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Documento BOE-A-2019-9715

Resolución de 18 de junio de 2019, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Nacional de Educación a Distancia, el Instituto de Estudios Fiscales, ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P., y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para la realización del Máster Universitario Oficial de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en Hacienda Pública y Administración Financiera y Tributaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 154, de 28 de junio de 2019, páginas 70494 a 70509 (16 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2019-9715

TEXTO ORIGINAL

El Rector Magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, el Director General del Instituto de Estudios Fiscales, la Consejera Delegada de ICEX España Exportación e Inversiones y la Directora de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, han suscrito, con fecha 31 de mayo de 2019, un Convenio para la realización del Máster Universitario Oficial de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en Hacienda Pública y Administración Financiera y Tributaria.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido Convenio como anejo a la presente Resolución.

Madrid, 18 de junio de 2019.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, Antonio J. Hidalgo López.

ANEJO
Convenio entre la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), el Instituto de Estudios Fiscales (IEF) del Ministerio de Hacienda, ICEX España Exportación e Inversiones del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación para la realización del Máster Universitario Oficial de la UNED en Hacienda Pública y Administración Financiera y Tributaria

De una parte el Excmo. Sr. D. Ricardo Mairal Usón, Rector Magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, en adelante UNED, CIF Q2818016D con domicilio en la calle Bravo Murillo, n.º 38, de Madrid,

De otra parte el Sr. D. Alain Cuenca García, Director General del Instituto de Estudios Fiscales del Ministerio de Hacienda, en adelante IEF, CIF S2826046A, con domicilio en la avda. Cardenal Herrera Oria, n.º 378, de Madrid,

De otra parte la Sra. D.ª María Peña Mateos, Consejera Delegada de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P., en adelante ICEX, CIF Q2891001F con domicilio en paseo de la Castellana, 278, de Madrid,

Y de otra parte la Sra. D.ª Ana María Calvo Sastre, Directora de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, en adelante AECID, CIF Q2812001 B, con domicilio en avda. Reyes Católicos, 4, 28040, Madrid.

INTERVIENEN

El primero, en calidad de Rector de la UNED, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 1438/2018, de 7 de diciembre («BOE» del 8), en nombre y representación de la misma, conforme a las facultades que tiene conferidas por el art. 20. 1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades («BOE» del 24), y del art. 99 de los Estatutos de la UNED, aprobados por Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre.

El segundo en nombre y representación del IEF, en virtud de las atribuciones que le confiere el Real Decreto 63/2001, de 26 de enero («BOE» del 27), por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo, y del Real Decreto 924/2018, de 20 de julio («BOE» del 21), por el que se le nombra Director del mismo.

La tercera, en nombre y representación de ICEX, en ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en virtud de su nombramiento efectuado por Real Decreto 848/2018, de 6 de julio (publicado en «BOE» núm. 164, del 7), y de las atribuciones que tiene conferidas por delegación de competencias del Consejo de Administración de la entidad mediante Resolución de 30 de mayo de 2018 («BOE» núm. 151, de 22 de junio).

La cuarta, en nombre y representación de AECID, actuando en calidad de Directora de la misma, en virtud del nombramiento acordado por el Consejo Rector de la AECID en su reunión de 6 de julio de 2018 («BOE» núm. 166, del 10, y de acuerdo con las competencias delegadas por la Presidencia de la AECID mediante Resolución de 2 de julio de 2009 («BOE» núm. 183, del 30).

En el carácter con que intervienen se reconocen capacidad jurídica para formalizar el presente Convenio.

EXPONEN

Primero.

Que la UNED es una institución de derecho público, dotada de personalidad y plena autonomía (Estatutos de la UNED, aprobados por Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre).

Que, asimismo, entre sus funciones generales, tiene la correspondiente a realizar el servicio público de la educación superior mediante la investigación, la docencia y el estudio, así como la de servir a la sociedad a través de la creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la tecnología y de la cultura, y de la preparación para el ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y métodos científicos, y el apoyo científico y técnico al desarrollo cultural, social y económico, tanto estatal, como de las Comunidades Autónomas (arts. 1.1 y 1.2 de la Ley Orgánica de Universidades, de 21 de diciembre, en su nueva redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril), finalidades que la UNED recoge y específica, entre otros, en el artículo 4 de sus Estatutos.

Que, en concreto, y de acuerdo a sus Estatutos, la UNED debe facilitar la enseñanza universitaria y la continuidad de sus estudios a todas las personas capacitadas para seguir estudios superiores que elijan el sistema educativo de la UNED por su metodología o bien por razones laborales, económicas, de residencia o cualquier otra.

Que, para el cumplimiento de dicha finalidad, las enseñanzas pueden ser de carácter reglado, es decir, conducentes a la obtención de títulos oficiales con validez en todo el territorio nacional, y de educación permanente que pueden ser objeto de certificación o diploma.

Que, a su vez, las enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial se estructuran en tres ciclos, denominados respectivamente Grado, Máster y Doctorado (art. 37 de la Ley Orgánica de Universidades, de 21 de diciembre, en su nueva redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril), teniendo el título de Máster como finalidad la adquisición por el estudiante de una formación avanzada, de carácter especializado o multidisciplinar, orientada a la especialización académica o profesional, o bien a promover la iniciación en tareas investigadoras (art. 10 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre).

Que, asimismo, y en el ejercicio de su autonomía universitaria, la UNED está capacitada para el establecimiento de relaciones con otras instituciones para la promoción y desarrollo de sus fines institucionales (art. 2 de Ley Orgánica de Universidades, de 21 de diciembre en su nueva redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril), siendo función de su Consejo de Gobierno aprobar los Convenios con otras universidades, personas físicas o entidades públicas o privadas que suscriba el rector en nombre de la universidad, según sus Estatutos, aprobados por Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre, lo que constituye el marco legal de suscripción del presente Convenio.

