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Mediante Resolución de 14 de abril de 2021 («BOE» del 22), se convocó concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el ámbito del Departamento.
La Base Octava de dicho concurso establece el plazo de resolución del mismo en un plazo máximo de seis meses, desde el día siguiente al de finalización de la presentación de instancias. Considerando que el mes de agosto puede dificultar la normal continuidad del proceso, esta Subsecretaría, en uso de las facultades que le están conferidas, resuelve:
Declarar inhábil el mes de agosto, a efectos del cómputo del plazo de resolución previsto en el citado concurso de provisión de puestos de trabajo.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma donde tenga su domicilio, a elección del interesado, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1.Segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 13 de julio de 2021.–El Subsecretario de Política Territorial, P.D. (Orden TFP/747/2020, de 28 de julio), el Director General de la Administración General del Estado en el Territorio, Agustín Torres Herrero.
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