Está Vd. en

Documento BOE-A-2019-9421

Decreto 70/2019, de 17 de mayo, del Consell, de declaración de bien de interés cultural, con la categoría de sitio histórico, de la Real Fábrica de Loza y Porcelana del Conde de Aranda de L'Alcora.

Publicado en:
«BOE» núm. 148, de 21 de junio de 2019, páginas 66632 a 66644 (13 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunitat Valenciana
Referencia:
BOE-A-2019-9421

TEXTO ORIGINAL

PREÁMBULO

El artículo 49.1.5 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, establece la competencia exclusiva de la Generalitat en materia de «Patrimonio histórico, artístico, monumental, arquitectónico arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el número 28 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución Española.

El artículo 26.2 de Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano dispone que la declaración de un Bien de Interés Cultural se hará mediante decreto del Consell, a propuesta de la conselleria competente en materia de cultura. Todo ello sin perjuicio de las competencias que el artículo 6 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español reserva a la Administración General del Estado.

El presente decreto se adecua a los principios de buena regulación establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 30 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, habiéndose acreditado la concurrencia en esta iniciativa normativa de los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia en su proceso de elaboración, y eficiencia.

En cumplimiento del principio de necesidad y eficacia el Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana preceptúa en su artículo 12 que la Generalitat velará por la protección y defensa de la identidad y los valores del Pueblo Valenciano y el respeto a su diversidad y a su patrimonio histórico.

La Real Fábrica de loza y porcelana del Conde de Aranda de L’Alcora es un lugar vinculado a acontecimientos del pasado y a creaciones culturales de valor histórico y etnológico de primer orden, con proyección nacional e internacional en sus productos. Ejerció de puente entre el taller artesanal y la fábrica industrial, disponiendo incluso de un sistema asistencial propio para sus empleados y escapando a la rígida organización monopolística de los Gremios. Este inmueble y los medios personales y materiales asociados al mismo apuntan ya a la implantación de la libertad de comercio y de establecimiento y constituye antecedente del actual sector azulejero de Castellón con base en la tradición transmitida por la mano de obra altamente cualificada procedente de la fábrica. Al incorporar estos valores culturales en grado excepcionalmente significativo, se impone su máximo reconocimiento a nivel patrimonial mediante la declaración como Bien de Interés Cultural de conformidad con el mandato contenido en la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano.

En cumplimiento del principio de proporcionalidad el Ayuntamiento de L’Alcora ha solicitado expresamente el reconocimiento como Bien de Interés Cultural de la Real Fábrica de loza y porcelana del Conde de Aranda de L’Alcora, constituyendo este decreto la herramienta necesaria e imprescindible para la preservación y recuperación de la fábrica original de los Condes de Aranda y de las incorporaciones posteriores a la misma de valor etnólógico que conforman hitos definitivos en la historia de la cerámica de L’Alcora y en general de la provincia de Castellón.

En cumplimiento del principio de seguridad jurídica la presente formalizacion tutelar y la normativa que en la misma se establece, concilia la obligada protección a un bien de destacadísima significación patrimonial con la definición precisa del estatuto jurídico de los propietarios afectados, cuyas facultades se limitan en la medida estrictamente necesaria para preservar los valores culturales detectados, estableciéndose el régimen de la previa y preceptiva autorización del órgano competente en materia de patrimonio cultural en el ámbito delimitado del Bien de Interés Cultural.

En cumplimiento del principio de transparencia para potenciar la participación activa de las personas destinatarias en la elaboración de esta iniciativa normativa, se ha notificado la iniciación del expediente a todas y cada una de las personas propietarias afectadas, se ha suscitado la intervención activa de la ciudadanía a través del trámite de información pública, confiriéndose finalmente audiencia a las personas titulares de derechos integrados en propiedades de casas por pisos, sin que se hayan formulado alegaciones, ni objeciones a la propuesta normativa.

En cumplimiento del principio de eficiencia la presente disposición reglamentaria tan solamente implementa el trámite de la previa y preceptiva autorización administrativa del órgano competente en materia de Cultura para cualquier actuación de trascendencia patrimonial que pretendan realizarse en el ámbito delimitado del Sitio Histórico a los solos efectos de salvaguardar las preexistencias originales de la fábrica y de las accesiones posteriores de la misma que incorporan valores etnológicos, tal y como aparecen descritas en el anexo I, en relación de causa a efecto, y no conlleva carga alguna para la Administración, al no prejuzgar, ni establecerse como impropias las actuales implantaciones edificatorias materializadas en el ámbito delimitado a efectos tutelares.

Mediante resolución de 16 de julio de 2018, de la Conselleria de Educación, Investigación Cultura y Deporte, se acordó incoar el expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural con la categoría de Sitio Histórico, a favor de la Real Fábrica de loza y porcelana del Conde de Aranda de Alcora, determinando sus valores, delimitándola, describiendo los inmuebles que se asocian a la misma desde tiempo inmemorial, articulando la correspondiente normativa protectora y sometiéndose el expediente incoado a trámite de información pública.

