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Documento BOE-A-2021-12725

Resolución de 29 de junio de 2021, de la Organización Nacional de Trasplantes, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema general de acceso libre, en el marco de estabilización de empleo temporal, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo, en las categorías de personal sanitario facultativo, personal sanitario no facultativo y personal no sanitario.

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 29 de julio de 2021, páginas 91431 a 91495 (65 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Sanidad
Referencia:
BOE-A-2021-12725

TEXTO ORIGINAL

La presente convocatoria se aprueba en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 954/2018, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público de estabilización correspondiente a la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 2017 y se aprueba la oferta de empleo público de estabilización para el personal de la Administración de Justicia para 2018, en cuyo anexo I, se incluyen las plazas correspondientes de personal estatutario de la Organización Nacional de Trasplantes.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, del citado Real Decreto 954/2018, de 27 de julio, la articulación del proceso de estabilización objeto de esta convocatoria garantizará, en todo caso, el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad y les será de aplicación los criterios generales establecidos en el Real Decreto 955/2018, de 27 de julio, por el que se apruebe la oferta de empleo público para el año 2018.

Asimismo, el proceso de estabilización se regirá por los criterios generales establecidos en el Acuerdo sobre el Desarrollo de los Procesos de Estabilización del Empleo Temporal en el ámbito de la Administración General del Estado, de 11 de diciembre de 2019.

Esta convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, publicado por Resolución de 29 de diciembre de 2020, de la Secretaría General de Función Pública.

Por ello, esta Dirección General, en uso de las competencias que le están atribuidas en el Real Decreto 1825/2009, de 27 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Organización Nacional de Trasplantes, en el Real Decreto 735/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y en la Orden SND/1308/2020, de 31 de diciembre, sobre fijación de límites para administrar determinados créditos para gastos, para conceder subvenciones y de delegación de competencias, y en base a la Resolución de 18 de febrero de 2019, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión a la Organización Nacional de Trasplantes, para la gestión material de las pruebas selectivas para acceso a la condición de personal estatutario de la Organización Nacional de Trasplantes, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, resuelve convocar este proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en distintas plazas de la Organización Nacional de Trasplantes en las categorías de Facultativo Especialista de Área de Nefrología, Facultativo Especialista de Área de Medicina Preventiva y Salud Pública, Diplomado Universitario en Enfermería, Ingeniero Superior, Técnico de la Función Administrativa, Técnico Titulado Superior, Gestión de la Función Administrativa, Técnico de Grado Medio, Administrativo y Auxiliar Administrativo, con sujeción a las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA

Bases comunes

Este proceso selectivo se regirá por las bases comunes contenidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por las presentes bases y por lo dispuesto en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, por el Real Decreto-ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, que resulta de aplicación con rango reglamentario.

La presente convocatoria se publicará, entre otras, en la sede electrónica del Punto de Acceso General de la Administración General del Estado (http://sede.administracion.gob.es), en el portal del Ministerio de Sanidad (http://www.mscbs.gob.es) y en la página web de la Organización Nacional de Trasplantes (http://www.ont.es) y en el «Boletín Oficial del Estado».

Bases específicas

Primera. Descripción de las plazas.

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir las 22 plazas de la Organización Nacional de Trasplantes comprendidas en el Real Decreto 954/2018, de 27 de julio, por el sistema de acceso libre, cuyas categorías y números de orden se especifican a continuación:

N.º orden Grupo Categoría Cupo general Reserva discapacitados Total
Personal sanitario facultativo
1 A1 Facultativo Especialista de Área de Nefrología. 1 0 1
2 A1 Facultativo Especialista de Área de Medicina Preventiva y Salud Pública. 4 0 4
N.º orden Grupo Categoría Cupo general Reserva discapacitados Total
Personal sanitario no facultativo
3 A2 Diplomado Universitario en Enfermería. 3 0 3
N.º orden Grupo Categoría Cupo general Reserva discapacitados Total
Personal no sanitario
4 A1 Ingeniero Superior. 1 0 1
5 A1 Técnico de la Función Administrativa. 2 0 2
6 A1 Técnico Titulado Superior. 2 0 2
7 A2 Gestión de la Función Administrativa. 2 0 2
8 A2 Técnico de Grado Medio. 2 0 2
9 C1 Administrativo. 1 1 2
10 C2 Auxiliar Administrativo. 3 0 3

1.2 El aspirante deberá optar exclusivamente por un número de orden, que hará constar en su solicitud en la casilla destinada al efecto, pudiendo presentar tantas solicitudes como plazas a la que se quiera optar.

Segunda. Proceso selectivo.

2.1 El proceso selectivo constará de dos fases: fase de oposición y fase de concurso de méritos, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en los anexos I y II.

2.2 La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso.

2.3 Los primeros ejercicios de cada uno de los distintos números de orden podrán coincidir en tiempo, hora y lugar con el resto.

2.4 A las personas aspirantes que superen el proceso selectivo, les será de aplicación el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, el Estatuto Básico del Empleado Público, así como las normas que se dicten en su desarrollo.

2.5 La Dirección General de la Organización Nacional de Trasplantes resolverá cuantas incidencias se susciten en el desarrollo de esta convocatoria, sin perjuicio de las que corresponden al Tribunal de Selección según lo dispuesto en esta convocatoria.

2.6 El proceso selectivo tendrá una duración máxima de un año desde la publicación de la convocatoria que da inicio al mismo.

Tercera. Desarrollo del proceso selectivo.

3.1 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará en un plazo máximo de cuatro meses, contados a partir de la publicación de la convocatoria, sin perjuicio de que pueda acordarse su ampliación. Los primeros ejercicios de cada uno de los distintos números de orden podrán coincidir en tiempo, hora y lugar.

3.2 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo apellido comience por la letra «B» o por la letra «C» en el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «B», y así sucesivamente, de conformidad con lo previsto en la Resolución de 21 de julio de 2020, de la Secretaría de Estado de Función Pública (BOE del 24).

3.3 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», y página web se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de personas aspirantes admitidas y excluidas, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar, en su caso, los defectos que hubieran motivado la exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la fase oposición.

Los lugares en los que se expondrá al público la relación completa de las personas aspirantes serán la sede electrónica del Punto de Acceso General de la Administración General del Estado (http://sede.administracion.gob.es), el portal del Ministerio de Sanidad (http://www.mscbs.gob.es) y la página web de la Organización Nacional de Trasplantes (http://www.ont.es) y los tablones de publicación de la Organización Nacional de Trasplantes.

3.4 Finalizado el plazo de subsanación, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

3.5 Sin perjuicio de que, a la finalización del proceso selectivo, se requiera a quienes hayan superado el mismo la acreditación documental del cumplimiento de los requisitos de participación, en cualquier momento del proceso selectivo el órgano convocante podrá requerir a las personas aspirantes que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos, y de no acreditar los mismos, acordar su exclusión.

3.6 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a las personas aspirantes o inasistencia a los ejercicios.

3.7 La convocatoria recoge las plazas reservadas para el cupo de personas con discapacidad autorizadas en el anexo I del citado Real Decreto 954/2018, de 27 de julio, por lo que, del total de plazas ofrecidas en esta convocatoria, conforme establece el artículo 59.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y artículo 30.6 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, se reservará un siete por ciento.

3.8 Quienes opten a las plazas reservadas para las personas con discapacidad, deberán acreditar que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento y habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el proceso selectivo.

3.9 Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar un cronograma orientativo con las fechas de realización de las pruebas relativas a este proceso selectivo.

3.10 La previsión sobre la duración máxima de la fase de oposición del proceso selectivo es de doce meses.

3.11 Cualquier consulta en relación con las bases de esta convocatoria se deberá dirigir a la dirección de correo electrónico ontoposiciones@sanidad.es, poniendo como asunto «Oferta de empleo público de estabilización ONT».

Cuarta. Programas.

El programa que ha de regir en el proceso selectivo para cada categoría profesional es el que figura como anexo III a esta convocatoria.

Quinta. Tribunal.

5.1 El Tribunal que ha de juzgar estas pruebas selectivas será el que en su día se designe por resolución de la autoridad competente publicada en BOE con una antelación mínima de diez días hábiles al inicio de las pruebas.

5.2 La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta, en representación o por cuenta de nadie.

5.3 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Ley 19/2013, de 9 de noviembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en las demás disposiciones vigentes.

5.4 Si en cualquier momento del procedimiento el Tribunal tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al órgano convocante o, en su caso, poner en su conocimiento la posible concurrencia de esta circunstancia, para que, previas las comprobaciones necesarias, se resuelva al respecto.

5.5 El Tribunal, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad, que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes.

5.6 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

5.7 El Presidente del Tribunal deberá solicitar de los miembros del mismo, declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Los miembros del Tribunal que se encuentre en alguno de los supuestos del artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento, comunicándolo a los efectos oportunos.

Los miembros del Tribunal titular y suplente podrán actuar de forma indistinta.

No podrán formar parte de los Tribunales el personal de elección o designación política, los altos cargos, los funcionarios interinos, el personal eventual ni el personal laboral.

El Tribunal se ajustará a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y su ajustará en su composición a lo establecido en el artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y en el artículo 60.1 del TREBEP.

5.8 Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando, a su juicio, concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior, conforme al artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.9 El Tribunal podrá proponer a la Dirección General de la Organización Nacional de Trasplantes, la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, que son la única base de su colaboración con el Órgano de decisión. Dichos asesores deberán poseer titulación académica de nivel igual o superior al exigido en la convocatoria.

5.10 Corresponde al Tribunal calificador las funciones relativas a la determinación concreta del contenido de la prueba y la calificación y valoración de los aspirantes, tanto en la parte de oposición como en la de concurso, así como, en general, la adopción de cuantas medidas sean precisas en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas, particularmente las que se refieren a la base 7.1 de la presente convocatoria, y la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del ejercicio, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

5.11 El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas puedan plantearse y para adoptar los acuerdos que garanticen el buen orden de la convocatoria, en todo lo no previsto por las presentes bases y normativa aplicable.

5.12 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la c/ Sinesio Delgado, 8, Pabellón 3, 28029 Madrid, dirección de correo electrónico ontoposiciones@sanidad.es.

Sexta. Requisitos de los aspirantes.

