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Documento BOE-A-2021-12052

Resolución de 7 de julio de 2021, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Sociedad Española de Inmunología, para la organización del seminario "Escuela de Inmunología en tiempos de pandemia".

Publicado en:
«BOE» núm. 171, de 19 de julio de 2021, páginas 86550 a 86558 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Universidades
Referencia:
BOE-A-2021-12052

TEXTO ORIGINAL

La Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. y la Sociedad Española de Inmunología han suscrito, con fecha 6 de julio de 2021, un Convenio para la organización de un seminario titulado «Escuela de Inmunología en tiempos de pandemia», que se celebrará dentro de la Programación Académica de la UIMP en Santander durante 2021, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 7 de julio de 2021.–La Rectora de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., P.D. (Resolución de 24 de abril de 2019), el Gerente, P.S. (Real Decreto 331/2002, de 5 de abril), el Vicegerente, Jesús Güemes Mutilba.

ANEXO
Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. y la Sociedad Española de Inmunología para la organización de un seminario titulado «Escuela de Inmunología en tiempos de pandemia»

REUNIDOS

De una parte, doña María Luz Morán Calvo-Sotelo, actuando en nombre y representación de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. (en adelante, UIMP) (organismo con NIF Q-2818022-B y domicilio social en calle Isaac Peral, número 23, 28040 Madrid), en su condición de Rectora Magnífica de la misma, cargo para el que fue nombrada por Real Decreto 1457/2018, de 14 de diciembre, y en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 12.4 del Estatuto de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, aprobado por el Real Decreto 331/2002, de 5 de abril.

Y de otra, don Marcos López Hoyos, actuando en nombre y representación de la Sociedad Española de Inmunología (en adelante SEI) (entidad con NIF: G78673357 y domicilio social en calle Ausias March, 24, 1.º, 2.ª; 08010 Barcelona), en su condición de Presidente, cargo para el que fue nombrado en 2020 y en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 11 de los Estatutos de la Sociedad.

Los presentes declaran que las facultades y poderes con los que actúan se encuentran vigentes y que no les han sido limitados, suspendidos o revocados, y que, en su virtud, tienen plena capacidad para obligarse en los términos de este documento; capacidad que mutuamente se reconocen.

EXPONEN

I. Que la UIMP es un organismo autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propios dependiente del Ministerio de Universidades, según establece el Real Decreto 431/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla su estructura orgánica básica, definido, de acuerdo con lo que establece su estatuto, como centro universitario de alta cultura, investigación y especialización en el que convergen actividades de distintos grados y especialidades universitarias y que tiene como misión promover y difundir la cultura y la ciencia, así como fomentar relaciones de intercambio e información científica y cultural de interés internacional e interregional, cooperando cuando ello sea conveniente con otras universidades o instituciones españolas o extranjeras. El artículo 5 del Estatuto de la UIMP, ya citado, establece que son funciones de la UIMP las de generación y transmisión del conocimiento en todos sus campos.

II. Que la SEI es una asociación reconocida jurídicamente sin ánimo de lucro y que tiene como fines principales promover el desarrollo y avance de la inmunología como ciencia de la vida y la salud; promover y facilitar el contacto de sus asociados entre sí, y de éstos con científicos de otras disciplinas o entidades relacionadas, y con el público en general, de modo que cualquier persona pueda recibir la información adecuada y necesaria para poder beneficiarse de los avances que se vayan generando en la disciplina; contribuir a la divulgación social de la inmunología como ciencia, y, en su caso, a la formación y perfeccionamiento profesional de aquellas personas interesadas en la inmunología; y defender los intereses científicos de sus asociados.

III. Que ambas instituciones, dentro de los fines que les son propios, coinciden en su interés por organizar un seminario sobre la inmunología en tiempos de pandemia. El tema se considera de la máxima actualidad y de incuestionable relevancia social y académica.

Conscientes de los beneficios de la colaboración mutua y de la suma de esfuerzos y recursos en una iniciativa conjunta, ambas entidades acuerdan suscribir el presente Convenio con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El objeto de este Convenio es establecer la colaboración entre la UIMP y la SEI para la organización conjunta del seminario «Escuela de Inmunología en tiempos de pandemia», que se celebrará en 2021 en Santander, en el marco de la programación académica de la UIMP.