Se han cumplido todos los trámites legalmente preceptivos de acuerdo con las disposiciones vigentes.

Consta en el expediente el informe favorable a la declaración de Bien de Interés Cultural del Consell Valencià de Cultura, de la Real Academia de Bellas Artes de San Carlos, del Consell Valencià de Cultura y de la Universitat Jaume I de Castelló, que han prestado su conformidad a la propuesta declarativa que se les ha elevado, de conformidad con lo que establece el artículo 27.5 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano.

Asimismo se han recabado de las consellerias afectadas los informes exigidos por el artículo 43 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell, sin que se haya formulado por las mismas alegación alguna.

Por todo ello, de acuerdo con lo establecido en la normativa referenciada, conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana, a propuesta del conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, previa deliberación del Consell, en la reunión del 17 de mayo de 2019,

DECRETO

Artículo 1. Objeto.

Este decreto tiene por objeto declarar Bien de Interés Cultural, con la categoría de Sitio Histórico, la Real Fábrica de loza y porcelana del Conde de Aranda de Alcora en L’Alcora (Castellón), determinar los valores excepcionales que justifican su declaración con esta tipificación protectora, delimitar el ámbito afectado por la declaración y describiendo los inmuebles que se asocian a la misma desde tiempo inmemorial y con los que se identifica, estableciendo la correspondiente normativa protectora de la misma de acuerdo con los anexos de este decreto.

Artículo 2. Régimen general de intervenciones en el sitio histórico.

En tanto no se apruebe un plan especial de protección o instrumento urbanístico asimilable de análogo contenido determinativo, cualquier intervención de transcendencia patrimonial que pretenda realizarse en el ámbito delimitado del Sitio Histórico, requerirá la previa autorización de la Conselleria competente en materia de cultura. La autorización se emitirá aplicando los criterios de este decreto, y en su defecto, los enumerados en los artículos 38 y 39 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano, todo ello sin perjuicio de las autorizaciones que por la aplicación de otras normativas sectoriales resulten procedentes.

La propuesta de intervención deberá definir su alcance e ir acompañada de la documentación técnica oportuna. También deberá especificar la ubicación parcelaria, así como adjuntar las fotografías que permitan constatar la situación actual y su transcendencia patrimonial.

Artículo 3. Criterios de Intervención.

a) Cualquier intervención deberá ir encaminada a la preservación, recuperación, restauración y rehabilitación de la arquitectura de la fábrica original de los Condes de Aranda y las modificaciones fabriles posteriores que se consideren de interés etnológico para la historia de la cerámica de L’Alcora. Se ajustará a los siguientes criterios:

– La intervención respetará las características y valores esenciales del inmueble. Se conservarán sus características volumétricas, espaciales, morfológicas y artísticas, así como las aportaciones de distintas épocas que hayan enriquecido sus valores originales. En caso de que se autorice alguna supresión deberá quedar debidamente documentada.

– Se preservará la integridad del inmueble y no se autorizará la separación de ninguna de sus partes esenciales ni de los elementos que le son consustanciales, salvo en beneficio de su propia protección y de su difusión pública o cuando medie un cambio de uso y siempre con autorización de la conselleria competente en materia de cultura.

– Podrán autorizarse, siempre que exista alguna pervivencia de elementos originales o conocimiento documental suficiente de lo perdido, las reconstrucciones totales o parciales del bien. En todo caso deberá justificarse documentalmente el proceso reconstructivo. La reconstrucción procurará, en la medida que las condiciones técnicas lo permitan, la utilización de procedimientos y materiales originarios. El resultado deberá hacerse comprensible a través de gráficos, maquetas, métodos virtuales o cualquier técnica de representación que permita la diferenciación entre los elementos originales y los reconstruidos.

b) Los usos permitidos serán todos aquellos que sean compatibles con la puesta en valor y disfrute patrimonial de la fábrica y sus espacios anexos y contribuyan a la consecución de dichos fines. La autorización particularizada de uso se regirá por lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 4/1998.

c) A fin de conservar el paisaje tradicional del ámbito no se permitirá nueva edificación alguna para cualquier uso.

Artículo 4. Preservación de la silueta paisajística y de la imagen arquitectónica.

Todas las actuaciones que puedan tener incidencia sobre la correcta percepción y la dignidad en el aprecio de la escena o paisaje del sitio histórico, como sería el caso de la afección de los espacios libres por actuaciones de reurbanización, ajardinamiento o arbolado, provisión de mobiliario urbano, asignación de uso y ocupaciones de la vía pública, etc., o como podría serlo también la implantación de rótulos, marquesinas, toldos, instalaciones vistas, antenas, etc., o cualesquiera otros de similar relevancia y consecuencias, deberán someterse a autorización de la conselleria competente en materia de cultura, que resolverá con arreglo a las determinaciones de la ley y los criterios de percepción y dignidad antes aludidos.

Artículo 5. Elementos impropios.

