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Documento BOE-A-2019-9930

Resolución de 20 de junio de 2019, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se aprueba la delegación de competencias en materia de función interventora del Interventor Delegado en el Ministerio de Hacienda.

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 3 de julio de 2019, páginas 71509 a 71512 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2019-9930
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2019/06/20/(1)

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 2188/1995, de 28 de diciembre, por el que se desarrolla el régimen de control interno ejercido por la Intervención General de la Administración del Estado, al regular en su artículo 8 la distribución de competencias entre el Interventor General de la Administración del Estado y los Interventores Delegados, atribuye a estos últimos, sin otras excepciones que los supuestos tasados atribuidos a la competencia de aquel, la fiscalización e intervención de los actos relativos a gastos, derechos, pagos e ingresos que dicten las autoridades de los Ministerios, Centros, Dependencias u Organismos autónomos, especificando que la misma se ejercerá, con carácter general, por el Interventor Delegado cuya competencia orgánica o territorial se corresponda con la de la autoridad que acuerde el acto de gestión. 

Razones de economía procesal llevaron a esta Intervención General a aprobar, por Resolución de 24 de marzo de 2015, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» del día 28 siguiente, la delegación de competencias del Interventor Delegado en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas referida a la intervención previa del reconocimiento de obligaciones y la propuesta de pago correspondientes a cuatro contratos de servicios declarados de contratación centralizada por las Órdenes HAP/2027/2013, de 30 de octubre, y HAP/536/2014, de 3 de abril, ambas, de modificación de la Orden EHA/1049/2008, de 10 de abril, de declaración de bienes y servicios de contratación centralizada: servicios de telecomunicaciones; servicios de seguridad privada y servicios auxiliares de control; servicios postales; y servicios de limpieza integral de edificios.

La delegación se efectuó en los Interventores Delegados cuya competencia orgánica o territorial se correspondiera con la del órgano competente por delegación, en virtud del artículo 6 de la Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio, de delegación de competencias en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en la redacción dada por la Orden HAP/386/2015, de 6 de marzo, para la aprobación del reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago, siempre y cuando estos órganos estuvieran sujetos a la modalidad de control de función interventora.

En aquellos casos en que el órgano competente por delegación para la aprobación del reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago se correspondiera con un órgano no sujeto a la modalidad de control de función interventora, la competencia para el ejercicio de la correspondiente intervención previa se mantenía en la Intervención Delegada en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

En el caso del contrato relativo a los servicios de telecomunicaciones, la Resolución de 24 de marzo de 2015 acordó mantener la competencia para la intervención previa del reconocimiento de obligaciones y la propuesta de pago en la Intervención Delegada en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, desarrollándose la misma por el titular de la Intervención Delegada en la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, integrada orgánicamente en la Intervención Delegada del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Con posterioridad a la aprobación de la Resolución de 24 de marzo de 2015 se han producido distintos hechos, que se describen a continuación atendiendo a su cronología en el tiempo, que llevan a la necesidad de actualizar las previsiones que figuran en esa Resolución.

Por Orden HAP/2834/2015, de 28 de diciembre, de modificación de la Orden EHA/1049/2008, de 10 de abril, han sido declarados de contratación centralizada nuevos contratos. Entre ellos: el contrato de suministro de software de sistema, de desarrollo y de aplicación; y el contrato de servicios de actualización y de soporte del software anterior.

El contrato para el mantenimiento y soporte de software, de software MLC, de soporte técnico avanzado para determinados productos IBM y de suministro de licencias, que fue formalizado por la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación con fecha 29 de junio de 2016, ha previsto una gestión descentralizada del contrato en los responsables de los servicios de la Dirección de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones, de las fases de reconocimiento de la obligación y de propuesta de pago. Para ello, mediante Orden HAP/1135/2016, de 8 de julio, de modificación de la Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio, se procedió a delegar en el Director de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones la competencia para el reconocimiento de obligaciones y la propuesta de pago con cargo a los créditos del servicio 05 «Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación» de la sección 31 «Gastos de Diversos Ministerios», programa presupuestario 923R «Contratación Centralizada», concepto 216 «Equipos para proceso de la información», subconcepto 222.00 «Servicio de telecomunicaciones» y concepto 620 «Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios».

Posteriormente, la aprobación Real Decreto 769/2017, de 28 de julio, de desarrollo de la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública, supuso la supresión de la Dirección de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones, y que sus competencias fueran asumidas por la Secretaría General de Administración Digital, órgano integrado en el Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de Función Pública.

Esta Secretaría General de Administración Digital, tras la aprobación del Real Decreto 595/2018, de 22 de junio, de estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, ha quedado integrada como órgano dependiente del Ministerio de Política Territorial y Función Pública.

