustes para corregir eventuales desviaciones entre lo planeado y lo ejecutado, siempre que no afecten a la estructura del Contrato de Gestión, se incorporarán a través del plan de acción anual que presenta el Director de la Agencia para su aprobación por el Consejo Rector».

Conforme a lo expuesto, el Plan de acción anual 2019 incorpora, además de las modificaciones y ajustes en la planificación realizados a través de los programas y proyectos, los objetivos estratégicos y los indicadores de cumplimiento para esta anualidad, al haberse tramitado conforme al procedimiento previsto en el apartado 2.3.4 del Contrato de Gestión.

1. Objetivos estratégicos e indicadores de cumplimiento.

Partiendo de las competencias y funciones encomendadas por la ley a la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado y el escenario en el que se desarrollará su actividad se establecen los siguientes objetivos estratégicos:

Objetivo 1: Cumplir eficientemente y en la forma legalmente prevista, el servicio público de publicidad de las normas y de aquellas otras disposiciones o actos que el ordenamiento jurídico considera que deben ser publicados en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil».

Objetivo 2: Llevar a cabo la máxima difusión de la legislación, ofreciendo servicios singularizados que atiendan las necesidades específicas de información jurídica de los ciudadanos, profesionales, empresas y otros clientes de la Agencia, y ser fuente y motor de la actividad económica ligada a la gestión del conocimiento jurídico.

Objetivo 3: Mantener operativo el Portal de subastas judiciales y notariales que facilite la ejecución de los procedimientos de subastas, incremente su difusión y proporcione transparencia y seguridad en el procedimiento.

Los 12 indicadores de cumplimiento de los objetivos estratégicos para el año 2019, con sus valores de referencia, equivalentes a un índice de cumplimiento del 100% y del 0%, y la ponderación de cada uno de ellos en el IGA se incluyen en el siguiente cuadro.

Indicadores

Valor cumplimiento 100%

Valor cumplimiento

0%

Ponderación
1.1 Publicar el diario oficial BOE en la sede electrónica de la Agencia, antes de las 8 horas, todos los días del año, excepto los domingos. (Minutos de retraso al año). 0 720 25
1.2 Publicar el periódico BORME en la sede electrónica de la Agencia, antes de las 8 horas, todos los días del año, excepto sábados, domingos y festivos en la localidad de Madrid. (Minutos de retraso al año). 0 720 10
1.3 Plazo de publicación de los anuncios del BOE (Secciones IV y V) y del BORME. (Porcentaje de anuncios publicados el primer día del plazo de 3 a 6 días). 100% 75% 12
1.4 Corrección de erratas en el Boletín Oficial del Estado. (Porcentaje de correcciones de erratas respecto al número de disposiciones y anuncios publicados). 0,02% 0,20% 4
2.1 Número de accesos a las bases de datos de la Agencia. (Millones). 450 225 3
2.2 Plazo en actualizar las normas consolidadas. (Promedio de días hábiles desde la publicación de la de la norma que la modifica hasta que se incorpora consolidada a las bases de datos de la Agencia). 0 3 15
2.3 Número de suscriptores de Alertas al finalizar el año. 365.000 300.000 6
2.4 Número de Códigos electrónicos disponibles en la web al finalizar el año. 240 195 8
2.5 Número de títulos publicados en edición y coedición. 75 30 5
2.6 Plazo de entrega de los encargos de impresión de códigos electrónicos. (Promedio de días hábiles contados desde que se realiza el encargo hasta que se entregan). 2 5 3
2.7 Número de peticiones de información escrita contestadas a través de ticket 56.000 28.000 4
3.1 Número de días al año en los que se ha producido alguna incidencia en el Portal de Subastas, atribuible a la Agencia, que haya impedido la celebración de al menos una subasta. 0 15 5

El cuadro con los objetivos estratégicos, los indicadores de cumplimiento, la ponderación de cada indicador, y la fórmula de cálculo del Índice General de cumplimiento de los objetivos de la Agencia (IGA) se incluye como Anexo 1 del Plan de acción 2019.

2. Programas y proyectos.

Para alcanzar los objetivos estratégicos el Contrato de Gestión contempla trece planes de actuación en los que se agrupa la totalidad de la actividad de la Agencia. Cada plan de actuación tiene asociados una serie de programas y proyectos cuya concreción anual se aprueba en el correspondiente Plan de acción.

El Plan de acción 2019 contiene 64 programas y proyectos. Cada uno de ellos tiene asociado el objetivo a alcanzar, el criterio para evaluar su cumplimiento y las unidades responsables de su ejecución. Los programas y proyectos aprobados se incluyen en el Anexo 2 del Plan de acción anual.

Por último, en el Contrato de Gestión se establece que, para cada departamento de la Agencia, se elaborará anualmente un índice de cumplimiento de los objetivos de gestión, calculado ponderando el grado de cumplimiento de cada uno de los proyectos o programas en los que el departamento participa, por el porcentaje de ocupación que sobre toda la actividad de dicho departamento se haya dado a cada uno de los citados proyectos o programas en el plan de acción anual. Las ponderaciones aprobadas para el año 2019 se incluyen en la Anexo 3 del Plan de acción anual.

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