Queda proscrita la introducción de anuncios o publicidad exterior (excepto carteles informativos de los nombres y actividades de los edificios), en cualquiera de sus acepciones, irrumpa en dicha escena urbana, salvo las de actividades culturales o eventos festivos que, de manera ocasional, reversible y por tiempo limitado soliciten y obtengan autorización expresa de la conselleria competente en materia de cultura.

Artículo 6. Patrimonio arqueológico.

En cualquier intervención que afecte al subsuelo del Sitio Histórico, resultará de aplicación el régimen tutelar establecido en el artículo 62 de la Ley 4/1998, para la salvaguarda del patrimonio arqueológico. Particularmente resultará de aplicación este régimen cautelar a los trabajos relativos a la arqueología de la arquitectura, es decir, a aquellas actuaciones que tengan como objeto los elementos constructivos y las pervivencias de los edificios históricos que en su día conformaron el conjunto fabril.

Artículo 7. Actuaciones ilegales.

La contravención de lo previsto en la presente normativa, determinará la ilegalidad de la actuación con la consiguiente restitución de los valores afectados en su caso y la responsabilidad de las personas causantes en los términos establecidos en el artículo 37 de la Ley 4/1998.

Artículo 8. Delimitación del Bien.

El Bien de Interés Cultural queda definido tanto literal como gráficamente en los anexos de este decreto. La documentación complementaria obra en el expediente.

Disposición adicional primera. Inscripción en el Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano.

Esta declaración de Bien de Interés Cultural de la Real Fábrica de loza y porcelana del Conde de Aranda de Alcora en L’Alcora (Castellón) se inscribirá en la sección primera del Inventario General del patrimonio cultural valenciano y en el Registro General de Bienes de Interés Cultural, dependiente de la Administración General del Estado.

Disposición adicional segunda. Incidencia presupuestaria.

La aplicación y desarrollo de este decreto no podrá tener incidencia alguna en la dotación de los capítulos de gasto asignada a la conselleria con competencias en materia de cultura, y en todo caso deberá ser atendido con los medios personales y materiales de la conselleria competente por razón de la materia.

Disposición final primera. Entrada en vigor.

Este decreto se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana».

Disposición final segunda. Plan Especial de Protección.

Conforme a lo dispuesto en los artículos 34.2 y 39.4 de la Ley 4/1998, el Ayuntamiento de L’Alcora deberá aprobar el correspondiente Plan Especial de Protección del Sitio Histórico en el plazo de un año a contar desde la publicación de este decreto en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana».

València, 17 de mayo de 2019.–El Presidente de la Generalitat, Ximo Puig i Ferrer.–El Consejero de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, Vicent Marzà Ibáñez.

ANEXO I
Delimitación y descripción del bien objeto de la declaración, de los inmuebles patrimoniales que constituyen referentes indiscutibles del mismo y determinación de los valores del sitio histórico

1. Denominación.

Sitio Histórico Real Fábrica de loza y porcelana del Conde de Aranda de L’Alcora.

2. Localización:

1. Comunidad Autónoma: Comunitat Valenciana.

2. Provincia: Castellón.

3. Municipio: L’Alcora.

4. Dirección: Manzana catastral 78964. parcelas catastrales:

01. C/ Fábrica 22.

02. C/ Fábrica 26 y 28.

03. Av. de Castellón 2.

04. Av. de Castellón 4.

05. Av. de Castellón 6.

3. Delimitación:

La delimitación se establece en función de los siguientes criterios:

Patrimoniales y urbanísticos, con la inclusión de los inmuebles y espacios urbanos vinculados históricamente a la fábrica.

Arqueológicos, en función de previsibles hallazgos arqueológicos ya que se presume la existencia de gran parte de las instalaciones originales incluso de un sótano, en la actualidad colmatados por escombros.

Definición literal de la delimitación:

Origen: Vértice norte de la parcela 07 de la manzana catastral 78964, punto A.

Sentido: horario.

Línea delimitadora: desde el punto de origen A, la línea recorre en dirección sur el linde de la acequia, incluyéndola, hasta el encuentro con el camino existente, Incorpora el camino hasta girar a norte incluyendo el patio de luces del edificio sito en la parcela catastral 01. Cruza la calle Fábrica y continua en dirección sureste por el linde de las fachadas de las manzanas 78973 y 78901 hasta la acequia, la incorpora y prosigue por la misma hasta el punto de origen.

Definición gráfica de la delimitación: se adjunta plano en el anexo II del decreto.

4. Descripción.

La Fábrica de loza fina y superfina de L’Alcora, «la Fábrica Gran» constituye la primera y más importante empresa de la Ilustración destinada al abastecimiento de productos cerámicos de alta calidad principalmente para consumo nacional; sin embargo alcanzó gran proyección internacional poniéndose a la altura de las ya existentes en Europa y conservándose piezas hoy en día en importantes museos y colecciones privadas de todo el mundo.

Fue propiciada por la política proteccionista implantada por Felipe V y fundada por un poderoso ilustrado, don Buenaventura Pedro de Alcántara Abarca de Bolea y Ximénez de Urrea, IX Conde de Aranda.

