La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 9 de enero de 2020 acordó:
Corregir el Acuerdo de la Comisión Permanente de fecha 17 de octubre de 2019 (n.º 23 anexo 2), publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 268, de 7 de noviembre de 2019, relativo a la especialización en el conocimiento de asuntos de naturaleza mercantil y derecho de marca de la Unión Europea, dibujos y modelos comunitarios, de la Sección 8.ª de la Audiencia Provincial de Alicante, en el siguiente sentido:
Donde se dispone:
«1. Atribuir y especializar al amparo de lo dispuesto en los artículos 80.3, y 82.2 apartados 2 y 3, y 98 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, con carácter exclusivo a la Sección 8.ª de la Audiencia Provincial de Alicante, en el conocimiento, en segunda instancia, de los recursos establecidos en la ley contra:
…
III) Las resoluciones dictadas por los juzgados de lo mercantil de Alicante cuando actúen como juzgados de marcas de la Unión Europea y dibujos y modelos comunitarios, en recursos a los que se refiere el artículo 101 del Reglamento n.° 40/94, del Consejo de la Unión Europea, de 20 de diciembre de 1993, sobre la marca comunitaria, y el Reglamento 6/2002, del Consejo de la Unión Europea, de 12 de diciembre de 2001, sobre los dibujos y modelos comunitarios. En el ejercicio de esta competencia extenderán su jurisdicción a todo el territorio nacional, y a estos solos efectos se denominarán tribunales de Marca Comunitaria».
Debe disponerse lo siguiente:
«1. Atribuir y especializar al amparo de lo dispuesto en los artículos 80.3, y 82.2 apartados 2 y 3, y 98 de la LOPJ, con carácter único y exclusivo a la Sección 8.ª de la Audiencia Provincial de Alicante, en el conocimiento, en segunda instancia, de los recursos establecidos en la ley contra:
…
III) Las resoluciones dictadas por los juzgados de lo mercantil de Alicante cuando actúen como juzgados de marcas de la Unión Europea y dibujos y modelos comunitarios, en recursos a los que se refiere el artículo 133 del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento de Europeo y del Consejo de 14 de junio de 2017 sobre la marca de la Unión Europea, y el Reglamento 6/2002, del Consejo de la Unión Europea, de 12 de diciembre de 2001, sobre los dibujos y modelos comunitarios. En el ejercicio de esta competencia extenderán su jurisdicción a todo el territorio nacional, y a estos solos efectos se denominarán tribunales de Marca de la Unión Europea».
Madrid, 9 de enero de 2020.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.
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