Visto el expediente de indulto de don Hildebrando de Jesús Noreña Puerta, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Quinta, en sentencia de 12 de marzo de 2015, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y multa de 6.067,06 euros, por hechos cometidos en el año 2014, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias del condenado y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta del Ministro de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de septiembre de 2020,
Vengo en conmutar a don Hildebrando de Jesús Noreña Puerta la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 22 de septiembre de 2020.
FELIPE R.
El Ministro de Justicia,
JUAN CARLOS CAMPO MORENO
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