Ambas instituciones colaborarán en el orden académico, técnico, económico y logístico para llevar a cabo el diseño, organización, divulgación y desarrollo del seminario, según las especificaciones de este Convenio y con el objetivo común de garantizar los niveles adecuados de excelencia académica, prestigio profesional y solvencia organizativa.

Segunda. Actuaciones de cada una de las partes. Colaboración en los aspectos académicos.

I. Siempre dentro de las normas sobre estructura y organización de cursos vigentes en la UIMP y de las pautas sobre contenidos marcadas por ambas partes, y según se recoge en la descripción y objetivos del seminario que se adjunta como anexo I, la dirección académica se encargará de elaborar el programa del seminario y propondrá los profesores participantes.

El programa definitivo deberá contar con el visto bueno de ambas partes y ser aprobado por el órgano competente de la UIMP. Las variaciones que posteriormente sea imprescindible efectuar en cuanto a ponentes o conferencias, por causa de imprevistos o por motivos de otra índole, deberán ser aprobadas por ambas instituciones a través de sus responsables de seguimiento del Convenio.

II. La UIMP avalará académicamente este seminario emitiendo los correspondientes diplomas a los participantes que cumplan los requisitos mínimos de asistencia y aprovechamiento establecidos en su normativa interna, así como las certificaciones académicas que se soliciten. Con tal fin la UIMP se responsabilizará del control de asistencia de los alumnos.

Será competencia también de la UIMP toda la normativa relativa a criterios de admisión o cualquier otro asunto relativo al alumnado.

III. La modalidad de impartición del seminario será la que se recoge en el anexo I.

Tercera. Actuaciones de cada una de las partes. Colaboración en la organización y gestión.

Para la ejecución de este Convenio las partes firmantes asumen los siguientes compromisos de gestión:

a) La UIMP, haciendo uso de su experiencia en la organización de este tipo de actividades docentes, se encargará, siempre dentro de lo que establezca su normativa sobre tarifas, procedimientos y demás legislación que le sea aplicable como organismo público, de:

– En relación con el director, el secretario y los conferenciantes:

• Honorarios.

• Alojamiento y manutención.

• Gastos de viaje y transfers.

– Publicidad de la celebración del seminario dentro del plan general de publicidad de la UIMP.

– Servicio de traducción simultánea en los casos en que sea necesario.

– Diseño y maquetación del programa y del resto del material promocional (programas generales, web).

– Servicio de Secretaría de Alumnos.

• Información y matriculación de alumnos.

• Expedición de diplomas y certificaciones.

– Organización, en su caso, de actos de inauguración y/o clausura y otros actos protocolarios.

– Recopilación de la documentación del seminario. Inclusión del curso en la memoria anual de la UIMP.

– Servicio de gabinete de prensa.

– Grabación en vídeo de las sesiones y retransmisión en streaming en el caso de que dichos servicios sean necesarios de acuerdo con la modalidad de impartición del seminario recogida en el anexo I.

– Infraestructura general y medios técnicos necesarios para la organización y realización del seminario (locales, megafonía, equipos audiovisuales, de traducción y otros, servicios de limpieza, mantenimiento y vigilancia, personal).

b) La SEI, por su parte, se encargará de las siguientes gestiones, de acuerdo a sus procedimientos y normativa:

– Podrá apoyar si lo desea a la UIMP en la campaña de promoción del seminario, a través de su propia web, con anuncios complementarios en prensa, mediante la difusión directa del programa entre el público específico o llevando a cabo cuantas otras acciones estimen convenientes, respetando en la medida de lo posible el diseño de la campaña publicitaria de la UIMP.

– Podrá apoyar si lo desea, a través de su propio gabinete de prensa y comunicación, la labor realizada por la UIMP con los medios de comunicación, siempre con la necesaria coordinación y apoyo mutuo.

Cuarta. Compromisos económicos de las partes. Colaboración en la financiación.

I. De acuerdo con la vigente normativa y tarifas aprobadas por la UIMP respecto a la organización y financiación de sus actividades de formación, la SEI se compromete a contribuir a la financiación de los gastos derivados de la organización y celebración del seminario objeto de este Convenio realizando una aportación a la UIMP de veintitrés mil euros (23.000 euros).

