El artículo 7 del Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado, dispone que «La Conferencia General de Política Universitaria, en función de las fechas fijadas para la realización de la evaluación final de Bachillerato, fijará los plazos mínimos de preinscripción y matriculación en las universidades públicas para permitir a los estudiantes concurrir a la oferta de todas las universidades».
En virtud de lo anterior, la Conferencia General de Política Universitaria, a través de su Comisión Delegada en la sesión del día 31 de marzo de 2020, ha acordado las siguientes fechas límite de preinscripción, de publicación de las listas de admisión y de inicio del período de matriculación en las universidades públicas para el curso 2020-2021:
– Período para la preinscripción: deberá estar abierto, como mínimo, hasta el 21 de julio de 2020, inclusive.
Por lo que se refiere a los estudiantes que accedan a la universidad por la vía prevista en el artículo 9.1.b) y 9.2.b) y c) del citado Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, dicho período deberá estar abierto hasta el 24 de julio de 2020, inclusive. No obstante, las solicitudes presentadas entre el 24 y el 31 de julio de 2020 por los estudiantes pertenecientes a estos colectivos serán tenidas en cuenta, respetándose los derechos de admisión de dichos estudiantes.
– Fecha para la publicación de la lista de admitidos: hasta el 31 de julio de 2020.
– Período de matriculación: deberá estar abierto desde la fecha de publicación de las listas de admitidos.
Madrid, 31 de marzo de 2020.–El Secretario General de Universidades, José Manuel Pingarrón Carrazón.
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