Está Vd. en

Documento BOE-A-2021-12719

Orden JUS/807/2021, de 20 de julio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 29 de julio de 2021, páginas 91227 a 91250 (24 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2021-12719

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 954/2018, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público de estabilización correspondiente a la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 2017 y se aprueba la oferta de empleo público de estabilización para el personal de la Administración de Justicia para 2018, y con el fin de atender las necesidades de personal al servicio de la Administración de Justicia, este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y en el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al servicio de la Administración de Justicia, de conformidad con la Orden JUS/291/2019, de 4 de marzo, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso a los Cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, incluidos en el libro VI de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, y previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

En el ámbito de la Administración de Justicia se han debatido y acordado los criterios para la adaptación del Acuerdo para la Mejora del Empleo Público de 29 de marzo de 2017, y en concreto, lo referido al proceso de estabilización del periodo 2017-2019.

Por su parte, la especial cualificación que requiere este cuerpo para la realización de sus funciones aconseja aprovechar la experiencia de los aspirantes como valor añadido, además de la titulación y los conocimientos teóricos. Por este motivo se ha optado por el sistema excepcional de acceso de concurso-oposición, previsto en el artículo 484 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, debido a que se puede incorporar aquel criterio al proceso selectivo, lo que permitirá valorar la antigüedad de los funcionarios interinos que han desarrollado sus funciones en el propio Instituto y que ya han recibido una formación específica, así como de profesionales que hayan realizado sus funciones en organismos públicos similares, y considerar, igualmente, otros méritos de formación, docencia e investigación.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus organismos públicos, así como la normativa sobre protección de datos de carácter personal.

También tiene en cuenta los principios de igualdad de trato y no discriminación de las personas con discapacidad y sus derechos, de acuerdo con el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, el Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, y el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden JUS/291/2019, de 4 de marzo, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso a los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia.

Bases específicas

La presente convocatoria se publicará en el punto de acceso general, www.administracion.gob.es y en la página web del Ministerio de Justicia, www.mjusticia.gob.es (Ciudadanos-Empleo público).

1. Descripción de las plazas

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir, a través del sistema de concurso-oposición, 6 plazas, 4 de acceso libre y 2 de promoción interna, en el Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, especialidad de Biología, en base a lo establecido en el Real Decreto 954/2018, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público de estabilización correspondiente a la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 2017 y se aprueba la oferta de empleo público de estabilización para el personal de la Administración de Justicia para 2018, con arreglo a lo siguiente:

Real Decreto 954/2018, de 27 de julio. Plazas de estabilización – Anexo II
Programa Acceso libre Promoción interna Reserva personas con discapacidad Total
Biología. 4 2 6

Las plazas dispuestas en el cuadro anterior son ofertadas para todos los departamentos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, en Madrid, Barcelona, Sevilla y Tenerife.

1.2 Se considerarán afectados por una discapacidad en grado igual o superior al 33 % de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y los pensionistas de Clases Pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

2. Proceso selectivo

2.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición. La fase de oposición será eliminatoria y se desarrollará en primer lugar con los ejercicios, puntuaciones y valoraciones que se especifican en los anexos A.1 y A.2 de esta convocatoria.

A los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, se les aplicará el baremo de méritos de la fase de concurso que se especifica en el anexo B.1 de esta convocatoria.

2.2 La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones finales obtenidas en cada una de las fases de oposición y concurso.

2.3 En ningún caso podrá declararse superado el proceso selectivo a un número mayor de aspirantes que el de plazas objeto de esta convocatoria, siendo nulas de pleno derecho las propuestas de aprobados que contravengan esta limitación.

2.4 El proceso selectivo incluirá, tanto en el turno libre como de promoción interna, la superación de un curso selectivo en el Centro de Estudios Jurídicos compuesto de dos fases, una teórica y otra de prácticas tuteladas. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones finales obtenidas en cada una de las fases de oposición y concurso, una vez superado el curso selectivo.

2.5 En caso de empate, el orden de puntuación se establecerá como sigue: primará la fase de oposición; en segundo lugar, la fase de concurso; si aún persistiera el empate primará la nota del primero y seguidamente la del segundo. De persistir el empate, se atenderá al orden alfabético de actuación mencionado en la base específica 7.1.

3. Programa

El programa que ha de regir la oposición se contiene en el anexo II de esta convocatoria. El contenido del temario para todos los ejercicios de la oposición se ajustará a la normativa publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en la fecha de la publicación de la presente convocatoria, aun cuando no hubiese entrado en vigor.

4. Requisitos de participación y titulación requerida

4.1 Para participar en este proceso selectivo es necesario cumplir todos los requisitos generales señalados en la base novena de las «bases comunes» y estar en posesión, o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de los siguientes títulos: Licenciatura o Grado en Biología, Farmacia, Veterinaria, Medicina, Bioquímica, Ciencias Biomédicas, Genética o Biotecnología.

Para acceder por el sistema de promoción interna los aspirantes deberán ser funcionarios de carrera del propio Cuerpo de Facultativos en programa diferente al que se aspira o del de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses y poseer, además de la titulación académica requerida para el acceso por el programa que se presentan, una antigüedad de, al menos, dos años, como funcionario titular, interino o sustituto.

4.2 Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, a efectos académicos y profesionales o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.

5. Solicitudes y documentación

5.1 Por Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos (BOE de 31 de marzo). En su Disposición adicional primera se establece la obligatoriedad del uso de medios electrónicos en los procesos selectivos para el acceso al empleo público en el ámbito de la Administración del Estado. «Las personas participantes en procesos selectivos convocados por la Administración del Estado, sus organismos públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes a la misma, deberán realizar la presentación de las solicitudes y documentación y, en su caso, la subsanación y los procedimientos de impugnación de las actuaciones de estos procesos selectivos a través de medios electrónicos».

5.2 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar electrónicamente el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración de Justicia (modelo 790 – Código 007 en cuya parte superior figura «Solicitud de admisión a pruebas selectivas de la Administración Pública y liquidación de la tasa de derechos de examen»), que estará disponible en el punto de acceso general (www.administracion.gob.es), en castellano y en las demás lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas.

5.3 La presentación de la solicitud electrónica, según se especifica en la base 5.1, se realizará en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la fecha de publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado», y se dirigirá a la Secretaría de Estado de Justicia. La no presentación de la misma en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

5.4 La presentación y el pago de la correspondiente tasa se realizarán por vía electrónica, a través del servicio de Inscripción en Procesos – Pruebas Selectivas (IPS) del punto de acceso general, http://administración.gob.es/PAG/ips, al que se puede acceder directamente o a través del portal web del Ministerio de Justicia, www.mjusticia.gob.es (Ciudadanos-Empleo público) de acuerdo con las instrucciones que se indican.

Los aspirantes que, de acuerdo con lo dispuesto en la base undécima de la Orden JUS/291/2019, de 4 de marzo, por la que se establecen las bases comunes, estén exentos del pago de la tasa o tengan derecho a la reducción de ésta adjuntarán en formato electrónico la documentación acreditativa del derecho a la exención o reducción.

5.5 Tasa de derechos de examen. El importe de la tasa por derechos de examen de turno libre será de 30,79 euros (15,40 euros en caso de derecho a reducción del 50 %) y de promoción interna 15,40 euros (7,70 euros en el caso de derecho a reducción del 50 %).

Están exentos del pago de la tasa los aspirantes que reúnan los requisitos que se detallan en la base undécima, apartados 5 y 6, de las bases comunes, que deberán acreditar su derecho a esta exención aportando la documentación que se indica.

No será necesario presentar la documentación acreditativa para la exención o reducción de tasa en los supuestos especificados en el anexo III de esta convocatoria, que será recabada de oficio por el órgano gestor, salvo que no consienta el solicitante.

5.6 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones que figuran en la misma y en el anexo III.

5.7 Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con la única finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones necesarias para ello. El nombre, apellidos y número del documento de identidad se publicará en la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

El Ministerio de Justicia tomará medidas para que esa información no sea indexada por los buscadores de internet. La base legal para el tratamiento de estos datos son la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, las Leyes 39/2015, de 1 de octubre, y 40/2015, de 1 de octubre, y, supletoriamente, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

La Dirección General para el Servicio Público de Justicia del Ministerio de Justicia es responsable del tratamiento de esos datos. Los derechos de protección de datos de los solicitantes se podrán ejercer dirigiéndose al responsable del tratamiento por vía electrónica, a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia o presencialmente a través de la red de oficinas de asistencia en materia de registros. Los interesados pueden ejercer sus derechos también ante la Agencia Española de Protección de Datos www.aepd.es.