Segundo.

Que el IEF es un Organismo Autónomo de los previstos en el Título II, Capítulo III, Sección 2.ª de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, adscrito al Ministerio de Hacienda a través de la Secretaría de Estado de Hacienda, que tiene personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión, rigiéndose por lo establecido en la mencionada Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Ley 47/2003, General Presupuestaria, de 26 de noviembre; en el artículo 51 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, y en las demás disposiciones aplicables a los Organismos Autónomos de la Administración General del Estado, así como por el Real Decreto 63/2001, de 26 de enero, que aprueba su Estatuto.

Que, asimismo al IEF, de acuerdo con el Real Decreto 63/2001, por el que se aprueba el Estatuto de Organismo Autónomo («BOE» de 27 de enero), [art. 3, apartados b), c) y d)] le corresponde ejercer, de un lado, la asistencia y colaboración con los órganos de la Administración encargados de convocar las pruebas de acceso para la selección de funcionarios de Cuerpos adscritos a los Ministerios de Hacienda y Economía con funciones de administración y gestión de la Hacienda Pública, de otro lado, la formación de funcionarios y otro personal en las materias específicas de la Hacienda Pública, incluyendo las técnicas de administración y gestión financiera y tributaria, de presupuestación y gasto público, así como las demás actividades formativas que le sean encomendadas, elaborando al efecto, en colaboración con los órganos directivos de los Departamentos y de acuerdo con sus necesidades, los correspondientes programas formativos a medio y largo plazo, así como, el desarrollo de relaciones de coordinación y cooperación con otros centros, institutos, escuelas de Administración Pública, Universidades, instituciones, organismos y otras Administraciones financieras, nacionales e internacionales, en materia de estudios e investigación sobre sistemas tributarios y gasto público o de formación y perfeccionamiento de personal con funciones administrativas en estas materias, siendo la Dirección de la Escuela de la Hacienda Pública, en apoyo al Director del IEF, a quien le corresponde la dirección e impulso de las mencionadas funciones formativas y el diseño y la elaboración del programa pedagógico estratégico a medio plazo del IEF.

Que de acuerdo con lo anterior, el IEF, a través de la Escuela de la Hacienda Pública tiene, y debe atenderla, una amplia demanda de formación superior de funcionarios y demás personal al servicio de las Administraciones tributarias y financieras, tanto españolas como de los países de América Latina, formación que, al menos en una parte de ella (en concreto aquella identificada con una formación avanzada, de carácter especializado o multidisciplinar y orientada a la especialización profesional) desea que tenga el reconocimiento de ser una enseñanza universitaria oficial de postgrado de acuerdo con el denominado Espacio Europeo de Enseñanza Superior (EEES) al que la universidad española se ha incorporado.

En esta misma línea, y específicamente para el ámbito geográfico de América Latina y El Caribe, se ha detectado la necesidad de reflexionar sobre las políticas presupuestarias, de control y evaluación del gasto público, fiscales y tributarias desarrolladas en el marco de la OCDE, de la UE y de los países latinoamericanos, cuestiones que forman parte de la oferta educativa del Máster en Hacienda Pública y Administración Financiera y Tributaria, el cual realiza una visión global y actualizada, con metodología participativa, con enfoques comparados por países, identificación de buenas prácticas, análisis de tendencias, etc., todo ello con la finalidad de establecer la viabilidad y/o cambios en dichas políticas Presupuestarias, de Control y Evaluación del Gasto Público, Fiscales y Tributarias de la región, así como el análisis del impacto de las reformas acaecidas. Todo ello con el fin de fortalecer los sistemas fiscales y presupuestarios propios de cada país latinoamericano al seleccionar a profesionales en activo al servicio de sus respectivas administraciones y priorizando la capacidad de réplica de los beneficiarios.

Tercero.

Que, ICEX es una entidad pública empresarial adscrita al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, a través de la Secretaría de Estado de Comercio, conforme a lo establecido en el Real Decreto-ley 4/2011, de 8 de abril, de medidas urgentes de impulso a la internacionalización mediante la creación de la entidad pública empresarial ICEX, cuya finalidad es promover las exportaciones, el apoyo a la internacionalización de la empresa española y la mejora de su competitividad así como la atracción y promoción de inversiones exteriores en España.

Que, ICEX cuenta entre sus fines el fomento y desarrollo de la formación profesional y empresarial en todo lo que se refiere a las actividades relacionadas con la economía y con el comercio nacional e internacional así como contribuir al perfeccionamiento y especialización de los funcionarios públicos que se ocupan de materias y competencias relacionadas con la economía, el comercio y las relaciones económicas internacionales.

Cuarto.

Que la AECID, adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación a través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica y el Caribe (SECIPIC), fue creada por Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, que aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, tiene encomendadas, entre otras, la función de dirigir, diseñar, coordinar y ejecutar programas y proyectos y otras actuaciones de cooperación para el desarrollo orientadas a la lucha contra la pobreza y la promoción del desarrollo humano sostenible en el ámbito social, institucional, medioambiental, de equidad de género, cultural, universitario, científico, económico y productivo, todo ello en el marco del V Plan Director de la cooperación española que asume los ODS y que promueve avanzar en los principios de coherencia de políticas y complementariedad de actores abordando todas las facetas del desarrollo de forma interrelacionada, con interpelación a todos los actores sociales, económicos y políticos, y buscando un mayor equilibrio entre los compromisos nacionales e internacionales.

Dentro de la competencia de las Partes, se formaliza el presente Convenio, con base en las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera.

Este Convenio tiene por objeto concretar la colaboración a realizar entre la UNED, el IEF, ICEX y la AECID para desarrollar conjuntamente, durante el curso académico 2019/20, el Máster Universitario Oficial en Hacienda Pública y Administración Financiera y Tributaria de la UNED.