6.1 Además de los requisitos enumerados en la citada Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, los aspirantes deberán acreditar estar en posesión o en condiciones de obtener el título que se indica a continuación en cada categoría específica según lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público:

6.1.1 Personal Sanitario Facultativo:

Número de orden 1. Facultativo Especialista de Área de Nefrología: Título de Médico Especialista en Nefrología.

Número de orden 2. Facultativo Especialista de Área de Medicina Preventiva y Salud Pública: Título de Médico Especialista en Medicina Preventiva y Salud Pública.

6.1.2 Personal Sanitario no Facultativo:

Número de orden 3. Diplomado Universitario en Enfermería: Título de Grado en Enfermería o Diplomado Universitario en Enfermería.

6.1.3 Personal no Sanitario:

Número de orden 4. Ingeniero Superior: Título de Ingeniero Superior.

Número de orden 5. Técnico de la Función Administrativa: Título de Grado o Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalentes reconocidos por la normativa vigente.

Número de orden 6. Técnico Titulado Superior: Título de Grado o Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalentes reconocidos por la normativa vigente.

Número de orden 7. Gestión de la Función Administrativa: Título de Grado o Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, o equivalentes reconocidos por la normativa vigente.

Número de orden 8. Técnico de Grado Medio: Título de Grado o Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, o equivalentes reconocidos por la normativa vigente.

Número de orden 9. Administrativo: Título de Bachillerato, Bachillerato Unificado Polivalente o Formación Profesional de Técnico Superior o Técnico Especialista, o equivalentes reconocidos por la normativa vigente, o tener aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años.

Número de orden 10. Auxiliar Administrativo: Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO), Educación General Básica o Formación Profesional de Técnico o Técnico Auxiliar, o equivalentes reconocidos por la normativa vigente.

6.2 Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho de la Unión Europea.

6.3 Los candidatos deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión los requisitos exigidos.

6.4 Aquellos aspirantes que tengan la condición de funcionarios españoles en organismos internacionales presentarán los certificados y documentos previstos en la base decimotercera de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.

Séptima. Acceso de personas con discapacidad.

7.1 Quienes opten a la plaza reservada para las personas con discapacidad deberán acreditar que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento y habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el proceso selectivo.

7.2 Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán requerir en el formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos de las pruebas del proceso selectivo. Los interesados deberán formular la petición correspondiente al solicitar la participación en la convocatoria. Igualmente, deberán aportar el dictamen técnico facultativo previsto en el punto 8.9.a) de estas bases específicas.

7.3 El Tribunal, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, adoptará las medidas oportunas, que permitan a los aspirantes con discapacidad, que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes, y aplicará las adaptaciones de tiempos previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

7.4 En caso de que no se obtenga la plaza en el turno de discapacidad, y la nota sea superior a la del turno general, se incluirá al aspirante en el turno general.

Octava. Solicitudes.

8.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas, deberán cumplimentar electrónicamente la solicitud de admisión a pruebas selectivas en el modelo oficial 790, al que se accede a través del Punto de Acceso General de la Administración General del Estado en la URL: http://sede.administracion.gob.es/PAG/ips.

8.2 Los interesados dispondrán de un plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» para presentar su solicitud (modelo 790) cumplimentada electrónicamente en la forma establecida en las bases 8.3 y 8.4. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

8.3 De conformidad con lo establecido en el artículo 3.4 del Real Decreto 702/2017, de 7 de julio, y en el apartado decimocuarto.2 de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, de bases comunes, la presentación de las solicitudes se realizará preferentemente por vía electrónica en la forma siguiente:

Los interesados realizarán su inscripción online a través de la aplicación de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General de la Administración General del Estado (http://sede.administracion.gob.es/PAG/ips).

Para ello, seleccionarán el cuerpo y la forma de acceso que corresponda y pulsarán el botón «Inscribirse». A continuación, en la opción «Realice su inscripción online» deberán pulsar el botón «Acceder a Cl@ve» y seguir las instrucciones que se le indiquen en la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.

La presentación electrónica permitirá lo siguiente:

– La cumplimentación e inscripción en línea del modelo 790.

– Anexar, en su caso, documentos escaneados a su solicitud.

– El pago electrónico de tasas.

– El registro electrónico de la solicitud.

Cumplimentados todos los datos solicitados, pulsará el botón de «Firmar y enviar inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente si se muestran los justificantes del pago y registro de la inscripción.

El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos. La constancia de pago correcto de las tasas estará avalada por el número de referencia completo (NRC) emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria que figurará en el justificante de registro.

En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan que ir acompañadas de documentación adicional, de conformidad con lo previsto en las bases 7.2, 8.6 y 8.9, ésta podrá adjuntarse escaneada en la solicitud electrónica.

Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la cumplimentación sustitutoria en papel en los términos indicados a continuación.

8.4 Los interesados podrán presentar su solicitud en soporte papel, debiendo rellenar previamente el formulario 790, a través del Punto de Acceso General de la Administración General del Estado (http://sede.administracion.gob.es/PAG/ips). Una vez cumplimentados en la citada página todos los datos solicitados de dicho formulario, deberán pulsar en la parte inferior del mismo sobre la opción «generar solicitud». De esta manera, se generará el documento que, al imprimirlo a continuación en soporte papel, constará de tres copias («ejemplar para la Administración», «ejemplar para el interesado» y «ejemplar para la entidad colaboradora»). Cada solicitud tendrá asignado un número de referencia identificativo único (no son válidas las fotocopias). Para efectuar el pago de esta tasa, se presentará el original de la solicitud impresa cumplimentado en la forma descrita en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.

En la solicitud deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Una vez efectuado el ingreso de la tasa de derechos de examen, habrá que presentar el formulario de solicitud en el Registro General de la Organización Nacional de Trasplantes, Sinesio Delgado 8, 28028 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes podrán cursarse en el extranjero mediante su presentación en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad en el extranjero a la cuenta corriente restringida de recaudación código SWIFT BBVA ES MM IBAN ES29 0182 2370 4102 00000822 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, siendo por cuenta del aspirante los gastos y comisiones bancarias que se originen por dicha transferencia.

8.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo V.

8.6 Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://sede.administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo mensual, al Salario Mínimo Profesional.

Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición expresa del interesado, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.

En caso de no dar el consentimiento la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al último ejercicio y, en su caso, del certificado del nivel de renta.

c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas. De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100 por cien de la tasa los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del 50 por ciento los miembros de las familias de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante fotocopia del correspondiente título actualizado, que deberá ser adjuntado a la solicitud.

La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://sede.administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición expresa del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.

d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

8.7 El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.

8.8 En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

8.9 Los aspirantes que se encuentren en los siguientes supuestos deberán presentar la siguiente documentación adicional:

a) Los aspirantes con discapacidad que soliciten adaptaciones o ajustes razonables de tiempos y medios para la realización de los ejercicios y pruebas del proceso selectivo deberán adjuntar el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s permanente/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, para que el Tribunal pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.

b) Los aspirantes incluidos en los párrafos a), b) y c) del punto 1.2 de la base décima de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, deberán acompañar a su solicitud los documentos que acrediten las condiciones que aleguen sobre su nacionalidad.

Novena. Embarazo de riesgo o parto.

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

Décima. Relaciones con el ciudadano.

A lo largo del proceso selectivo, se irá publicando en las páginas web del Punto de Acceso General de la Administración General del Estado (http://sede.administracion.gob.es/), del Ministerio de Sanidad (http://www.mscbs.gob.es) y de la Organización Nacional de Trasplantes (http://www.ont.es) toda la información relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo del mismo.

En todo caso, solo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.

Undécima. Nombramiento y toma de posesión.

11.1 Los aspirantes tendrán un plazo de veinte días hábiles para presentar en el Registro de la Organización Nacional de Trasplantes o en cualquiera de los registros establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos que correspondan según la convocatoria. Dichos requisitos se presentarán en la forma prevista en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de los aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo, la autoridad competente mediante Resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», nombrará a los aspirantes seleccionados.

11.2 Los aspirantes nombrados dispondrán de un plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución citada, para efectuar la toma de posesión que se llevará a efecto en la propia Organización Nacional de Trasplantes.

11.3 Se establece un período mínimo de 24 meses de permanencia en la plaza de forma inmediata tras la toma de posesión.

11.4 Si un aspirante no toma posesión de la plaza adjudicada en el plazo indicado, perderá todos los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo, salvo que el órgano convocante, previa audiencia del interesado, aprecie la existencia de causa justificada, según la normativa aplicable.

Duodécima. Norma final.

Contra la presente resolución y cuantos actos administrativos se deriven de ella, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Dirección General de la Organización Nacional de Trasplantes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En el caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.

Madrid, 29 de junio de 2021.–La Directora General de la Organización Nacional de Trasplantes, Beatriz Domínguez-Gil González.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición.

1. Fase de oposición

1.1 Las personas aspirantes serán convocadas para la realización del ejercicio de la fase de oposición en llamamiento único, quedando excluidas de la oposición quienes no comparezcan.

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados por el especialista que realiza el seguimiento de su embarazo, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo, no pudiendo superar en ningún el plazo recogido en la base 3.1.

En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los aspirantes que acrediten su identidad, debiendo concurrir a la celebración del ejercicio con el documento nacional de identidad, pasaporte o cualquier otro documento oficial que permita acreditar su personalidad.

1.2 La fase oposición estará formada por los ejercicios que se indican a continuación para las distintas categorías y su puntuación máxima será 90 puntos:

1.2.1 (Número orden 1.º) Facultativo Especialista de Área de Nefrología; (número orden 2.º) Facultativo Especialista de Área de Medicina Preventiva y Salud Pública; (número orden 4.º) Ingeniero Superior; (número orden 5.º) Técnico de la Función Administrativa y (número orden 6.º) Técnico Titulado Superior:

La fase de oposición estará formada por los siguientes dos ejercicios:

Primer ejercicio: Un ejercicio teórico, de tipo test, compuesto de 90 preguntas que versarán sobre el contenido del programa, común y específico, establecido en el anexo III para cada número de orden concreto al que se opte (número orden 1.º; 2.º; 4.º; 5.º; 6.º), con cuatro respuestas alternativas, de las que solo una será la correcta. Pudiendo preverse 5 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 90 anteriores.