6. Tribunal

6.1 Se nombra al Tribunal Calificador del proceso selectivo en el anexo IV de la presente Orden, atendiendo en su composición al principio de paridad entre hombres y mujeres.

6.2 De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, los Tribunales velarán por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

6.3 El Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores especialistas que le asistan para todas o algunas de las pruebas. Su colaboración será exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas, incorporándose con voz pero sin voto, y les serán de aplicación las mismas causas de abstención aplicadas a los tribunales, de conformidad con la base decimotercera, punto 5, de las bases comunes.

6.4 El Tribunal tendrá la categoría primera de las previstas en el anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

6.5 La información sobre estas pruebas selectivas se facilitará en el Ministerio de Justicia, en el teléfono 902 007 214; la página web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.gob.es); el punto de acceso general (www.administracion.gob.es) y en las Gerencias territoriales del Ministerio de Justicia.

6.6 En lo no previsto en la presente convocatoria, el funcionamiento de los tribunales se regirá por lo previsto en el artículo 487 de Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el artículo 12 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia y, subsidiariamente, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

6.7 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la sede del Tribunal Calificador será: calle San Bernardo, número 21, 28071 Madrid (teléfono: 902007214).

7. Desarrollo del proceso selectivo

7.1 Orden de actuación. El orden de actuación de los aspirantes, se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «V», de conformidad con lo previsto en la Resolución de 23 de junio de 2021 (BOE de 28 de junio), de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.

7.2 Duración del proceso selectivo. El primer ejercicio se realizará dentro de los cuatro meses siguientes a la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

7.3 Fase de oposición. Los ejercicios de la oposición se detallan en los anexos A.1 y A.2 de esta convocatoria y se efectuarán en Madrid.

El primer ejercicio de la fase de oposición se celebrará dentro de los 45 días siguientes a la publicación de la Resolución por la que se eleva a definitiva la relación de admitidos y excluidos, publicándose en el «Boletín Oficial del Estado» la fecha, hora y lugar de su celebración.

El Tribunal hará públicas en la página web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.gob.es) las listas de opositores que hayan alcanzado el mínimo establecido que se haya considerado para superar cada ejercicio, con indicación de la puntuación obtenida y, en su caso, la convocatoria al siguiente. Los opositores que no se hallen incluidos en cada relación de aprobados tendrán la consideración de no aptos, quedando eliminados del proceso selectivo.

7.4 Fase de concurso. La fase de oposición finalizará con la publicación por el Tribunal de las relaciones de aprobados, dando comienzo la fase de concurso en la que se valorarán los méritos que se detallan en el baremo contenido en el anexo B.1 de esta convocatoria. Se computarán los causados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En el mismo Acuerdo de la publicación de las relaciones de aprobados, se establecerá un plazo de veinte días hábiles para presentar en el registro o dirección electrónica que se indique la documentación acreditativa, en original o copia auténtica, de los méritos a valorar en la fase de concurso. Esta documentación deberá acompañarse del modelo cumplimentado que publicará el Ministerio una vez finalice la fase de oposición, que incluirá una relación detallada de los méritos aportados.

La comprobación de los méritos de los apartados A, C y D se hará de oficio, aunque aquellos opositores que en su solicitud inicial de participación no hayan prestado su consentimiento para que el órgano gestor del proceso selectivo pueda verificar de oficio sus titulaciones o certificaciones académicas deberán también aportar éstas, de entre las valoradas en el apartado A del baremo citado.

El Tribunal Calificador valorará los méritos acreditados y publicará en la página web del Ministerio de Justicia la relación de aspirantes con la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada apartado y la total. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo y vistas y resueltas las alegaciones el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.

7.5 Embarazo de riesgo y parto, enfermedad grave y hospitalización. Si no se pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo, parto, enfermedad grave, hospitalización o cualquier otra circunstancia de carácter excepcional, debidamente acreditados, deberá comunicarlo al tribunal con suficiente antelación, y, en todo caso, con anterioridad a la realización del ejercicio, de modo que sean valorados por el Tribunal Calificador, de modo que pueda ser convocada con posterioridad, a través de la página web.

La situación del aspirante quedará condicionada a la finalización de dicha causa y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso en tiempos razonables. En todo caso, y para cada uno de los turnos de acceso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, realizándose un solo ejercicio común para todas estas situaciones.

7.6 La superación de cualquiera de las fases de la convocatoria no implicará por sí misma la adjudicación de plaza, ya que la superación del proceso selectivo vendrá determinada por el número de plazas convocadas.

7.7 Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal elevará al Ministerio de Justicia propuesta con la relación de aprobados, cuyo número no podrá superar el de plazas convocadas, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del número de orden, apellidos y nombre, DNI, puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios, y total de todos los ejercicios obligatorios.

Los opositores que no se hallen incluidos en la relación, tendrán la consideración de no aptos, quedando eliminados del proceso selectivo.

7.8 El Ministerio de Justicia ofertará los destinos disponibles en cada departamento del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

8. Presentación de documentación

8.1 Los aspirantes que figuren en la relación definitiva de aprobados, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir de la publicación de ésta en el «Boletín Oficial del Estado», presentarán en el Registro General del Ministerio de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia, calle Bolsa, número 8, 28071 Madrid o por los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidos a la Unidad EA0010560-Procesos Selectivos Administración de Justicia Oficina O00011588-Medios Personales. Procesos Selectivos Justicia la documentación siguiente:

a) Solicitud de destino, ajustada a los requerimientos que, en su caso, se establezcan en la oferta publicada por el Ministerio de Justicia.

b) Los aspirantes que, en su solicitud de participación inicial, se hayan opuesto a que sus datos de identidad personal y los referidos a sus titulaciones o certificaciones académicas, puedan ser consultados y verificados de oficio por el órgano instructor de este proceso selectivo deberán aportar también:

– Copia auténtica del documento nacional de identidad, o equivalente.

– Copia auténtica del título exigido en la convocatoria o certificación académica acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas, que le capacitan para la obtención del mismo acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para su expedición.

c) En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse copia auténtica de la documentación que acredite su homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.

8.2 Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se poseen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en Derecho.

Los aspirantes que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar aquellas condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, por la que se acredite su condición y requisitos para ser nombrado funcionario del Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

8.3 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos establecidos, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.

En este último caso, o en el supuesto de renuncia de alguno de los aspirantes antes de su nombramiento como funcionario de carrera, y siempre que el Tribunal hubiera propuesto tantos aspirantes como plazas convocadas, de acuerdo con la 17.2 de las bases comunes, el Ministerio de Justicia requerirá a este último, relación complementaria de aspirantes que, habiendo superado todos los ejercicios, sigan a los propuestos hasta completar el total de plazas convocadas.

En este supuesto, los aspirantes incluidos en esta relación complementaria deberán presentar la documentación acreditativa que se detalla en esta misma base en el plazo de cinco días hábiles desde su publicación en la página web del Ministerio de Justicia.

9. Curso o periodo de prácticas selectivo

9.1 La autoridad competente del Ministerio de Justicia dictará resolución, que será publicada en su página web, nombrando funcionarios en prácticas a los aspirantes al Cuerpo de Facultativos que han superado las fases de oposición y concurso-oposición y les convocará a la realización del curso selectivo.

El curso selectivo consta de dos fases, la primera de ellas, fase teórica, se desarrollará en el Centro de Estudios Jurídicos mientras que la fase de prácticas tuteladas se desarrollará en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, Instituto de Medicina Legal o centros conforme al plan docente aprobado por el Centro de Estudios Jurídicos.

El curso selectivo, se calificará por el Centro de Estudios Jurídicos como apto o no apto, debiendo obtener la calificación de apto para su superación.

Quienes no superen el curso selectivo podrán repetirlo en el siguiente y si tampoco lo superaren, perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera. Quienes no pudieran realizarlo o concluirlo por causas de fuerza mayor, cesarán en su condición de funcionarios en prácticas pudiendo ser nombrados como tales en el curso inmediatamente posterior que se convoque de la misma clase, conservando la puntuación obtenida en el concurso-oposición al que se refiere la presente convocatoria.

9.2 Finalizado el curso selectivo los aspirantes permanecerán en la relación de servicios correspondiente a los funcionarios en prácticas hasta su nombramiento definitivo como funcionarios de carrera. Los aspirantes por promoción interna, finalizada su licencia por estudios, se reincorporarán a sus puestos de origen hasta su nombramiento como funcionarios de carrera.

