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Documento BOE-A-2020-17245

Resolución de 21 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Carreteras, por la que se convocan pruebas para la obtención de los certificados de aptitud de auditores de seguridad viaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 339, de 29 de diciembre de 2020, páginas 122603 a 122608 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-A-2020-17245

TEXTO ORIGINAL

Con el Real Decreto 345/2011, de 11 de marzo, sobre gestión de la seguridad de las infraestructuras viarias en la Red de Carreteras del Estado, se incorpora al ordenamiento jurídico español lo dispuesto en la Directiva 2008/96/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre, sobre gestión de la seguridad de las infraestructuras viarias. En él se regula el establecimiento y aplicación de los métodos de actuación en materia de gestión de la seguridad de las infraestructuras viarias contemplados en dicha directiva para las vías pertenecientes a la Red de Carreteras del Estado que forman parte de la Red Transeuropea de Carreteras.

Uno de estos métodos es la realización de auditorías de seguridad viaria a carreteras nuevas y modificaciones sustanciales de carreteras ya existentes por parte de auditores de seguridad viaria que estén en posesión del certificado de aptitud establecido en la Orden FOM/1649/2012, de 19 de julio, por la que se regula el procedimiento de acreditación y certificación de aptitud de auditores de seguridad viaria de la Red de Carreteras del Estado y modificada parcialmente en su artículo 10 por la Orden FOM 943/2019, de 13 de septiembre.

En el artículo 5.1 de dicha orden ministerial se dispone que la Dirección General de Carreteras convocará pruebas para la obtención del certificado de aptitud dentro de los dos años naturales inmediatamente posteriores a cada programa de formación inicial de auditores de seguridad viaria de la Red de Carreteras del Estado. A este respecto, el quinto programa de formación inicial se convocó mediante resolución de 11 de diciembre de 2019, impartiéndose durante el año 2020.

En su virtud, esta Dirección General ha resuelto convocar pruebas para la obtención de los certificados de aptitud de auditores de seguridad viaria de la Red de Carreteras del Estado, con arreglo a las siguientes bases:

Primera. Convocatoria.

Se convoca a los aspirantes que deseen presentarse a las pruebas de aptitud de auditores de seguridad viaria conforme a lo dispuesto en las Ordenes FOM/1649/2012, de 19 de julio, y FOM/943/2019, de 13 de septiembre, por las que se regulan el procedimiento de acreditación y certificación de aptitud de auditores de seguridad viaria de la Red de Carreteras del Estado.

Los aspirantes para la obtención del certificado de aptitud podrán optar entre examinarse en alguna de las dos siguientes especialidades o en ambas:

a) Auditor de seguridad viaria en las fases de anteproyecto y proyecto.

b) Auditor de seguridad viaria en las fases previa a la puesta en servicio e inicial en servicio.

Segunda. Requisitos.

Los aspirantes deberán acreditar los siguientes requisitos para ser admitidos:

1. Tener una titulación universitaria oficial que otorgue competencias para la redacción de proyectos de carreteras y formación específica en materia de seguridad viaria y análisis de accidentes o, alternativamente, tener cinco años de experiencia específica relevante en ingeniería de diseño de carreteras, ingeniería de la seguridad viaria y análisis de accidentes.

2. Haber realizado con aprovechamiento dentro de los dos años naturales previos a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» el programa de formación inicial de auditores de seguridad viaria de la Red de Carreteras del Estado establecido por la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en la especialidad o especialidades en las que el aspirante pretenda examinarse.

Tercera. Presentación de solicitudes y admisión a las pruebas de aptitud.

Los aspirantes deberán presentar una solicitud de admisión a las pruebas de aptitud conforme al anexo 1 de esta convocatoria, especificando la especialidad o especialidades en que desean obtener la certificación.

Asimismo, deberá adjuntarse a la solicitud la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos indicados en la base segunda de esta convocatoria. A este último respecto se aceptarán, bien fotocopias autentificadas de los títulos y certificados correspondientes, o bien cumplimentando debidamente la declaración jurada del anexo 2.

Las solicitudes deberán presentarse directamente en el Registro General del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana o en los lugares indicados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y finalizará el 31 de enero de 2021.

Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes se publicará una relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos a través de la página web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana:

https://www.mitma.es/carreteras/programas-de-formacion-de-auditores-de-seguridad-vial-y-pruebas-de-aptitud

Los aspirantes excluidos, así como los que no figuren o figuren con algún dato erróneo en la relación de admitidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la exposición de tal resolución en la página web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, para subsanar el defecto observado.

