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Documento BOE-A-2020-438

Resolución de 27 de diciembre de 2019, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Política Forestal, por la que se publica la tercera Adenda al Convenio con la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, SA, para el establecimiento de los criterios generales de actuación de la sociedad en la promoción, contratación y explotación de las obras de modernización y consolidación de regadíos, contempladas en la planificación del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y declaradas de interés general.

Publicado en:
«BOE» núm. 11, de 13 de enero de 2020, páginas 3083 a 3088 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2020-438

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 23 de diciembre de 2019 se ha suscrito la tercera adenda al Convenio entre el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, actual Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, S.A., para el establecimiento de los criterios generales de actuación de la sociedad en la promoción, contratación y explotación de las obras de modernización y consolidación de regadíos, contempladas en la planificación del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y declaradas de interés general.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y una vez que ha sido inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, cuyo texto figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 27 de diciembre de 2019.–La Directora General de Desarrollo Rural, Innovación y Política Forestal, Isabel Bombal Díaz.

ANEXO
Tercera adenda al Convenio entre el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, S.A., para el establecimiento de los criterios generales de actuación de la sociedad en la promoción, contratación y explotación de las obras de modernización y consolidación de regadíos, contempladas en la planificación del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y declaradas de interés general

En Madrid, a 23 de diciembre de 2019.

REUNIDOS

De una parte, don Fernando Miranda Sotillos, Secretario General de Agricultura y Alimentación en virtud del Real Decreto 542/2018, de 18 de junio, por el que se dispone su nombramiento, y actuando conforme a las competencias que le atribuye la Orden APA/21/2019, de 10 de enero, de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Y de otra, don Alejandro Alonso Núñez, mayor de edad, que actúa en nombre y representación de la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, S.A. (SEIASA), con C.I.F. n.º A-82535303 y con domicilio social en Madrid, c/ José Abascal n.º 4, 6.ª Planta, teniendo facultades bastantes para este acto en virtud del Acuerdo del Consejo de Administración adoptado el 27 de julio de 2018 y elevado a escritura pública en la Escritura de Poder otorgada a su favor el 7 de agosto de 2018, ante el notario de Madrid, don Miguel Ruiz Gallardón García de la Rasilla, al n.º 4.677 de su Protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al tomo 32.904, Folio 150, Sección 8, Hoja número M-246121, las cuales asegura no han sido revocadas ni disminuidas.

Ambas partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero.

Que, con fecha 29 de diciembre de 2017, se formalizó un Convenio entre el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, actual Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, S.A. (SEIASA), para el establecimiento de los criterios generales de actuación de la sociedad en relación con la promoción, contratación y explotación de las obras de modernización y consolidación de regadíos, contempladas en la planificación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y declaradas de interés general.

Este convenio sustituyó al suscrito el 3 de diciembre de 2012, a su modificación de 27 de diciembre de 2013 y sus correspondientes adendas, suscritos entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA) y SEIASA, los cuales quedaron extinguidos.

Segundo.

La cláusula tercera del citado convenio de 29 de diciembre de 2017 establece que SEIASA es beneficiaria de ayudas del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), a través de la medida de los Programas de Desarrollo Rural, M04: Inversión en activos físicos, en la submedida de modernización de regadíos. SEIASA es beneficiaria tanto del Programa Nacional de Desarrollo Rural(1) (PNDR), como de los Programas de Desarrollo Rural de las comunidades autónomas de Andalucía, Aragón, Castilla La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Extremadura y Murcia.

(1) Para todo el territorio nacional, siempre que tanto la comunidad de regantes como SEIASA no reciban fondos del PDR regional.

Para poder acceder a los fondos provenientes de los Programas de Desarrollo Rural (PDR) de las comunidades autónomas es necesaria la suscripción de un convenio marco entre el actual MAPA y la Consejería competente de la comunidad autónoma que haya considerado a SEIASA beneficiaria de la medida de regadíos en su Programa de Desarrollo Rural 2014-2020.