Esta aportación se abonará mediante transferencia a la cuenta número ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta a nombre de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo en el Banco de España, Agencia de Madrid, previa factura emitida por la UIMP, una vez celebrado el seminario de conformidad con lo previsto en este Convenio y, en todo caso, en el plazo máximo de dos meses desde la finalización del seminario.

II. La UIMP se compromete a asumir directamente, con cargo a su presupuesto ordinario, la financiación de aquellos gastos que no se cubran con la financiación de la SEI. Esta financiación no implica un traspaso de fondos a la SEI sino que se materializará mediante dos vías:

– Aplicación de los ingresos que se obtengan en concepto de matrícula por la asistencia al seminario. La UIMP aprobará el precio de matrícula y tasas para asistir al seminario y fijará las condiciones de admisión y matrícula en el mismo. Los ingresos por la tasa de gastos de secretaría deben ser aplicados al pago de los servicios de secretaría y diploma de cada alumno y no repercuten en la financiación de los gastos del seminario.

– Aportación directa de personal así como de otros servicios con cargo al concepto presupuestario 33.101.322C.226.06 de su presupuesto ordinario vigente, en el que existe crédito adecuado y suficiente, y para lo cual la UIMP tramita y aprueba los correspondientes expedientes de gasto con carácter general para el conjunto de cursos, según los procedimientos legalmente establecidos.

III. La SEI podrá recabar la financiación de otras entidades públicas o privadas para cubrir su compromiso económico en relación con este Convenio, informando de ello previamente a la UIMP para su conformidad. Estas entidades en ningún caso participarán en la organización del seminario ni en la ejecución del presente Convenio, sino que simplemente aportarán fondos en calidad de entidades colaboradoras o patrocinadoras, mediante la suscripción de los correspondientes Convenios, contratos de patrocinio, o acuerdos con la SEI, que será la entidad que, asimismo, reciba la financiación. Los acuerdos a los que la SEI llegue con dichas entidades sobre su financiación y contraprestaciones no podrán suponer modificación alguna a lo pactado entre la SEI y la UIMP en este documento.

Quinta. Publicidad y difusión.

I. En cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión del seminario se destacará la colaboración de la SEI con la UIMP, respetando en todo caso las directrices de imagen externa que ambas instituciones faciliten con este fin.

II. En el caso de que alguna de las partes tuviese interés en realizar publicaciones o producciones audiovisuales sobre el contenido y material del seminario deberá previamente comunicarlo por escrito a la contraparte, sin perjuicio de los demás permisos que legalmente fueran precisos (derechos de autor, integridad de la obra, etc.).

En estas publicaciones o producciones audiovisuales deberá figurar el título del seminario, fecha y lugar en el que se impartió, así como la colaboración de las partes firmantes en su organización, debiendo supervisar necesariamente cada una de ellas estos aspectos. La edición se llevará a cabo sin coste alguno para la otra parte, salvo que se acuerde otra cosa mediante el correspondiente Convenio. La parte editora enviará a la otra un mínimo de cinco ejemplares para sus bibliotecas y archivos.

Sexta. Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control.

Para velar por la adecuada ejecución de las cláusulas recogidas en el presente Convenio se constituye una comisión de seguimiento que estará compuesta por dos miembros:

– En representación de la UIMP, la persona titular del Vicerrectorado de Difusión e Intercambio Científico (o, en caso de cambio de organigrama, la persona titular del Vicerrectorado que tenga la competencia sobre la programación de cursos de formación permanente).

– En representación de la SEI, la persona titular de la secretaría.

La Comisión de seguimiento, que será el órgano responsable del control y seguimiento del Convenio, adoptará sus acuerdos por unanimidad de las dos personas que lo componen, y tendrá las siguientes funciones:

– Proponer actuaciones concretas de seguimiento, vigilancia y control en ejecución de lo dispuesto en el presente Convenio.

– Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que se deriven del presente Convenio, así como proponer mejoras del mismo, que deberán ser acordadas por las dos partes que lo suscriben mediante adenda modificativa al Convenio tramitada de acuerdo con lo regulado en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La Comisión de seguimiento se reunirá cuando lo solicite alguna de las partes.

