Contido non dispoñible en galego
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y en uso de las atribuciones conferidas a esta Subsecretaría por el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se efectúa convocatoria para proveer puestos de trabajo de libre designación, con arreglo a las siguientes bases:
Los puestos de trabajo ofertados podrán ser solicitados por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño de los mismos.
Las instancias para tomar parte en esta convocatoria se ajustarán al modelo que se publica como anexo II a esta Resolución, debiendo presentarse dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro General de este Ministerio (paseo de la Castellana, 67, Nuevos Ministerios, 28071 Madrid), o en las oficinas a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A cada instancia se acompañará el curriculum vitae, en el que figuren títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos realizados, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno.
De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Administración Pública lleva a cabo una política de igualdad de trato entre hombres y mujeres, por lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación profesional y a las condiciones de trabajo.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes (artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas) o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente en el plazo de dos meses [artículos 10.1.i), 14.1.segunda y 46.1, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa].
Madrid, 25 de junio de 2020.–El Subsecretario de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Jesús Manuel Gómez García.
N.º orden |
Denominación del puesto |
N.º plaza |
Localidad |
Niv. CD |
Complemento especifico – Euros |
Adscripción |
Experiencia y conocimientos |
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Gr./Sb. |
ADM |
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SECRETARÍA DE ESTADO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Secretaría General de Transporte y Movilidad Dirección General de la Marina Mercante Servicios Periféricos Capitanía Marítima de Alicante |
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1 |
Capitán Marítimo/Capitana Marítima (2193477). |
1 |
Alicante. |
28 |
15.787,38 |
A1 |
A3 |
– Experiencia en el desempeño de puestos de trabajo de jefatura iguales o equivalentes, especialmente en el ámbito de la Administración Marítima. – Experiencia en el desempeño de puestos de trabajo en el área de inspección y seguridad marítima. – Formación de Ingeniero Naval (Grado y Máster) o Licenciado de Marina Civil o asimilados. – Formación de cursos recibidos e impartidos en el Sector Marítimo, publicaciones, etc. relacionados con la actividad de la Administración Marítima. – Capacidad de liderazgo y de coordinación y gestión de áreas funcionales. – Experiencia en gestión y dirección de equipos |
Capitanía Marítima de Huelva |
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2 |
Capitán Marítimo/Capitana Marítima (1354361). |
1 |
Huelva. |
28 |
15.787,38 |
A1 |
A3 |
– Experiencia en el desempeño de puestos de trabajo de Jefatura iguales o equivalentes, especialmente en el ámbito de la Administración Marítima. – Experiencia en el desempeño de puestos de trabajo en el área de inspección y seguridad marítima. – Formación de Ingeniero Naval (Grado y Máster) o Licenciado de Marina Civil o asimilados. – Formación de cursos recibidos e impartidos en el Sector Marítimo, publicaciones, etc. relacionados con la actividad de la Administración Marítima. – Capacidad de liderazgo y de coordinación y gestión de áreas funcionales. – Experiencia en gestión y dirección de equipos |
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