Todas las preguntas tendrán el mismo valor y cada contestación errónea se penalizará descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.

Para la realización de este ejercicio, las personas aspirantes dispondrán de un tiempo de noventa minutos.

Este primer ejercicio tendrá una calificación máxima de 45 puntos.

El Tribunal fijará con anterioridad a la celebración de la prueba, la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar en este primer ejercicio para que pueda evaluarse el segundo.

Las plantillas correctoras se harán públicas en el plazo máximo de 48 horas a contar desde la finalización de la prueba. Las alegaciones a aquellas deberán presentarse dentro del plazo de cinco días hábiles desde la publicación de las plantillas a través de los medios electrónicos que se especifiquen en estas.

Segundo ejercicio: Un ejercicio de carácter teórico-práctico que consistirá en la resolución de un caso práctico o tema de entre dos planteados por el Órgano de Selección relacionados con los temas del programa de la parte específica, establecidos en el anexo III para cada número de orden concreto al que se opte (número orden 1.º; 2.º; 4.º; 5.º; 6.º). El ejercicio será defendido posteriormente en sesión pública ante el Órgano de Selección quien podrá dialogar con la persona opositora sobre extremos relacionados con el ejercicio durante un período máximo de veinte minutos. En esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada.

Este ejercicio tendrá una calificación máxima de 45 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 25 puntos para superarlo y tendrá una duración máxima de noventa minutos.

La calificación global de la fase de oposición será de 90 puntos y vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el primer y segundo ejercicio. Para superar la fase de oposición será necesario haber superado ambos ejercicios.

1.2.2 (Número orden 3.º) Diplomado Universitario en Enfermería; (número orden 7.º) Gestión de la Función Administrativa y (número orden 8.º) Técnico de Grado Medio:

La fase de oposición estará formada por los siguientes dos ejercicios:

Primer ejercicio: Un ejercicio teórico, de tipo test, compuesto de 60 preguntas que versarán sobre el contenido del programa, común y específico, establecido en el anexo III para cada número de orden concreto al que se opte (número orden 3.º; 7.º; 8.º), con cuatro respuestas alternativas, de las que solo una será la correcta. Pudiendo preverse 5 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 60 anteriores.

Todas las preguntas tendrán el mismo valor y cada contestación errónea se penalizará descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.

Para la realización de este ejercicio, las personas aspirantes dispondrán de un tiempo de sesenta minutos.

Este primer ejercicio tendrá una calificación máxima de 45 puntos.

El Tribunal fijará con anterioridad a la celebración de la prueba, la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar en este primer ejercicio para que pueda evaluarse el segundo.

Las plantillas correctoras se harán públicas en el plazo máximo de 48 horas a contar desde la finalización de la prueba. Las alegaciones a aquellas deberán presentarse dentro del plazo de cinco días hábiles desde la publicación de las plantillas a través de los medios electrónicos que se especifiquen en estas.

Segundo ejercicio: Un ejercicio de carácter práctico que consistirá en la resolución de un caso práctico, a elección del candidato, de entre dos planteados por el Órgano de Selección relacionado con los temas del programa de la parte específica establecidos en el anexo III para cada número de orden concreto al que se opte (número orden 3.º; 7.º; 8.º). El ejercicio será defendido posteriormente en sesión pública ante el Órgano de Selección quien podrá dialogar con la persona opositora sobre extremos relacionados con el ejercicio durante un período máximo de quince minutos. En esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada.

Este ejercicio tendrá una calificación máxima de 45 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 25 puntos para superarlo y tendrá una duración máxima de sesenta minutos.

La calificación global de la fase de oposición será de 90 puntos y vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el primer y segundo ejercicio. Para superar la fase de oposición será necesario haber superado ambos ejercicios.

1.2.3 (Número orden 9.º) Administrativos:

La fase de oposición estará formada por los siguientes dos ejercicios:

Primer ejercicio: Un ejercicio teórico, de tipo test, compuesto de 45 preguntas que versarán sobre el contenido del programa, común y específico, establecido en el anexo III para ese número de Orden, con cuatro respuestas alternativas, de las que solo una será la correcta. Pudiendo preverse 5 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 45 anteriores.

Todas las preguntas tendrán el mismo valor y cada contestación errónea se penalizará descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.

Para la realización de este ejercicio, las personas aspirantes dispondrán de un tiempo de cuarenta y cinco minutos.

Este primer ejercicio tendrá una calificación máxima de 45 puntos.

El Tribunal fijará con anterioridad a la celebración de la prueba, la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar en este primer ejercicio para que pueda evaluarse el segundo.

Las plantillas correctoras se harán públicas en el plazo máximo de 48 horas a contar desde la finalización de la prueba. Las alegaciones a aquellas deberán presentarse dentro del plazo de cinco días hábiles desde la publicación de las plantillas a través de los medios electrónicos que se especifiquen en estas.

Segundo ejercicio: Un ejercicio de carácter práctico que consistirá en la resolución de un caso práctico, de entre tres planteados por el Órgano de Selección, que versará sobre el contenido del programa de la parte específica establecido en el anexo III para ese número de orden y que contendrá 15 preguntas con cuatro respuestas múltiples, de las que solo una será la correcta.

Todas las preguntas tendrán el mismo valor y cada contestación errónea se penalizará descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.

Este ejercicio tendrá una calificación máxima de 45 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 25 puntos para superarlo y tendrá una duración máxima de treinta minutos.

La calificación global de la fase de oposición será de 90 puntos y vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el primer y segundo ejercicio. Para superar la fase de oposición será necesario haber superado ambos ejercicios.

1.2.4 (Número orden 10.º) Auxiliares Administrativos:

La fase de oposición estará formada por los siguientes dos ejercicios:

Primer ejercicio: Un ejercicio teórico, de tipo test, compuesto de 30 preguntas que versarán sobre el contenido del programa, común y específico, establecido en el anexo III para ese número de orden, con cuatro respuestas alternativas, de las que solo una será la correcta. Pudiendo preverse 5 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 30 anteriores.

Todas las preguntas tendrán el mismo valor y cada contestación errónea se penalizará descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.

Para la realización de este ejercicio, las personas aspirantes dispondrán de un tiempo de treinta minutos.

Este primer ejercicio tendrá una calificación máxima de 45 puntos.

El Tribunal fijará con anterioridad a la celebración de la prueba, la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar en este primer ejercicio para que pueda evaluarse el segundo.

Las plantillas correctoras se harán públicas en el plazo máximo de 48 horas a contar desde la finalización de la prueba. Las alegaciones a aquellas deberán presentarse dentro del plazo de cinco días hábiles desde la publicación de las plantillas a través de los medios electrónicos que se especifiquen en estas.

Segundo ejercicio: Un ejercicio de carácter práctico que consistirá en la resolución de un caso práctico, de entre tres planteados por el Órgano de Selección, que versará sobre el contenido del programa de la parte específica establecido en el anexo III para ese número de orden y que contendrá diez preguntas con cuatro respuestas múltiples, de las que solo una será la correcta.

Todas las preguntas tendrán el mismo valor y cada contestación errónea se penalizará descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizan.

Este ejercicio tendrá una calificación máxima de 45 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 15 puntos para superarlo y tendrá una duración máxima de veinte minutos.

La calificación global de la fase de oposición será de 90 puntos y vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el primer y segundo ejercicio. Para superar la fase de oposición será necesario haber superado ambos ejercicios.

1.3 Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de la misma, que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.

1.4 El Tribunal podrá contar con asesores especialistas en valoración de los ejercicios de la oposición.

1.5 El Tribunal publicará las calificaciones de los aspirantes que hubieran superado la fase oposición, mediante resolución en los tablones de publicación y página web indicados en las bases comunes de esta convocatoria. Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Subsecretaría, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

1.6 Podrán superar la fase oposición un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

2. Fase de concurso

2.1 Esta fase, que solo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, va dirigida a evaluar las competencias profesionales de las personas aspirantes y consistirá en la valoración por el Tribunal, con arreglo al baremo que se publica como anexo II, de los méritos que acrediten los aspirantes, referidos al último día del plazo de presentación de solicitudes del proceso selectivo.

Para ello, los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación de las listas de aprobados de la fase de oposición, para dirigir al Tribunal calificador, con sede en la Organización Nacional de Trasplantes, c/ Sinesio Delgado 8, 28028 Madrid, la documentación original o fotocopias compulsadas o copias auténticas acreditativas de los méritos alegados.

Dicha documentación se podrá presentar en cualquier de los registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el Punto de Acceso General de la Administración General del Estado (http://sede.administracion.gob.es/PAG/ips).

Las solicitudes presentadas por correo postal deberán ser registradas en la oficina de correos en plazo y con el correspondiente sello de entrada en el impreso de solicitud No se aceptará el matasellos ordinario ni el ticket de pago de correos como comprobante de la presentación en plazo. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo.

2.2 La puntuación máxima posible que se puede obtener en la fase de concurso será de 60 puntos. En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para alcanzar la puntuación mínima de la fase de oposición.

2.3 Los documentos que deberán remitirse al Tribunal son los siguientes:

2.3.1 Relación numerada de los documentos aportados.

2.3.2 Documentación original o fotocopias compulsadas o copias auténticas acreditativas de los méritos alegados.

A los efectos de acreditar los servicios prestados, no será tenida en cuenta, la certificación de «vida laboral».

2.4 Los diplomas o certificados acreditativos de los cursos organizados o subvencionados por la Organización Nacional de Trasplantes, por Universidades, Organismos de la Administración Educativa, de la Administración General del Estado o de la Administración Sanitaria Central o Autonómica, o por otras organizaciones o entidades sin ánimo de lucro, deberán estar expedidos y firmados por la autoridad que ostente legalmente la representación de los mismos.

2.5 Respecto a los trabajos publicados en revistas, será necesario presentar copia compulsada o copia auténtica de las hojas en las que conste el nombre de la revista, el título del trabajo, su autor, fecha de publicación, editorial o institución que lo publica, el depósito legal de la revista y/o el ISSN o en su caso link donde se pueda acceder a la misma. En cuanto a los libros y capítulos de libros, la compulsa o la copia auténtica se limitará a las hojas en las que conste el título del libro, el título del capítulo, el autor, el depósito legal del libro y/o el ISBN, la fecha de publicación y la editorial o institución que lo pública o link donde se pueda acceder a la misma.

