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Documento BOE-A-2021-11968

Resolución de 12 de julio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 2 de marzo de 2021, en el Departamento y en el Real Patronato sobre Discapacidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 171, de 19 de julio de 2021, páginas 85607 a 85616 (10 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2021-11968

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 2 de marzo de 2021 («Boletín Oficial del Estado» del día 4 de marzo de 2021), se anunció convocatoria pública para cubrir, por el sistema de concurso específico, la provisión de puestos de trabajo vacantes en este departamento y en el Real Patronato sobre Discapacidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

Habiéndose dado cumplimiento a las normas reglamentarias y a las bases de la convocatoria, finalizado el plazo de presentación de instancias, valorados los méritos alegados por los concursantes y previa actuación de la Comisión de Valoración, a la que hace referencia la base séptima de la citada resolución.

Esta Subsecretaría, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 63.1 n) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, resuelve:

Primero.

Aprobar la propuesta elevada por la Comisión de Valoración y resolver el concurso, adjudicando los puestos de trabajo a los/as funcionarios/as en los términos que se recogen en los anexos I y II de esta resolución.

Segundo.

Declarar desiertos los puestos que se especifican en los anexos I y II de la resolución, motivados por no haberse alcanzado la puntuación mínima exigida o por no existir solicitantes en determinados puestos convocados.

Tercero.

El plazo de la toma de posesión de los destinos adjudicados se realizará conforme a lo establecido en el artículo 48 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Cuarto.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el órgano que dictó la resolución, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante las Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 12 de julio de 2021.–El Subsecretario de Derechos Sociales y Agenda 2030, Joseba Miren García Celada.

ANEXO I

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ANEXO II

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