Segunda.

Dicho Máster, de acuerdo con la Memoria verificada por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (en lo sucesivo, ANECA), se estructura en torno a dos especialidades: a) en Administración Tributaria; y b) en Administración Financiera.

Ambas especialidades se desarrollarán de acuerdo con las normas que regulan la oferta educativa universitaria oficial, tanto a nivel general en el Estado español, como en particular en la UNED, teniendo asimismo en consideración lo establecido en este Convenio.

Atendiendo a ello, el diseño y la configuración básica del Máster Universitario oficial es la siguiente:

a) Objetivos y competencias a alcanzar:

El Máster Universitario en Hacienda Pública y Administración Financiera y Tributaria persigue como objetivos proporcionar al estudiante, según la especialidad por la que opten, conocimientos avanzados y competencias en las áreas de: a) Hacienda Pública y Administración Financiera; o b) Hacienda Pública y Administración Tributaria.

Con ello estarán en disposición de ejercer con garantías suficientes las diferentes profesiones públicas y/o privadas relacionadas con el sector público en los ámbitos mencionados.

También dotará a los estudiantes de los instrumentos necesarios, atendiendo al carácter multidisciplinar de la oferta que se hace, para resolver los problemas que se les puedan presentar en los entornos relativos a los campos que son objeto de estudio.

Asimismo garantiza que, a la conclusión del Máster, los estudiantes que lo superen serán capaces de relacionarse y comunicar sus conclusiones y los conocimientos y razones últimas que las sustentan, de un modo claro y sin ambigüedades, en los ámbitos de especialización del Máster, tanto con grupos expertos como con aquellos otros que no lo son.

De un modo más concreto, el Máster pretende ofrecer una formación académica y profesional de alto nivel en materias tales como el diseño y la planificación de las políticas presupuestarias, la gestión y el control del gasto público y la organización, el diseño, la planificación y la gestión de los sistemas tributarios, incorporando las tendencias y mejores prácticas en esos campos, todo ello con un enfoque aplicado y desde una perspectiva comparada.

Por otra parte, y al estar específicamente dirigido al área geográfica de Latinoamérica, el Máster desea ser una vía de colaboración con las Administraciones Públicas de los países latinoamericanos y de su personal adscrito, con los profesionales que deben relacionarse con aquellas, y con los estudiosos e investigadores que centran sus ámbitos de investigación y/o estudio en dichas organizaciones, todo ello con la finalidad de mejorar la capacidad de diseño, ejecución y control de políticas públicas en el ámbito financiero y/o tributario.

En este sentido, se trata de una acción formativa orientada a acelerar el progreso y la cohesión social y económica de Latinoamérica.

En concreto, los estudiantes que lo cursen adquirirán, de acuerdo con las materias por las que opten de entre las ofertas en su Plan de Estudios, las siguientes competencias:

Competencias Específicas:

– Comprender y conocer los elementos, estructura y recursos del sector público en los ámbitos de dirección y administración de las políticas públicas financieras y/o tributarias.

– Conocer e identificar la problemática de la imposición y de los distintos modelos tributarios.

– Diseñar y ejecutar políticas fiscales y/o presupuestarias avanzadas.

– Ser capaz de planificar y controlar políticas públicas en materia de presupuestación y gestión del gasto público.

– Ser capaz de desarrollar con autonomía, solidez y madurez estudios e investigaciones cualificadas en materia de Hacienda Pública y Administración Financiera y/o Tributaria.

– Ser capaz de aplicar y proyectar los conocimientos adquiridos a la función directiva de las Organizaciones Públicas iberoamericanas relacionadas con la administración financiera y/o tributaria.

– Definir la interacción entre las políticas económicas y financieras en materia de cooperación y coordinación internacional y especialmente en el espacio iberoamericano.

Competencias Genéricas:

– Gestionar los elementos que conforman un problema en la gestión y aplicación del sistema presupuestario, fiscal y/o tributario para realizar razonamientos, fijar objetivos a alcanzar, planificar y programar actividades en relación a éstos y organizar los recursos necesarios con la finalidad de buscar soluciones al mismo.

– Ser capaz de comunicar y transmitir conocimientos, ideas y argumentos de un modo claro, riguroso y convincente, generando propuestas innovadoras y competitivas en el ámbito de la administración financiera y/o tributaria en un marco de libertad responsable.

– Tomar conciencia de valores éticos en el desarrollo profesional e intelectual que permitan discriminar de acuerdo a ellos si una acción es correcta o incorrecta, adecuada o inadecuada, así como actuar al servicio de las organizaciones públicas.

– Adquirir habilidades para el trabajo en equipo y el liderazgo para su aplicación en la vida profesional, en el ámbito de la administración financiera y/o tributaria.

– Adquirir y desarrollar estrategias de aprendizaje autónomo para poder desarrollar trabajos aplicados y/o de investigación cualificados en el campo de la administración pública.

– Utilizar las Tecnologías de la Información y Comunicación para la búsqueda y obtención de información disponible, así como herramientas de trabajo y comunicación en el diseño, ejecución y control de políticas públicas en el ámbito financiero y/o tributario.

b) Destinatarios:

El Máster va dirigido a Latinoamérica y específicamente a las personas que trabajan o desean trabajar en las Administraciones Públicas Financieras y/o Tributarias de los países que conforman la mencionada área geográfica o que buscan conocer, estudiar y/o investigar los elementos, instrumentos y herramientas que caracterizan a las referidas organizaciones públicas.

Más concretamente, el Máster está dirigido a profesionales del ámbito latinoamericano con formación universitaria superior y probada experiencia en el campo del Derecho y/o de la Economía y con práctica financiera o tributaria en sus respectivos países, que deseen compatibilizar sus estudios con la práctica profesional. En este sentido, el fin último del Máster es el fortalecimiento de las instituciones de los países latinoamericanos.