Los aspirantes que se encuentren en activo como funcionarios interinos del Cuerpo de Facultativos del INTCF, especialidad Biología, y que hayan prestado servicios efectivos en este Cuerpo y especialidad, por al menos un año continuado durante el año anterior a esta convocatoria o por más de dieciocho meses en los últimos cinco años, quedarán exentos de la realización de la fase de prácticas tuteladas en los centros designados, que les serán convalidados con la calificación de apto, y continuarán prestando servicios en el puesto de origen hasta su nombramiento como funcionarios de carrera.

9.3 Todos los funcionarios en prácticas tienen los derechos y deberes que se recogen en el artículo 25 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre (BOE del 27 de diciembre).

9.4 Con una antelación de al menos 20 días hábiles a la fecha prevista de finalización del curso selectivo, el Ministerio de Justicia hará pública la relación de las plazas disponibles y se abrirá un plazo de diez días hábiles para que los aspirantes formulen solicitud de destino con los requerimientos que en su caso se haya establecido en dicha Oferta.

10. Nombramiento como Funcionario de Carrera

Superado el curso selectivo y comprobado que los aspirantes, cuyo número no podrá superar en ningún caso al de plazas convocadas, reúnen los requisitos de la base cuarta de esta Orden y de la novena de las bases comunes, serán nombrados funcionarios de carrera, mediante Orden del Ministerio de Justicia, que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

11. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio del Poder Judicial; el Real Decreto 1451/2005 de 7 de diciembre que aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia; el Real Decreto 954/2018, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público de estabilización correspondiente a la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 2017 y se aprueba la oferta de empleo público de estabilización para el personal de la Administración de Justicia para 2018; la Orden JUS/291/2019, de 4 de marzo, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso a los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; y lo dispuesto en la presente Convocatoria.

Con carácter supletorio, en lo no previsto en esta convocatoria, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y el resto de normativa vigente en la materia.

Contra la presente convocatoria podrá interponerse recurso de reposición ante el Ministro de Justicia en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Secretaría de Estado de Justicia podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, 20 de julio de 2021– El Ministro de Justicia, P. D. (Orden JUS/987/2020 de 20 de octubre), el Secretario General para la Innovación y la Calidad del Servicio Público de Justicia, Francisco de Borja Vargues Valencia.

ÍNDICE DE ANEXOS

Anexo I. Descripción del proceso selectivo.

A. Descripción de la fase de oposición.

A.1 Fase de oposición: acceso libre.

A.2 Fase de oposición: promoción interna.

B. Descripción de la fase de concurso.

B.1 Fase de concurso: acceso libre y promoción interna.

Anexo II. Programa.

Anexo III. Instrucciones de cumplimentación de la instancia.

Anexo IV. Tribunal.

ANEXO I

A. Descripción del proceso selectivo

A.1 Fase de oposición: acceso libre

1. Consistirá en tres ejercicios, obligatorios y eliminatorios.

1.1 Primer ejercicio.

De carácter teórico, escrito y eliminatorio. Consistirá en contestar un cuestionario-test sobre las materias de la parte general del programa de esta convocatoria. Constará de 100 preguntas evaluables, con cuatro respuestas alternativas, de las cuales sólo una de ellas es la correcta.

La duración del ejercicio será de 90 minutos.

Se calificará de 0 a 30 puntos.

Las preguntas acertadas se valorarán con 0,3 puntos; las preguntas no acertadas y aquellas que tengan respuestas múltiples descontarán 0,075 puntos; las preguntas no contestadas no serán puntuadas.

La puntuación obtenida por cada aspirante se corresponderá con el número de respuestas acertadas, hecha la deducción de las no acertadas y aquellas que contengan respuestas múltiples.

El cuestionario propuesto por el Tribunal tendrá 104 preguntas, las 100 primeras ordinarias y evaluables y las 4 últimas de reserva. Si celebrado el examen, el Tribunal tuviera que anular una o más preguntas ordinarias, establecerá en el mismo Acuerdo la sustitución, a efectos de evaluación, de las anuladas por otras tantas de reserva, por su orden.

La nota mínima para superar el primer ejercicio será de 15 puntos o el equivalente al resultado del 50 % de la puntuación máxima posible.

1.2 Segundo ejercicio.

De carácter práctico, escrito y eliminatorio. Consistirá en contestar 20 preguntas tipo test referidas a un caso práctico que planteará el Tribunal sobre la parte específica del programa.

La duración del ejercicio será de 60 minutos y se calificará de 0 a 40 puntos, a razón de 2 puntos por pregunta acertada. Las preguntas no acertadas y aquellas que contengan respuestas múltiples descontarán 0,5 puntos; las preguntas no contestadas no serán puntuadas. Para superar la prueba se necesita un mínimo de 20 puntos, los opositores que no alcancen esta puntuación mínima, tendrán la consideración de no aptos y no serán convocados al tercer ejercicio.

El Tribunal propondrá un cuestionario de 22 preguntas, 20 ordinarias y 2 de reserva y, en el caso de anulación, el Tribunal en el Acuerdo de anulación establecerá que puntúe la pregunta de sustitución, en lugar de la anulada.

1.3 Tercer ejercicio.

De carácter teórico, oral y eliminatorio. Consistirá en desarrollar oralmente ante el Tribunal, en sesión pública, tres temas de cuatro extraídos a la suerte, de la parte específica del programa por la que se hubiera optado.

El opositor dispondrá de un máximo de 45 minutos para el desarrollo de los tres temas, por orden de extracción, no debiendo conceder a ninguno de ellos más de 20 minutos.

Antes del inicio del desarrollo del ejercicio el opositor dispondrá de 15 minutos para la preparación de los mismos, pudiendo preparar si lo desea, unos esquemas que tendrá a la vista durante la exposición oral, juntamente con el programa que le facilitará el Tribunal, sin poder consultar ningún otro libro, texto legal o papel escrito.

Finalizada la exposición de cada uno de los temas el Tribunal podrá invitar al opositor a retirarse si apreciara una manifiesta deficiencia en la exposición.

Al acabar la exposición de todos los temas, el Tribunal podrá abrir un diálogo con el aspirante por un tiempo máximo de 15 minutos debiendo éste contestar a las aclaraciones que soliciten u observaciones que formulen los miembros del Tribunal.

Previa deliberación a puerta cerrada al terminar cada sesión, el Tribunal puntuará todos los ejercicios, atendiendo al nivel de conocimientos de los aspirantes, la claridad y el orden de ideas, su forma de presentación.

Las puntuaciones que cada miembro del Tribunal asigne serán sumadas, sin incluir ni la más alta ni la más baja, dividiéndose el total que resulte, después de hecha esta deducción, por el número de vocales asistentes cuya calificación se hubiere computado. La cifra del cociente constituirá la calificación, cuyo máximo posible para tres temas es 30 puntos, siendo necesario un mínimo de 15 puntos para superar este ejercicio.

1.4 Los opositores que no alcancen la puntuación mínima en cada ejercicio, no serán convocados al siguiente.

La puntuación final de los aprobados en la fase de oposición estará compuesta por la suma de las puntuaciones de los tres ejercicios.

Finalizados los tres ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública las listas de aprobados, que incluirá, ordenados de mayor a menor puntuación total acumulada de los tres ejercicios, a los opositores que hayan aprobado cada uno de los ejercicios.

1.5 Reserva de nota.

Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición con una nota superior a la mínima fijada, pero no obtengan plaza en el Cuerpo, por no reunir méritos suficientes en la fase de concurso de la OEP 2018, quedarán exentos de realizar en la siguiente convocatoria de 2019, los ejercicios de la fase de oposición, siempre y cuando se presente al mismo Cuerpo y especialidad, salvo que voluntariamente se presenten para obtener mejor nota. En este caso, si la nota obtenida fuese inferior o no superase la fase de oposición, se le reservará la nota de la convocatoria de la OEP 2018.

A.2 Fase de oposición: promoción interna

2.1 Los ejercicios se realizarán sobre la parte específica del programa. La fase de oposición estará formada por los mismos ejercicios que los establecidos para el turno libre a excepción del primero, por lo que serán convocados directamente al segundo, aplicándoseles para éste y el tercer ejercicio los criterios descritos en los apartados anteriores.

Para superar el segundo y tercer ejercicio será suficiente con obtener el 50 % de la puntuación posible.

La puntuación final de los aprobados en la fase de oposición estará compuesta por la suma de las puntuaciones de los dos ejercicios.