El éxito de la empresa se debió a la confluencia de distintos factores, los cuales según Eladi Grangel fueron: la continuada formación de los operarios, la contratación de destacados técnicos, la búsqueda de las mejores materias primas (incluso en el extranjero), la obtención de privilegios reales para la importación de materias primas y para la comercialización de la loza, la escrupulosa organización interna (regulada por ordenanzas), la existencia en las dependencias de la manufactura de un voluminoso archivo de dibujos y grabados (fuente de inspiración para los artistas), la estructura productiva (división del trabajo en quadras o departamentos), la distribución y comercialización de la loza (venta en la propia fábrica, venta ambulante a través de arrieros e instalación de factorías o almacenes en las principales ciudades).

Todo ello confluyó en la obtención de un producto de la máxima calidad tanto técnica como artística, cuyas obras maestras están consideradas por los especialistas como la mejor loza europea del siglo XVIII.

Constituye un antecedente del actual sector azulejero de la provincia de Castellón debido a la tradición que fue transmitida por la mano de obra altamente cualificada procedente de la fábrica.

En definitiva con la declaración de Bien de Interés Cultural, con la categoría de Sitio Histórico, se pondrá en valor y conocimiento un lugar destacado de nuestra historia económica y se propiciará la recuperación de su importante arquitectura e instalaciones.

5. Historia.

De acuerdo con los estudios de Josep M.ª Soler García y Salvador Domenech Llorens, la fábrica fue levantada en 1727 en los terrenos propiedad del Conde de Aranda en la Tenencia de L’Alcalatén, donde ya existía mano de obra experta en el trabajo del barro (funcionaban en L’Alcora una veintena de alfares y cantarerías) y abundantes materias primas como barro, leña y agua. Este noble quiso dar respuesta a la demanda de bienes suntuarios de una sociedad aristocrática y burguesa, que los requería como reflejo de prestigio y buen gusto de sus poseedores, así como para potenciar el desarrollo económico de la nación. Hasta el momento la importación de loza fina y porcelana procedía de Francia (Sèvres, Limoges) y de Meissen, cuna de la porcelana europea.

Como buen ilustrado el Conde de Aranda, preocupado por «la felicidad y progreso de los pueblos» decidió acometer con capital propio la fundación de una fábrica de loza. La población de L’Alcora le ofrecía además la ventaja de su proximidad a los puertos del mediterráneo lo que facilitaría la exportación de sus productos.

El fundador.

Don Buenaventura, hijo del I Duque de Almazán, fue bautizado el 14 de abril de 1699 en Zaragoza. Tras un difícil pleito familiar fue declarado IX Conde de Aranda. Militar de profesión, llegó a coronel de infantería y fue el prototipo de hombre culto y emprendedor de la Ilustración que no dudó en llevar a la práctica por sí mismo las acciones que se consideraban necesarias para el progreso nacional.

En 1726 comienza la fábrica y la primera piedra fue colocada por él mismo. En mayo de 1727 se finalizó la construcción. A partir de 1732 el rey lo destina a Ceuta y a Italia, desde donde tuvo que seguir la evolución de la fábrica de cuyo proceso de producción era un profundo conocedor, Tras una larga enfermedad que le apartó de sus ocupaciones murió prematuramente en 1742.

Su hijo Pedro Pablo, nacido en Siétamo en 1719, fue su sucesor y llegó a ser uno de los máximos exponentes de la Ilustración española.

Su biografía nos lo revela como un gran estadista y erudito polifacético. Comenzó, el entonces Duque de Almazán, como primogénito de la casa de Aranda, con la carrera militar en 1736, cuando a los 17 años se presentó en el ejército español de Italia. A los 21 años fue nombrado capitán de Granaderos del primer batallón del Regimiento de Infantería Inmemorial de Castilla del que era coronel su propio padre. Felipe V le concedió el grado de Coronel de Infantería en atención a sus méritos.

La Paz de Aquisgrán (1748) permitió al Conde la administración de sus posesiones y la realización de viajes a Francia y al Centro de Europa con objeto de ilustrarse y aumentar sus conocimientos. En Prusia estudió táctica militar y economía en la línea cameralista. Visitó fábricas y centros comerciales especialmente en la ciudad alemana de Meissen, en la que recabó fórmulas y métodos para mejorar la fábrica. Allí contrató a Juan Cristian Knipffer, quien se obligó a fabricar porcelana fina en Alcora durante seis años y enseñar esta técnica a los aprendices.

Cuando vuelve a España en 1755 es promovido a Teniente General y enviado a Lisboa como embajador de España. Su estancia en Portugal fue premiada con el collar del Toisón de Oro y ese año fue nombrado director general de Artillería e Ingenieros. Aranda destacó en su puesto de director general organizando la artillería en departamentos. Hizo también estudio de todas las plazas, acuartelamientos y fortificaciones de la península, fundó la Sociedad militar de matemáticas y unificó las diferentes escalas empleadas en mapas.

