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Documento BOE-A-2021-12232

Resolución de 5 de julio de 2021, de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con el Consorcio de la Zona Franca de Gran Canaria, para la promoción y desarrollo de la zona franca como plataforma logística.

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 21 de julio de 2021, páginas 87810 a 87811 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-A-2021-12232

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 28 de junio de 2021 y previa tramitación del oportuno procedimiento, según lo dispuesto en el artículo 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se firmó la Adenda de prórroga del Convenio entre la Autoridad Portuaria de Las Palmas y el Consorcio de la Zona Franca de Gran Canaria para la promoción y desarrollo de la zona franca como plataforma logística.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la citada Ley, la eficacia del Convenio se condiciona a su inscripción en el Registro electrónico estatal de órganos e instrumentos de cooperación del sector público estatal (REOICO). Así mismo, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», por lo que por medio de la presente se acuerda:

La publicación en el «BOE» de la Adenda de prórroga del Convenio firmado entre la Autoridad Portuaria de Las Palmas y el Consorcio de la Zona Franca de Gran Canaria para la promoción y desarrollo de la zona franca como plataforma logística.

Las Palmas de Gran Canaria, 5 de julio de 2021.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, Luis Ibarra Betancort.

ANEXO
Adenda de prórroga del Convenio entre la Autoridad Portuaria de Las Palmas y el Consorcio de la Zona Franca de Gran Canaria para la promoción y desarrollo de la zona franca como plataforma logística

Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de junio de 2021.

REUNIDOS

De una parte, don Luis Ibarra Betancort, Presidente de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, CIF Q-3567002-E, y domicilio a los efectos del presente convenio en la calle Tomás Quevedo Ramírez, s/n; CP 35008; Las Palmas de Gran Canaria. Actúa en nombre y representación del citado Organismo Público, en el ejercicio de la competencia que le confiere el artículo 31 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (en adelante, TRLPEMM), habiendo sido publicado su nombramiento por Orden FOM/948/2019, en el Boletín Oficial del Estado n.º 224, el 18 de septiembre de 2019.

De otra parte, don Augusto Hidalgo Macario, Presidente del Pleno del Consorcio de la Zona Franca de Gran Canaria con C.I.F. S-3500008-B, y domicilio en la calle Andrés Perdomo s/n, CP 35008 Las Palmas de Gran Canaria. Actúa en nombre y representación de la citada Entidad Pública, en el ejercicio de la competencia que le confiere el artículo 21.1 de los Estatutos del Consorcio de la Zona Franca de Gran Canaria (BOE núm. 290 de 4 de diciembre de 1998) que establece que la Presidencia del Consorcio corresponde al Alcalde del excelentísimo Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, ostentando el Presidente del Consorcio su representación legal.

Los intervinientes que actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen mutua y recíprocamente, la capacidad legal necesaria para la formalización de la presente Adenda de prórroga y en su mérito,

EXPONEN

I. Que la Autoridad Portuaria de Las Palmas y el Consorcio de la Zona Franca de Gran Canaria suscribieron el 26 de agosto de 2019 un Convenio para la promoción y desarrollo de la Zona Franca como plataforma logística, cuya entrada en vigor se produjo el 27 de septiembre de 2019, con su inscripción en el Registro Electrónico estatal de órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

II. Que de conformidad con lo establecido en la Cláusula Sexta, el Convenio tiene una vigencia de dos años, pudiéndose prorrogar por un periodo de hasta dos (2) años adicionales.

III. Que las partes consideran adecuado prorrogar su periodo de vigencia con el fin de proseguir la colaboración establecida dados los buenos resultados obtenidos y la importancia del desarrollo de la zona franca.

ACUERDAN

Primero.

Prorrogar dos (2) años el Convenio suscrito entre las partes con fecha 26 de agosto de 2019 para la promoción y desarrollo de la Zona Franca como plataforma logística.

Segundo.

La presente prórroga tendrá una vigencia de dos (2) años, según lo establecido en la Cláusula Sexta del Convenio objeto de prórroga.

Tercero.

La colaboración entre las partes se realizará bajo las mismas condiciones estipuladas en el Convenio que se prorroga en todos sus apartados.

De acuerdo con la Cláusula Cuarta del convenio, esta adenda comporta obligaciones económicas para la Autoridad Portuaria de Las Palmas, cuantificadas en ochenta mil (80.000 euros), existiendo crédito suficiente según presupuesto aprobado, para atender dicho compromiso.

Cuarto.

La prórroga se extiende desde el 27 de septiembre de 2021 hasta el 27 de septiembre de 2023, previa inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación.

Asimismo, la presente Adenda se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Y para que así conste y en prueba de conformidad, las partes firman y rubrican el presente documento por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por el Consorcio, Augusto Hidalgo Macario,-Por la Autoridad de Las Palmas, Luis Ibarra Betancort.

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