Finalizados los dos ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública las listas de aprobados, que incluirá, ordenados de mayor a menor puntuación total acumulada de los dos ejercicios, a los opositores que hayan aprobado cada uno de los mismos.

2.2 Reserva de nota.

Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición con una nota superior a la mínima fijada, pero no obtengan plaza en el Cuerpo, por no reunir méritos suficientes en la fase de concurso de la OEP 2018, quedarán exentos de realizar en la siguiente convocatoria de 2019, los ejercicios de la fase de oposición, siempre y cuando se presente al mismo Cuerpo y especialidad, salvo que voluntariamente se presenten para obtener mejor nota. En este caso, si la nota obtenida fuese inferior o no superase la fase de oposición, se le reservará la nota de la convocatoria de la OEP 2018.

B. Descripción de la fase de concurso

B.1 Fase de concurso: acceso libre y promoción interna

En la fase de concurso se valorarán los méritos que aporten los opositores que hayan superado todos los ejercicios de la fase de oposición, según el baremo establecido en este anexo.

El aspirante que no aporte méritos o éstos no sean evaluables de acuerdo con el referido baremo, será calificado con cero puntos en esta fase.

La acreditación del tiempo de servicios prestados como funcionarios interinos en la Administración de Justicia, en el ámbito del Ministerio de Justicia, se aportará de oficio por el órgano competente, desde el nombramiento del funcionario.

Baremo de méritos:

A. Títulos y grados académicos, de los incluidos en el sistema educativo español. La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 12 puntos, con la siguiente baremación:

Académica:

– Especialidad acreditada por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y relacionada con programa por el que se opta (10 puntos).

– Estudios superiores de Licenciatura o Grado en las ramas de Ciencias o Ciencias de la Salud, distinto al programa por el que se accede (7 puntos).

Postgrado:

– Título de Doctor (4 puntos).

– Máster, experto universitario o especialista en disciplinas relacionadas con la actividad (se valorarán créditos ECTS u horas lectivas: 0,2 puntos/crédito ECTS o 0,02 puntos/hora lectiva).

B. Historia profesional. La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 7,5 puntos, con la siguiente baremación;

B.1 Cursos de formación, recibidos y acreditados, en los últimos diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria, con contenido de carácter técnico o informático, relacionados con la actividad del Cuerpo, y homologados o impartidos por el Ministerio de Justicia, por las Consejerías de Justicia, por el sistema universitario español, por el Instituto Nacional de la Administración Pública o por órganos competentes en formación de las Comunidades Autónomas, por otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas) o por los Servicios Públicos de Empleo.

– Entre 11 y 29 horas: 1 punto.

– Entre 30 y 59 horas: 1,5 puntos.

– Entre 60 y 119 horas: 2 puntos.

– Entre 120 o más: 2,5 puntos.

Asimismo, conforme con el baremo anterior y bajo las mismas condiciones, se valorarán los cursos en materia de igualdad o salud laboral que incluyan unidades o módulos de contenido jurídico o relacionado con el puesto.

No se valorarán los cursos siguientes:

– Certificaciones o diplomas en los que no conste el número de horas ni aquellos de 10 o menos horas lectivas.

– Los que formen parte de las enseñanzas del sistema educativo español, o sean conducentes a la obtención de títulos de los susceptibles de valoración en el apartado A de este baremo, los derivados de procesos selectivos ni los diplomas de participación en jornadas, simposios, seminarios y similares.

A los aspirantes que aporten certificaciones de cursos que no forman parte de las enseñanzas del sistema educativo español o sean conducentes a la obtención de un título universitario, se les podrá solicitar certificado académico para comprobar que las horas lectivas de dicho curso o cursos no han sido convalidadas en los apartados anteriores.

En caso de que no presentarán la certificación académica, no se valorarán dentro de este mérito.

B.2 Actividad docente e investigadora:

– Docencia en el área de Biología en instituciones de rango universitario de carácter público o privado (hasta 0,20 puntos por cada mes completo de servicios efectivos prestados).

– Publicaciones de artículos en revistas indexadas en JCR (Journal Citation Reports) libros o capítulos de libro (hasta 0,50 puntos por artículo o capítulo proporcionalmente y según índice de impacto o calidad de la editorial).

– Participación en proyectos de investigación financiados en convocatoria pública (0,50 puntos por proyecto de investigación).

B.3 Conocimiento de idiomas extranjeros. Se valorarán únicamente aquellos títulos que consten en el cuadro de equivalencias de exámenes oficiales del Marco Europeo de Referencia para las Lenguas, y el de categoría superior incluye el previo:

– Conocimientos de nivel C1 o C2 (usuario independiente): 1,5 puntos.

– Conocimientos de nivel B1 o B2 (usuario competente): 1 punto.

– No se valorarán los conocimientos de nivel básico o elemental.

La puntuación máxima a otorgar en este apartado B es de 7,5 puntos; hasta 4 puntos en el apartado B.1, hasta 2 en el apartado B2 y hasta 1,5 puntos en el apartado B.3

C. Por ejercicios aprobados de los procesos de las convocatorias de las Ofertas de Empleo Público de los años 2015 y 2016. La puntuación máxima en este apartado será de 14 puntos con la siguiente baremación:

– Por cada examen aprobado de convocatorias del Cuerpo de Facultativos: 4 puntos y si la nota de los mismos está comprendida entre 25-30 puntos: 8 por examen.

– Por cada examen aprobado de convocatorias del Cuerpo de Técnico Especialista del INTCF y del Cuerpo de Ayudante de Laboratorio del INTCF: 1 punto.

D. Servicios prestados como titular, sustituto o interino en los siguientes Cuerpos de la Administración de Justicia o como personal laboral de esta Administración (hasta un máximo de 33,5 puntos):

– Por cada mes completo en el Cuerpo de Facultativos: 0,30 puntos.

– Por cada mes completo en el Cuerpo de Técnico Especialista del INTCF y en el Cuerpo de Ayudante de Laboratorio del INTCF: 0,1 puntos.

Los periodos inferiores al mes no se computarán, aunque, en el caso de ser varios, se sumarán los prestados en el mismo cuerpo, despreciándose, en su caso, una única fracción inferior al mes.

ANEXO II
Programa

1. Parte general

Tema 1. La Constitución Española de 1978 (I): estructura de la organización del Estado: la Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno y la Administración: el Poder Judicial.

Tema 2. La Constitución Española de 1978 (II): el Tribunal Constitucional. Organización Territorial del Estado: las Comunidades Autónomas.

Tema 3. La Constitución Española de 1978 (III): derechos fundamentales y libertades públicas. Derechos y deberes de los ciudadanos. Principios rectores de la política social y económica: especial referencia a la protección de la salud.

Tema 4. Derecho de igualdad y no discriminación por razón de género: especial referencia a la Ley Orgánica 3/2007, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres. La Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Derechos de las mujeres víctimas de la violencia de género. Tutela institucional, penal y judicial. La conciliación familiar.

Tema 5. La Gobernanza pública y el Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores del Gobierno Abierto: Colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. Datos abiertos y reutilización. El marco jurídico y los planes de Gobierno abierto en España.

Tema 6. Protección de datos: la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. El documento de seguridad. Ficheros de datos de carácter personal gestionados por el INTCF. Medidas de seguridad aplicables a ficheros y tratamientos automatizados y no automatizados.

Tema 7. La Administración General del Estado (I). Organización: órganos centrales, órganos periféricos y organismos públicos. Principios de organización y funcionamiento. Breve referencia a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Tema 8. La Administración General del Estado (II). Funcionamiento: la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Breve referencia a los actos administrativos y el procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. El uso de medios electrónicos en la Administración Pública.

Tema 9. Organización de la Administración de Justicia: referencia a la organización y competencias del Tribunal Supremo, Audiencia Nacional, Tribunales Superiores, Audiencias Provinciales, Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, Juzgados de lo Penal, Juzgados de lo Social, Juzgados de Vigilancia Penitenciaria, Juzgados de Menores y Juzgados de Violencia sobre la mujer. Las Unidades de Valoración Forense Integral de violencia de género.

Tema 10. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial, Magistrados y Jueces. El Ministerio Fiscal. El Letrado de la Administración de Justicia. Resto de Personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia. Personal Laboral al servicio de la Administración de Justicia.

Tema 11. El Cuerpo Nacional de Médicos Forenses: creación y evolución histórica. Las clínicas médico-forenses y los Institutos Anatómico-Forenses. Principales modelos de organización de la Medicina Forense según los países.

Tema 12. Los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses. Organización, funcionamiento y estructura. Especial referencia al Servicio de Laboratorio Forense.