También fue de su interés la arquitectura, siendo nombrado Consiliario de la Real Academia de Nobles Artes de San Fernando para la que redactó una memoria sobre el método de enseñanza de la arquitectura basado en tres principios: firmeza, hermosura y comodidad.

Posteriormente ocupó diversos cargos como embajador en Polonia, presidente del Consejo de Castilla, donde desplegó diversas actividades de mejora de la capital de España y muchas otras en apoyo al arte. Participó activamente en la política nacional y, tras su enfrentamiento con Campomanes, es nombrado embajador en París. Las circunstancias políticas propiciaron el nombramiento de Aranda (1792) como decano del Consejo de Castilla y primer secretario de Estado.

Su actividad política, en oposición a la declaración de guerra entre España y la Convención francesa (1793-1795) derivó en un duro enfrentamiento con Godoy y con el propio Carlos IV siendo destituido de sus cargos y enviado a su destierro de Jaén, con incautación de todos sus documentos, incomunicación y prisión en la Alhambra.

En 1795, se le permitió retirarse a su casa de Épila, donde vivió dedicado a la administración de sus posesiones y a colaborar con la Real Sociedad Económica Aragonesa de Amigos del País, hasta su muerte sin sucesor directo (1798), a la edad de setenta y ocho años.

Tras su muerte, el siguiente propietario de la fábrica fue su sobrino y heredero el Duque de Híjar, continuando en la familia hasta su venta en 1850 a los industriales Girona que lo transmitieron a los Aicart.

6. Descripción de la fábrica y edificaciones conservadas.

La Real Fábrica se instaló a las afueras de la población, junto al camino de Castelló. En esta zona ya existían por entonces un convento de frailes franciscanos y algunas cantarerías y ollerías familiares.

Las edificaciones e instalaciones que conformaron la fábrica se iniciaron modestamente pero se fueron ampliando a lo largo del siglo XVIII hasta alcanzar su máxima extensión a principios del siglo XIX.

La primera descripción de las instalaciones consta en un detallado informe de 1729 y que se recoge en el archivo municipal de Castellón (Caja Alcora).

Se conserva un plano de la fábrica en el Archivo Histórico Provincial de Zaragoza de 1805 firmado por don Josef Delgado, Intendente de la misma. Este plano describe con precisión los espacios de la fábrica y aporta un alzado de la fachada principal. La superficie reflejada en este plano se mantendrá hasta el cierre de la fábrica en 1944.

Según los estudios realizados por Ximo Todolí y Joaquín Cabrera y el informe de Eladi Grangel y Silvia Segura, reseñados en la bibliografía, efectuados comparando el citado plano con la documentación de la época, las fases de construcción del edificio fueron:

Edificio fundacional.

Ocupaba una parcela cuadrada de 200 palmos de longitud por 180 de latitud, según la documentación conservada, lo que supone, si son palmos valencianos, una superficie de 1843 m².

Albergaba un patio central con dos balsas de decantación, un sótano con un molino de cuatro piedras y mortero manual para barnices. En planta baja, almacenes, dos hornos grandes (para bizcochado y fino) y otro pequeño para fritas, tornos, sección de carpintería y sección de moldes y muebles. En la primera planta, almacén de fino, mesas de pintura y escuela de dibujo entre otros.

De este edificio se conserva prácticamente el 50 % de su construcción.

Las primeras ampliaciones.

En 1729, se agrega un terreno en el que se construyen un pozo y tres nuevas balsas de decantación. Se construyen naves para almacenes de tierra y leña.

Entre 1729 y 1730 se construye un nuevo horno mayor y un gran almacén para loza acabada.

En 1731 se instala un molino de 8 muelas para moler barnices y colores.

En 1735 se realizan obras de reconstrucción de hornos y molinos.

Entre 1743 y 1753 se amplía el número de molinos y hornos, nuevas balsas y almacenes y una máquina para refinar barniz.

Obras en la segunda mitad del siglo XVIII.

La expansión de la fábrica continúa a lo largo de la segunda mitad de la centuria, hasta alcanzar una superficie aproximada de 7.290 m² (100 varas valencianas de fachada por 90 varas de fondo); las ampliaciones se realizan hacia el oeste. Se deben a la introducción de nuevas técnicas (tercer fuego, jaspes, porcelana y media porcelana, tierra de pipa…) y suponen una ampliación de la plantilla y la necesidad de hornos y molinos específicos etc.

Entre 1764 y 1775: dos nuevas naves de 131 m² cada una, un almacén cubierto para leña y otro para materiales, 4 grandes hornos, salas para la composición de los barnices y un horno para calcinarlos.

En 1774 se construyen los hornos para porcelana y los departamentos para su manufactura.

En 1792, se cita un aumento de quadras (dependencias), hornos y habitaciones de empleados y almacenes.

Obras hasta 1805.

El duque de Híjar continúa ampliando la fábrica con las instalaciones que Josef Delgado, el intendente relaciona: un nuevo molino de 18 muelas, 3 tahonas (de 4 muelas cada una) y dos rublones para moler barnices, cubiertas, arena y pedernal; cuatro hornos, nuevas salas de tornos, y almacenes para la loza común, pipa, jaspe natural y porcelana.

Estas obras aportarán a la fábrica su máxima extensión, y todavía están por finalizar en 1805. De hecho Delgado colorea en el plano las partes no acabadas, al fondo de la fábrica.

La fábrica entre 1805 y 1895.

Durante la Guerra de la Independencia fue ocupada por los soldados de Napoleón, causando grandes estragos y paralizando completamente la producción. La lenta recuperación de la fábrica se truncó con la Primera Guerra Civil Carlista (1830-1840) provocando falta de materiales y operarios. Las instalaciones fueron cerradas y embargadas judicialmente por reclamaciones de los acreedores.

Tras un periodo difícil, la Casa de Híjar optó por el arrendamiento de la empresa en 1850 a los hermanos don Ramón y don Matías Girona, almacenistas de loza en Barcelona. Don Ramón, mediante escritura de acensamiento de 1859 se constituye en propietario de la empresa. En 1866 su hijo don Ramón Girona y Mató asume la dirección. La empresa sigue en poder de la familia hasta 1895, siendo su último propietario de esta familia Daniel Girona.

En este período se produce un gran declive de la fábrica lo que pretendieron paliar sus dueños con la introducción de la estampación inglesa, de moda, sin conseguirlo.

1895-1936.

Es el período más oscuro de la fábrica en el que no se aportan novedades industriales. En la guerra civil se produjo el fenómeno de la colectivización en la localidad y la empresa quedó paralizada. Sus instalaciones fueron utilizadas como almacén de productos, aperos y animales. El 27 de enero de 1938, según Cabrera, puede considerarse el fin de la Real Fábrica de Aranda.

1940 hasta hoy.

Poco después de la guerra, fue parcialmente derribada para la venta de la madera de las vigas. En el solar se instalaron alfareros y fabricantes de loza y azulejos que aprovecharon la infraestructura existente. También la fábrica textil llamada de les Tovalles, fundada por Don Severino Ramos Nebot, se instaló dentro de la Real Fábrica, estando ocupado ese espacio hoy por un bloque de viviendas.

Las últimas empresas propietarias de la edificación existente fueron las de TILESA y BIC SL (1950-1960), azulejeras. La última empresa, que se situó sobre la parte del conjunto de 1750-1805, cerró en 1989.

Edificaciones conservadas.

Se conserva la nave con una zona de dos plantas. Su estructura es de hormigón y muros de ladrillo levantados sobre pervivencias de los muros de mampostería originales. El interior es diáfano con cerchas metálicas y cubierta a dos aguas. En él se encuentra un gran horno tipo túnel bicanal. Se conservan los tres hornos originales para la producción de bizcocho.

Para la construcción de la fábrica emplearon materiales del lugar, piedra, cal y madera, pudiéndose considerar una importante muestra de arquitectura popular. Destaca la construcción de sus cuatro hornos de tipo intermitente, con tiro vertical directo, careciendo de chimenea y que funcionaban según los ciclos de carga, cocción y descarga. Presentaban un gran rendimiento útil, pero un rendimiento térmico muy bajo. Hoy se mantienen tres en pie, en buen estado de conservación. Están conformados como un gran cilindro cubierto de dos alturas o pisos: el dau o cámara inferior semienterrada y la cámara superior de cocción u horno de arriba.

La cámara inferior y la del piso superior u horno de arriba estaban cubiertas por una bóveda plana de ladrillo cerámico denominada capelo, bóveda o vuelta. En ellos se había practicado una serie de agujeros, circular y regularmente dispuestos, denominados foradá.

El hueco central de la foradá superior se conocía como lluna. Se accedía al horno superior por medio de dos aberturas en fachada y nave.

En el canó, junto a la cámara inferior, se producía la combustión y la leña era introducida por la boca situada en fachada a nivel del camino interior y delante del leñero.

Estos hornos han sido objeto de una primera fase de recuperación de la fábrica según proyecto de la arquitecta Diana Sánchez Mustieles de diciembre de 2017, Proyecto de intervención de consolidación de hornos y nave anexa de la Real Fábrica de loza y porcelana del Conde de Aranda de L’Alcora». En esta fase se han acometido las siguientes actuaciones en la nave que fue ocupada por la empresa BIC, SL, y en los hornos conservados:

Limpieza, eliminación de basura y escombros.

Recuperación de materiales de valor histórico o etnológico asociados a la producción fabril.

Limpieza de la cubierta de los hornos, con una gran carga de deshechos y donde habían crecido varios pinos.

Apeos de los forjados de madera del entresuelo de la nave.

Apeo de las galerías y bóvedas de los hornos.

Demolición de un añadido de bloque de hormigón, ladrillo y cubierta de chapa metálica y parte del muro de bloque que separa la nave BIC.

Demolición de parte de tabique de ladrillo existente y falso techo de cañizo en planta alta.

Eliminación de instalaciones de saneamiento obsoletas.

Demolición del cerramiento de ladrillo que da acceso a las cendreras de los hornos y derribo de la puerta de acceso a la cámara superior.