Por su carácter multidisciplinar, la formación que se ofrece constituye una plataforma versátil susceptible de ser aplicada profesionalmente a distintas áreas de las Administraciones Públicas Financieras y Tributarias de los países latinoamericanos.

Para acceder a sus enseñanzas será necesario estar en posesión de los requisitos establecidos en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio.

Asimismo, podrán acceder a las enseñanzas universitarias oficiales de Máster, los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior (en adelante, EEES), sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación por la UNED de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y de que facultan en el país expedidor del título para el acceso a las enseñanzas de Máster.

El acceso por esta vía no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar las enseñanzas de Máster.

La tramitación será conforme a las normas establecidas por la UNED en el siguiente enlace a su página web:

http://portal.uned.es/portal/page?_pageid=93,1282907&_dad=portal&_schema=PORTAL

c) Estructura temática y temporal:

El Máster Universitario Oficial, que podrá realizarse, en cada una de sus dos especialidades (en Administración Financiera o Tributaria), en un curso académico, o en un máximo de cuatro de acuerdo con las normas vigentes en la universidad para la permanencia de los estudiantes en los Másteres Oficiales, se divide por curso en dos períodos semestrales de docencia: de septiembre a febrero y de febrero a septiembre con recuperaciones extraordinarias en el mes de septiembre.

Su estructura académica está conformada por un conjunto de asignaturas. Todas las asignaturas que conforman las especialidades del Máster son obligatorias para los estudiantes que se matriculen en cada una de ellas.

Asimismo, dichas asignaturas se encuentran valoradas, de acuerdo con lo establecido por el EEES, en créditos del Sistema Europeo de Transferencia de Créditos (ECTS) –European Credit Transfer and Accumulation System en sus siglas en inglés–.

El número total de créditos ECTS del Máster Universitario oficial, para cada una de las dos especialidades, es de 60.

d) Número de cursos académicos de permanencia:

Como se ha indicado en el apartado anterior, y de acuerdo con el artículo 9 de la Normas de Permanencia en los estudios conducentes a títulos oficiales de la UNED (Consejo de Gobierno de 28 de junio de 2011), se establece la permanencia máxima de los estudiantes en el Máster de cuatro (4) años. Por otra parte, atendiendo al artículo 8 de las mencionadas normas, los estudiantes del Máster Oficial dispondrán de un número máximo de cuatro convocatorias por asignatura, dos por curso académico, con independencia de la convocatoria de que se trate (convocatorias de febrero o septiembre). En cualquier caso, las actividades iniciadas al amparo del mismo se mantendrán hasta la finalización prevista para éstas de acuerdo con las normas vigentes de la UNED.

e) Plan de estudios:

Especialidad en Administración Financiera

Primer semestre Segundo semestre
– Marco económico internacional y sector Público (9 créditos ECTS). – La política presupuestaria y el análisis de los principales programas presupuestarios (5 créditos ECTS).
– La presupuestación y sus indicadores ( 8 créditos ECTS). – La dirección de la Administración (4 créditos ECTS).
– Contratación pública (3 créditos ECTS). – El control de la actividad económica y financiera: el control interno, la evaluación de las políticas públicas y la auditoría pública (5 créditos ECTS).
– Seminario presencial sobre Política Presupuestaria y Administración Financiera (2 créditos ECTS). – El control de la actividad económico y financiera: el control externo (2 créditos ECTS).
  – La contabilidad pública y nacional (5 créditos ECTS).
  – Seminario presencial sobre tendencias en las Administraciones Financieras y sus adaptaciones al nuevo entorno (3 créditos ECTS).
  – Prácticas del Máster en Hacienda Pública y Administración Financiera y Tributaria (6 créditos ECTS).
  – Trabajo fin de Máster en Hacienda Pública y Administración Financiera y Tributaria (8 créditos ECTS).
 Total de créditos ECTS: 22.  Total de créditos ECTS:38.

Especialidad en Administración Tributaria

Primer semestre Segundo semestre
– Economía, Hacienda Pública y Política Fiscal (5 ECTS). – Fiscalidad internacional (5 créditos ECTS).
– Figuras impositivas: la imposición directa y la fiscalidad de las operaciones financieras ( 6 créditos ECTS). – La Administración de los sistemas tributarios: modelos organizativos y las relaciones entre la Administración y los administrados (5 créditos ECTS).
– Figuras impositivas: la imposición indirecta y sobre el comercio exterior (5 créditos ECTS). – La Administración de los sistemas tributarios: sus procedimientos y controles (6 créditos ECTS).
– Los sistemas tributarios y los procesos de integración (5 créditos ECTS). – La dirección de la Administración (4 créditos ECTS).
– Seminario presencial sobre Política Fiscal y Administración Tributaria (2 créditos ECTS). – Seminario presencial sobre tendencias en las Administraciones Tributarias: Adaptación al nuevo entorno (3 créditos ECTS).
  – Prácticas del Máster en Hacienda Pública y Administración Financiera y Tributaria (6 créditos ECTS).
  – Trabajo fin de Máster en Hacienda Pública y Administración Financiera y Tributaria (8 créditos ECTS).
 Total de créditos ECTS: 23.  Total de créditos ECTS: 37.

f) Metodología: El Máster Universitario oficial se desarrollará a distancia (on line) con determinadas sesiones presenciales de carácter obligatorio (exámenes finales de las diferentes asignaturas, asistencia a los dos Seminarios presenciales y defensa del Trabajo Fin de Máster).