En lo que respecta a comunicaciones orales, posters y ponencias en Congresos Nacionales o Internacionales, se aceptará la presentación de la justificación acreditativa correspondiente bien en formato electrónico bien en soporte papel.

En el caso de documentos en formato electrónico, para ser valorados por el Tribunal, deberán ir acompañadas por un informe en el cual el organismo emisor certifique en qué base de datos bibliográficos aparece la publicación. En este documento se indicará además el título de la publicación, autor/es y fecha de la publicación.

2.6 El Tribunal podrá requerir a los interesados cualquier tipo de aclaración sobre la documentación presentada. Si no fuera atendido el requerimiento, en el plazo de cinco días hábiles, no se valorará el mérito correspondiente..

2.7 El Tribunal solo podrá valorar o solicitar aclaración sobre los méritos presentados dentro del plazo establecido en el apartado 2.1, por lo que no será objeto de valoración cualquier otro mérito, presentado fuera de dicho plazo. Asimismo, podrá solicitar al aspirante copia traducida por traductor jurado respecto de los méritos acreditados mediante documentos redactados en un idioma distinto al castellano.

2.8 En aplicación del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores, el Tribunal equiparará, según su propio criterio colegiado, los méritos valorables que acrediten los aspirantes comunitarios a las puntuaciones del baremo de méritos, con sujeción a los principios constitucionales de igualdad de acceso a la Función Pública y no discriminación por razón de la nacionalidad.

2.9 El Tribunal publicará, en los tablones de publicación y página web indicados en las bases comunes de esta convocatoria, las calificaciones provisionales obtenidas en la fase de concurso. Los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación para interponer reclamaciones contra las mismas. Una vez resueltas las reclamaciones por el Tribunal, éste publicará las calificaciones definitivas obtenidas en la fase de concurso, en los citados tablones y página web, publicación que servirá de notificación a los interesados.

3. Resolución del concurso-oposición

3.1 El Tribunal publicará, en los tablones de publicación y página web indicados en las bases comunes de esta convocatoria, junto con las calificaciones definitivas obtenidas en la fase concurso indicadas en el punto 2.10, las calificaciones finales del concurso-oposición por el orden de puntuación alcanzado.

3.2 En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

En primer lugar a la mayor calificación obtenida en el segundo ejercicio.

En segundo lugar a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.

En tercer lugar se atenderá al mérito de la antigüedad.

De persistir el empate se atenderá al orden alfabético de actuación mencionado en la bases comunes 3.2.

3.2 EL Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido, al menos, la calificación mínima exigida para la superación del proceso selectivo, por orden de puntuación.

3.3 La relación de aprobados no podrá superar el número de plazas convocadas.

ANEXO II
Baremo de méritos para Facultativo Especialista de Área de Nefrología (número orden 1.º)

1. Experiencia Profesional (máximo 40 puntos).

1.1 Servicios prestados en la Organización Nacional de Trasplantes: 0,450 puntos por mes completo en la misma categoría u homologada y 0,228 puntos por mes completo en otra categoría.

1.2 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en Instituciones Sanitarias de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas o en los centros y servicios sanitarios de la Administración General del Estado, así como en centros sanitarios públicos gestionados por otras administraciones sanitarias públicas o en centros sanitarios públicos de la Unión Europea u organismos públicos internacionales con programas de trasplantes: 0,150 puntos por mes completo.

1.3 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en otros centros de la Administración Pública: 0,075 puntos por mes completo.

1.4 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en centros privados sanitarios concertados nacionales: 0,050 puntos por mes completo.

1.5 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en centros privados sanitarios nacionales: 0,033 puntos por mes completo.

1.6 Servicios prestados en distinta categoría en centros y servicios sanitarios públicos del Sistema Nacional de Salud, tanto autonómicos como dependientes de la Administración General del Estado: 0,055 puntos por mes completo.

1.7 Servicios prestados en distinta categoría en centros sanitarios públicos gestionados por otras administraciones sanitarias públicas, así como en centros sanitarios públicos de la Unión Europea: 0,050 puntos por mes completo.

1.8 Servicios prestados en distinta categoría en otros centros de la Administración Pública: 0,025 puntos por mes completo.

1.9 Servicios prestados en distinta categoría en centros privados sanitarios concertados nacionales: 0,017 puntos por mes completo.

Normas para el cómputo de la experiencia profesional:

a) Se entenderá por categoría homologada, la establecida en la Orden SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud.

b) La unidad de valoración mínima será el mes, cuando los servicios prestados lo sean por días u horas será equivalente a 30 días o 140 horas, las fracciones inferiores se despreciarán.

c) Los servicios prestados bajo la modalidad de reducción de jornada por cuidado de hijos o de cuidado de familiares, se computarán igual que en jornada completa, excepto los servicios prestados como personal temporal para la cobertura de la reducción de jornada del titular, que serán computados por horas al mes equivalente a 30 días o 140 horas, al igual que lo establecido en el apartado b).

d) El tiempo de permanencia en situación distinta a la de servicio activo, con reserva de plaza, así como los prestados en otras situaciones que tengan derecho a reserva de plaza, en los supuestos legalmente establecidos, se considerarán como servicios prestados en igual o distinta categoría, según corresponda.

e) Los servicios prestados, en la misma o distinta categoría, en centros sanitarios que han sido integrados en el Sistema Nacional de Salud, serán computados en los términos previstos en las distintas órdenes de integración.

f) Los servicios prestados en cargos directivos e intermedios, se considerarán como prestados en centros sanitarios públicos gestionadas por otras administraciones sanitarias públicas.

g) Los servicios prestados coincidentes en el tiempo, serán excluyentes entre sí. A tal efecto, solo se computarán en el subapartado en que les corresponda mayor valoración.

h) De acuerdo con el artículo 56 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, la experiencia profesional de los facultativos que obtuvieron el título de especialista conforme al Real Decreto 1497/1999, de 24 de septiembre, se valorará como servicios prestados en dicha especialidad, descontando de tal ejercicio, y en el período inicial del mismo, el 170 por ciento del período de formación establecido para dicha especialidad en España.

2. Aspectos formativos, docentes, científicos y de investigación (máximo 18 puntos).

En este apartado se valorarán los aspectos más significativos de la formación especializada y continuada relacionada con las plazas a proveer, la experiencia en el puesto de trabajo y las actividades científicas, docentes y de investigación y cooperación en el ámbito de la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células.

2.1 Doctorado y Másteres.

2.1.1 Enseñanzas de Doctorado:

a) Por título de Doctor/a: 1,2 puntos.

b) Por mención cum laude en el título de doctor: 0,30 puntos.

c) Por la superación de los períodos de docencia e investigación del Doctorado con certificado de suficiencia investigadora o Diploma de Estudios Avanzados-DAE): 0,60 puntos.

Los apartados a), b) y c) son acumulativos.

2.1.2 Enseñanzas de Másteres.

a) Por cada Máster universitario oficial (Espacio Europeo de Educación Superior, EEES) relacionado con la categoría a la que se concursa: 0,45 puntos.

b) Por cada Máster título propio universitario distinto del máster referido en el apartado a), relacionado con la categoría a la que se concursa: 0,30 puntos.

c) Por cada Máster en Escuela o Centro educativo privado, relacionado con la categoría a la que se concursa: 0,15 puntos.

2.2 Formación Especializada.

2.2.1 Por la obtención del título de especialista en Nefrología previo cumplimiento del período completo de Formación como Médico Residente del programa MIR o periodo equivalente de formación teórica y práctica en países de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo, en aplicación de la normativa de reconocimiento de cualificaciones profesionales: 1,20 puntos.

2.2.2 Por cada título de Especialista en Nefrología obtenido por una vía diferente al MIR o al reconocimiento internacional por institución pública oficial o similar: 0,75 puntos.

2.2.3 Por cada título de Especialista distinto al exigido, en su caso, para acceder a la categoría a la que se concursa: 0,60 puntos.

2.3 Formación continuada.

2.3.1 Por participar como discente en actividades formativas en materia directa o instrumentalmente relacionada con la donación y trasplante de órganos, tejidos y células, organizada o subvencionada por la Organización Nacional de Trasplantes, por Universidades, Organismos de la Administración Educativa, de la Administración General del Estado, la Administración Autonómica sanitaria o por otras organizaciones o entidades sin ánimo de lucro:

a) Por cada curso específico, con duración superior a ochenta horas lectivas: 2,40 puntos.

b) Por cada curso específico, con duración entre treinta y ochenta horas lectivas: 1,80 puntos.

c) Por cada curso específico, con duración entre veinte y veintinueve horas lectivas: 1,20 puntos.

d) Por cada curso específico, con duración entre siete y diecinueve horas lectivas: 0,60 puntos.

2.4 Actividades docentes.

2.4.1 Por cada actividad como docente en materia directa o instrumentalmente relacionada con la donación y trasplante de órganos, tejidos y células, organizada o subvencionada por la Organización Nacional de Trasplantes, por Universidades, Organismos de la Administración Educativa, de la Administración General del Estado o de la Administración Autonómica sanitaria, o por otras organizaciones o entidades sin ánimo de lucro, se valorará con 0,36 puntos.

2.5 Actividades científicas y de investigación.

2.5.1 Por publicación de libros de carácter científico, relacionados con la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células o con la categoría a la que se concursa y que contengan ISBN o Depósito Legal:

a) Por cada libro completo: 1,80 puntos.

b) Por cada capítulo de libro no incluido en el punto anterior: 0,30 puntos (máximo 2 capítulos de un mismo libro).

2.5.2 Publicaciones de artículos en revistas especializadas, relacionados con la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células o con la categoría a la que se concursa y que contengan ISSN o Depósito Legal:

a) Por cada publicación en revistas indexadas en Índice Médico Español (IME) indexadas en el Índice Bibliográfico Español de Ciencias de la Salud (IBECS), otras Bases de Datos Nacionales (MEDES,CUIDEN) o Pubmed: 0,30 puntos (revistas nacionales) y 0,45 puntos (revistas internacionales).

b) Por cada publicación en revistas nacionales no indexadas: 0,06 puntos.

c) Por cada publicación en revista internacional no indexada: 0,12 puntos.

d) Por cada publicación de ponencias o comunicaciones en congresos y reuniones científicas relacionadas con la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células o con la categoría a la que se concursa en revista internacional: 0,12 puntos, en revista nacional: 0,06 puntos y en revista de ámbito regional: 0,03 puntos.