En el caso de que tanto SEIASA como la comunidad de regantes no reciban fondos del PDR regional, podrán acceder a los fondos del Programa Nacional de Desarrollo Rural.

Tercero.

En estos momentos, SEIASA es beneficiaria de manera efectiva en el PNDR y en el PDR de Castilla y León, a través de los siguientes convenios:

PNDR: Segunda Adenda al Convenio entre el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, S.A., para el establecimiento de los criterios generales de actuación de la sociedad en la promoción, contratación y explotación de las obras de modernización y consolidación de regadíos, contempladas en la planificación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y declaradas de interés general, tal como se recoge en el exponendo quinto.

PDR de Castilla y León: Convenio Marco entre el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y la Junta de Castilla y León para la realización de las obras de modernización y consolidación de determinados regadíos de la Comunidad Autónoma, firmado el 5 de mayo de 2017.

Cuarto.

Que, con fecha 27 de diciembre de 2018, se formalizó la primera Adenda al convenio correspondiente a la ampliación de capital de 2018 por una cuantía de 18.000.312,53 euros, introduciendo un anexo V.c) en el citado convenio en el que pasan a relacionarse las diez obras programadas con ampliación de capital de 2018. Todas las obras de infraestructuras hidráulicas con destino a riego están declaradas de interés general.

Quinto.

Que con fecha 26 de abril de 2019 se formalizó la segunda adenda al Convenio suscrito el 29 de diciembre de 2017, referido en el exponendo primero.

Sexto.

Que, se estima necesario proceder al encargo de nuevas obras programadas por el MAPA, así como aportar los recursos financieros necesarios para su ejecución por SEIASA.

Séptimo.

Que en la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2018, presupuestos prorrogados para 2019, se contempla una partida presupuestaria de 18.003.320,00 euros, para financiar la ampliación de capital social de la sociedad.

Octavo.

Que, como consecuencia de obras encargadas y no realizadas, SEIASA cuenta con un capital social disponible de 12.292.236,55 euros que, para poder utilizarse, necesitan de una nueva encomienda de obras.

Que, atendiendo a lo expuesto, ambas partes deciden suscribir la presente Adenda al Convenio que las mismas suscribieron con fecha 29 de diciembre de 2017, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

El objeto de la presente adenda es el encargo a SEIASA de nuevas obras programadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) para su ejecución, tanto con el capital disponible que posee la sociedad como con la autorización de una nueva ampliación de capital que permita la ejecución de las citadas nuevas obras.

Segunda. Obra a ejecutar.

Se modifican los anexos establecidos en el Convenio suscrito el 29 de diciembre de 2017, entre el MAPAMA y SEIASA, en el sentido siguiente:

1. Se modifican el anexo IV apartado b) y el anexo V apartados a), b) y c) eliminando las siguientes obras que aparecían en los citados anexos:

Actuación Presupuesto (Euros) Aportación SEIASA (euros) Declaración de interés general Motivos de su eliminación
Comunidad de Regantes (CR) La Horca-Agramón (Castilla La Mancha). 235.000,00 117.500,00 Ley 14/2000, de 29 de diciembre. El convenio regulador para la financiación, construcción y explotación de las obras de modernización de estos regadíos, firmado el 25 de mayo de 2016, ha sido rescindido por voluntad de la CR en el Consejo de administración de la sociedad celebrado el 28 de septiembre de 2018.
Acequia de Carcaixent, Fase I (Valencia). 7.055.000,00 3.527.500,00 Ley 24/2001, de 27 de diciembre. El 28 de septiembre de 2018 el Consejo de Administración de SEIASA acordó la resolución del Convenio Regulador para la financiación, construcción y explotación de esta obra, por concurrir causas objetivas.
Sector I, tramo III. Canal M.I. Najerilla. Acequia de S. Asensio (La Rioja), Fase II (sectores 1 y 2). 3.700.000,00 1.850.000,00 Ley 53/2002, de 30 de diciembre. Mediante escrito de 4 de noviembre de 2018, la CR comunica la renuncia a la ejecución de la actuación, por acuerdo de su asamblea.
CR Albatera (Alicante). 8.594.473,10 4.297.236,55 Real Decreto-ley (RDL) 10/2005, de 20 de junio. En escrito de 10 de mayo de 2018, la CR Albatera comunica la renuncia a la ejecución de la actuación en su Comunidad por SEIASA, por no ser aprobada por la Asamblea Extraordinaria de la Comunidad.
«Canal de Aragón y Cataluña. Variante Acequia de la Mola (Huesca).–Tubería Mejora Energética. 5.000.000,00 2.500.000,00 RDL 14/2009, de 4 de diciembre. SEIASA ha recibido con fecha 17 de abril de 2019 certificado de acuerdo alcanzado por la Junta de Gobierno de la Comunidad General de Regantes Canal de Aragón y Cataluña en el que se renuncia a que dicha actuación se lleve a cabo por SEIASA.
   Total. 24.584.473,10 12.292.236,55    