Todas las asignaturas del Máster Universitario oficial dispondrán de una Guía de Estudio en la que se recogerá al menos la siguiente información: objetivos a alcanzar con las asignaturas, programa y contenidos de éstas, equipo docente responsable, metodología de estudio, bibliografías básica y complementaria recomendadas, tutorización y seguimiento de las mismas y sistema de evaluación del aprendizaje.

La plataforma que se utilizará para la parte de enseñanza on line será la del IEF.

Como se ha indicado, todas las asignaturas son semestrales. Se encuentran estructuradas, con la excepción de las prácticas y el trabajo fin de Máster, en temas cuyo desarrollo docente temporal será normalmente de una semana de duración.

Para todos y cada uno de dichos temas se elaborarán por los equipos docentes (profesores del Máster y profesores colaboradores del mismo) materiales didácticos específicos adaptados a la metodología on line: unidades didácticas, videos, actividades y casos prácticos a desarrollar, etc.

Cada tema será tutorizado por uno o varios profesores tutores que serán designados, a propuesta de los profesores responsables de cada una de las asignaturas y del Coordinador del Máster, por la Comisión del Título.

g) Evaluación: Todas las asignaturas serán evaluadas mediante pruebas presenciales finales. No obstante, en el resultado final de las evaluaciones se tendrán en cuenta los trabajos y otras pruebas realizados por los alumnos durante los períodos de impartición y tutorización. Todo ello de acuerdo con lo recogido en la memoria del Máster aprobada por la ANECA.

En concreto, el profesor que haga la tutorización evaluará a cada uno de los alumnos a su cargo. Dicha evaluación, que será on line, será la PEC (Prueba de Evaluación Continua) del correspondiente tema. La suma promediada de las PEC para el conjunto de los temas que conforman una asignatura será el valor final de la PEC de dicha asignatura. De acuerdo con la Memoria evaluada por la ANECA, para superar una asignatura habrá que aprobar el examen presencial de la misma. La nota obtenida en la PEC será el 40 % de la nota final mientras que el restante 60 % corresponderá a la que se obtenga en el examen presencial.

Para superar el Máster Universitario oficial en cada una de sus especialidades, todos los alumnos deberán cursar y aprobar, de acuerdo con el Plan de Estudios del mismo, los 60 créditos ECTS que lo conforman en cada una de las mencionadas especialidades.

h) Adscripción y coordinación: El Máster Universitario oficial está adscrito a la Facultad de Derecho de la UNED.

De acuerdo su reglamentación, la UNED nombrará para el mismo a un Coordinador y a un Secretario Académico.

Por su parte, IEF también designará, de entre sus funcionarios adscritos a la Escuela de la Hacienda Pública, dos coordinadores de Especialidad, uno para cada una de ellas, que colaborarán con el Coordinador y Secretario Académico en la organización y desarrollo del Máster.

i) Profesorado: El profesorado del Máster será el recogido en la memoria aprobada por la ANECA. Dicho profesorado podrá modificarse de acuerdo con el procedimiento establecido por la Universidad en sus Estatutos y demás normativa reglamentaria para los estudios oficiales. Asimismo, podrán designarse otros profesores colaboradores para ejercer funciones tutoriales en cada las asignaturas que conforman el plan de estudios del Máster.

j) Número de estudiantes: El número mínimo y máximo de estudiantes se estima en 45 (mínimo) y 70 (máximo).

k) Cronología/calendario de impartición del Máster:

– Primer semestre (docencia de las asignaturas correspondientes al mismo): Del 1 de octubre de 2019 al 1 de marzo de 2020. De acuerdo con el calendario en América del Sur y Centroamérica, el mes de enero, o al menos hasta su tercera semana inclusive, se considerará no lectiva y, atendiendo a las fiestas navideñas españolas, también los últimos diez días de diciembre.

– Del 17 al 21 de febrero de 2020 (o las fechas que se fijen por la UNED para la semana intermedia entre la primera y segunda vuelta de los exámenes de febrero): Realización de los exámenes presenciales complementarios a las evaluaciones continuas de las asignaturas del primer semestre y celebración de un seminario presencial de una semana de duración en los Centros de Formación de la Cooperación Española en América Latina: Antigua (Guatemala), en Cartagena de India (Colombia), en Montevideo (Uruguay) o en Santa Cruz de la Sierra (Bolivia), todo ello de acuerdo con lo que determine la AECID.

– Segundo semestre (docencia de las asignaturas correspondientes al mismo (incluidas las Prácticas y el Trabajo Fin de Máster): Del 2 de marzo de 2020 al 25 de septiembre de 2020.

Dado el perfil del alumno que se desea seleccionar (profesionales con experiencia), lo normal será que a todos los matriculados se les reconozcan automáticamente las prácticas. De no ser así, deberán realizarlas durante este segundo semestre.

– Del 15 al 25 de septiembre de 2020: Realización de los exámenes presenciales complementarios a las evaluaciones continuas de las asignaturas del segundo semestre, recuperación, si hubiere lugar, de las materias no superadas en el primer semestre y celebración de un seminario presencial en Madrid, en el IEF. Asimismo, durante dicho seminario se deberá llevar a cabo la defensa, ante los tribunales constituidos al efecto, de los Trabajos Fin de Máster. 

Tercera.

Todas las Partes se comprometen a colaborar en el desarrollo del Máster Universitario oficial buscando en todo momento la máxima calidad para el mismo. En concreto, se comprometen:

a) En primer lugar, y siempre preservando las funciones que según la normativa corresponda en exclusiva a la UNED y a los profesores responsables de las diferentes asignaturas del Máster Universitario Oficial, a que la tutorización de dichas asignaturas, la evaluación continua de las mismas, así como la elaboración y adaptación de las Guías y Unidades Didácticas y demás material necesario para el desarrollo correcto del mismo se lleve a cabo en colaboración con el IEF e ICEX.