Tema 13. El Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses: creación, evolución histórica. Reglamento del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. Actividades que desarrolla al servicio de la Administración de Justicia. Otras actividades: unificación de criterios científicos, mejora de calidad de la pericia analítica y desarrollo de las Ciencias Forenses.

Tema 14. Los laboratorios de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y de las Policías Autonómicas. Actuación al servicio de la Administración de Justicia.

Tema 15. La Red Europea de Laboratorios Forenses. (ENFSI). Finalidad. Organización. Requisitos para la admisión de un laboratorio. Importancia de la misma en relación con la calidad y la homogeneización de la pericia analítica.

Tema 16. Centros Antitóxicos. Funciones esenciales y funciones complementarias. Modelos organizativos. Estudios epidemiológicos de las intoxicaciones. Toxicovigilancia.

Tema 17. El perito. Papel que ha de desempeñar. Clases de peritos. Cualidades que deben reunir. Recusación de peritos.

Tema 18. La prueba pericial en las Leyes de Enjuiciamiento Civil y Criminal. Aspectos más importantes contenidos en dichas Leyes.

Tema 19. La prueba pericial analítica. Características y evolución. La pericia realizada por Organismos oficiales. Características. Jurisprudencia en relación con la misma.

Tema 20. El informe pericial analítico. Características y partes de que consta. Defensa en el Juicio oral.

Tema 21. Responsabilidad profesional del Facultativo y sus clases. Elementos constitutivos de la responsabilidad. La prueba pericial en cuestiones de responsabilidad profesional.

Tema 22. Consentimiento informado en la actuación pericial. Concepto y trascendencia. Requisitos y excepciones en la prestación del consentimiento. Legislación española.

Tema 23. El secreto profesional: concepto, fundamento y antecedentes históricos. El delito de infidelidad en la custodia de documentos y la violación de secretos. Límites del secreto profesional e informático. Secreto profesional en el campo de la ciencia forense.

Tema 24. Delitos contra la Administración Pública. La prevaricación. El abandono de destino y la omisión de impedir determinados delitos. La desobediencia y denegación de auxilio. El cohecho.

Tema 25. Delitos contra la Administración de Justicia: la acusación, denuncia falsa y la simulación de delitos. El falso testimonio, la obstrucción a la Justicia y la deslealtad profesional. Delitos contra el orden público: De los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia.

Tema 26. Delito de homicidio y sus formas. El homicidio, el asesinato, el homicidio imprudente y la cooperación e inducción al suicidio. Aspectos epidemiológicos del suicidio. Cuestiones de interés médico-forense. El aborto. Las lesiones.

Tema 27. Delitos contra la libertad e indemnidad sexual: las agresiones sexuales y los abusos sexuales. Concepto y legislación. Determinación de las circunstancias relativas a estos delitos. Intervención del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Tema 28. Delitos contra la salud pública: los relacionados con la fabricación y comercialización de sustancias nocivas para la salud: drogas tóxicas, estupefacientes y psicotrópicas. Actuación del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Tema 29. Introducción a la Medicina Legal y Forense. Concepto. Características. Contenidos. Extensión y límite. Relaciones con otras Ciencias. Evolución histórica.

Tema 30. La Toxicología como rama de la Medicina Legal. Hitos en su desarrollo. Evolución hasta el estado actual de esta Ciencia.

Tema 31. Examen del lugar de los hechos: objetivos, fases y medios instrumentales para el estudio en el Laboratorio Forense. Los indicios del delito: Su búsqueda, recogida y envío al laboratorio. Reconstrucción del lugar de los hechos.

Tema 32. Exhumaciones civiles y judiciales. Concepto, motivación y legislación. Principales actuaciones periciales en los laboratorios forenses.

Tema 33. Autopsia judicial y autopsia clínica. El informe de autopsia. Repercusión de la autopsia en las actividades judiciales de los laboratorios forenses.

Tema 34. La Recomendación n.º (99) 3 del Consejo de Ministros de los Estados Miembros de la Comunidad Europea, para la armonización metodológica de las autopsias médico-legales: consideraciones generales. Principios y reglas relacionadas con los procedimientos de autopsias médico-legales.

Tema 35. Grandes catástrofes: concepto y clasificación. El Protocolo nacional de actuación Médico-Forense y de Policía Científica en sucesos con víctimas múltiples aprobado por RD 32/2009, de 16 de enero (BOE de 6 de febrero). La actuación pericial de los laboratorios forenses.

Tema 36. Muerte natural, muerte violenta y muerte sospechosa de criminalidad. La investigación médico-legal de la muerte. Actuación del laboratorio forense.

Tema 37. Investigación en incendios. Lesiones y muerte en los incendios. Principales actuaciones periciales en el laboratorio forense en relación con la investigación de incendios.

Tema 38. Muerte por sumersión. Etiología, tipos, fisiopatología. Principales actuaciones periciales en el laboratorio forense en relación con la valoración de muerte por sumersión.

Tema 39. Muerte súbita en el niño y en el recién nacido: concepto, etiología, factores que intervienen en su génesis, diagnóstico necrósico. Actuación pericial en el laboratorio forense en estos supuestos.

Tema 40. Toxicidad. Concepto. Factores que modifican la toxicidad. Toxicidad aguda y crónica. Reacciones idiosincrásicas. Toxicidad tardía.

Tema 41. Clasificación general de las intoxicaciones. Criterios que justifican su investigación toxicológica.

Tema 42. Mecanismos de toxicidad. Sus clases. Tipos de reacciones tóxicas. Reversibilidad e irreversibilidad.

Tema 43. Vías de administración. Absorción de los tóxicos y biodisponibilidad. Factores que modifican la absorción. Distribución de los tóxicos en el organismo.

Tema 44. Mecanismos de transporte a través de la membrana. Difusión pasiva. Transporte activo. Otros mecanismos.

Tema 45. Biotransformación de los tóxicos. Reacciones de fase I y de fase II. Familia del citocromo P-450. Principales reacciones de biotransformación: oxidación, hidrólisis y conjugación. Factores que modifican la biotransformación. Interacciones metabólicas de los tóxicos.

Tema 46. Eliminación de los tóxicos. Vías principales. Parámetros toxicocinéticos: Depuración. Volumen de distribución. Modelos compartiméntales. Concepto de vida media. Curvas de concentración plasmática. Toxicocinética no lineal.

Tema 47. Mecanismos de acción de los tóxicos. Receptores. Clasificación de los receptores. Concepto de agonistas y antagonistas. Importancia de los subtipos. Cuantificación de interacciones tóxico-receptor y la respuesta producida.

Tema 48. Conceptos de acumulación de los tóxicos y depósitos. Principales depósitos y su relación con la naturaleza del tóxico. Concepto de redistribución. Importancia de la redistribución postmortem para la interpretación de los resultados

Tema 49. Interacciones tóxicas. Mecanismos y clasificación de las interacciones. Metabolitos tóxicos. Importancia para la interpretación de los resultados.

Tema 50. Tratamiento antitóxico general. Neutralización. Antidotismo. Eliminación. Técnicas de depuración extrarrenal. Mantenimiento del intoxicado agudo.

Tema 51. Registro y custodia de muestras. Normas de actuación. Gestión de muestras. Cadena de custodia.

Tema 52. El Servicio de Química y Drogas. Organización y funcionamiento: Requerimientos técnicos y analíticos. Normas de preparación y remisión de muestras para investigación químico-toxicológica. Orden JUS/1291/2010 de 13 de mayo (BOE de 19 de mayo).

Tema 53. El Servicio de Histopatología: organización y funcionamiento. Requerimientos técnicos y analíticos. Normas de preparación y remisión de muestras para estudios histopatológicos. Orden JUS/1291/2010 de 13 de mayo (BOE de 19 de mayo).

Tema 54. El Servicio de Biología Forense: organización y funcionamiento. Requerimientos técnicos y analíticos. Normas de preparación y remisión de muestras para estudios biológicos. Orden JUS/1291/2010 de 13 de mayo (BOE de 19 de mayo).

Tema 55. El Servicio de Criminalística: organización y funcionamiento. Requerimientos técnicos y analíticos. Normas de preparación y remisión de muestras para estudios criminalísticos. Orden JUS/1291/2010 de 13 de mayo (BOE de 19 de mayo).

Tema 56. El Servicio de Valoración Toxicológica y Medio Ambiente: organización y funcionamiento. Requerimientos técnicos y analíticos. Normas de preparación y remisión de muestras para estudios de toxicidad y medio ambiente. Orden JUS/1291/2010, de 13 de mayo (BOE de 19 de mayo).