Séptima. Protección de datos de carácter personal.

Ambas partes se comprometen a tratar los datos de carácter personal que se recogen en este Convenio, o aquellos a los que las partes puedan tener acceso en desarrollo del mismo, así como los que se recojan de los alumnos y profesores relacionados con el seminario objeto de este Convenio, conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales (RGPD) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, o en cualquier otra legislación que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente Convenio.

Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la vigencia del presente Convenio y una vez terminado este.

Octava. Modificación del Convenio.

La modificación del contenido del Convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes y se recogerá expresamente mediante la firma de la correspondiente adenda que será tramitada conforme al artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Una vez firmada, la modificación será efectiva desde que se realice la inscripción de la adenda en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. La adenda deberá ser publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Novena. Vigencia.

El presente Convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», según se establece en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Finalizará una vez cumplidos por ambas partes los compromisos adquiridos y, en todo caso, el 31 de diciembre de 2021.

Décima. Extinción y causas de resolución.

I. El Convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

II. Son causas de resolución:

a) El transcurso del plazo de vigencia del Convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo unánime de los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

d) Por decisión judicial declaratoria de nulidad del Convenio.

e) Por la imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin del mismo por la extinción de la personalidad jurídica de alguna de las partes o por disposiciones del gobierno o de las comunidades autónomas de restricción de la movilidad, o de cualquier otro tipo, derivadas de la gestión de situaciones de pandemia o emergencia sanitaria.

f) Por cualquier otra causa prevista en la legislación vigente.

III. Las partes vendrán obligadas a comunicarse por escrito la acreditación de la concurrencia de la causa invocada.

IV. En el caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por alguna de las partes, la parte que detectara dicho incumplimiento podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que en el plazo de quince días naturales cumpla con las obligaciones o compromisos incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la Comisión de Seguimiento del Convenio. Si transcurrido dicho plazo persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la incumplidora la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio, con eficacia desde la comunicación de dicha resolución al Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.

V. En caso de extinción del Convenio, tanto por cumplimiento como por resolución, se procederá a la liquidación de los compromisos financieros de conformidad con lo recogido en la cláusula cuarta y lo establecido en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Undécima. Naturaleza jurídica y régimen de resolución de conflictos.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las partes se comprometen a intentar resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo, interpretación o cumplimiento del presente Convenio a través de la comisión de seguimiento del Convenio. En caso de no ser posible una solución amigable, y resultar procedente litigio judicial, la jurisdicción competente para conocer y resolver dichas cuestiones será la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con la Ley de 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio en las fechas que se indican en cada una de las firmas, tomándose como fecha de perfeccionamiento del Convenio la del último firmante.–Por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., María Luz Morán Calvo-Sotelo, 6 de julio de 2021.–Por la Sociedad Española de Inmunología, Marcos López Hoyos, 6 de julio de 2021.

ANEXO I
Descripción y objetivos del seminario

Objetivos:

La inmunología y la inmunoterapia están actualmente de plena actualidad y aún más si cabe en el caso de la pandemia COVID-19. El poder acercar la inmunología a los estudiantes y profesionales de la salud sobre esta temática, incidirá seguramente en cómo aborden en el futuro su desarrollo profesional (por ejemplo, elección de grupos de investigación para tesis doctorales, elección de tipo de MIR/BIR/FIR, mejora en su práctica clínica/investigadora/docente).

El seminario pretende acercar la inmunología, y los últimos avances sobre la infección por SARS-CoV-2 a estudiantes, profesores y especialistas interesados en actualizar y profundizar en esta temática. La escuela quiere abarcar desde los aspectos más básicos de la inmunología hasta los más aplicados en diagnóstico y terapia. Incluye organización de las defensas antivirales, tipos celulares, técnicas de diagnóstico, respuesta inmunitaria a vacunas, inmunoterapia y papel de la inmunología clínica.

El seminario va dirigido a estudiantes de grado de últimos cursos universitarios, alumnos de máster y doctorado, doctores, profesores y residentes de especialidades tales como inmunología, Alergia, Pediatría, Medicina Interna, Oncología, o de otras especialidades, que tengan interés por conocer desde el punto de vista de la inmunología la pandemia COVID-19. El curso está dirigido sobre todo a jóvenes profesionales que hayan terminado sus estudios en los diez años previos a la solicitud del curso.