En consonancia con lo mencionado en el apartado i) de la cláusula anterior, la tutorización de las asignaturas podrá realizarse directamente por los profesores del máster o por profesores tutores seleccionados al efecto. Dicha selección será realizada por la Comisión de Coordinación del Título.

Para llevar a cabo dicha selección se tendrán en cuenta los méritos académicos y profesionales de los candidatos, así como su adecuación al perfil de la asignatura para la que se le selecciona.

b) En la selección de candidatos al Máster, el IEF y la UNED considerarán, entre otros méritos, la capacidad de aplicación de los conocimientos adquiridos en el Máster por los candidatos en las organizaciones e instituciones públicas en las que desempeñen sus servicios con el fin de contribuir al fortalecimiento de las mismas.

c) El IEF y la UNED se comprometen a que la acción formativa esté orientada a acelerar el progreso y la cohesión social y económica de Latinoamérica, en concordancia con los objetivos y principios de la Cooperación Española dirigidos a la lucha contra la pobreza y promoción del desarrollo humano sostenible, potenciando las propias capacidades de los países socios.

d) El IEF y la UNED se comprometen a incorporar al Máster los enfoques de derechos humanos y gestión por resultados de desarrollo, transversalización del enfoque de género y medio ambiente y cambio climático.

e) El IEF y la UNED se comprometen, previa identificación de las necesidades de la región de América Latina y Caribe a ofrecer a las distintas materias del Máster enfoques acordes con la realidad del contexto latinoamericano actual, con la finalidad de su aplicabilidad en las instituciones de origen de los participantes.

f) Todas las instituciones se comprometen a colaborar en la difusión del Máster Universitario oficial.

g) El IEF y la UNED se comprometen a colaborar en la realización de las Prácticas del Máster de tal forma que todos los alumnos matriculados en él tengan garantizadas la realización de aquellas.

h) Asimismo, las Partes se comprometen a que en todo acto impreso o folleto divulgativo del Máster se haga referencia o mención, junto con los correspondientes logotipos, de las entidades que participan para hacerlo posible.

i) UNED e IEF se comprometen a presentar dentro de los seis meses desde la finalización del Máster un informe evaluando los resultados del mismo y su impacto en las instituciones de origen de los seleccionados.

Cuarta.

El presupuesto de ingresos y gastos que se estima para el Máster Universitario Oficial en Hacienda Pública y Administración Financiera y Tributaria para el curso académico 2019/20 (ejercicios anuales de 2019 y 2020) es el que se detalla a continuación.

Dicho presupuesto ha sido elaborado considerando que se matriculan en él al menos 45 alumnos.

Presupuesto de Gastos:

Gastos académicos: 100.600,00 €.

– Tutorización de las asignaturas: 83.000,00 €.

– Coordinación de tutorías y asignaturas: 12.600,00 €.

– Elaboración de materiales: 5.000,00 €.

Gestión técnica y académica: 76.284,00 €.

– Gestión técnica: 5.600,00 €.

– Seguimiento de alumnos: 3.600,00 €.

– Coordinación IEF: 7.200,00 €.

– Secretaría curso: 11.500,00 €.

– Gestión académica de la UNED: 48.384,00 €.

Seminario de Iberoamérica: 68.000,00 €.

– Alojamiento y manutención de alumnos: 49.000,00 €.

– Conferencias y caso práctico: 8.000,00 €.

– Desplazamiento, alojamiento y manutención ponentes: 11.000,00 €.

Seminario de Madrid: 93.036,00 €.

– Alojamiento y manutención de alumnos: 61.836,00 €.

– Transporte y seguros de alumnos: 4.000,00 €.

– Conferencias y caso práctico: 11.000 €.

– Asistencia tribunales: 16.200,00 €.

Imprevistos: 3.000,00 €.

Total Presupuesto de Gastos: 340.920,00 €.

La distribución por años naturales de dicho presupuesto de gastos es la que se detalla a continuación:

2019:

Gastos académicos: 20.400,00 €.

– Tutorización de asignaturas: 16.000,00 €.

– Coordinación de tutorías y de asignaturas: 3.150,00 €.

– Elaboración de materiales: 1.250,00 €.

Gestión técnica y académica: 57.384,00 €.

– Gestión técnica: 2.900,00 €.

– Seguimiento de alumnos: 900,00 €.

– Coordinación IEF: 1.800,00 €.

– Secretaría curso: 3.400,00 €.

– Gestión académica de la UNED: 48.384,00 €.

Seminario de Iberoamérica: 0,00 €.

– Alojamiento y manutención de alumnos: 0,00 €.

– Conferencias y caso práctico: 0,00 €.

– Desplazamiento, alojamiento y manutención ponentes: 0,00 €.

Seminario de Madrid: 0,00 €.

– Alojamiento y manutención de alumnos: 0,00 €.

– Transporte y seguros de alumnos: 0,00 €.

– Conferencias y caso práctico: 0,00 €.

Imprevistos: 750,00 €.

Total Presupuesto de Gastos 2019: 78.534,00 €.

2020:

Gastos académicos: 80.200,00 €.

– Tutorización de las asignaturas: 67.000,00 €.

– Coordinación de tutorías y de asignaturas: 9.450,00 €.

– Elaboración de materiales: 3.750,00 €.

Gestión técnica y académica: 18.900,00 €.

– Gestión técnica: 2.700,00 €.

– Seguimiento de alumnos: 2.700,00 €.

– Coordinación IEF: 5.400,00 €.

– Secretaría curso: 8.100,00 €.

– Gestión académica de la UNED: 0,00 €.

Seminario de Iberoamérica: 68.000 €.

– Alojamiento y manutención de alumnos: 49.000,00 €.

– Conferencias y caso práctico: 8.000,00 €.

– Desplazamiento, alojamiento y manutención ponentes: 11.000,00 €.