No serán valoradas como publicaciones, las comunicaciones o ponencias publicadas exclusivamente en libros de actas o abstracts, ni la misma publicación en libros o revistas diferentes, ni de igual contenido aún con distinto título, siendo únicamente valorada la de mayor puntuación.

2.5.3 Por cada ponencia en Congresos, simposios o jornadas en materia de donación y trasplante: 0,12 puntos.

2.5.4 Por participar en proyectos de investigación relacionados con la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células con financiación de las Administraciones Públicas, Comunidades Autónomas, Nacionales y de la Unión Europea:

a) Como investigador/a principal: 0,60 puntos.

b) Como investigador/a colaborador: 0,30 puntos.

3. Premios y certificaciones (Máximo 2 puntos).

3.1 Por cada premio o certificación debidamente acreditados en el ámbito de la donación y trasplante de órganos, tejidos y células, otorgados por Organismos o Instituciones Nacionales e Internacionales: 0,90 puntos.

3.2 Por cada premio o certificación debidamente acreditados otorgados por Organismos o Instituciones Nacionales e Internacionales: 0,60 puntos.

3.3 Por la participación debidamente acreditada en la obtención de cada premio o certificación otorgados a la Organización Nacional de Trasplantes por Organismos o Instituciones Nacionales e Internacionales: 0,60 puntos.

Baremo de méritos para Facultativo Especialista de Área de Medicina Preventiva y Salud Pública (número orden 2.º)

1. Experiencia Profesional (máximo 40 puntos).

1.1 Servicios prestados en la Organización Nacional de Trasplantes: 0,450 puntos por mes completo en la misma categoría u homologada y 0,228 puntos por mes completo en otra categoría.

1.2 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en Instituciones Sanitarias de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas o en los centros y servicios sanitarios de la Administración General del Estado, así como en centros sanitarios públicos gestionados por otras administraciones sanitarias públicas o en centros sanitarios públicos de la Unión Europea u organismos públicos internacionales con programas de trasplantes: 0,150 puntos por mes completo.

1.3 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en otros centros de la Administración Pública: 0,075 puntos por mes completo.

1.4 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en centros privados sanitarios concertados nacionales: 0,050 puntos por mes completo.

1.5 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en centros privados sanitarios nacionales: 0,033 puntos por mes completo.

1.6 Servicios prestados en distinta categoría en centros y servicios sanitarios públicos del Sistema Nacional de Salud, tanto autonómicos como dependientes de la Administración General del Estado: 0,055 puntos por mes completo.

1.7 Servicios prestados en distinta categoría en centros sanitarios públicos gestionados por otras administraciones sanitarias públicas, así como en centros sanitarios públicos de la Unión Europea: 0,050 puntos por mes completo.

1.8 Servicios prestados en distinta categoría en otros centros de la Administración Pública: 0,025 puntos por mes completo.

1.9 Servicios prestados en distinta categoría en centros privados sanitarios concertados nacionales: 0,017 puntos por mes completo.

Normas para el cómputo de la experiencia profesional:

a) Se entenderá por categoría homologada, la establecida en la Orden SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud.

b) La unidad de valoración mínima será el mes, cuando los servicios prestados lo sean por días u horas será equivalente a 30 días o 140 horas, las fracciones inferiores se despreciarán.

c) Los servicios prestados bajo la modalidad de reducción de jornada por cuidado de hijos o de cuidado de familiares, se computarán igual que en jornada completa, excepto los servicios prestados como personal temporal para la cobertura de la reducción de jornada del titular, que serán computados por horas al mes equivalente a 30 días o 140 horas, al igual que lo establecido en el apartado b).

d) El tiempo de permanencia en situación distinta a la de servicio activo, con reserva de plaza, así como los prestados en otras situaciones que tengan derecho a reserva de plaza, en los supuestos legalmente establecidos, se considerarán como servicios prestados en igual o distinta categoría, según corresponda.

e) Los servicios prestados, en la misma o distinta categoría, en centros sanitarios que han sido integrados en el Sistema Nacional de Salud, serán computados en los términos previstos en las distintas órdenes de integración.

f) Los servicios prestados en cargos directivos e intermedios, se considerarán como prestados en centros sanitarios públicos gestionadas por otras administraciones sanitarias públicas.

g) Los servicios prestados coincidentes en el tiempo, serán excluyentes entre sí. A tal efecto, solo se computarán en el subapartado en que les corresponda mayor valoración.

h) De acuerdo con el artículo 56 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, la experiencia profesional de los facultativos que obtuvieron el título de especialista conforme al Real Decreto 1497/1999, de 24 de septiembre, se valorará como servicios prestados en dicha especialidad, descontando de tal ejercicio, y en el período inicial del mismo, el 170 por ciento del período de formación establecido para dicha especialidad en España.

2. Aspectos formativos, docentes, científicos y de investigación (máximo 18 puntos).

En este apartado se valorarán los aspectos más significativos de la formación especializada y continuada relacionada con las plazas a proveer, la experiencia en el puesto de trabajo y las actividades científicas, docentes y de investigación y cooperación en el ámbito de la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células.

2.1 Doctorado y Másteres.

2.1.1 Enseñanzas de Doctorado:

a) Por título de Doctor/a: 1,2 puntos.

b) Por mención cum laude en el título de doctor: 0,30 puntos.

c) Por la superación de los períodos de docencia e investigación del Doctorado con certificado de suficiencia investigadora o Diploma de Estudios Avanzados-DAE): 0,60 puntos.

Los apartados a), b) y c) son acumulativos.

2.1.2 Enseñanzas de Másteres.

a) Por cada Máster universitario oficial (Espacio Europeo de Educación Superior, EEES) relacionado con la categoría a la que se concursa: 0,45 puntos.

b) Por cada Máster título propio universitario distinto del máster referido en el apartado a), relacionado con la categoría a la que se concursa: 0,30 puntos.

c) Por cada Máster en Escuela o Centro educativo privado, relacionado con la categoría a la que se concursa: 0,15 puntos.

2.2 Formación Especializada.

2.2.1 Por la obtención del título de especialista en Medicina Preventiva y Salud Pública previo cumplimiento del período completo de Formación como Médico Residente del programa MIR o periodo equivalente de formación teórica y práctica en países de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo, en aplicación de la normativa de reconocimiento de cualificaciones profesionales: 1,20 puntos.

2.2.2 Por cada título de Especialista en Medicina Preventiva y Salud Pública obtenido por una vía diferente al MIR o al reconocimiento internacional por institución pública oficial o similar: 0,75 puntos.

2.2.3 Por cada título de Especialista distinto al exigido, en su caso, para acceder a la categoría a la que se concursa: 0,60 puntos.

2.3 Formación continuada.

2.3.1 Por participar como discente en actividades formativas en materia directa o instrumentalmente relacionada con la donación y trasplante de órganos, tejidos y células, organizada o subvencionada por la Organización Nacional de Trasplantes, por Universidades, Organismos de la Administración Educativa, de la Administración General del Estado, la Administración Autonómica sanitaria o por otras organizaciones o entidades sin ánimo de lucro:

a) Por cada curso específico, con duración superior a ochenta horas lectivas: 2,40 puntos.

b) Por cada curso específico, con duración entre treinta y ochenta horas lectivas: 1,80 puntos.

c) Por cada curso específico, con duración entre veinte y veintinueve horas lectivas: 1,20 puntos.

d) Por cada curso específico, con duración entre siete y diecinueve horas lectivas: 0,60 puntos.

2.4 Actividades docentes.

2.4.1 Por cada actividad como docente en materia directa o instrumentalmente relacionada con la donación y trasplante de órganos, tejidos y células, organizada o subvencionada por la Organización Nacional de Trasplantes, por Universidades, Organismos de la Administración Educativa, de la Administración General del Estado o de la Administración Autonómica sanitaria, o por otras organizaciones o entidades sin ánimo de lucro, se valorará con 0,36 puntos.

2.5 Actividades científicas y de investigación.

2.5.1 Por publicación de libros de carácter científico, relacionados con la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células o con la categoría a la que se concursa y que contengan ISBN o Depósito Legal:

a) Por cada libro completo: 1,80 puntos.

b) Por cada capítulo de libro no incluido en el punto anterior: 0,30 puntos (máximo 2 capítulos de un mismo libro).

2.5.2 Publicaciones de artículos en revistas especializadas, relacionados con la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células o con la categoría a la que se concursa y que contengan ISSN o Depósito Legal:

a) Por cada publicación en revistas indexadas en Índice Médico Español (IME) indexadas en el Índice Bibliográfico Español de Ciencias de la Salud (IBECS), otras Bases de Datos Nacionales (MEDES,CUIDEN) o Pubmed: 0,30 puntos (revistas nacionales) y 0,45 puntos (revistas internacionales).

b) Por cada publicación en revistas nacionales no indexadas: 0,06 puntos.

c) Por cada publicación en revista internacional no indexada: 0,12 puntos.

d) Por cada publicación de ponencias o comunicaciones en congresos y reuniones científicas relacionadas con la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células o con la categoría a la que se concursa en revista internacional: 0,12 puntos, en revista nacional: 0,06 puntos y en revista de ámbito regional: 0,03 puntos.

No serán valoradas como publicaciones, las comunicaciones o ponencias publicadas exclusivamente en libros de actas o abstracts, ni la misma publicación en libros o revistas diferentes, ni de igual contenido aún con distinto título, siendo únicamente valorada la de mayor puntuación.

2.5.3 Por cada ponencia en Congresos, simposios o jornadas en materia de donación y trasplante: 0,12 puntos.

2.5.4 Por participar en proyectos de investigación relacionados con la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células con financiación de las Administraciones Públicas, Comunidades Autónomas, Nacionales y de la Unión Europea:

a) Como investigador/a principal: 0,60 puntos.

b) Como investigador/a colaborador: 0,30 puntos.

3. Premios y certificaciones (Máximo 2 puntos).

3.1 Por cada premio o certificación debidamente acreditados en el ámbito de la donación y trasplante de órganos, tejidos y células, otorgados por Organismos o Instituciones Nacionales e Internacionales: 0,90 puntos.