Reparaciones provisionales: cierre del acceso trasero con fábrica de ladrillo. Reparación de las goteras de la cubierta.

7. Etapas artísticas y productivas de la fábrica.

Basándonos en el informe de Eladi Grangel, la evolución de la producción de la fábrica se resume de las siguientes etapas: en los primeros años de funcionamiento, la Real Fábrica elaboró piezas siguiendo los modelos del Sur de Francia (Moustiers y Marsella fundamentalmente), de donde provienen los primeros directores artísticos. Estilos como Berain (con puntillas, arabescos, bustos, esfinges..., generalmente en claroscuro azul, pero también con suaves toques de policromía) o las Chinerías (con prolífica vegetación y figuras orientales o grotescas) muestran la exquisita delicadeza y perfección que los pintores de la Real Fábrica lograron ya desde el principio.

A partir de 1750-1755 se va produciendo una mayor diversificación ornamental y la creación de estilos propios, en parte debido al acceso a los cargos de responsabilidad artística del personal formado en la Academia de Aprendices, y también por adaptación a los gustos cambiantes de la clientela.

Aparecen numerosos diseños de decoraciones florales (unas más naturalistas, otras estilizadas), composiciones con motivos dispuestos por la superficie de las piezas de manera armónica como por ejemplo bustos femeninos (madamita), barcos (navíos), árboles frutales con una fuente manando a su lado (chaparro), perros, jaulas, trofeos militares e instrumentos musicales (fanfarre), etc.

También es esta la época de la proliferación de las rocallas: motivos asimétricos generalmente en claroscuro amarillo, que a veces acompañan a los elementos citados antes, pero que sobre todo van asociados a torres, puentes, banderas, motivos acuáticos y, a veces, un sol radiante con rasgos faciales humanos. Es el estilo denominado popularmente «Álvaro» (por uno de sus principales impulsores, Vicente Álvaro Ferrando) y citado a la documentación de la Real Fábrica como Andrómica fina, con adornos de talla [rocalla] con sus casalicios y surtimientos de fuentes con algunas flores y árboles.

La esquematización de la decoración floral dará lugar a una de las series más prolíficas de L’Alcora, también muy imitada en otros centros como Onda, Ribesalbes, Manises, etc, llamada «Ramito» y caracterizada por una pequeña flor polícroma que generalmente combina los colores azul, amarillo y ocre. En las piezas más sencillas, esta flor aparece aislada, pero también es habitual que se complemente con hojas de un solo trazo, con ramos más complejos formados por hojas bicromas o con pequeñas frutas muy esquemáticas que parecen manzanas o peras. Las piezas pertenecientes a este estilo eran comercializadas por los arrieros en mercados ambulantes, y aparecen en un lienzo de Goya titulado «El Cacharrero». Se suele denominar así («Cacharrero») la decoración que combina el rameado estilizado y las pequeñas frutas antes descritas.

Uno de los más importantes objetivos de los Condes de Aranda fue conseguir elaborar porcelana en su fábrica Por ello contrataron a varios maestros extranjeros, como François Haly (1751), Johann Knipffer (1761), François Martin (1774) o Pierre Cloostermans (1787). Poco antes (1786) también fueron enviados a París dos operarios alcorinos, Cristóbal Pastor y Vicente Álvaro, para instruirse en la fabricación de la porcelana.

Todos estos esfuerzos dieron resultado, y desde finales del siglo XVIII L’Alcora fabricó porcelana de gran calidad, que se decoró con nuevos estilos representativos del neoclasicismo imperante en este tiempo. Entre ellos cabe destacar el reflejo dorado (con un color amarillo muy vivo), el estilo Sèvres (que combina decoración pintada, óxidos metálicos y pequeñas escenas estampadas), y las flores alemanas, pequeño ramito polícromo del que destaca una gran rosa encarnada. Con estas ornamentaciones se decoraron platos y otras piezas de pequeño formato, como por ejemplo juegos de café o té, bebidas que a finales de la centuria desplazaron al chocolate como bebida de moda.

En el siglo XIX se generalizará la estampación calcográfica, una técnica de decoración cerámica de carácter industrial, que permite el abaratamiento de los costes. En esta técnica, L’Alcora fue un centro pionero en España. Conocida desde el siglo XVIII en Inglaterra, esta técnica decorativa llega con la contratación de Francesco Rolandi en 1819. El 10 de mayo del mismo año el Duque de Híjar solicita la patente para la fabricación de loza estampada en España durante un período de 12 años. Pero la abolición de los derechos señoriales durante el Trienio Liberal dejará a esta solicitud sin respuesta.

A pesar de todo, la aplicación de estampación sobre porcelana, loza y tierra de pipa se prolongará en L’Alcora hasta finales del siglo XIX, con la ayuda puntual de técnicos extranjeros procedentes de San Petersburgo, Staffordshire y Bristol.

La estampación compartió espacio con la producción de vajillas blancas o discretamente perfiladas y con series ornamentales heredadas del esplendoroso pasado.