Duración: Cinco días.

Modalidad de impartición: El curso se impartirá en modalidad presencial pero, debido a las limitaciones de aforo, se retransmitirá asimismo por streaming existiendo la posibilidad de cursarlo en modalidad online.

Contenido: El seminario se compondrá de sucesivas ponencias, seguidas de debates, en las que participarán prestigiosos expertos en la materia a tratar y en las que se abordarán básicamente los siguientes temas, agrupados en quince bloques:

1. Sistema inmunitario:

Introducción al sistema inmunitario. Inmunidad innata: Celular y humoral.

Inmunidad adaptativa: Celular y humoral.

Concepto CD, Anticuerpos monoclonales. Técnicas de Inmunodiagnóstico.

2. Todo bajo control:

Moléculas de Histocompatibilidad (HLA).

Mecanismos de tolerancia.

Regulación de la respuesta inmunitaria: Inflamación.

3. Memoria inmunitaria:

Memoria entrenada, inducida por citocinas y memory-like.

Memoria específica T y B.

Inmunidad pasiva y activa.

Tipos de vacunas.

Otras vacunas: Alergia, cáncer, enfermedades autoinmunes.

4. No todo está en los genes:

Factores intrínsecos y extrínsecos que afectan al sistema inmunitario.

5. Todo puede ir mal:

Inmunodeficiencias primarias.

Inmunodeficiencias secundarias. HIV.

Inmunogenética del trasplante.

Fundamentos de hipersensibilidad. Teoría de la higiene.

6. Cuando tus defensas te atacan:

Enfermedades autoinmunitarias.

Enfermedades autoinflamatorias.

7. Inmunología en consulta:

Consulta de inmunología. Abordaje de las inmunopatologías.

Técnicas de diagnóstico y ómicas.

8. Inmunoterapia:

Introducción a la Inmunoterapia.

Potenciar la inmunovigilancia antitumoral.

Autoinmunidad y autoinflamación controladas.

Inmunoterapia en alergia.

Nanoinmunología.

9. SARS-CoV-2 e inmunidad antiviral:

Mecanismos de infección del virus: receptores en células humanas, susceptibilidad genética.

Evolución de la pandemia. Mutaciones del virus. Consorcios internacionales.

Sistema inmunitario Innato / Inmunidad entrenada.

Jordi Cano Ochando.

Células NK y NKT en COVID-19.

Inmunidad adaptativa. Memoria inmune a COVID-19.

10. Clínica COVID:

Curso clínico COVID y post-COVID.

COVID en Pediatría.

Carmen Cámara Hijón.

Inmunosenescencia.

COVID en inmunodeficiencias.

11. Cómo valorar la inmunidad frente a SARS-CoV-2:

Reinfecciones: ¿Algo más que una excepción?

Técnicas de respuesta humoral.

Técnicas de respuesta celular.

Biomarcadores de correlación de protección.

Utilidad del inmunofenotipaje en sangre periférica.

12. Biomarcadores:

Introducción a los factores de riesgo.

Polimorfismo genético HLA y pronóstico en pacientes con COVID-19.

Anticuerpos anti-IFN y otros errores de la inmunidad innata.

Evaluación de la respuesta inmunitaria celular.

Evaluación de la respuesta inmunitaria humoral.

13. Vacunas anti-COVID:

Tipos de vacunas antivirus SARS-CoV-2.

Comparativa vacunas anti-SARS-CoV-2.

Etapas para el desarrollo de una vacuna comercial-I.

Etapas para el desarrollo de una vacuna comercial-II.

14. Terapias aprobadas en COVID-19:

Dexametasona y antivirales.

Bloqueo de tormenta de citocinas. Nuevas terapias.

Anticuerpos monoclonales para neutralizar virus y plasma de convalecientes.

Potenciación del sistema inmunitario: Terapias celulares.

Suplementos de Vitamina D.

15. Inmunología en pandemias:

Nuevas vacunas.

Papel de la inmunología en esta pandemia.

Lo que queda por venir ¿Podemos predecir nuevas pandemias?

Bioinformática al servicio de la inmunología.

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