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Documento BOE-A-2020-15957

Decreto de 27 de noviembre de 2020, de la Fiscal General del Estado, por el que se dispone el cese de doña María Dolores Vilanova Pelluch como Fiscal Decana de Extranjería en la Fiscalía Provincial de Valencia y se nombra Fiscal Decano de Extranjería en la Fiscalía Provincial de Valencia a don Jesús Tébar Villar.

Publicado en:
«BOE» núm. 323, de 11 de diciembre de 2020, páginas 113330 a 113331 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2020-15957

TEXTO ORIGINAL

El 7 de octubre de 2020, el Fiscal de Sala de la Unidad de Extranjería de la Fiscalía General del Estado remitió a la Inspección Fiscal escrito del Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Valencia, en el que propone el cese de la Fiscal Decana de Extranjería, Ilma. Sra. doña María Dolores Vilanova Pelluch, y el 13 de noviembre emitió informe relativo a la propuesta de nombramiento realizada por el Fiscal Jefe Provincial, del Fiscal, Ilmo. Sr. don Jesús Tebas Villar, como Decano de la especialidad en la citada Fiscalía.

Hechos

Con motivo de la reestructuración en el reparto de trabajo de la Fiscalía Provincial de Valencia la Fiscal Decana de Extranjería, D.ª María Dolores Vilanova Pelluch, solicitó al Fiscal Jefe su cese en el cargo de la especialidad. Para hacer efectivo el cese y cubrir el Decanato, el Fiscal Jefe comunicó a todos los miembros de la plantilla que quien estuviera interesado debería formular la correspondiente solicitud. Se presentaron dos solicitudes aportando su curriculum vitae.

La propuesta de don Jesús Tebas Villar ha sido elevada por el Fiscal Jefe Provincial de Valencia, destacando el interés y disposición del candidato para asumir esta responsabilidad, así como los méritos que le hacen idóneo para desempeñar el cargo. De tal propuesta se ha dado traslado a los dos peticionarios el 21 de octubre de 2020.

Mediante escritos de fecha 7 de octubre y 5 de noviembre de 2020, el Fiscal de Sala de la Unidad de Extranjería de la Fiscalía General del Estado no formuló objeción al cese de D.ª María Dolores Vilanova Pelluch, ni al nombramiento de D. Jesús Tebas Villar, informando en el mismo sentido el Consejo Fiscal (artículo 3.4 RD 437/1983).

Fundamentos

Primero.

El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone que los Fiscales Decanos de las Fiscalías serán nombrados mediante resolución dictada por el Fiscal General del Estado, a propuesta motivada del Fiscal Jefe respectivo. Igualmente exige que, para la cobertura de estos cargos y con carácter previo, se realice una convocatoria entre los Fiscales de la plantilla, así como que a la propuesta se acompañe relación de todos los Fiscales que lo hayan solicitado con aportación de los méritos alegados (artículo 36.4).

Segundo.

La Instrucción 5/2008 de la Fiscalía General del Estado complementa la anterior disposición, al aclarar que se seguirá también el mismo procedimiento de designación en los casos en que el Delegado provincial de la especialidad que se propone no tenga el rango de Decano.

Esta misma Instrucción establece que los nombramientos y ceses de los Delegados Provinciales de la especialidad irán precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente Fiscal de Sala Coordinador, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes y, seguidamente, trasladará la propuesta al Fiscal General del Estado a través de la Inspección Fiscal.

Tercero.

Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento. Asimismo, la propuesta del Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Valencia está suficientemente motivada y avala la idoneidad del candidato.

En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:

El cese de la Ilma. Sra. doña María Dolores Vilanova Pelluch como Fiscal Decana de Extranjería en la Fiscalía Provincial de Valencia y el nombramiento del Ilmo. Sr. don Jesús Tébar Villar en tal cargo. Publíquese el presente nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (c/ Fortuny, n.º 4, Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella Ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según lo establecido en los artículos 10.1.m) y 14.1 regla 1.ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma Ley.

Madrid, 27 de noviembre de 2020.–La Fiscal General del Estado, P.S. (Ley 50/1981, de 30 de diciembre), el Teniente Fiscal del Tribunal Supremo, Luis Navajas Ramos

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