Está Vd. en

Documento BOE-A-2020-13671

Orden ETD/1032/2020, de 4 de noviembre, por la que se autoriza la segregación y reconstitución de determinados Bonos y Obligaciones del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 292, de 5 de noviembre de 2020, páginas 96773 a 96773 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Referencia:
BOE-A-2020-13671

TEXTO ORIGINAL

La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, señala en los artículos 98 y 99 que corresponde al Ministro de Economía la facultad de autorizar la separación de cupones y principal a efectos de su negociación, así como la reconstitución de valores a partir de aquellos. Dicha facultad ha sido delegada en la actual Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional en virtud del apartado c, del artículo 9, de la Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio, de delegación de competencias.

La Obligación a diez años de cupón 1,25 % y vencimiento 31 de octubre de 2030, fue emitido en abril de 2020 y pagó un primer cupón el 31 de octubre de 2020, que por motivos técnicos es una medida necesaria para declararlo segregable.

La Obligación a veinte años de cupón 1,20 % y vencimiento 31 de octubre de 2040, fue emitido en junio de 2020 y pagó un primer cupón el 31 de octubre de 2020, que por motivos técnicos es una medida necesaria para declararlo segregable.

La Obligación a treinta años de cupón 1,00 % y vencimiento 31 de octubre de 2050, fue emitido en febrero de 2020 y pagó un primer cupón el 31 de octubre de 2020, que por motivos técnicos es una medida necesaria para declararlo segregable.

Todas las anteriores referencias cuentan con un saldo superior a los 5.000 millones de euros, que se considera suficiente para garantizar su liquidez.

Por lo que antecede, en uso de las citadas competencias, dispongo:

1. Autorizar las operaciones de segregación y reconstitución sobre la Obligación a diez años de cupón 1,25 % y vencimiento 31 de octubre de 2030.

2. Autorizar las operaciones de segregación y reconstitución sobre la Obligación a veinte años de cupón 1,20 % y vencimiento 31 de octubre de 2040.

3. Autorizar las operaciones de segregación y reconstitución sobre la Obligación a treinta años de cupón 1,00 % y vencimiento 31 de octubre de 2050.

4. Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de noviembre de 2020.–La Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, P.D. (ECC/1695/2012, de 27 de julio), el Secretario General del Tesoro y Financiación Internacional, P.S. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), el Subdirector General de Gestión de la Deuda Pública, Álvaro López Barceló.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid