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Documento BOE-A-2019-8647

Resolución de 28 de mayo de 2019, de SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo, por la que se deroga la Resolución de 17 de noviembre de 2011, por la que se crean y regulan la sede electrónica y el registro electrónico.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 139, de 11 de junio de 2019, páginas 60855 a 60855 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2019-8647
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2019/05/28/(1)

TEXTO ORIGINAL

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos creó el concepto de «sede electrónica» justificado por la necesidad de definir claramente la sede administrativa electrónica con la que se establecen las relaciones de la administración pública de forma garantizada con el ciudadano.

Esta misma ley reconoció la relación con las administraciones públicas por medios electrónicos como un derecho de los ciudadanos y una obligación para las administraciones, regulando la creación de Registros Electrónicos para la recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones.

Por otra parte, el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolló parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, autorizó la creación de sedes electrónicas compartidas o la incorporación a una sede preexistente mediante un convenio de colaboración.

La Ley 11/2007, de 22 de junio, ha sido derogada por las Leyes 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público que integran el contenido de aquella ley y profundiza en la agilización de los procedimientos con un pleno funcionamiento electrónico.

En ese sentido, tanto el Ministerio de Fomento como SEPES han considerado relacionarse con el ciudadano a través de una sede única, tanto por razones de economía, como eficiencia y eficacia.

SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo ha suscrito un Convenio con el Ministerio de Fomento para la incorporación de dicha Entidad a la sede electrónica del Ministerio de Fomento.

En aplicación del principio de publicidad establecido en el artículo 38.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, resuelve:

Derogar la resolución de SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo de 17 de noviembre de 2011, por la que se crean y regulan la sede electrónica y el registro electrónico de dicha Entidad.

Madrid, 28 de mayo de 2019.–El Director General de SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo, P.S. (Acuerdo del Consejo de Administración de 18 de octubre de 2011), el Secretario General, Gaspar Echeverría Summers.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 28/05/2019
  • Fecha de publicación: 11/06/2019
  • Fecha de derogación: 01/07/2019
Referencias anteriores
  • DEROGA el Acuerdo de 17 de noviembre de 2011, publicado por Resolución de 5 de marzo de 2012 (Ref. BOE-A-2012-4447).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 38.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre (Ref. BOE-A-2015-10566).
Materias
  • Administración electrónica
  • Internet
  • Ministerio de Fomento
  • Registros administrativos
  • Registros telemáticos
  • Sociedad Estatal de Promoción y Equipamiento de Suelo

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