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Documento BOE-A-2019-981

Orden DEF/50/2019, de 18 de enero, por la que se delegan determinadas competencias en materia presupuestaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 23, de 26 de enero de 2019, páginas 7226 a 7226 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2019-981
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2019/01/18/def50

TEXTO ORIGINAL

La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en su artículo 63.1, y el artículo 9.Dos de la de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, prorrogada ésta para 2019, confieren al Ministro de Defensa determinadas competencias en materia de modificaciones presupuestarias que es conveniente delegar en el Secretario de Estado de Defensa.

El artículo 61.b) de la Ley 40/2015, de 1 de abril, de Régimen Jurídico del Sector Público, otorga al Ministro la función de asignar los recursos necesarios para la ejecución de los objetivos del Ministerio dentro de los límites de las dotaciones presupuestarias correspondientes; si bien, con el fin de facilitar la gestión y ejecución del Presupuesto del Ministerio de Defensa para el ejercicio económico de 2019, se considera conveniente delegar en el Secretario de Estado de Defensa su desarrollo mediante la correspondiente Resolución, de acuerdo en todo caso con la vinculación jurídica de los créditos establecida en la Ley General Presupuestaria y demás normativa de desarrollo.

Por ello, y en virtud de las facultades que me concede el artículo 9 de Ley 40/2015, de 1 de abril, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo:

Artículo uno.

Se delegan en el Secretario de Estado de Defensa, para el ejercicio 2019, las competencias que me otorga el artículo 63.1 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Artículo dos.

Se delegan en el Secretario de Estado de Defensa las competencias que me otorga el artículo 9.Dos de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, prorrogados para 2019.

Artículo tres.

Se delega en el Secretario de Estado de Defensa la competencia para desarrollar el Presupuesto de la Sección 14 mediante la correspondiente Resolución, de acuerdo con la vinculación jurídica de los créditos, establecida en la Ley General Presupuestaria y demás normativa de desarrollo, de acuerdo con el artículo 61.b) de la Ley 40/2015, de 1 de abril, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Disposición final primera. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y surtirá efectos económicos a partir del 1 de enero de 2019.

Madrid, 18 de enero de 2019.–La Ministra de Defensa, Margarita Robles Fernández.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 18/01/2019
  • Fecha de publicación: 26/01/2019
  • Fecha de entrada en vigor: 26/01/2019
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con los arts. 9 y 61 de la el art. 22 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre (Ref. BOE-A-2015-10566).
  • CITA Ley 47/2003, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-2003-21614).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Defensa
  • Secretaría de Estado de la Defensa

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