Tema 57. El Servicio de Información Toxicológica. Papel que desempeña al servicio de los Tribunales, otras instituciones y al ciudadano. Requerimientos técnicos y necesidades.

Tema 58. El Servicio de Garantía de calidad: organización y funcionamiento. Requerimientos técnicos. Ejercicios interlaboratorio que organiza y coordina.

Tema 59. Prevención de riesgos laborales en los laboratorios forenses. Clasificación de reactivos y materiales biológicos en función de su peligrosidad.

Tema 60. Técnicas microscópicas. Sus tipos. Fundamento y aplicaciones en los Laboratorios Forenses.

Tema 61. Microscopia Electrónica de Barrido y microanálisis de dispersión por Rayos X. Fundamento y aplicaciones en los Laboratorios Forenses.

Tema 62. Reacción en cadena de la polimerasa (PCR). Fundamento y aplicaciones en los Laboratorios Forenses.

Tema 63. Técnicas electroforéticas. Fundamento y aplicaciones en los Laboratorios Forenses.

Tema 64. Técnicas colorimétricas. Sus aplicaciones en los diversos Laboratorios Forenses.

Tema 65. Inmunoensayos. Fundamento y aplicaciones en los Laboratorios Forenses.

Tema 66. Técnicas espectrométricas. Sus tipos. Fundamento y aplicaciones en los Laboratorios Forenses.

Tema 67. Técnicas cromatográficas. Sus tipos. Fundamento y aplicaciones en los Laboratorios Forenses.

Tema 68. Nuevas tecnologías y requisitos para su implantación en el Laboratorio Forense. Quimiometría aplicada a las ciencias forenses.

Tema 69. La calidad en los Laboratorios Forenses. Elementos básicos de la calidad. Implantación de sistemas de calidad en los Laboratorios Forenses.

Tema 70. Requerimientos de la norma UNE EN ISO 17025 en relación con el personal del laboratorio. Formación. Documentación.

Tema 71. Requerimientos de la norma UNE EN ISO 17025 en relación con las instalaciones del laboratorio. Zonas a considerar. Condiciones ambientales. Seguridad e Higiene.

Tema 72. Acreditación de Laboratorios Forenses. Concepto. Proceso de Acreditación. Entidad Nacional de Acreditación (ENAC).

Tema 73. El Manual de Calidad de un Laboratorio Forense. Contenidos y elaboración.

Tema 74. Documentos del sistema de calidad: registros, formularios, informes de ensayo, y otros.

Tema 75. Evaluación de la calidad I: control interno de la calidad. Auditorías internas

Tema 76. Evaluación de la calidad II: ejercicios de intercomparación o pruebas de aptitud. Definición y objetivos. Ejercicios de calidad disponibles para los Laboratorios Forenses.

Tema 77. Evaluación de la calidad III: otros procedimientos de la evaluación de la calidad de los ensayos, repetición ensayos y auditorías. Programa de la evaluación de la calidad.

Tema 78. Auditorías del sistema de calidad de los laboratorios. Tipos y fases de la Auditoría. Concepto y gestión de acciones correctivas, preventivas, reclamaciones y no conformidades.

2. Parte específica. Programa específico Biología

Tema 1. La prueba pericial en la genética forense. Valoración de la prueba biológica y comunicación de los resultados.

Tema 2. El informe pericial dentro del Sistema de Calidad. Características, partes y tipos.

Tema 3. Recomendaciones de la Comisión Nacional para el uso forense del ADN (CNUFADN) sobre el informe pericial y la expresión de resultados en materia de análisis genéticos forenses.

Tema 4. La Comisión Nacional para el uso forense del ADN (CNUFADN): composición y funciones.

Tema 5. Grupos científicos internacionales de estandarización en el ámbito de la genética forense: composición y funciones. ENFSI, ISFG, GHEP-ISFG, SWGDAM y NIST.

Tema 6. Estándares de calidad en laboratorios de genética forense I: Organización, distribución y requerimientos en materia de personal.

Tema 7. Estándares de calidad en laboratorios de genética forense II: sistemas de gestión de datos, controles de calidad de los resultados, ejercicios colaborativos y de interlaboratorio.

Tema 8. Estándares de calidad en laboratorios de genética forense III: Validación de métodos analíticos en el laboratorio de biología forense. Ámbito de aplicación, objetivos y fases de la validación metodológica en un laboratorio de genética forense con implantación de un sistema de calidad.

Tema 9. Recomendaciones de ENFSI DNA WG sobre criterios mínimos para la validación de métodos y procesos implicados en el análisis genético de muestras biológicas.

Tema 10. Recomendaciones para evitar y monitorizar la contaminación por ADN exógeno (o humano) en los laboratorios de genética forense. Recomendaciones de los grupos de estandarización ENFSI y FSR.

Tema 11. Recomendaciones del Grupo Español Portugués de la Sociedad Internacional Genética Forense (GHEP-ISFG): toma de muestras de referencia en personas vivas.

Tema 12. Recomendaciones del Grupo Español Portugués de la Sociedad Internacional Genética Forense (GHEP-ISFG): recogida de vestigios biológicos en el cuerpo de la víctima y/o del imputado y en el lugar de los hechos.

Tema 13. Morfología celular. Estructura y función de los orgánulos celulares.

Tema 14. El núcleo interfásico y el núcleo en división. El ciclo celular y la división celular. Mitosis y meiosis.

Tema 15. Los ácidos nucleicos: ADN, ARN, estructura, composición. Cromosomas y genes.

Tema 16. Diagnóstico de vestigios de sangre en el laboratorio de biología forense. Pruebas de orientación y de certeza, técnicas analíticas de elección, interpretación de resultados.

Tema 17. Diagnóstico de vestigios de semen en el laboratorio de biología forense. Pruebas de orientación y de certeza, técnicas analíticas de elección, interpretación de resultados.

Tema 18. Estudio de saliva en el laboratorio de biología forense. Pruebas diferenciales y presuntivas, interpretación de resultados. Su interés como muestra indubitada, requerimientos de la toma de muestra para su estudio genético.

Tema 19. Estudio de otros indicios biológicos de interés forense: orina, flujo vaginal, células epiteliales u otras secreciones. Técnicas analíticas de elección. Interpretación y su valoración biológica forense.

Tema 20. El diagnóstico de especie en el laboratorio biología forense. Técnicas analíticas de elección y sus aplicaciones forenses.

Tema 21. Marcadores bioquímicos de interés biológico legal y sus aplicaciones forenses. Recomendaciones para la toma y remisión de muestras al laboratorio.

Tema 22. El diagnóstico en el laboratorio de las intoxicaciones con interés forense producidas por setas. Recogida y remisión de muestras. Técnicas analíticas de elección en el laboratorio forense.

Tema 23. El estudio biológico de la sumersión. Estudio de diatomeas y técnicas analíticas para su diagnóstico en el laboratorio de biología. Recomendaciones para la toma y remisión de muestras para su estudio.

Tema 24. El estudio biológico de la sumersión. Estudios de hidremia y técnicas analíticas para su diagnóstico en el laboratorio de biología. Recomendaciones para la toma y remisión de muestras para su estudio.

Tema 25. Aplicaciones de la microbiología al diagnóstico forense. Recomendaciones en la toma de muestras para el estudio microbiológico forense. Importancia y su problemática.

Tema 26. Microbiología forense: principales aplicaciones en patología forense y en criminalística. Su interés en la investigación de las agresiones sexuales. Problemática.

Tema 27. Microbiología forense: recomendaciones actuales en la toma de muestras para el análisis microbiológico forense. Protocolo forense para casos sospechosos de Ébola.

Tema 28. Estudio microbiológico en el diagnóstico de la muerte inesperada infecciosa. Principales patologías y agentes etiológicos. Metodología de análisis en el laboratorio de microbiología forense.

Tema 29. Nuevas metodologías en microbiología forense. Aplicaciones del análisis del microbioma en las ciencias forenses.

Tema 30. Polimorfismos genéticos de longitud y de secuencia. Definición, descripción, estructura, tipos, métodos de análisis y aplicaciones en la genética forense.

Tema 31. Polimorfismos de las regiones Microsatélites: Polimorfismos Short Tandem Repeat (STR) en genética forense. Definición, nomenclatura, criterios de selección, características y tipos.

Tema 32. Polimorfismos Short Tandem Repeat (STR): sistemas de análisis y aplicaciones en la genética forense.

