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Documento BOE-A-2019-9172

Resolución de 13 de junio de 2019, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P., por la que se publica el Convenio específico con el Consejo General de la Abogacía Española, para fomentar una mayor relevancia internacional del sector jurídico español: realización conjunta de unas jornadas técnicas de arbitraje del 24 al 26 de junio de 2019 en la ciudad de Miami (Florida, EE.UU.).

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 18 de junio de 2019, páginas 64547 a 64549 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-2019-9172

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del convenio, más arriba referido, que ha sido firmado el 2 de junio de 2019 entre ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P. y el Consejo General de la Abogacía Española, para fomentar una mayor relevancia internacional del sector jurídico español: realización conjunta de unas jornadas técnicas de arbitraje del 24 al 26 de junio de 2019 en la ciudad de Miami (Florida, EE. UU.).

Madrid, 13 de junio de 2019.–La Consejera Delegada de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P., María Peña Mateos.

ANEXO
Convenio específico n.º 1 al Convenio entre ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P. y el Consejo General de la Abogacía Española para fomentar una mayor relevancia internacional del sector jurídico español: realización conjunta de unas jornadas técnicas de arbitraje del 24 al 26 de junio de 2019 en la ciudad de Miami (Florida, EE. UU.)

En Madrid, a 2 de junio de 2019.

REUNIDOS

De una parte, doña María Peña Mateos, Consejera Delegada de la entidad pública empresarial ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P., con domicilio en Madrid, paseo de la Castellana, n.º 278, y con NIF de la entidad Q2891001F, facultada para este acto en su condición de Consejera Delegada, en virtud de su nombramiento por Real Decreto 848/2018, de 6 de julio («Boletín Oficial del Estado» núm. 164, de 7 de julio de 2018), y actuando por delegación de competencia del Consejo de Administración de la entidad, mediante Resolución de 30 de mayo de 2018 («Boletín Oficial del Estado» núm. 151, de 22 de junio de 2018), en adelante ICEX.

Y de otra parte, don Ramón Jáudenes López de Castro, Secretario General del Consejo General de la Abogacía Española, Corporación de Derecho público, con CIF Q-2863006-I y domicilio en el Paseo de Recoletos, n.° 13 de Madrid, facultado para este acto en su condición de Secretario General, designado por la Presidenta, mediante Acuerdo de Presidencia 01/2016 de 3 de febrero de 2016, en uso de las facultades derivadas del artículo 73 del Estatuto General de la Abogacía Española y del artículo 22 del Reglamento de Régimen Interior del Consejo General de la Abogacía Española, en adelante el Consejo.

MANIFIESTAN

I. Que, ICEX y el Consejo han suscrito un Convenio marco, del que trae causa el presente Convenio específico, que tiene por objeto lograr una mayor relevancia internacional del sector de servicios jurídicos español.

II. Que, en la cláusula Segunda del mencionado Convenio marco se establece que, para las acciones concretas a desarrollar por cada una de las partes, así como la determinación del presupuesto conjunto acordado, se suscribirá el correspondiente Convenio específico que formará parte integrante del Convenio.

III. Que, dada la cercanía de la primera de las actividades, las Partes consideran oportuno suscribir, al mismo tiempo que el Convenio marco, un primer Convenio específico (en adelante, el Convenio) en donde se recoja la actividad a realizar junto con el presupuesto previsto para la misma.

En base a lo expuesto, las Partes acuerdan las siguientes,

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

Es objeto del presente Convenio la realización conjunta por las Partes de unas Jornadas Técnicas de Arbitraje que tendrán lugar del 24 al 26 de junio de 2019 en la ciudad de Miami (Florida, EE. UU.).

Estas jornadas tendrán como destinatarios despachos españoles de abogados, los cuales, a través de dichas jornadas, podrán:

– Generar negocio en este mercado a través de la asociación y/o la subcontratación de abogados locales en Miami, puerta de entrada a Latinoamérica y los Estados Unidos.

– Conocer la organización y funcionamiento del Arbitraje en este mercado como resolución de conflictos; y

– Ofrecer un mejor asesoramiento en esta fuente de resolución de conflictos a clientes internacionales implantados en la región.

Segunda. Obligaciones de las Partes.

ICEX será responsable de:

– Redactar la convocatoria.

– Elaborar el programa de actividades para los tres días.

– Recaudar las cuotas de inscripción correspondientes a los despachos de abogados que asistan; y

– Gestionar y seleccionar, junto con el Consejo, los despachos participantes.

El Consejo será responsable de:

– Redactar las circulares y comunicaciones que sean necesarias.

– Realizar el mailing de convocatoria a los colegios de abogados y demás contactos; y

– Gestionar las candidaturas de despachos españoles participantes con ICEX.

En todos los materiales de promoción que se elaboren tanto para la difusión de la actividad como durante la celebración de las Jornadas Técnicas, notas de prensa, etc., las Partes acuerdan que se utilizarán de forma simultánea los logotipos de ambas instituciones, sin que se pueda alterar en su uso colores, formas, símbolos o gráficos.

El cumplimiento de todas las obligaciones previstas en esta cláusula deberá producirse en el plazo adecuado para que la actividad acordada pueda celebrarse dentro las fechas establecidas.

Tercera. Obligaciones económicas.

El presupuesto total establecido para esta actividad asciende a dieciséis mil seiscientos cuatro euros con ochenta y dos céntimos (16.604,82 euros).

Este importe será abonado al 50 % por los despachos de abogados participantes mediante el pago de las cuotas de inscripción al Seminario, e ICEX, en el caso de que no se cubra el presupuesto con las cuotas, abonará la parte restante hasta alcanzar dicha cifra.

Cuarta. Vigencia.

La duración de este primer Convenio específico será desde su entrada en vigor hasta pasados quince días tras la finalización de la actividad objeto del presente Convenio específico, la cual está prevista para el 15 de julio de 2019.

El presente Convenio se perfecciona en el momento de su firma y será eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO) y publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

Se mantienen vigentes las restantes condiciones pactadas por las Partes en el Convenio marco del que el presente Convenio trae causa.

Y conformes las Partes con las anteriores manifestaciones, firman el presente Convenio específico, el primero, a un solo efecto, en Madrid, en la fecha indicada en el encabezamiento tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante.–Por el ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P., la Consejera Delegada, María Peña Mateos.–Por el Consejo General de la Abogacía Española, el Secretario General, Ramón Jáudenes López de Castro.

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