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Documento BOE-A-2020-2126

Acuerdo de 16 de enero de 2020, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de 16 de diciembre de 2019, de la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional, relativo a la rectificación del acta número 3 de 17 de septiembre de 2019.

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 13 de febrero de 2020, páginas 14137 a 14138 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2020-2126

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de 16 de enero de 2020, acordó hacer público el Acuerdo de la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional del día 16 de diciembre de 2019, que aprueba el Acta de la junta de magistrados de la Sala de Apelación, celebrada el 21 de noviembre de 2019, por el que rectifica el acta número 3 de 17 de septiembre de 2019, aprobada por acuerdo correspondiente de la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional de 14 de octubre de 2019 y hecho público por acuerdo de 31 de octubre de 2019 de la Comisión Permanente del Consejo en el «Boletín Oficial del Estado» del pasado día 14 de noviembre, siendo del siguiente tenor literal:

Primero. Rectificación del Acta n.º 3 de 17 se septiembre de 2019 de esta Sala por errores apreciados en la publicación de la misma en el «Boletín Oficial del Estado» de 14 de noviembre de 2019.

Habiéndose observado errores en la redacción del Acta n.º 3 de 17 de septiembre de 2019 de la Sala de Apelación, aprobada por Acuerdo correspondiente de la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional de 14 de octubre de 2019 y hecho público por Acuerdo de 31 de octubre de 2019 de la Comisión Permanente del Consejo en el «Boletín Oficial del Estado» de 14 de noviembre de 2019, se corrigen los siguientes apartados de la referida Acta, quedando redactados de la manera que sigue:

1.º) En el apartado II.–«Turno de asignación de ponencias y sustituciones»:

1. Asignación de Ponencias:

La asignación de la ponencia a cada Magistrado corresponderá con el último dígito del número de Registro del pleito o causa correspondiente que se turne a la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional, asignándose tres números de terminación de asuntos a cada uno de los magistrados que la componen, excluyéndose al Excmo. Sr. Presidente de la Sala de Apelación a quien se le asigna un solo número de terminación, según el siguiente cuadro:

Ponentes Terminación número
Excmo. Sr. D. José Ramón Navarro Miranda (Presidente). 5
Ilmo. Sr. D. Ángel Luis Hurtado Adrián. 1, 4 y 8
Ilma. Sra. D.ª Manuela Fernández Prado. 2, 6 y 9
Ilmo. Sr. D. Eloy Velasco Núñez. 3, 7 y 0

2. Sustitución de Ponentes.

La sustitución de cada Ponente designado se efectuará conforme al turno que abajo se detalla, aplicándose el criterio objetivo de orden inverso de antigüedad en el escalafón oficial de la Carrera Judicial, de modo que el Magistrado sustituto será el que se posicione como inmediatamente más moderno en el referido escalafón respecto del Magistrado sustituido, salvo en el caso del Ilmo. Sr. D. Eloy Velasco Núñez que, al ser el Magistrado más moderno en el escalafón oficial de la Carrera Judicial dentro de la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional, será sustituido por el Excmo. Sr. D. José Ramón Navarro Miranda.

Ponente designado Sustituto
Excmo. Sr. D. José Ramón Navarro Miranda (Presidente). Ilmo. Sr. D. Ángel Luis Hurtado Adrián.
Ilmo. Sr. D. Ángel Luis Hurtado Adrián. Ilma. Sra. D.ª Manuela Fernández Prado.
Ilma. Sra. D.ª Manuela Fernández Prado. Ilmo. Sr. D. Eloy Velasco Núñez.
Ilmo. Sr. D. Eloy Velasco Núñez. Ilmo. Sr. D. José Ramón Navarro Miranda (Presidente).

2.º) En el apartado IV.–«Régimen de abstenciones y recusaciones».

Si se recusare a todos los Magistrados de la Sala de Apelación que formen Sala en un concreto asunto: la instrucción del incidente de recusación, en atención a lo previsto en el artículo 224.1.4° de la LO.P.J., le corresponderá a uno de los Magistrados de la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional designado en virtud de un turno establecido por orden de antigüedad, siempre que no estuviere afectado por la recusación. En este caso, la instrucción del incidente seguirá los siguientes criterios:

A. Le corresponderá la instrucción del incidente al Magistrado que se posicione como inmediatamente más moderno en el escalafón oficial de la Carrera Judicial respecto del más moderno de los Magistrados recusados, salvo en el caso del Ilmo. Sr. D. Eloy Velasco Núñez que, al ser el Magistrado más moderno en el escalafón oficial de la Carrera Judicial dentro de la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional, en el caso de que fuera recusado, la instrucción corresponderá al Excmo. Sr. D. José Ramón Navarro Miranda si no formara parte del grupo de Magistrados recusados, en cuyo caso el instructor será el siguiente más moderno a este, sucesivamente, hasta nombrar a un Magistrado que no esté recusado.

Magistrado integrante de la Sala
donde se formula recusación y
Ponente
Instructor del
incidente de recusación
Excmo. Sr. D. José Ramón Navarro Miranda (Presidente). Ilmo. Sr. D. Ángel Luis Hurtado Adrián.
Ilmo. Sr. D. Ángel Luis Hurtado Adrián. Ilma. Sra. D.ª Manuela Fernández Prado.
Ilma. Sra. D.ª Manuela Fernández Prado. Ilmo. Sr. D. Eloy Velasco Núñez.
Ilmo. Sr. D. Eloy Velasco Núñez. Ilmo. Sr. D. José Ramón Navarro Miranda (Presidente).

B. En el supuesto de que el instructor designado conforme al apartado A) fuera también uno de los Magistrados recusados, la instrucción del incidente pasará al que siga a aquel en orden inverso de antigüedad en el escalafón oficial de la Carrera Judicial hasta que se turne a un Magistrado que no forme parte de la Sala donde se formuló la recusación de todos los Magistrados.

Madrid, 16 de enero de 2020.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.

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