2. Se añade un nuevo anexo V. d), con las nuevas actuaciones programadas para su ejecución por la sociedad con la ampliación de capital prevista en los PGE 2018, prorrogados a 2019, incrementada la cuantía en los 12.292.236,55 euros procedentes de obras encomendadas y no ejecutadas por la sociedad.

Anexo V.d). Obras programadas con el importe disponible en los PGE 2018, prorrogados a 2019 y con el capital social disponible de la sociedad:

Actuación Presupuesto (€) Capital social SEIASA (€) CC.RR. (€) Fondos FEADER (€) DIG
Colectividad Cuevas del Campo. Fase I (Granada). 9.000.000,00 4.500.000,00 4.500.000,00   Artículo 111 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre. Modernización de regadíos de la Comunidad de Regantes «Pozo Alcón, Hinojares y Cuevas del Campo», TT.MM. Pozo Alcón e Hinojares (Jaén) y Cuevas del Campo (Granada). Esta primera Fase I se realizará sobre la Colectividad de Cuevas del Campo. Colectividad perteneciente a la CR «Pozo Alcón, Hinojares y Cuevas del Campo». Anteriormente a la Sociedad se le han encomendado obras para la Colectividad de Pozo Alcón.
CR Canal Alto de Villares (León). 15.050.000,00 5.457.130,00 4.880.715,00 4.712.155,00 Artículo 78 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre. Actuaciones en mejora de cauces en tierra y acequias en mal estado para la Comunidad de Regantes del Canal Alto de Villares en Villagarcía de la Vega (León). Sustitución de la obra de toma en el Canal Alto de Villares y renovación de acequias para el Sindicato Central del Embalse de Villameca (León).
CR Pisuerga Sector G. Fase II (Palencia). 10.700.000,00 3.879.820,00 3.470.010,00 3.350.170,00 Artículo 75 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre. Obras de modernización y consolidación de regadíos de las comunidades de regantes siguientes: Canal del Pisuerga (Palencia-Burgos). Esta actuación completa el Sector G. El Sector G, Fase II, se prevé comprenda los términos municipales de Santoyo, Boadilla del Camino y Frómista en la provincia de Palencia.
CR Molinar del Flumen Fase IV (Huesca). 2.700.000,00 1.350.000,00 1.350.000,00  

Artículo 116 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre. Modernización de las infraestructuras hidráulicas de la Comunidad de Regantes de Barbués, en Barbués (Huesca). Modernización de las infraestructuras de regadío en la Comunidad de Regantes de Sangarrén, en Sangarrén (Huesca).

Artículo 111 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre (1). Modernización de las infraestructuras de la Comunidad de Regantes de Torres de Barbués, T.M. Torres de Barbués (Huesca).

CR Grañén-Flumen y Almuniente Fase I (Huesca). 13.000.000,00 6.500.000,00 6.500.000,00  

Artículo 116 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (Grañén-Flumen). Mejora de regadío de la Comunidad de Regantes Grañén-Flumen, de Grañén (Huesca).

Anexo III del RDL 14/2009 de 4 de diciembre (Almuniente) (2). Obras urgentes de mejora de regadíos, con objeto de obtener un adecuado ahorro de agua que palíe los daños producidos por la sequía. Comunidad de Regantes de base Riegos del Alto Aragón.

CR El Puntal. Obras Protección Escorrentía Embalse Sauvella (Huesca). 125.000,00 62.500,00 62.500,00   Artículo 7 del RDL 10/2005, de 20 de junio. Depósito de regulación «Sauvella», en la Comunidad de Regantes «El Puntal», en el T.M. de Tamarite de Litera (Huesca). Esta actuación se corresponde con obras de reparación sobre las anteriormente encomendadas dentro del Anexo II de la Primera Modificación al Convenio de 27 de diciembre de 2013 denominada «Embalse de Regulación «Sauvella» en el t.m. de Tamarite de Litera (Huesca) (C.R. El Puntal).

CR de Bélgida.

Fase II (Valencia).

600.000,00 300.000,00 300.000,00   Artículo 7 del RDL10/2005, de 20 de junio. Modernización de regadíos de la Comunidad de Regantes de Bélgida, T.M. de Bélgida (Valencia). Actuación que se corresponde con una segunda Fase (Fase II) y que complementa la actuación ya ejecutada previa a la primera modificación del convenio 2012 y denominada en su día CR Bélgida (V).
CR Presa de la Tierra (León). 9.025.000,00 3.272.465,00 2.926.807,50 2.825.727,50 Artículo 78 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre. Mejora de red de riego de la Comunidad de Regantes Presa de la Tierra en Vecilla de la Vega (León).
CR Canal de San José. Sector I (Zamora). 7.600.000,00 2.755.760,00 2.464.680,00 2.379.560,00 Artículo 111 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre. Consolidación y mejora del regadío de la Comunidad de Regantes Canal de San José (Zamora).
CR Canal de Velilla (León). 6.108.312,40 2.214.874,08 1.980.925,71 1.912.512,61 Artículo 78 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre. Mejora de la red de riego de la Comunidad de Regantes del Canal de Velilla (León). 
   Total. 73.908.312,40 30.292.549,08 28.435.638,21 15.180.125,11  

(1) El 4 de marzo de 2010, por Resolución de la Confederación Hidrográfica del Ebro, se creó la CR Molinar del Flumen, que resulta de la fusión de tres CCRR que fueron extinguidas en esa misma Resolución: la CR de «Torres del Barbués», la CR de «Barbués» y la CR del «Canal del Flumen de Sangarrén». Esta situación hace que se mencionen dos normas para dar cabida a las tres CCRR que hoy conforman la CR de Molinar del Flumen.

(2) La «Mejora de regadío de la CR Grañén-Flumen, de Grañén (Huesca)» se encuentra recogida en la Ley 24/2001 de 27 de diciembre. Por otro lado, el RDL 14/2009 de 4 de diciembre recoge las actuaciones en las CCRR de base de Riegos del Alto Aragón, en las que Almuniente se encuentra incluida.

3. La financiación a la sociedad en ningún caso superará, en el conjunto de las obras, la cantidad máxima de 18.000.312,53 euros.

La ampliación de capital supone la suscripción de 2.995 acciones de la sociedad, por un importe de 18.000.312,53 euros.

Tercera. Transferencia de fondos.

Para ejecutar las obras anteriores, se transferirá a SEIASA, en el ejercicio de 2019, la cantidad máxima de 18.000.312,53 euros, que corresponden al valor nominal de un número exacto de acciones, con cargo a la aplicación presupuestaria 21.08.414A.851 de los PGE de 2018 prorrogados a 2019, para financiar la ampliación de capital de dicha sociedad.

Cuarta. Publicación y eficacia.

La presente Adenda comenzará a producir efectos desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE), tras su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO).

Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de lo convenido, ambas partes suscriben la presente Adenda, en triplicado ejemplar y en todas sus hojas, en el lugar y fecha al inicio indicados.–El Secretario General de Agricultura y Alimentación, Fernando Miranda Sotillos.–El Presidente Ejecutivo, Alejandro Alonso Núñez.

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