Por otra parte, con la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, se crea la sección 10 «Contratación centralizada», integrada por el servicio 01 «Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación» y el programa presupuestario 923R «Contratación centralizada», siendo en esta sección donde quedan consignados los créditos que anteriormente figuraban en la sección 31 «Gastos de Diversos Ministerios», servicio 05 «Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación», para atender las necesidades de gestión del programa 923R «Contratación centralizada».

Y, como último hecho a destacar, con fecha 12 de marzo de 2019 se ha aprobado la Orden HAC/316/2019, de delegación de competencias y de fijación de límites en el Ministerio de Hacienda, que supone el cese de efectos de la Orden HAC/1335/2012, de 14 de junio.

En la nueva Orden HAC/316/2019, de 12 de marzo, en lo que respecta a la competencia para el reconocimiento de las obligaciones y la propuesta de pago de aquellos contratos que se financian y gestionan de forma centralizada por la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación, en su artículo 7, apartados 9 b) y 17 al 20, se actualizan las delegaciones de competencias que anteriormente se recogían en el artículo 6 de la extinta Orden HAC/1335/2012, de 14 de junio. Esta actualización tiene en cuenta, a efectos de la gestión centralizada de estos contratos, las distintas modificaciones operadas tanto en la estructura presupuestaria y de departamentos ministeriales, como en el ámbito de los contratos centralizados.

Expuesto lo anterior, y considerando que subsisten las razones de agilidad administrativa que llevaron a aprobar la Resolución de 24 de marzo de 2015, esta Intervención General entiende que resulta oportuno aprobar una nueva Resolución de delegación de competencias en el ámbito de la función interventora, una vez aprobada la Orden HAC/316/2019, de 12 de marzo.

Por todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo:

Primero.

1. Aprobar la delegación por el titular de la Intervención Delegada en el Ministerio de Hacienda en los Interventores Delegados cuya competencia orgánica o territorial se corresponda con la del órgano competente por delegación, siempre y cuando dichos órganos estén sujetos a función interventora, de las siguientes competencias:

a) La intervención previa del reconocimiento de obligaciones y la propuesta de pago con cargo a los créditos del servicio presupuestario 01 «Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación», de la sección 10 «Contratación Centralizada», programa 923R «Contratación Centralizada», subconcepto 227.01 «Trabajos realizados por otras empresas y profesionales. Seguridad», que se generen en el ámbito que se cita en el anexo I de la Orden HAC/316/2019, de 12 de marzo.

b) La intervención previa del reconocimiento de obligaciones y la propuesta de pago con cargo a los créditos del servicio presupuestario 01 «Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación», de la sección 10 «Contratación Centralizada», programa 923R «Contratación Centralizada», subconcepto 227.00 «Trabajos realizados por otras empresas y profesionales. Limpieza y aseo», que se generen en el ámbito que se cita en el anexo II de la Orden HAC/316/2019, de 12 de marzo.

c) La intervención previa del reconocimiento de obligaciones y la propuesta de pago con cargo a los créditos del servicio presupuestario 01 «Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación», de la sección 10 «Contratación Centralizada», programa 923R «Contratación Centralizada», subconcepto 222.01 «Comunicaciones postales y mensajería», que se generen en el ámbito que se cita en el anexo III de la Orden HAC/316/2019, de 12 de marzo.

d) La intervención previa del reconocimiento de obligaciones y la propuesta de pago con cargo a los créditos del servicio presupuestario 01 «Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación», de la sección 10 «Contratación Centralizada», programa 923R «Contratación Centralizada», concepto 216 «Equipos para procesos de la información», subconcepto 222.00 «Comunicaciones. Servicios de telecomunicaciones» y concepto 620 «Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios», que se generen en el ámbito de la Secretaría General de Administración Digital.

2. Mantener en el titular de la Intervención Delegada en el Ministerio de Hacienda la competencia para la intervención previa del reconocimiento de obligaciones y la propuesta de pago, en aquellos casos en que el órgano competente por delegación para la aprobación del reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago se corresponda con un órgano no sujeto a función interventora.

Segundo.

En el acto de intervención previa del reconocimiento de obligaciones y la propuesta de pago correspondiente se hará constar que la competencia se ejerce en base a la delegación contenida en esta Resolución.

Tercero.

A partir de su entrada en vigor la presente Resolución sustituye y deja sin efectos la Resolución de 24 de marzo de 2015, de delegación de competencias en materia de función interventora del Interventor Delegado en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Cuarto.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 20 de junio de 2019.–El Interventor General de la Administración del Estado, Pablo Arellano Pardo.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 20/06/2019
  • Fecha de publicación: 03/07/2019
  • Fecha de entrada en vigor: 04/07/2019
Referencias anteriores
  • DEJA SIN EFECTO lo indicado de la Resolución de 24 de marzo de 2015 (Ref. BOE-A-2015-3359).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre (Ref. BOE-A-2015-10566).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Intervención General de la Administración del Estado
  • Ministerio de Hacienda

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