Seminario de Madrid: 93.036,00 €.

– Alojamiento y manutención de alumnos: 61.836,00 €.

– Transporte y seguros de alumnos: 4.000,00 €.

– Conferencias y caso práctico: 11.000 €.

– Asistencia tribunales: 16.200,00 €

Imprevistos: 2.250,00 €.

Total Presupuesto de Gastos: 262.386,00 €.

Por su parte, el presupuesto de ingresos previstos para el curso académico 2019/20, y teniendo en cuenta que al menos se matriculan en él 45 alumnos, son los que se indican a continuación:

Presupuesto de Ingresos:

Matrículas de los alumnos: 241.920,00 €.

– N.º alumnos previstos: 45.

– N.º créditos ECTS del programa: 60.

– Precio del crédito ECTS: 89,60 €*.

* El precio del crédito ECTS para el curso académico 2019/20 se ajustará a los precios públicos aprobados por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

Aportación ICEX: 50.000,00 €.

Aportación AECID: 49.000,00 €.

Total Presupuesto de Ingresos Previsto: 340.920 €.

Quinta.

Los compromisos económicos que asumen las partes en cuanto al presupuesto son los siguientes una vez que el Convenio sea eficaz:

a) Por su parte, el IEF asumirá la gestión económica del Máster.

Para ello percibirá, atendiendo a las cuantías que se han recogido en la cláusula anterior, hasta el 80 % del importe de las matrículas ingresadas por los alumnos en la UNED, mediante transferencia bancaria que la UNED efectuará en la cuenta corriente de la que el IEF es titular:

Banco Santander, S.A.

Calle Isla de Java, 86. Planta 1. 28034 Madrid.

N.º de cuenta: 0049 1905 89 2510025634.

IBAN: ES38 0049 1905 8925 1002 5634.

CODIGO SWIFT (BIC): BSCHESMM.

Dicha transferencia se realizará de acuerdo con el siguiente calendario:

– 70 % del importe de las matrículas ingresadas por los alumnos, el 1 de noviembre de 2019.

– 10 % del importe de las matrículas ingresadas por los alumnos a la finalización del Convenio el 31 de diciembre de 2020. Para ello el IEF deberá presentar a la UNED una liquidación del presupuesto de gastos e ingresos, de manera que el importe del 10 % que la UNED debe transferir al IEF quedará minorado en las cantidades no gastadas a las que se refiere dicho presupuesto.

Con los ingresos por matrículas recibidos de la UNED, el IEF financiará todos los gastos derivados de la realización del Máster, a excepción de los asumidos específicamente por ICEX, AECID y UNED.

Los gastos se realizarán con cargo al Capítulo 2 del presupuesto de gastos del IEF de los ejercicios 2019 y 2020, siempre que para ello exista crédito adecuado y suficiente.

b) Por su parte, la UNED asumirá, además de todos los aspectos académicos que la legislación vigente le tiene encomendada como universidad responsable del título oficial, la gestión de las matrículas. Asimismo, y con la finalidad de que surta los efectos acreditativos oportunos mientras se tramitan los correspondientes títulos oficiales, la Universidad expedirá de oficio, para cada uno los alumnos que superen el Máster una certificación de calificaciones con las asignaturas que lo conforman. Para todo ello dispondrá como mínimo del 20 % del importe de las matrículas ingresadas por los alumnos con los que financiará específicamente los gastos derivados del proceso de matriculación de éstos. 

c) Por su parte, ICEX financiará los siguientes conceptos incluidos en el presupuesto de gastos hasta un importe máximo de 50.000 euros: gestión técnica, seguimiento de alumnos, coordinación IEF, secretaría del curso, coordinación de tutorías y asignaturas y la parte correspondiente de la tutorización de asignaturas. En relación con los anteriores gastos ICEX realizará directamente los pagos y la gestión económica correspondiente a dichas partidas presupuestarias. Los gastos se realizarán con cargo al presupuesto de gastos de ICEX de los ejercicios 2019 y 2020, siempre que para ello exista crédito adecuado y suficiente.

d) Por su parte, AECID, además de aportar la cesión gratuita de las instalaciones necesarias y el apoyo logístico necesarios para la celebración del Seminario en uno de los Centros de Formación de la Cooperación Española. financiará, siempre que para ello haya crédito adecuado y suficiente, hasta un máximo de 49.000 euros la partida detallada en el presupuesto relativa al alojamiento y manutención de los alumnos en el Seminario de Iberoamérica. En relación con los anteriores gastos AECID realizará directamente los pagos y la gestión económica correspondiente con cargo al Capítulo 2 de los presupuestos de gastos de los Centros de Formación de la Cooperación Española en América.

Las partes suscribientes podrán llevar a cabo las acciones que sean necesarias, incluidas la suscripción de posibles Convenios entre éstas y otras instituciones, por ejemplo, organismos internacionales o multilaterales, administraciones públicas de los países de América Latina y el Caribe, etc., para conseguir fondos pudieran contribuir a la financiación del Máster.

Sexta.

Los responsables técnicos de la UNED, ICEX, AECID y el IEF, uno (1) por firmante, integrarán la Comisión de seguimiento, que será la encargada del seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio y de los compromisos asumidos y resolverán todos los problemas de interpretación y cumplimiento que se puedan plantear.

Por parte del IEF el responsable técnico será un miembro de la Dirección de la Escuela de la Hacienda Pública.

Por parte de la UNED será el Coordinador General/Director Académico del Máster Universitario oficial en Hacienda Pública y Administración Financiera y Tributaria.

Por parte de ICEX será el Director Ejecutivo de Formación o, en caso de que no pudiera asistir, la persona en quien éste específicamente delegue.

Por parte de AECID será un miembro de la Dirección de Cooperación con América Latina y el Caribe.

