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Documento BOE-A-2020-2149

Resolución de 23 de septiembre de 2019, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se certifica un captador solar, fabricado por Thermal Cooling Technology, SL.

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 13 de febrero de 2020, páginas 14224 a 14226 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica
Referencia:
BOE-A-2020-2149

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Secretaría de Estado de Energía la solicitud presentada por Thermal Cooling Technology, S.L., con domicilio social en Calle Príncipe de Vergara, 33, 28001 - Madrid, para la certificación de un captador/es, fabricado/os por Thermal Cooling Technology, S.L. en su instalación industrial ubicada en Alcalá de Henares, Madrid, España;

Laboratorio emisor Clave
CENER 30.512.0

Habiendo presentado asimismo el interesado certificado en el que la entidad AENOR confirma que Thermal Cooling Technology S.L., cumple los requisitos de calidad exigibles de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas para paneles solares, actualizadas por la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre;

Y que por todo lo anterior se ha hecho constar que el tipo o modelo presentado cumplen todas las especificaciones sobre exigencias técnicas de los paneles solares con arreglo a su última actualización por la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre,

Esta Secretaría de Estado de Energía, de acuerdo con lo establecido en la referida disposición, ha resuelto certificar los citados productos, con las contraseñas de certificación:

Modelo Contraseña
TCT RED R01 NPS - 9119

Y con fecha de caducidad dos años después de la fecha de Resolución.

La identificación, características técnicas, especificaciones generales y datos resumen del informe del ensayo de los modelos o tipos certificados son las que se indican a continuación.

Esta certificación se ajusta a las normas e instrucciones técnicas complementarias para la homologación de los paneles solares, actualizadas por la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre.

Asimismo, el producto deberá cumplir cualquier otro reglamento o disposición que le sea aplicable.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución de conformidad con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

También podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, significando que, en caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 123.2 de la citada ley.

Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30.4 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

1. Modelo con contraseña NPS-9119

Identificación:

Fabricante: Thermal Cooling Technology S.L.

Nombre comercial: TCT RED R01.

Tipo de captador: Calentamiento líquido, sin cubierta.

Año de producción: 2019.

Dimensiones:

Longitud: 2265 mm.

Ancho: 2265 mm.

Alto: 3142 mm.

Área apertura: 4,66 m2.

Área absorbedor 0,005 m2.

Área total 5,13 m2.

Especificaciones Generales:

Peso: 102 Kg.

Presión de funcionamiento máximo: 400 KPa.

Fluido de transferencia de calor: Agua y Glicol.

Resultados del Ensayo:

Caudal: 0,01 Kg/(sm²)

Modificador ángulo incidencia: (Kθ(50º))

Rendimiento (basado en el área total):

    Desviación típica (+/-) Unidades
ɳ0,hem 0 0  
ɳ0,b(estimado) 0,745 0,001  
bu 0 0 s/m
b1 0,578 0,044 W/(m2K)
b2 5274 383 Ws/(m³K)

Producción de potencia por unidad de captador (W):

Tm - Ta = 2K 400 W/m² 700 W/m² 1000 W/m²
u < 1 m/sg 0 1649 3216
u = 1,5±0,5 m/sg 0 1564 3131
u = 1,5±0,5 m/sg 0 1453 3020

Observaciones:

Las temperaturas (Tm - Ta) de la tabla de irradiancias son 10, 30 y 50 K.

Madrid, 23 de septiembre de 2019.–La Directora General de Política Energética y Minas, María Jesús Martín Martínez.

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