Tema 33. Mini Short Tandem Repeat (STRs): definición, descripción, estructura, tipos, métodos de análisis y aplicaciones en la genética forense.

Tema 34. Polimorfismos Short Tandem Repeat (STR): productos stutter, efectos de adenilación, microvariantes, efectos drop-out, drop-in.

Tema 35. Problemática del análisis genético: Contaminación, degradación e inhibición: definiciones. Impacto en los análisis genéticos y estrategias de análisis.

Tema 36. Polimorfismos genéticos del cromosoma Y: definición, descripción, estructura, tipos, métodos de análisis y aplicaciones en la genética forense.

Tema 37. Polimorfismos genéticos del cromosoma Y: bases de datos poblacionales (YHRD) e interpretación de resultados. Tratamiento estadístico.

Tema 38. Recomendaciones de la ISFG (International Society of Forensic Genetics) respecto al uso de cromosoma Y en el análisis forense.

Tema 39. Polimorfismos del ADN mitocondrial en genética forense. Definición, descripción, estructura, tipos, métodos de análisis y aplicaciones en la genética forense.

Tema 40. Criterios de interpretación y de valoración estadística de resultados de polimorfismos de ADN mitocondrial en genética forense. Bases de datos.

Tema 41. Recomendaciones de la ISFG respecto al uso del ADN mitocondrial en el análisis forense.

Tema 42. Polimorfismos genéticos del cromosoma X. Definición, descripción, estructura, tipos, métodos de análisis, aplicaciones y limitaciones en la genética forense.

Tema 43. Polimorfismos de las regiones Minisatélites. Definición, descripción, estructura, tipos, análisis y aplicaciones en genética forense.

Tema 44. Single Nucleotide Polymorphism (SNPs) no codificantes en genética forense. Definición, descripción, estructura, tipos, análisis y aplicaciones en genética forense.

Tema 45. Single Nucleotide Polymorphism de regiones codificantes (SNPs) en genética forense. Definición, descripción, estructura, tipos, análisis y aplicaciones en genética forense.

Tema 46. Marcadores INDELs. Definición, descripción, estructura, tipos, análisis y aplicaciones en genética forense.

Tema 47. Marcadores de Sexo: Definición, descripción, estructura. Técnica analítica y aplicaciones en los estudios genético-forenses.

Tema 48. Técnicas microscópicas en el Laboratorio de biología forense (I). El microscopio óptico simple y compuesto. Reglas generales para su uso.

Tema 49. Técnicas microscópicas en el Laboratorio de biología forense (II). Tipos de tinción y aplicación en el estudio biológico de muestras de interés forenses.

Tema 50. Electroforesis en gel de agarosa y geles de poliacrilamida: fundamento, limitaciones, problemática y aplicaciones en el ámbito de la genética forense.

Tema 51. Electroforesis capilar: fundamento, limitaciones, problemática, artefactos y su resolución, aplicaciones.

Tema 52. Nuevas tecnologías: plataformas de automatización y sistemas expertos en los laboratorios de genética forense.

Tema 53. La extracción y purificación de ADN en el laboratorio de genética forense. Distintos tipos, ventajas e inconvenientes. Utilidad y aplicación en muestras forenses.

Tema 54. La cuantificación de ADN en el Laboratorio forense. Distintos tipos de cuantificación, ventajas e inconvenientes. Utilidad y aplicación en muestras forenses.

Tema 55. Polymerase Chain Reaction (PCR) a tiempo real. Descripción de la técnica, estrategias analíticas, utilidad de la PCR a tiempo real en la cuantificación del ADN y otras aplicaciones forenses.

Tema 56. La reacción en cadena de la polimerasa aplicada en genética forense (I): descripción de la técnica, condiciones y requisitos para su uso.

Tema 57. La reacción en cadena de la polimerasa aplicada en genética forense (II): sistemas multiplex-PCR, utilidad en el estudio de muestras forenses y su problemática.

Tema 58. Identificación de fragmentos de ADN en el laboratorio de genética forense. Evolución de las técnicas, estado actual. programas de análisis.

Tema 59. Secuenciación de ADN en el laboratorio de genética forense. Evolución de las técnicas, estadoactual, edición de secuencias, resolución de ambigüedades.

Tema 60. Sistemas de secuenciación masiva: Fundamento. Plataformas.

Tema 61. Sistemas de secuenciación masiva: Aplicaciones en biología forense. Ventajas y limitaciones.

Tema 62. Técnica Rapid DNA Analysis. Fundamento. Aplicaciones en biología forense. Ventajas y limitaciones.

Tema 63. Técnicas moleculares en el diagnóstico de especies no humanas en la biología forense. Distintos tipos, utilidad y aplicación en muestras forenses.

Tema 64. Recomendaciones de la Sociedad Internacional de Genética Forense (ISFG) respecto al uso del ADN no humano en análisis forense.

Tema 65. Estrategias de estudio genético en delitos contra la libertad sexual en el laboratorio forense. Tipos de muestras. Metodología de análisis. Interpretación de resultados y su problemática.

Tema 66. Estudio de las agresiones sexuales en el Laboratorio de genética forense. Recomendaciones del grupo de habla española y portuguesa de la Sociedad Internacional de Genética Forense (GEP-ISFG) para la recogida de indicios y remisión de muestras al laboratorio. Principales indicios y técnicas analíticas de interés en su estudio.

Tema 67. Estrategias de estudio genético en delitos contra la vida y la integridad física en el laboratorio forense. Tipos de muestras. Análisis de interés para su estudio. Interpretación de resultados y su problemática.

Tema 68. El estudio de muestras clínicas: biopsias, citologías, frotis en el laboratorio de genética forense. Metodología de análisis. Interpretación de resultados y su problemática.

Tema 69. El estudio de tejidos y restos fetales o abortivos en genética forense. Métodos de análisis. Interpretación de resultados y su problemática.

Tema 70. Estrategias de estudio en huesos y piezas dentales en el laboratorio de genética forense. Metodología de análisis. Interpretación de resultados y su problemática.

Tema 71. Estrategias de estudio en uñas en el laboratorio de genética forense. Metodología de análisis. Interpretación de resultados y su problemática.

Tema 72. Identificación genética de pelos en el laboratorio de genética forense. Métodos de análisis. Interpretación de resultados y su problemática.

Tema 73. El estudio del ADN antiguo. Daños moleculares. Estrategias de análisis. Problemática y criterios de autenticidad.

Tema 74. Las muestras de referencia en genética forense. Definición, tipos y normas de recogida y envío al laboratorio, valoración y problemática de su uso. Aspectos éticos y legales de su aplicación en la pericia forense.

Tema 75. Low level DNA: concepto,problemática, estrategias de análisis. criterios de interpretación y limitaciones en la casuística forense.

Tema 76. Perfiles mezcla (I): problemática, criterios de análisis e interpretación.

Tema 77. Perfiles mezcla (II): interpretación estadística de perfiles mezclas, herramientas informáticas (LRmixStudio).

Tema 78. Perfiles mezcla (III): recomendaciones de la Sociedad Internacional de Genética Forense (ISFG) para el análisis e interpretación de perfiles mezcla.

Tema 79. Perfiles mezcla (IV): recomendaciones del Grupo Científico de Trabajo sobre Métodos Analíticos de ADN (SWGDAM) para el análisis e interpretación de perfiles mezcla.

Tema 80. Perfiles mezcla (V): recomendaciones de la Comisión Nacional para el uso forense del ADN (CNUFADN). Guía de interpretación de mezclas y muestras con bajo contenido en ADN.

Tema 81. La investigación biológica de la paternidad y/o maternidad. Antecedentes legales. Descripción de las fases de estudio y métodos de análisis, su problemática y limitaciones en la pericia forense.

Tema 82. Estudio de paternidades defectivas. Estrategias de estudio para su resolución y métodos de análisis requeridos. Su problemática y limitaciones en la pericia forense.

Tema 83. La investigación de relaciones de parentesco y estudios de linajes. Estrategias de estudio para su resolución y métodos de análisis requeridos. Su problemática y limitaciones en la pericia forense.

Tema 84. Recomendaciones de la Sociedad Internacional de Genética Forense (ISFG) en los estudios de parentesco.

Tema 85. Identificación genética de restos cadavéricos en situaciones de grandes catástrofes: estrategias de análisis y problemática asociada.

Tema 86. Protocolo nacional de actuación médico-forense y de Policía Científica en sucesos con víctimas múltiples.

Tema 87. Recomendaciones de la Sociedad Internacional Genética Forense (ISFG) respecto a la participación de la genética forense en los escenarios DVI.