3.2 Por cada premio o certificación debidamente acreditados otorgados por Organismos o Instituciones Nacionales e Internacionales: 0,60 puntos.

3.3 Por la participación debidamente acreditada en la obtención de cada premio o certificación otorgados a la Organización Nacional de Trasplantes por Organismos o Instituciones Nacionales e Internacionales: 0,60 puntos.

Baremo de méritos para Diplomado Universitario Enfermería (número orden 3.º)

1. Experiencia Profesional (máximo 40 puntos).

1.1 Servicios prestados en la Organización Nacional de Trasplantes: 0,450 puntos por mes completo en la misma categoría u homologada y 0,228 puntos por mes completo en otra categoría.

1.2 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en Instituciones Sanitarias de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas o en los centros y servicios sanitarios de la Administración General del Estado, así como en centros sanitarios públicos gestionados por otras administraciones sanitarias públicas o en centros sanitarios públicos de la Unión Europea u organismos públicos internacionales con programas de trasplantes: 0,150 puntos por mes completo.

1.3 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en otros centros de la Administración Pública: 0,075 puntos por mes completo.

1.4 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en centros privados sanitarios concertados nacionales: 0,050 puntos por mes completo.

1.5 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en centros privados sanitarios nacionales: 0,033 puntos por mes completo.

1.6 Servicios prestados en distinta categoría en centros y servicios sanitarios públicos del Sistema Nacional de Salud, tanto autonómicos como dependientes de la Administración General del Estado: 0,055 puntos por mes completo.

1.7 Servicios prestados en distinta categoría en centros sanitarios públicos gestionados por otras administraciones sanitarias públicas, así como en centros sanitarios públicos de la Unión Europea: 0,050 puntos por mes completo.

1.8 Servicios prestados en distinta categoría en otros centros de la Administración Pública: 0,025 puntos por mes completo.

1.9 Servicios prestados en distinta categoría en centros privados sanitarios concertados nacionales: 0,017 puntos por mes completo.

Normas para el cómputo de la experiencia profesional:

a) Se entenderá por categoría homologada, la establecida en la Orden SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud.

b) La unidad de valoración mínima será el mes, cuando los servicios prestados lo sean por días u horas será equivalente a 30 días o 140 horas, las fracciones inferiores se despreciarán.

c) Los servicios prestados bajo la modalidad de reducción de jornada por cuidado de hijos o de cuidado de familiares, se computarán igual que en jornada completa, excepto los servicios prestados como personal temporal para la cobertura de la reducción de jornada del titular, que serán computados por horas al mes equivalente a 30 días o 140 horas, al igual que lo establecido en el apartado b).

d) El tiempo de permanencia en situación distinta a la de servicio activo, con reserva de plaza, así como los prestados en otras situaciones que tengan derecho a reserva de plaza, en los supuestos legalmente establecidos, se considerarán como servicios prestados en igual o distinta categoría, según corresponda.

e) Los servicios prestados, en la misma o distinta categoría, en centros sanitarios que han sido integrados en el Sistema Nacional de Salud, serán computados en los términos previstos en las distintas órdenes de integración.

f) Los servicios prestados en cargos directivos e intermedios, se le considerarán como prestados en centros sanitarios públicos gestionadas por otras administraciones sanitarias públicas.

g) Los servicios prestados coincidentes en el tiempo, serán excluyentes entre sí. A tal efecto, solo se computarán en el subapartado en que les corresponda mayor valoración.

2. Aspectos formativos, docentes, científicos y de investigación (máximo 18 puntos).

En este apartado se valorarán los aspectos más significativos de la formación especializada y continuada relacionada con las plazas a proveer, la experiencia en el puesto de trabajo y las actividades científicas, docentes y de investigación y cooperación en el ámbito de la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células.

2.1 Másteres.

a) Por cada Máster universitario oficial (Espacio Europeo de Educación Superior, EEES) relacionado con la categoría a la que se concursa: 0,45 puntos.

b) Por cada Máster título propio universitario distinto del máster referido en el apartado a), relacionado con la categoría a la que se concursa: 0,30 puntos.

c) Por cada Máster en Escuela o Centro educativo privado, relacionado con la categoría a la que se concursa: 0,15 puntos.

2.2 Formación continuada.

2.2.1 Por participar como discente en actividades formativas en materia directa o instrumentalmente relacionada con la donación y trasplante de órganos, tejidos y células, organizada o subvencionada por la Organización Nacional de Trasplantes, por Universidades, Organismos de la Administración Educativa, de la Administración General del Estado, la Administración Autonómica sanitaria o por otras organizaciones o entidades sin ánimo de lucro:

a) Por cada curso específico, con duración superior a ochenta horas lectivas: 2,40 puntos.

b) Por cada curso específico, con duración entre treinta y ochenta horas lectivas: 1,80 puntos.

c) Por cada curso específico, con duración entre veinte y veintinueve horas lectivas: 1,20 puntos.

d) Por cada curso específico, con duración entre siete y diecinueve horas lectivas: 0,60 puntos.

2.3 Actividades docentes.

2.3.1 Por cada actividad como docente en materia directa o instrumentalmente relacionada con la donación y trasplante de órganos, tejidos y células, organizada o subvencionada por la Organización Nacional de Trasplantes, por Universidades, Organismos de la Administración Educativa, de la Administración General del Estado o de la Administración Autonómica sanitaria, o por otras organizaciones o entidades sin ánimo de lucro, se valorará con 0,36 puntos.

2.4 Actividades científicas y de investigación.

2.4.1 Por publicación de libros de carácter científico, relacionados con la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células o con la categoría a la que se concursa y que contengan ISBN o Depósito Legal.

a) Por cada libro completo: 1,80 puntos.

b) Por cada capítulo de libro no incluido en el punto anterior: 0,30 puntos (máximo 2 capítulos de un mismo libro).

2.4.2 Publicaciones de artículos en revistas especializadas, relacionados con la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células o con la categoría a la que se concursa y que contengan ISSN o Depósito Legal:

a) Por cada publicación en revistas indexadas en Índice Médico Español (IME) indexadas en el Índice Bibliográfico Español de Ciencias de la Salud (IBECS), otras Bases de Datos Nacionales (MEDES,CUIDEN) o Pubmed: 0,30 puntos (revistas nacionales) y 0,45 puntos (revistas internacionales).

b) Por cada publicación en revistas nacionales no indexadas: 0,06 puntos.

c) Por cada publicación en revista internacional no indexadas: 0,12 puntos.

d) Por cada publicación de ponencias o comunicaciones en congresos y reuniones científicas relacionadas con la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células o con la categoría a la que se concursa en revista internacional: 0,12 puntos, en revista nacional: 0,06 puntos y en revista de ámbito regional: 0,03 puntos.

No serán valoradas como publicaciones las comunicaciones o ponencias publicadas exclusivamente en libros de actas o abstracts, ni la misma publicación en libros o revistas diferentes, ni de igual contenido aún con distinto título, siendo únicamente valorada la de mayor puntuación.

2.4.3 Por cada ponencia en Congresos, simposios o jornadas en materia de donación y trasplante: 0,12 puntos.

2.4.4 Por participar en proyectos de investigación relacionados con la donación y el trasplante con financiación de las Administraciones Públicas, Comunidades Autónomas, Nacionales y de la Unión Europea:

a) Como investigador/a principal: 0,6 puntos.

b) Como investigador/a colaborador: 0,30 puntos.

3. Premios y certificaciones (Máximo 2 puntos).

3.1 Por cada premio o certificación debidamente acreditados en el ámbito de la donación y trasplante de órganos, tejidos y células, otorgados por Organismos o Instituciones Nacionales e Internacionales: 0,90 puntos.

3.2 Por cada premio o certificación debidamente acreditados otorgados por Organismos o Instituciones Nacionales e Internacionales: 0,60 puntos.

3.3 Por la participación debidamente acreditada en la obtención de cada premio o certificación otorgados a la Organización Nacional de Trasplantes por Organismos o Instituciones Nacionales e Internacionales: 0,60 puntos.

Baremo de méritos para Ingeniero Superior (número orden 4.º)

1. Experiencia Profesional (máximo 40 puntos).

1.1 Servicios prestados en la Organización Nacional de Trasplantes: 0,450 puntos por mes completo en la misma categoría u homologada y 0,228 puntos por mes completo en otra categoría.

1.2 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en Instituciones Sanitarias de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas o en los centros y servicios sanitarios de la Administración General del Estado, así como en centros sanitarios públicos gestionados por otras administraciones sanitarias públicas o en centros sanitarios públicos de la Unión Europea u organismos públicos internacionales con programas de trasplantes: 0,150 puntos por mes completo.

1.3 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en otros centros de la Administración Pública: 0,075 puntos por mes completo.

1.4 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en centros privados sanitarios concertados nacionales: 0,050 puntos por mes completo.

1.5 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en centros privados sanitarios nacionales: 0,033 puntos por mes completo.

1.6 Servicios prestados en la misma categoría en el sector privado: 0,03 puntos por mes completo.

1.7 Servicios prestados en distinta categoría en centros y servicios sanitarios públicos del Sistema Nacional de Salud, tanto autonómicos como dependientes de la Administración General del Estado: 0,055 puntos por mes completo.

1.8 Servicios prestados en distinta categoría en centros sanitarios públicos gestionados por otras administraciones sanitarias públicas, así como en centros sanitarios públicos de la Unión Europea: 0,050 puntos por mes completo.

1.9 Servicios prestados en distinta categoría en otros centros de la Administración Pública: 0,025 puntos por mes completo.

1.10 Servicios prestados en distinta categoría en centros privados sanitarios concertados nacionales: 0,017 puntos por mes completo.