Séptima.

Los responsables técnicos de la UNED, IEF, ICEX y AECID integrarán un grupo de trabajo para revisar los términos del Convenio para el curso 2020-21 y concretar el futuro apoyo de la AECID en forma de becas a estudiantes de países menos avanzados o de asociación de renta media de la región.

Octava.

En relación con la seguridad de la información y la protección de datos de carácter personal, todas las partes asumen las siguientes actuaciones y compromisos:

1. En el tratamiento de los datos de carácter personal, el IEF, la UNED, la AECID e ICEX tendrán la consideración de «Corresponsables del Tratamiento», en aplicación del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD).

2. Los datos derivados de este Convenio serán de carácter identificativo y financiero, estrictamente necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el objeto establecido en la cláusula primera del Convenio: la realización conjunta, durante el curso académico 2019/2020 del Máster Universitario Oficial en Hacienda Pública y en Administración Financiera y Tributaria de la UNED.

3. La base de legitimación para la obtención de los datos vendrá dada; por un lado por los fines del Convenio; y por otro, de la legitimación de las partes dada su naturaleza, para la colaboración en materia formativa.

El IEF está legitimado mediante el Real Decreto 63/2001, de 26 de enero (BOE 27 de enero), por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo, entre cuyas funciones (art. 3.d) se encuentra la cooperación y la coordinación con otros centros, universidades, etc. en materia de estudios e investigación.

La UNED está legitimada por sus Estatutos Fundacionales aprobados por Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre.

La AECID está legitimada mediante Real Decreto 1403/2007, de 26 octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación para el Desarrollo.

ICEX está legitimado por su Estatuto aprobado mediante Real Decreto 1636/2011, de 14 de noviembre.

4. En el caso de que se produzcan incidentes de seguridad que afecten a los sistemas objeto de este Convenio, las partes se comprometen a informarse mutuamente con la máxima celeridad posible con objeto de identificar si el incidente es susceptible de comunicación a la Autoridad de Control (la Agencia Española de Protección de Datos) y a las personas concernidas sin sobrepasar el límite de setenta y dos horas según establece el RGPD en su artículo 33. A su vez, las partes se comprometen a colaborar para resolver el incidente y poner los medios para que no se vuelvan a producir incidentes similares.

5. Las Partes, en sede de la Comisión de Seguimiento, fijarán interlocutores relativos a la seguridad de la información y a la protección de datos personales, que se encargarán de comunicar y coordinar el tratamiento de los posibles incidentes de seguridad que se produzcan.

6. Todas las partes deberán cumplir con las obligaciones que la normativa de protección de datos asigna a los corresponsables del tratamiento conforme a lo establecido en el art. 26 del RGPD, y lo dispuesto en los arts. 13 y 14 del RGPD.

Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sea de aplicación, lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales, y disposiciones de desarrollo, así como el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de protección de datos), y demás normativa vigente.

Las partes conocen y aceptan que cualquier información o material proporcionado y relacionado con la ejecución del presente Convenio tendrá el carácter de confidencial y será tratado como tal, empleando para tal fin idénticos dispositivos, medidas y procedimientos de seguridad a los utilizados para proteger su propia documentación confidencial durante toda la vigencia del Convenio y de forma indefinida desde su terminación.

Cada una de las partes se compromete a no revelar información confidencial a ningún tercero salvo que sea estrictamente necesario en virtud de los derechos y compromisos derivados del presente Convenio. En este caso se requerirá autorización por escrito de las otras partes además de obligarse a poner en marcha los procedimientos necesarios para prohibir la revelación, la duplicación sin autorización, el uso fraudulento o la eliminación de dicha información confidencial.

Novena.

El presente Convenio se perfecciona con la prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público y publicado en el «Boletín Oficial del Estado». Surtirá efectos el mismo día de su publicación en el «BOE» y estará vigente hasta el 30 de diciembre de 2020.

El presente Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto, o por incurrir en causa de resolución.

Las causas de resolución del presente Convenio son las contempladas en el art. 51.2 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, que producirán los efectos señalados en el art. 52 de dicha norma.

En caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes del Convenio, se notificará a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un plazo de 30 días naturales con las obligaciones o compromisos incumplidos. Este requerimiento será comunicado a los responsables de los equipos técnicos mencionados en la Cláusula Sexta. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la incumplidora, la concurrencia de la causa de resolución y se podrá entender resuelto el Convenio. La resolución del Convenio no dará lugar a indemnización alguna.

La extinción del presente Convenio no afectará a las actividades derivadas de los proyectos de formación conjuntos iniciados y pendientes de ejecución, que continuarán hasta su finalización, con un plazo improrrogable para ello hasta el 30 de diciembre de 2020, transcurrido dicho plazo el Convenio deberá liquidarse.

El presente Convenio podrá ser modificado mediante acuerdo expreso y unánime de las partes.

Décima.

Este Convenio tiene naturaleza jurídica administrativa, quedando expresamente sometido al régimen jurídico de Convenios previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las Partes se comprometen a intentar resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo, interpretación, cumplimiento, extinción y efectos del presente Convenio. En caso de no ser posible una solución amigable, y resultar procedente litigio judicial, la jurisdicción competente para conocer y resolver dichas cuestiones será la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con la Ley 29/1998 de 13 de julio.

Y en prueba de conformidad, se firma por las Partes comparecientes por cuadruplicado, y a un solo efecto, en el lugar y fechas señaladas, tomándose como fecha del presente Convenio la del último firmante.–El Rector Magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, Ricardo Mairal Usón.–El Director General del Instituto de Estudios Fiscales, Alain Cuenca García.–La Consejera Delegada de ICEX España Exportación e Inversiones, María Peña Mateos.–La Directora de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Ana María Calvo Sastre.

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