La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso 002/000007/2020, interpuesto contra el Acuerdo de 5 de noviembre de 2019, de la Comisión de Selección prevista en el artículo 305 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, por el que se resuelven las impugnaciones formuladas contra el primer ejercicio de las pruebas selectivas convocadas por Acuerdo de 5 de julio de 2019, ha acordado solicitar a la Comisión de Selección la remisión del correspondiente expediente administrativo, habiendo ordenado, a su vez, el emplazamiento de los eventuales interesados en que el acto recurrido conserve su eficacia.
En su virtud, las personas interesadas en el mantenimiento del acto recurrido, que sean titulares de un derecho subjetivo o de un interés legítimo y que aparezcan identificados plenamente en el expediente, podrán personarse en autos como demandados en el plazo de nueve días, desde la publicación de este Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado», conforme a lo dispuesto en los artículos 49 y 50 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 17 de febrero de 2020.–El Presidente de la Comisión de Selección, Javier Huete Nogueras.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid