La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal y la Universidad de Alcalá han suscrito, con fecha 29 de julio, el anexo I al Convenio de colaboración de 25 de junio de 2020 por el que se articula la concesión de ayudas, en el marco del procedimiento de concurrencia competitiva, convocado por Resolución de 13 de febrero de 2020, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (BOE de 19 de febrero de 2020), por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.
Madrid, 29 de julio de 2020.–La Presidenta de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, Cristina Herrero Sánchez.
REUNIDOS
De una parte, doña Cristina Herrero Sánchez, Presidenta de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), nombrada Presidenta mediante Real Decreto del Consejo de Ministros de 3 de marzo (BOE de 4 de marzo de 2020) y en virtud de las atribuciones que tiene conferidas de acuerdo con el artículo 25 de la Ley Orgánica 6/2013, de 14 de noviembre, de creación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal y también en el artículo 25 del Real Decreto 215/2014, de 28 de marzo, por el que se aprueba su Estatuto Orgánico.
Y de otra parte, don F. Javier de la Mata de la Mata en nombre y representación de la Universidad de Alcalá (en adelante, UAH), en su calidad de Vicerrector de Investigación y Transferencia, en virtud de Resolución del Rector de la Universidad de Alcalá, de 18 de marzo de 2014, y competencias delegadas por Resolución del Rector de la Universidad de Alcalá, de 9 de septiembre de 2015, BOCM n.º 219, de 15 de septiembre de 2015.
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente anexo I, y a tal efecto.
MANIFIESTAN
De acuerdo con lo establecido por la Resolución de 20 de enero de 2020, de la Presidencia de la AIReF (BOE de 27 de enero de 2020), por la que se aprueban las bases para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a universidades y otros centros académicos para el fomento de la formación y la investigación en el ámbito del análisis económico y presupuestario para la estabilidad y sostenibilidad fiscal y lo acordado a través del Convenio de Colaboración de 25 de junio de 2020 (BOE de 9 de julio), y vista la selección definitiva de alumnos en prácticas en la AIReF realizada por la Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio de Colaboración, según consta en el acta de su reunión de fecha 27 de julio de 2020.
ACUERDAN
La AIReF incorporará a los siguientes alumnos en prácticas:
Nombre | Programa | Importe mensual | Fecha inicio | Finalización | Proyecto formativo |
---|---|---|---|---|---|
David Atance del Olmo. | Investigación. | 1.500 € | 1/09/2020 | 30/08/2021 | Modelos de Previsión para las Administraciones Públicas. |
Dmitry Petrov Dóbriko. | Investigación. | 1.500 € | 1/09/2020 | 30/08/2021 | Evaluación de Políticas Públicas. |
Ángel Martínez Jorge. | Investigación. | 1.500 € | 1/09/2020 | 30/08/2021 | Evaluación de Políticas Públicas. |
Dichos alumnos desarrollarán su actividad formativa en las condiciones establecidas por la Resolución de 20 de enero de 2020 y por el Convenio de Colaboración antes citados.
La Universidad de Alcalá informará de manera expresa a los alumnos de los derechos y deberes que, como alumnos en prácticas en la AIReF, les corresponden y que aparecen detallados en las cláusulas novena y décima del Convenio de colaboración suscrito.
La Universidad de Alcalá recibirá la cantidad de 49.800 euros, que destinará al abono mensual de la beca a los alumnos seleccionados, conforme a lo establecido en la Base 6 de la Resolución de 20 de enero de 2020 y en la cláusula decimocuarta del Convenio de colaboración, de acuerdo con el siguiente sistema de pago:
39.840 euros a la entrada en vigor del presente Anexo. Esta cantidad se corresponde con el 80 % de la ayuda establecida para los alumnos seleccionados.
9.960 euros correspondientes al 20% restante, una vez concluido el Convenio de Colaboración, en el momento de la liquidación, previa justificación de la aplicación de los fondos públicos recibidos, de conformidad con lo previsto en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la cláusula Decimocuarta del Convenio de Colaboración suscrito.
La fecha de este anexo será la correspondiente a la última de las firmas de los representantes de las partes.–Por la Universidad de Alcalá, F. Javier de la Mata de la Mata.–Por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, Cristina Herrero Sánchez.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid