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De conformidad con lo establecido en el artículo 136.4 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria (modificado por la disposición final decimocuarta, apartado 8, de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado), por el que se establece que las entidades que deban aplicar principios contables públicos, así como las restantes que no tengan obligación de publicar sus cuentas en el Registro Mercantil, cuando formulen cuentas consolidadas, publicarán anualmente en el «Boletín Oficial del Estado» el balance de situación consolidado y la cuenta del resultado económico-patrimonial o cuenta de pérdidas y ganancias consolidada, un resumen de los restantes estados que conforman las cuentas anuales consolidadas y el informe de auditoría de cuentas consolidado, se hace pública la información contenida en el resumen de las Cuentas Anuales Consolidadas de la Autoridad Portuaria de Gijón y Sociedades Dependientes y Asociadas y el Informe de Auditoría de Cuentas Consolidadas correspondientes al ejercicio 2019, que figuran como anexo a esta Resolución.
La información antes mencionada también estará disponible en la página web de la Autoridad Portuaria de Gijón https://www.puertogijon.es.
Gijón, 22 de julio de 2020.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Gijón, Laureano Lourido Artime.
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