Una vez finalizado el plazo para subsanar defectos, se publicará la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos en la página web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Cuarta. Derechos de inscripción.

Antes de la fecha de inicio de las pruebas, la impartición del mismo, los solicitantes finalmente admitidos deberán haber efectuado un pago de 50 euros por cada una de las especialidades que solicite el interesado en concepto de cuota de inscripción mediante ingreso o transferencia bancaria al número de cuenta que se indique tras la publicación de la relación de solicitantes admitidos. Se entenderá que cuando elija examinarse sólo en una de las dos especialidades deberá abonar, exclusivamente, el importe de la mencionada cuota; mientras que si escoge ambas especialidades deberá abonar dos cuotas independientes, una por cada especialidad.

No obstante, estarán exentos de este pago las personas que presenten una minusvalía igual o superior al 33%.

Únicamente procederá la devolución del importe de la inscripción exigida cuando no se realice el hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo.

Quinta. Desarrollo de las pruebas de aptitud.

1. Para poder obtener los certificados de aptitud correspondientes a cada especialidad en la que se solicite la certificación, los aspirantes admitidos en cada una de ellas deberán realizar y superar una prueba común para ambas especialidades y una prueba específica para cada especialidad, en las que se evaluarán los conocimientos y la práctica de realización de auditorías de seguridad viaria en las condiciones específicas de la Red de Carreteras del Estado.

2. Los aspirantes admitidos deberán concurrir a las pruebas provistos de un documento oficial en vigor acreditativo de su identidad (DNI /NIE o pasaporte). La falta de este documento dará lugar a la no admisión del aspirante para la realización de las pruebas. Asimismo, los aspirantes que no comparezcan en alguna prueba, sea cual fuere la causa que pudiera alegarse al respecto, quedarán excluidos de la misma.

3. El contenido de las pruebas será el siguiente:

– Prueba común: consistirá en la resolución por escrito de un cuestionario de 50 preguntas tipo test sobre aspectos técnicos generales de diseño de carreteras, ingeniería de la seguridad viaria y análisis de accidentes aplicados al proceso de auditorías, así como sobre la regulación del procedimiento para la realización de auditorías de seguridad viaria en la Red de Carreteras del Estado.

– Pruebas específicas: consistirán en la resolución, también por escrito, de supuestos de auditoría de seguridad viaria en las fases incluidas en la especialidad a la que corresponda la prueba y/o la contestación a preguntas teórico-prácticas sobre dichos supuestos.

4. Para realizar cada prueba se dispondrá de un máximo de cuatro horas.

5. La prueba común será eliminatoria, por lo que deberá ser superada para que se evalúen las pruebas específicas.

6. En cada prueba evaluada, al aspirante se le calificará como apto o no apto. Para ser calificado como apto será necesario alcanzar una puntuación mínima de 5 puntos sobre 10.

7. En cada prueba se indicará la valoración asignada a cada pregunta y a los supuestos, en su caso, de que conste la prueba. En la prueba común, las preguntas no contestadas o que contengan más de una respuesta no puntuarán y las contestadas incorrectamente no puntuarán en negativo. En las pruebas específicas que, en su caso, contengan preguntas teórico prácticas, la valoración de éstas últimas no superará el 30% de la puntuación de la prueba.

8. La calificación de apto en la prueba común tendrá validez para las dos convocatorias siguientes a la presente convocatoria dentro del procedimiento de acreditación y certificación de aptitud para aquellos aspirantes que no superen una o ambas pruebas específicas y para aquellos que habiendo superado la prueba específica en una especialidad soliciten posteriormente la certificación en la otra.

Sexta. Lugar, fechas y horas.

1. La realización de las pruebas tendrá lugar en el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, c/ Alfonso XII, 5-7, Madrid.

2. La prueba común tendrá lugar el 23 de marzo de 2021 desde las 16:00h a las 20:00h.

3. La prueba específica de la especialidad correspondiente a las fases de anteproyecto y proyecto tendrá lugar el 24 de marzo de 2021 desde las 10:00h a las 14:00h.

4. La prueba específica de la especialidad correspondiente a las fases previa a la puesta en servicio e inicial en servicio tendrá lugar el 24 de marzo de 2021 desde las 16:00h a las 20:00h.