1.11 Servicios prestados en distinta categoría en el sector privado: 0,012 puntos por mes completo.

Normas para el cómputo de la experiencia profesional:

a) Se entenderá por categoría homologada, la establecida en la Orden SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud.

b) La unidad de valoración mínima será el mes, cuando los servicios prestados lo sean por días u horas será equivalente a 30 días o 140 horas, las fracciones inferiores se despreciarán.

c) Los servicios prestados bajo la modalidad de reducción de jornada por cuidado de hijos o de cuidado de familiares, se computarán igual que en jornada completa, excepto los servicios prestados como personal temporal para la cobertura de la reducción de jornada del titular, que serán computados por horas al mes equivalente a 30 días o 140 horas, al igual que lo establecido en el apartado b).

d) El tiempo de permanencia en situación distinta a la de servicio activo, con reserva de plaza, así como los prestados en otras situaciones que tengan derecho a reserva de plaza, en los supuestos legalmente establecidos, se considerarán como servicios prestados en igual o distinta categoría, según corresponda.

e) Los servicios prestados, en la misma o distinta categoría, en centros sanitarios que han sido integrados en el Sistema Nacional de Salud, serán computados en los términos previstos en las distintas órdenes de integración.

f) Los servicios prestados en cargos directivos e intermedios, se le considerarán como prestados en centros sanitarios públicos gestionadas por otras administraciones sanitarias públicas.

g) Los servicios prestados coincidentes en el tiempo, serán excluyentes entre sí. A tal efecto, solo se computarán en el subapartado en que les corresponda mayor valoración.

2. Aspectos formativos, docentes y de cooperación científica (máximo 18 puntos).

En este apartado se valorarán los aspectos más significativos de la formación especializada y continuada relacionada con las plazas a proveer, la experiencia en el puesto de trabajo y las actividades docentes y de cooperación en el ámbito de la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células.

2.1 Másteres.

a) Por cada Máster universitario oficial (Espacio Europeo de Educación Superior, EEES) relacionado con la categoría a la que se concursa: 0,45 puntos.

b) Por cada Máster título propio universitario distinto del máster referido en el apartado a), relacionado con la categoría a la que se concursa: 0,30 puntos.

c) Por cada Máster en Escuela o Centro educativo privado, relacionado con la categoría a la que se concursa: 0,15 puntos.

2.2 Formación continuada.

2.2.1 Por participar como discente en actividades formativas en materia directa o instrumentalmente relacionada con la donación y trasplante de órganos, tejidos y células, organizada o subvencionada por la Organización Nacional de Trasplantes, por Universidades, Organismos de la Administración Educativa, de la Administración General del Estado, la Administración Autonómica sanitaria o por otras organizaciones o entidades sin ánimo de lucro:

a) Por cada curso específico, con duración superior a ochenta horas lectivas: 2,40 puntos.

b) Por cada curso específico, con duración entre treinta y ochenta horas lectivas: 1,80 puntos.

c) Por cada curso específico, con duración entre veinte y veintinueve horas lectivas: 1,20 puntos.

d) Por cada curso específico, con duración entre siete y diecinueve horas lectivas: 0,60 puntos.

2.2.2 Por participar como discente en actividades formativas en materias instrumentales necesarias para la gestión del Organismo Autónomo Organización Nacional de Trasplantes y las actividades de donación y trasplante de órganos, tejidos y células, organizados o subvencionadas por la Organización Nacional de Trasplantes, por Universidades, Organismos de la Administración Educativa, de la Administración General del Estado, la Administración Autonómica sanitaria o por otras organizaciones o entidades sin ánimo de lucro:

a) Por cada curso específico, con duración superior a ochenta horas lectivas: 2,40 puntos.

b) Por cada curso específico, con duración entre treinta y ochenta horas lectivas: 1,80 puntos.

c) Por cada curso específico, con duración entre veinte y veintinueve horas lectivas: 1,20 puntos.

d) Por cada curso específico, con duración entre siete y diecinueve horas lectivas: 0,60 puntos.

2.3 Actividades docentes.

2.3.1 Por cada actividad como docente en materia directa o instrumentalmente relacionada con la donación y trasplante de órganos, tejidos y células, organizada o subvencionada por la Organización Nacional de Trasplantes, por Universidades, Organismos de la Administración Educativa, de la Administración General del Estado, la Administración Autonómica sanitaria o por otras organizaciones o entidades sin ánimo de lucro, se valorará con 0,60 puntos.

2.4 Actividades científicas y de investigación.

2.4.1 Por publicación de libros relacionados con la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células o con la categoría a la que se concursa y que contengan ISBN o Depósito Legal.

a) Por cada libro completo: 1,80 puntos.

b) Por cada capítulo de libro no incluido en el punto anterior: 0,30 puntos (máximo 2 capítulos de un mismo libro).

2.4.2 Publicaciones de artículos en revistas especializadas, relacionados con la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células o con la categoría a la que se concursa y que contengan ISSN o Depósito Legal:

a) Por cada publicación en revistas nacionales: 0,15 puntos.

b) Por cada publicación en revista internacional: 0,30 puntos.

2.4.3 Por cada ponencia en Congresos, simposios o jornadas en materia de donación y trasplantes de órganos, tejidos y células: 0,12 puntos.

2.4.4 Por cada ponencia en Congresos, simposios o jornadas en materia relacionada con la categoría a la que se concursa: 0,09 puntos.

2.4.5 Por participar en proyectos relacionados con la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células con financiación de las Administraciones Públicas, Comunidades Autónomas, Nacionales y de la Unión Europea: 0,60 puntos.

3. Premios y certificaciones (Máximo 2 puntos).

3.1 Por cada premio o certificación debidamente acreditados en el ámbito de la donación y trasplante de órganos, tejidos y células, otorgados por Organismos o Instituciones Nacionales e Internacionales: 0,90 puntos.

3.2 Por cada premio o certificación debidamente acreditados otorgados por Organismos o Instituciones Nacionales e Internacionales: 0,60 puntos.

3.3 Por la participación debidamente acreditada en la obtención de cada premio o certificación otorgados a la Organización Nacional de Trasplantes por Organismos o Instituciones Nacionales e Internacionales: 0,60 puntos.

Baremo de méritos para Técnico de la Función Administrativa (número orden 5.º)

1. Experiencia Profesional (máximo 40 puntos).

1.1 Servicios prestados en la Organización Nacional de Trasplantes: 0,450 puntos por mes completo en la misma categoría u homologada y 0,228 puntos por mes completo en otra categoría.

1.2 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en Instituciones Sanitarias de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas o en los centros y servicios sanitarios de la Administración General del Estado, así como en centros sanitarios públicos gestionados por otras administraciones sanitarias públicas o en centros sanitarios públicos de la Unión Europea u organismos públicos internacionales con programas de trasplantes: 0,150 puntos por mes completo.

1.3 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en otros centros de la Administración Pública: 0,075 puntos por mes completo.

1.4 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en centros privados sanitarios concertados nacionales: 0,050 puntos por mes completo.

1.5 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en centros privados sanitarios nacionales: 0,03 puntos por mes completo.

1.6 Servicios prestados en distinta categoría en centros y servicios sanitarios públicos del Sistema Nacional de Salud, tanto autonómicos como dependientes de la Administración General del Estado: 0,055 puntos por mes completo.

1.7 Servicios prestados en distinta categoría en centros sanitarios públicos gestionados por otras administraciones sanitarias públicas, así como en centros sanitarios públicos de la Unión Europea: 0,050 puntos por mes completo.

1.8 Servicios prestados en distinta categoría en otros centros de la Administración Pública: 0,025 puntos por mes completo.

1.9 Servicios prestados en distinta categoría en centros privados sanitarios concertados nacionales: 0,017 puntos por mes completo.

Normas para el cómputo de la experiencia profesional:

a) Se entenderá por categoría homologada, la establecida en la Orden SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud.

b) La unidad de valoración mínima será el mes, cuando los servicios prestados lo sean por días u horas será equivalente a 30 días o 140 horas, las fracciones inferiores se despreciarán.

c) Los servicios prestados bajo la modalidad de reducción de jornada por cuidado de hijos o de cuidado de familiares, se computarán igual que en jornada completa, excepto los servicios prestados como personal temporal para la cobertura de la reducción de jornada del titular, que serán computados por horas al mes equivalente a 30 días o 140 horas, al igual que lo establecido en el apartado b).

d) El tiempo de permanencia en situación distinta a la de servicio activo, con reserva de plaza, así como los prestados en otras situaciones que tengan derecho a reserva de plaza, en los supuestos legalmente establecidos, se considerarán como servicios prestados en igual o distinta categoría, según corresponda.

e) Los servicios prestados, en la misma o distinta categoría, en centros sanitarios que han sido integrados en el Sistema Nacional de Salud, serán computados en los términos previstos en las distintas órdenes de integración.

f) Los servicios prestados en cargos directivos e intermedios, se le considerarán como prestados en centros sanitarios públicos gestionadas por otras administraciones sanitarias públicas.

g) Los servicios prestados coincidentes en el tiempo, serán excluyentes entre sí. A tal efecto, solo se computarán en el subapartado en que les corresponda mayor valoración.

2. Aspectos formativos, docentes, científicos y de investigación (máximo 18 puntos).

En este apartado se valorarán los aspectos más significativos de la formación especializada y continuada relacionada con las plazas a proveer, la experiencia en el puesto de trabajo y las actividades científicas, docentes y de investigación y cooperación en el ámbito de la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células.

2.1 Másteres.

a) Por cada Máster universitario oficial (Espacio Europeo de Educación Superior, EEES) relacionado con la categoría a la que se concursa: 0,45 puntos.

b) Por cada Máster título propio universitario distinto del máster referido en el apartado a), relacionado con la categoría a la que se concursa: 0,30 puntos.

c) Por cada Máster en Escuela o Centro educativo privado, relacionado con la categoría a la que se concursa: 0,15 puntos.

2.2 Formación continuada.

2.2.1 Por participar como discente en actividades formativas en materia de donación y trasplante de órganos, tejidos y células, organizadas o subvencionadas por la Organización Nacional de Trasplantes, por Universidades, Organismos de la Administración Educativa, de la Administración General del Estado, la Administración Autonómica sanitaria o por otras organizaciones o entidades sin ánimo de lucro:

a) Por cada curso específico, con duración superior a ochenta horas lectivas: 2,40 puntos.

b) Por cada curso específico, con duración entre treinta y ochenta horas lectivas: 1,80 puntos.

c) Por cada curso específico, con duración entre veinte y veintinueve horas lectivas: 1,20 puntos.

d) Por cada curso específico, con duración entre siete y diecinueve horas lectivas: 0,60 puntos.