En 1895 la Fàbrica Gran pasa a manos de Cristóbal Aicart, su último propietario, que fabricó piezas como botijos en forma de concha o botellas globulares con cuello de tulipán; son las últimas aportaciones a la historia de una manufactura que se mantuvo en activo más de doscientos años.

8. Alcance.

Según Grangel, desde la irrupción en el mercado de las cerámicas de la fábrica alcoreña (que adoptó un sistema racional de organización, producción, distribución y comercialización del producto acabado), el país contaba con una empresa de fabricación cerámica a gran escala competitiva y moderna, cuyo muestrario, piezas de loza sobre todo para el servicio de la mesa, presentaba además las últimas tendencias de las cerámicas provenzales que marcaban moda en el vecino país desde el siglo XVII. Su influjo fue tal que sus modelos formales y decorativos acabaron imponiéndose con mejor o peor fortuna en otros importantes centros nacionales productores de loza estanífera.

Aunque se contaba con escasa mecanización en sus obradores, el trabajo, organizado en secciones, estaba altamente especializado y era dirigido por personal cualificado expresamente contratado incluso en el extranjero. Cada operario –«fabricante»–, que la misma empresa se encargaba de formar académicamente en la escuela de aprendices, tenía un cometido concreto y específico en la cadena de producción.

Para la distribución y comercialización del producto acabado, la empresa disponía de vendedores ambulantes y de una red de puntos de venta estables –«factorías» o almacenes de venta preferentemente al por mayor– en las principales ciudades: Madrid y Zaragoza, Barcelona, Valencia, Alicante y especialmente Cádiz, que tenía el monopolio del comercio con el continente americano. Estos almacenes de gran capacidad, que abastecían a los compradores mayoristas servían también de base para la exportación.

Ciertamente su fundador contó con la protección borbónica que pretendía modernizar el sector industrial nacional e implantar el libre comercio, concediendo privilegios a las fábricas que se instalaran en el país para la producción de objetos de consumo a gran escala, y ello a pesar de la firme oposición de los gremios, que con sus tradicionales fórmulas corporativistas controlaban el mercado de forma monopolista, y de las autoridades locales que cobraban tasas por la venta de productos forasteros. Gracias a estas medidas proteccionistas adoptadas por la corona, que beneficiaban a la empresa y sus empleados, la fábrica alcoreña pudo evadir los rígidos reglamentos gremiales y también evitar el pago de cánones por la venta de sus productos en pueblos y ciudades.

Control de calidad, rendimiento productivo, protección contra el espionaje industrial, producción a destajo, exención fiscal, servicio a domicilio, pensión de jubilación, seguro de accidentes, campañas de promoción y venta, etc., conceptos que apenas contaban en otras instalaciones de producción cerámica en la época, alcanzaron carta de naturaleza en su esquema organizativo por primera vez.

Se puede afirmar, por tanto, que la fábrica de cerámica del conde de Aranda ejerció de puente entre el taller (artesanal) y la fábrica (industrial).

Repercusión internacional.

De la repercusión internacional de la producción alcoreña son buena prueba, entre otros, los siguientes hechos:

Contratación de técnicos extranjeros para la dirección artística de la manufactura (Joseph Olerys, François Martin, Johan Christian Knipfer, Pierre Cloostermans…).

Envío de operarios locales (Vicente Álbaro y Cristóbal Pastor) a París en 1786 para formarse en la fabricación de porcelana en la manufacture de la reine.

Exenciones fiscales para la importación de materias primas de alta calidad para mejorar el producto (como por ejemplo el zafre de Holanda).

Establecimiento de redes comerciales que garantizaban la distribución del producto más allá de las fronteras nacionales (a través de los puertos de Castellón y Burriana, para Europa, y de Cádiz y Sevilla, para América).

Como consecuencia de ello y por su calidad, la cerámica de l’Alcora ha sido objeto de atención del coleccionismo internacional desde el siglo XIX y hoy está presente en destacados museos y colecciones privadas, entre ellos:

Museo de Bellas Artes de Castellón.

Museo Nacional de Cerámica de Valencia.

Museo Nacional de Artes Decorativas de Madrid.

Museo Arqueológico Nacional.

Museu del Disseny de Barcelona (engloba las colecciones del antiguo Museo de Cerámica de Barcelona, con la más completa colección de l’Alcora de los museos públicos).

Musée National de Céramique (Sèvres, París).

Musée National de Porcelaine Adrien Dubouché (Limoges, Francia).

Victoria and Albert Museum (Londres).

The Hispanic Society of America (Nueva York).

The Metropolitan Museum (Nueva York).

Museo de Bellas Artes de Boston (USA).

Y en colecciones privadas:

Fundación Rocamora (Barcelona).

Fundación Godía (Barcelona. Recientemente cerrada).

The Paul Getty Foundation (Los Ángeles, California).

Colección Christian y Alexius Feit (Alemania).

Colección Torrecid (l’Alcora).

Colección Ceracasa (l’Alcora).

ANEXO II

1

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid