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Documento BOE-A-2019-9153

Resolución 400/38176/2019, de 12 de junio, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de 2 de abril de 2019, de la Sala de Gobierno del Tribunal Militar Central, por el que se convoca la provisión de un puesto de Vocal Togado en el Tribunal Militar Central.

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 18 de junio de 2019, páginas 64251 a 64254 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2019-9153

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con el artículo 45.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del artículo 19.3.a) del Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado», se publica el Acuerdo de 2 de abril de 2019, de la Sala de Gobierno del Tribunal Militar Central, por el que se anuncia para su provisión un puesto de Vocal Togado en el Tribunal Militar Central (vacante número 8/2019), que figura como anexo de esta resolución, al objeto de darle publicidad en cumplimiento del artículo 12 del Reglamento 1/2010, de 25 de febrero, por el que se regula la provisión de plazas de nombramiento discrecional en los órganos judiciales y en requerimiento del artículo 25.2 de la Ley Orgánica 2/1989, de 13 de abril, Procesal Militar.

Teniendo en cuenta que, en la actualidad, se cumple la exigencia del artículo 37 de la Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio, de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar, en cuya virtud el Tribunal Militar Central ha de tener al menos dos Vocales Togados en situación de actividad, la plaza que se publica no podrá ser solicitada por Generales Auditores que ocupen un puesto en las plantillas específicas o indistintas en las Fuerzas Armadas o en el Órgano Central, toda vez que esta Subsecretaría, en el ejercicio de las funciones de dirección, control planeamiento y ejecución de la política de personal que le atribuye el artículo 11 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, considera que constituye una ineludible necesidad del servicio mantener atendidas las plazas de Generales Auditores que ocupan destino en las mencionadas plantillas y que el Real Decreto 283/2017, de 24 de marzo, por el que se fijan las plantillas reglamentarias de oficiales generales, oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas para el periodo 2017-2021, limita a siete el número de plazas en el empleo de General Auditor en activo, a las que se unen en la actualidad dos más en plantilla indistinta, cifra global que resultaría sobrepasada en términos incompatibles con el planeamiento si se produjera un cambio de destino de un Oficial de dicho empleo a un puesto no previsto en las plantillas vigentes.

Madrid, 12 de junio de 2019.–El Subsecretario de Defensa, Alejo de la Torre de la Calle.

ANEXO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio, de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar, y 19 bis y concordantes del Reglamento 1/2010, de 25 de febrero, por el que se regula la provisión de plazas de nombramiento discrecional en los órganos judiciales («BOE» de 5 de marzo), la Sala de Gobierno del Tribunal Militar Central, en su reunión del día de la fecha, ha acordado anunciar para su provisión un puesto de Vocal Togado en el Tribunal Militar Central, que quedará vacante por pase a retiro y cese en el destino de su actual titular, existente en la plantilla orgánica de dicho órgano jurisdiccional.

La plaza que se anuncia, (vacante número 8/2019), es de nombramiento discrecional y carácter jurisdiccional y gubernativo. Si se asignare a un Oficial General del Cuerpo Jurídico Militar en situación de reserva, tendrá exclusivamente carácter jurisdiccional, de conformidad con el artículo 42 de la propia Ley Orgánica 4/1987.

Esta convocatoria se regirá por las bases siguientes:

Primera.

Podrán tomar parte en la misma los Generales Auditores del Cuerpo Jurídico Militar en situación de servicio activo o, en su defecto, los Oficiales Generales del Cuerpo Jurídico Militar en reserva, así como en los términos del párrafo segundo del artículo 37 de la Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio.

Segunda.

Las solicitudes, que se ajustarán al modelo que figura en el Anexo I de este Acuerdo, se dirigirán al Presidente del Consejo General del Poder Judicial y se presentarán en el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro de Relatorías del Tribunal Militar Central, calle Princesa, número 36, 28071 Madrid, directamente o en la forma establecida en el artículo 16 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las peticiones que se cursen a través de las Oficinas de Correos deberán presentarse en sobre abierto para que el/la funcionario/a correspondiente pueda estampar la fecha en ellas.

Si la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» se produjere antes de 4 de mayo de 2019, fecha en que se producirá la vacante, el plazo de veinte para la presentación de las solicitudes se contará a partir del día 5 de mayo de 2019.

Tercera.

En las solicitudes deberá figurar la manifestación expresa que el/la peticionario/a cumple los requisitos exigidos en la convocatoria.

El cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria habrá de mantenerse hasta la toma de posesión.

Cuarta.

Los/as interesados/as aportarán junto a su solicitud una relación detallada de sus méritos profesionales, relacionados con el desempeño de funciones jurisdiccionales, y extrajurisdiccionales, académicos y científico-jurídicos, que acrediten su competencia jurídica y aptitud para el ejercicio de la función jurisdiccional especifica de la plaza anunciada, así como para aquellas otras funciones que sean inherentes al cargo.

Si el peticionario fuese un General Auditor en servicio activo, esta relación incluirá un programa de las actuaciones que los candidatos estimen oportuno proponer a la Sala de Gobierno de la que aspiran ser parte, encaminadas a la mejora del funcionamiento del Tribunal Militar Central y de la jurisdicción militar en su conjunto.

Esta documentación podrá remitirse en soporte electrónico.

Todo ello siguiendo el formulario contenido en el Anexo II de este Acuerdo, accesible en la página web de la Jurisdicción Militar (www.jurisdiccionmilitar.es), «Sala de Gobierno/Vacantes en Órganos Judiciales».

Quinta.

Para la provisión de la plaza anunciada serán objeto de ponderación los méritos profesionales, académicos y·científico-jurídicos de los peticionarios, que acrediten su formación y capacidad en las materias propias de la Jurisdicción Militar, así como cuantas incidencias hayan podido afectarles durante su vida profesional que pudieran tener importancia para valorar su aptitud en el desempeño de su función Jurisdiccional.

Sexta.

Los/as solicitantes que no resulten excluidos/as por incumplimiento de los requisitos legales y/o reglamentarios serán convocados/as por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial a una comparecencia en la sede del Consejo, calle Marqués de la Ensenada, número 8, 28071 Madrid, que se celebrará en audiencia pública y tendrá por objeto la explicación y defensa por los/as aspirantes del currículo presentado.

Séptima.

La provisión de la plaza anunciada se efectuará por Real Decreto a propuesta del Pleno del Consejo General del Poder Judicial. El Real Decreto de nombramiento se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», surtiendo la publicación los efectos de notificación a los/as interesados/as aspirantes a las plazas anunciadas.

Octava.

Los/as aspirantes no nombrados/as dispondrán de un plazo de seis meses para retirar la documentación aportada, procediéndose a su destrucción en caso de no efectuarlo.

Contra el presente Acuerdo cabe interponer recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

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