Tema 88. Recomendaciones del grupo español portugués de la Sociedad Internacional Genética Forense (GEP-ISFG) para la recogida y remisión de muestras con fines de identificación genética en grandes catástrofes.

Tema 89. Estudios de identificación genética en caso de adopciones irregulares y sustracción de recién nacidos. Selección y obtención de muestras. Métodos de análisis. Registro y búsqueda en bases de datos. Criterios de interpretación y comunicación de las compatibilidades.

Tema 90. Recomendaciones de la Comisión Nacional para el uso forense del ADN (CNUFADN) sobre los estudios de identificación genética en casos de adopciones irregulares y sustracción de recién nacidos.

Tema 91. Bases de datos de ADN con fines de investigación criminal Internacionales. Base de datos CODIS. Criterios legislativos.

Tema 92. Recomendaciones de ENFSI DNA WG sobre gestión y tratamiento de las bases de ADN de interes criminal.

Tema 93. Ley Orgánica 10/2007, de 8 de octubre, reguladora de la base de datos policial sobre identificadores obtenidos a partir del ADN.

Tema 94. Las bases de datos poblacionales de marcadores de ADN utilizados en genética forense. Tipos. Aplicaciones en la pericia forense.

Tema 95. Parámetros estadísticos utilizados en la valoración estadística de la prueba biológica en genética forense: Investigación de la paternidad y criminalística biológica.

Tema 96. La interpretación de la prueba y la valoración estadística en la investigación biológica de la paternidad y otras relaciones de parentesco. Expresión del resultado y exposición en el dictamen pericial.

Tema 97. La interpretación de la prueba y la valoración estadística en la identificación genética de vestigios biológicos de interés forense. Expresión del resultado y exposición en el dictamen pericial.

Tema 98. La interpretación de la prueba y la valoración estadística en la identificación genética en grandes catástrofes. Las herramientas informáticas de utilidad en grandes catástrofes.

Tema 99. Recomendaciones de la ISFG (International Society of Forensic Genetics) para la validación de programas informáticos para cálculos bioestadísticos en aplicaciones forenses.

Tema 100. Aspectos legales de la prueba de ADN: problemática ética y jurídica, consentimiento informado, búsquedas de familiares en base de datos, uso de polimorfismos de ADN con fines de predicción biogeográfica y características físicas.

ANEXO III
Instrucciones para la cumplimentación del proceso de inscripción

Lea atentamente y siga las siguientes instrucciones:

Muy importante. La inscripción en este proceso selectivo (lo que comprenderá la cumplimentación de la instancia, abono de la tasa y su presentación) se realizará por vía electrónica.

Acceso:

El impreso es el modelo 790-Código 007 en cuya parte superior figura «solicitud de admisión a pruebas selectivas de la Administración Pública y liquidación de la tasa de derechos de examen» que estará disponible en el punto de acceso general (www.administracion.gob.es) o a través del portal web del Ministerio de Justicia, www.mjusticia.gob.es, dentro de la pestaña «Ciudadanos», sección «Empleo Público», Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Para realizar la inscripción electrónica el aspirante deberá identificarse ante la Administración Pública a través del sistema Cl@ve, utilizando el certificado electrónico o claves concertadas.

Solicitud:

Casilla 15: Deberá constar el Cuerpo que se indica en la convocatoria.

Casilla 16: Especialidad. Indicar la especialidad (programa) por la que se opta.

Casilla 17: Forma de acceso. Deberá constar «P» para indicar promoción interna y «L» para libre.

Casilla 20: Provincia de examen. Deberá constar Madrid.

Casillas 21 a 23: Aspirantes con discapacidad:

– Casilla 21: Grado de discapacidad. Los aspirantes con discapacidad podrán indicar el grado de discapacidad que tengan reconocido y la Comunidad Autónoma que lo acredita, opten o no por el cupo de discapacidad.

– Casilla 22: Cupo de reserva personas con discapacidad. Deberán marcar el valor «SI» los aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento que opten por las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad, según se indica en la base 1.2 «Reserva discapacidad».

– Casilla 23: Adaptación que solicita en caso de discapacidad. En este recuadro se expresarán, en su caso, las adaptaciones de tiempo y medios que puedan requerir, a fin de que el Tribunal cuente con la necesaria información para la adaptación de la realización de los ejercicios. Se deberá aportar, además, un dictamen técnico facultativo actualizado acerca de la procedencia de la adaptación solicitada, emitido por el órgano técnico de valoración que determinó el grado de discapacidad, en el que conste expresamente la adaptación que corresponde al interesado en cada uno de los ejercicios según sus circunstancias personales. Esta adaptación la pueden solicitar todos los aspirantes con discapacidad con independencia de que accedan o no por el cupo de discapacidad.

Casilla 26: Titulación. Seleccione la titulación de acuerdo con lo establecido en la convocatoria. En caso de que no figure en el desplegable, deberá seleccionar en «Otras titulaciones» la que corresponda.

Pago y presentación:

Una vez cumplimentada la solicitud se procederá al pago electrónico y registro, según las instrucciones que se indican. Cuando resulte imposible la inscripción electrónica por razones técnicas, se podrá realizar la presentación y pago en papel conforme a lo establecido en la base undécima de las bases comunes, debiendo acreditar documentalmente dicha imposibilidad.

La constancia del correcto pago de la tasa estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.

Presentación y pago electrónicos:

– Deberá disponer de un certificado electrónico o claves concertadas, acceder al portal web del Ministerio de Justicia, www.mjusticia.gob.es, dentro de la pestaña «Ciudadanos», sección «Empleo Público», cuerpo de Facultativos y seguir las instrucciones previstas.

– Mediante esta opción se realizarán electrónicamente los trámites de cumplimentación del formulario, pago y presentación en el Registro Electrónico del Ministerio de Justicia.

– Como resultado se podrá descargar un documento con los comprobantes del pago y del registro de la solicitud, firmado electrónicamente, que servirá de justificante de haberlo realizado correctamente.

– La persona que solicita presentarse al proceso selectivo será quien deba realizar el registro de su solicitud.

Exención o reducción de tasa:

Las personas que deseen acogerse a la exención o reducción de la tasa y deban presentar la documentación acreditativa que se indica en la base 5.5 de esta convocatoria, podrán autorizar al órgano gestor para que pueda verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas, respecto a los siguientes documentos:

– Los acreditativos de grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID.

– La certificación relativa a la condición de demandante de empleo. IRPF para verificar las rentas.

– La aportación del título de familia numerosa cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID.

En caso de no prestar el consentimiento al órgano gestor no se deberá marcar la casilla que aparece a tal efecto en la solicitud y se presentarán los documentos acreditativos con la instancia de solicitud.

Asimismo, los demás documentos que se indican en la base quinta deberán aportarse en todo caso junto con la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso, la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

ANEXO IV
Tribunal Calificador Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses

Tribunal titular

Presidente: Don Vidal Santos Yusta. Médico Forense.

Vocales:

Don Manuel Crespillo Márquez. Facultativo del INTCF.

Don Manuel López Soto. Facultativo del INTCF.

Doña Cristina Albarrán Herrera. Facultativa del INTCF.

Doña Marta Grijalba Mazo. Médica Forense destinada en el Ministerio de Justicia.

Doña Ana Herrero Botas, Funcionaria Subgrupo A1 destinada en el Ministerio de Justicia.

Secretaria: Doña María Dulce Yribarren Muñoz, Funcionaria Subgrupo A1 destinada en el Ministerio de Justicia.

Tribunal suplente

Presidente: Don Eneko Barbería Marcalain. Médico Forense.

Vocales:

Don Pedro Alberto Barrio Caballero. Facultativo del INTCF.

Doña María Coro Fernández Oliva. Facultativa del INTCF.

Doña Carolina Sánchez de la Torre Hernández. Facultativa del INTCF.

Doña Cristina Romero de la Cruz. Médica Forense.

Doña Esther Hervella Durántez. Letrada de la Administración de Justicia.

Secretaria: Doña Dulce Doval Sancho, Funcionaria Subgrupo A1 destinada en el Ministerio de Justicia.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 20/07/2021
  • Fecha de publicación: 29/07/2021
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE APRUEBA:
    • la relación de admitidos y excluidos y se anuncia fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio, por Orden JUS/1156/2021, de 21 de octubre (Ref. BOE-A-2021-17526).
    • la relación provisional de admitidos y excluidos, por Orden JUS/1026/2021, de 23 de septiembre (Ref. BOE-A-2021-15816).

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid