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Documento BOE-A-2020-13092

Resolución de 23 de junio de 2020, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, por la que se incluye en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias, con la categoría de yacimiento arqueológico inventariado, la cueva de Los Martinos, en Carrea, concejo de Teverga.

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 28 de octubre de 2020, páginas 92800 a 92804 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-A-2020-13092

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Primero.

La cueva de Los Martinos, de grandes dimensiones y utilizada en la actualidad para «moscar» el ganado, ha deparado un registro arqueológico integrado hasta la fecha por nueve fragmentos cerámicos, dos de los cuales apuntan a cronologías medievales, y un cuchillo de hierro, de cronología desconocida, así como fragmentos cerámicos de producciones modernas o contemporáneas.

Segundo.

Con fecha 28 de febrero de 2019 se incoó, mediante Resolución de la Consejería de Educación y Cultura (publicada en el BOPA número 89, de 10 de mayo de 2019), expediente para la inclusión en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias, con la categoría de yacimiento arqueológico inventariado, de la cueva de Los Martinos, en Carrea, concejo de Teverga.

Con posterioridad a dicha incoación se han seguido los trámites indicados en la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural. Así, se solicitaron y obtuvieron los siguientes informes de instituciones consultivas relativos a esta propuesta de protección:

– El 8 de julio de 2019, el Real Instituto de Estudios Asturianos comunica informe favorable a la inclusión en el Inventario, con la categoría de yacimiento arqueológico inventariado, de la cueva de Los Martinos.

– El 18 de julio de 2019 se recibe informe de la Real Academia de la Historia, aprobado en su sesión académica del 14 de junio de 2019, en el que se considera que el bien propuesto «debe ser incluido en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias como yacimiento arqueológico inventariado».

– En informe remitido el 18 de septiembre de 2019, la Universidad de Oviedo se muestra favorable a la inclusión de este bien en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias.

– Por su parte, la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias, en acuerdo de su Permanente, adoptado en sesión de fecha 19 de junio de 2019, reseña que, conforme del Texto Refundido de las Normas Urbanísticas del concejo de Teverga, los terrenos en los que se localiza la cueva están categorizados como Suelo No Urbanizable de Especial Protección (SNU-EP).

Tercero.

Con fecha 15 de octubre de 2019 se publicó en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» la apertura del trámite de información pública, no presentándose durante los veinte días naturales posteriores ningún escrito relativo a esta propuesta en la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo.

Cuarto.

El conjunto de la tramitación fue analizado por la Comisión Permanente del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias en su sesión del día 5 de marzo de 2020, acordándose en la misma informar favorablemente la inclusión en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias de la cueva de Los Martinos en el concejo de Teverga, con la categoría de yacimiento arqueológico inventariado.

Cumplimentados, pues, los trámites exigidos por la Ley en la instrucción del expediente, procede culminar el procedimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley del Principado de Asturias, 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural.

A los antecedentes de hecho, son de aplicación los siguientes

Fundamentos de Derecho

Primero.

Vistos los artículos 22, 24, 59, 60, 61,62 y 65 y demás concordantes de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, así como los artículos 29 y siguientes del Decreto 20/2015, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural.

Segundo.

Examinada la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias.

Tercero.

En lo relativo a las competencias, es de aplicación el Decreto 13/2019, de 24 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, el Decreto 86/2019, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, y la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias.

En virtud de los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho, resuelvo:

Primero.

Incluir en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias, con la categoría de Yacimiento Arqueológico Inventariado (IPCA-Y), la cueva de Los Martinos, en el concejo de Teverga, según la descripción del yacimiento que consta en el anexo I de la presente resolución, que forma parte de la misma.

Segundo.

Dotar a la cueva de Los Martinos de una zona de protección, conforme a lo dispuesto en el artículo 24.3 de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, según la descripción que se concreta en el anexo II de la presente resolución, que forma parte de la misma.

Tercero.

Notificar la presente resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Teverga, así como al Registro de Bienes de Interés Cultural de la Administración del Estado, y ordenar su publicación en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» y en el «Boletín Oficial de Estado», en cumplimiento del artículo 24.4 de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural.

Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad previa de interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiéndose simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante, los interesados podrán ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.

Oviedo, 23 de junio de 2020.–La Consejera de Cultura, Política Llingüística y Turismo, Berta Piñán Suárez.

ANEXO I
Descripción de la cueva de Los Martinos, en Carrea (Berrueño), concejo de Teverga

Cueva de grandes dimensiones, con unos 40 metros de ancho y 84 de largo, utilizada en la actualidad para «moscar» el ganado en verano, aprovechando su ubicación en el camino de acceso a la sierra de la Sobia desde la localidad de Berrueño. Su boca se abre. Situada en un paraje de vocación ganadera, la cueva se sitúa a 1.200 msnm en las cercanías de los corros y brañas de Sobrecueva.

La entrada, orientada al noroeste, mide unos 40 metros de largo, con un muro formado por bloques calizos a modo de cerca que facilita el cierre del ganado en la cueva y que a la vez coincide con el espacio de más luz natural, donde se ha hallado un lote cerámico.

Bajo una gran bóveda que llega a los 28 metros en su parte más profunda, la cueva de Los Martinos dispone de una estructura en sala única, de forma cuadrangular, salvo en su extremo sureste, donde se estrecha de forma escalonada en altura, dejando en sus paredes más profundas pequeñas oquedades, en cuya base se observan concentraciones de bloques, producto seguro de limpiezas de la superficie de la cueva.

El lote de piezas de interés arqueológico hallado en la cueva se compone de nueve fragmentos cerámicos, dos de los cuales apuntan claramente a cronologías medievales, y un cuchillo de hierro, de cronología desconocida pero que podría encajar en la misma época que las cerámicas de contexto medieval. El resto de fragmentos cerámicos corresponden a producciones modernas o contemporáneas.

ANEXO II
Localización y delimitación del entorno de protección del yacimiento

La cueva de los Martinos se localiza en el lugar con las siguientes coordenadas: X:739655.86/Y: 4781660.84 (UTM-Huso 29-ETRS 89), en las parcelas de referencia catastral 33072A01900218, 33072A01900214 y 33072A01900215.

El entorno de protección de la cueva comprende el espacio delimitado por los siguientes puntos:

1-2 Desde el vértice sur de la parcela 09000218 hacia el sureste, cortando las parcelas 01900214 y 01900215 hasta el punto 2 (739504.16/4781624.41).

2-3 Continúa por límite catastral del reguero Salgada (00809008) hacia el norte hasta el punto 3 (258228.48/4774648).

3-4 Sigue por curva de nivel 1.275 hasta punto 04 (739727.75/4781752.62).

4-5 Gira hacia el noroeste cortando la parcela 01900215 hasta el límite con parcela 01900214 en punto 5 (739694.19/4781692.40).

5-6 Continúa por límite este de la parcela 01900214 hasta punto 6 (739702.82/4781752.62).

6-7 Gira hacia el oeste hasta límite con camino (01709012) en punto 7 (739499.59/4781766.69).

7-8 Hacia el sur por límite oeste de la parcela 01900214 hasta punto 8 (739475.99/4781659.42).

8-9 Continúa por límite oeste de la parcela 01900218 hasta punto 1 (739504.16/4781624.41).

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