Séptima. Tribunal calificador.

1. El tribunal evaluador titular estará compuesto por:

Presidente: Don Álvaro Navareño Rojo.

Secretario: Don Roberto Llamas Rubio.

Vocal: Don José María Pardillo Mayora.

Vocal: Don José Manuel Blanco Segarra.

Vocal: Don José Manuel Piris Ruesga.

2. El tribunal evaluador suplente estará compuesto por:

Presidente: Don Fernando Hernández Alastuey.

Secretario: Don Jesús M.ª Leal Bermejo.

Vocal: Don Juan José Alba López.

Vocal: Don José del Cerro Grau.

Vocal: Don Marcos Gómez Martín.

3. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la sede del Tribunal será:

Tribunal para la obtención del certificado de aptitud de Auditor de Seguridad Viaria.

Subdirección General de Conservación de la Dirección General de Carreteras.

Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Paseo de la castellana 67. 28071 Madrid.

Octava. Emisión y vigencia del certificado de aptitud inicial.

1. Finalizadas las pruebas, la Dirección General de Carreteras dictará una resolución indicando los aspirantes que hayan superado las pruebas de aptitud y sean aptos para obtener el certificado de aptitud inicial en cada una de las especialidades. Las relaciones de aspirantes que hayan superado cada una de las pruebas evaluadas se publicarán en la página web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

2. La Dirección General de Carreteras emitirá, para cada especialidad, el certificado de aptitud inicial como auditor de seguridad viaria a las personas que figuren en las relaciones de las pruebas específicas.

3. El certificado de aptitud inicial tendrá validez a partir de su expedición y su vigencia se extenderá durante los cinco años naturales posteriores contados a partir del siguiente 31 de diciembre, sin perjuicio de lo establecido en cuanto a su renovación en el artículo 10 de las Ordenes FOM/1649/2012, de 19 de julio, y FOM/943/2019, de 13 de septiembre.

Novena. Información adicional.

Otras informaciones necesarias y complementarias a las que figuran en la presente convocatoria se harán constar y se darán a conocer al igual que las listas por las que se publiquen las distintas relaciones de admitidos y excluidos, así como de aspirantes que hayan superado las pruebas, en la página web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (https://www.mitma.es/carreteras/programas-de-formacion-de-auditores-de-seguridad-vial-y-pruebas-de-aptitud).

También podrán obtenerse aclaraciones a través del correo electrónico rllamas@mitma.es o llamando de lunes a viernes laborables de 9:00 a 14:30h al teléfono 915978851.

Décima. Recursos.

La presente resolución y cuantos actos administrativos se deriven de ella podrán ser impugnados de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, 21 de diciembre de 2020.–El Director General de Carreteras, Javier Herrero Lizano.

ANEXO 1
Solicitud de admisión a las pruebas para la obtención de los certificados de aptitud de auditores de seguridad viaria de la Red de Carreteras del Estado

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ANEXO 2
Declaración jurada/promesa

Don/Doña ..............................................................................., con DNI .........................., declara/promete que son ciertos los datos aportados en la solicitud de admisión a las pruebas para la obtención de los certificados de aptitud de auditores de seguridad viaria de la Red de Carreteras del Estado, así como que es verídica la documentación que la acompaña y la información aquí manifestada, justificativa del cumplimiento de los requisitos a los que se refiere el artículo 6 de la Orden FOM/1649/2012, de 19 de julio, por la que se regula el procedimiento de acreditación y certificación de aptitud de auditores de seguridad viaria de la Red de Carreteras del Estado.

• Titulación universitaria oficial: .....................................................................................

• Año de realización del Programa de formación inicial de auditor de seguridad viaria (y fecha del BOE de publicación de su convocatoria): .......................... (BOE del ......................................................

Además, acepta que la Dirección General de Carreteras se reserve el derecho de comprobar en cualquier momento la veracidad de los datos aportados en relación con la titulación y/o la experiencia y la realización del Programa de formación inicial en la especialidad solicitada para obtener el certificado de aptitud como auditor de seguridad viaria y de quedar excluido/a del proceso en el caso de que la misma encontrara que alguno de éstos no fuera cierto, sin que ello conlleve, en su caso, la devolución del importe abonado por la inscripción.

Y para que así conste a efectos de la admisión a las correspondientes pruebas de aptitud, firma este documento,

En ..............................., el ........................... de 20......

Fdo. ..................................................

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