Advertida errata en la inserción de la Resolución de 9 de junio de 2020, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen los criterios que deberán seguir las empresas titulares de instalaciones de transporte de energía eléctrica para elaborar el informe de auditoría externa para todas las instalaciones puestas en servicio en el año 2019, y para aquellas cuya capacidad hubiera sido ampliada durante dicho año, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 165, de fecha 12 de junio de 2020, páginas de 39907 a la 39943, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En la página 39911, donde dice: «1539911 %»; debe decir: «15 %».
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