2.2.2 Por participar como discente en actividades formativas en materias instrumentales necesarias para la gestión del Organismo Autónomo Organización Nacional de Trasplantes y las actividades de donación y trasplante de órganos, tejidos y células, organizadas o subvencionadas por la Organización Nacional de Trasplantes, por Universidades, Organismos de la Administración Educativa, de la Administración General del Estado, la Administración Autonómica sanitaria o por otras organizaciones o entidades sin ánimo de lucro:

a) Por cada curso específico, con duración superior a ochenta horas lectivas: 2,40 puntos.

b) Por cada curso específico, con duración entre treinta y ochenta horas lectivas: 1,80 puntos.

c) Por cada curso específico, con duración entre veinte y veintinueve horas lectivas: 1,20 puntos.

d) Por cada curso específico, con duración entre siete y diecinueve horas lectivas: 0,60 puntos.

2.3 Actividades docentes.

2.3.1 Por cada actividad como docente en materia directa o instrumentalmente relacionada con la donación y trasplante de órganos, tejidos y células, organizada o subvencionada por la Organización Nacional de Trasplantes, por Universidades, Organismos de la Administración Educativa, de la Administración General del Estado, la Administración Autonómica sanitaria o por otras organizaciones o entidades sin ánimo de lucro, se valorará con 0,60 punto.

2.4 Actividades científicas y de investigación.

2.4.1 Por publicación de libros relacionados con la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células o con la categoría a la que se concursa y que contengan ISBN o Depósito Legal.

a) Por cada libro completo: 1,80 puntos.

b) Por cada capítulo de libro no incluido en el punto anterior: 0,30 puntos (máximo 2 capítulos de un mismo libro).

2.4.2 Publicaciones de artículos en revistas especializadas, relacionados con la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células o con la categoría a la que se concursa y que contengan ISSN o Depósito Legal:

a) Por cada publicación en revistas nacionales: 0,15 puntos.

b) Por cada publicación en revista internacional: 0,30 puntos.

2.4.3 Por cada ponencia en Congresos, simposios o jornadas en materia de donación y trasplante de órganos, tejidos y células: 0,12 puntos.

2.4.4 Por cada ponencia en Congresos, simposios o jornadas en materia relacionada con la categoría a la que se concursa: 0,09 puntos.

2.4.5 Por participar en proyectos de investigación relacionados con la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células con financiación de las Administraciones Públicas, Comunidades Autónomas, Nacionales y de la Unión Europea: 0,60 puntos.

3. Premios y certificaciones (Máximo 2 puntos).

3.1 Por cada premio o certificación debidamente acreditados en el ámbito de la donación y trasplante de órganos, tejidos y células, otorgados por Organismos o Instituciones Nacionales e Internacionales: 0,90 puntos.

3.2 Por cada premio o certificación debidamente acreditados otorgados por Organismos o Instituciones Nacionales e Internacionales: 0,60 puntos.

3.3 Por la participación debidamente acreditada en la obtención de cada premio o certificación otorgados a la Organización Nacional de Trasplantes por Organismos o Instituciones Nacionales e Internacionales: 0,60 puntos.

Baremo de méritos para Técnico Titulado Superior (número orden 6.º)

1. Experiencia Profesional (máximo 40 puntos).

1.1 Servicios prestados en la Organización Nacional de Trasplantes: 0,450 puntos por mes completo en la misma categoría u homologada y 0,228 puntos por mes completo en otra categoría.

1.2 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en Instituciones Sanitarias de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas o en los centros y servicios sanitarios de la Administración General del Estado, así como en centros sanitarios públicos gestionados por otras administraciones sanitarias públicas o en centros sanitarios públicos de la Unión Europea u organismos públicos internacionales con programas de trasplantes: 0,150 puntos por mes completo.

1.3 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en otros centros de la Administración Pública: 0,075 puntos por mes completo.

1.4 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en centros privados sanitarios concertados nacionales: 0,050 puntos por mes completo.

1.5 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en centros privados sanitarios nacionales: 0,033 puntos por mes completo.

1.6 Servicios prestados en distinta categoría en centros y servicios sanitarios públicos del Sistema Nacional de Salud, tanto autonómicos como dependientes de la Administración General del Estado: 0,055 puntos por mes completo.

1.7 Servicios prestados en distinta categoría en centros sanitarios públicos gestionados por otras administraciones sanitarias públicas, así como en centros sanitarios públicos de la Unión Europea: 0,050 puntos por mes completo.

1.8 Servicios prestados en distinta categoría en otros centros de la Administración Pública: 0,025 puntos por mes completo.

1.9 Servicios prestados en distinta categoría en centros privados sanitarios concertados nacionales: 0,017 puntos por mes completo.

Normas para el cómputo de la experiencia profesional:

a) Se entenderá por categoría homologada, la establecida en la Orden SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud.

b) La unidad de valoración mínima será el mes, cuando los servicios prestados lo sean por días u horas será equivalente a 30 días o 140 horas, las fracciones inferiores se despreciarán.

c) Los servicios prestados bajo la modalidad de reducción de jornada por cuidado de hijos o de cuidado de familiares, se computarán igual que en jornada completa, excepto los servicios prestados como personal temporal para la cobertura de la reducción de jornada del titular, que serán computados por horas al mes equivalente a 30 días o 140 horas, al igual que lo establecido en el apartado b).

d) El tiempo de permanencia en situación distinta a la de servicio activo, con reserva de plaza, así como los prestados en otras situaciones que tengan derecho a reserva de plaza, en los supuestos legalmente establecidos, se considerarán como servicios prestados en igual o distinta categoría, según corresponda.

e) Los servicios prestados, en la misma o distinta categoría, en centros sanitarios que han sido integrados en el Sistema Nacional de Salud, serán computados en los términos previstos en las distintas órdenes de integración.

f) Los servicios prestados en cargos directivos e intermedios, se le considerarán como prestados en centros sanitarios públicos gestionadas por otras administraciones sanitarias públicas.

g) Los servicios prestados coincidentes en el tiempo, serán excluyentes entre sí. A tal efecto, solo se computarán en el subapartado en que les corresponda mayor valoración.

2. Aspectos formativos, docentes, científicos y de investigación (máximo 18 puntos).

En este apartado se valorarán los aspectos más significativos de la formación especializada y continuada relacionada con las plazas a proveer, la experiencia en el puesto de trabajo y las actividades científicas, docentes y de investigación y cooperación en el ámbito de la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células.

2.1 Másteres.

a) Por cada Máster universitario oficial (Espacio Europeo de Educación Superior, EEES) relacionado con la categoría a la que se concursa: 0,45 puntos.

b) Por cada Máster título propio universitario distinto del máster referido en el apartado a), relacionado con la categoría a la que se concursa: 0,30 puntos.

c) Por cada Máster en Escuela o Centro educativo privado, relacionado con la categoría a la que se concursa: 0,15 puntos.

2.2 Formación continuada.

2.2.1 Por participar como discente en actividades formativas en materia de donación y trasplante de órganos, tejidos y células, organizadas o subvencionadas por la Organización Nacional de Trasplantes, por Universidades, Organismos de la Administración Educativa, de la Administración General del Estado, la Administración Autonómica sanitaria o por otras organizaciones o entidades sin ánimo de lucro:

a) Por cada curso específico, con duración superior a ochenta horas lectivas: 2,40 puntos.

b) Por cada curso específico, con duración entre treinta y ochenta horas lectivas: 1,80 puntos.

c) Por cada curso específico, con duración entre veinte y veintinueve horas lectivas: 1,20 puntos.

d) Por cada curso específico, con duración entre siete y diecinueve horas lectivas: 0,60 puntos.

2.2.2 Por participar como discente en actividades formativas en materias instrumentales necesarias para la gestión del Organismo Autónomo Organización Nacional de Trasplantes y las actividades de donación y trasplante de órganos, tejidos y células, organizadas o subvencionadas por la Organización Nacional de Trasplantes, por Universidades, Organismos de la Administración Educativa, de la Administración General del Estado, la Administración Autonómica sanitaria o por otras organizaciones o entidades sin ánimo de lucro:

a) Por cada curso específico, con duración superior a ochenta horas lectivas: 2,40 puntos.

b) Por cada curso específico, con duración entre treinta y ochenta horas lectivas: 1,80 puntos.

c) Por cada curso específico, con duración entre veinte y veintinueve horas lectivas: 1,20 puntos.

d) Por cada curso específico, con duración entre siete y diecinueve horas lectivas: 0,60 puntos.

2.3 Actividades docentes.

2.3.1 Por cada actividad como docente en materia directa o instrumentalmente relacionada con la donación y trasplante de órganos, tejidos y células, organizada o subvencionada por la Organización Nacional de Trasplantes, por Universidades, Organismos de la Administración Educativa, de la Administración General del Estado, la Administración Autonómica sanitaria o por otras organizaciones o entidades sin ánimo de lucro, se valorará con 0,60 punto.

2.4 Actividades científicas y de investigación.

2.4.1 Por publicación de libros relacionados con la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células o con la categoría a la que se concursa y que contengan ISBN o Depósito Legal.

a) Por cada libro completo: 1,80 puntos.

b) Por cada capítulo de libro no incluido en el punto anterior: 0,30 puntos (máximo 2 capítulos de un mismo libro).

2.4.2 Publicaciones de artículos en revistas especializadas, relacionados con la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células o con la categoría a la que se concursa y que contengan ISSN o Depósito Legal:

a) Por cada publicación en revistas nacionales: 0,15 puntos.

b) Por cada publicación en revista internacional: 0.30 puntos.

2.4.3 Por cada ponencia en Congresos, simposios o jornadas en materia de donación y trasplante de órganos, tejidos y células: 0,12 puntos.

2.4.4 Por cada ponencia en Congresos, simposios o jornadas en materia relacionada con la categoría a la que se concursa: 0,09 puntos.

2.4.5 Por participar en proyectos de investigación relacionados con la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células con financiación de las Administraciones Públicas, Comunidades Autónomas, Nacionales y de la Unión Europea: 0,60 puntos.

3. Premios y certificaciones (Máximo 2 puntos).

3.1 Por cada premio o certificación debidamente acreditados en el ámbito de la donación y trasplante de órganos, tejidos y células, otorgados por Organismos o Instituciones Nacionales e Internacionales: 0,90 puntos.

3.2 Por cada premio o certificación debidamente acreditados otorgados por Organismos o Instituciones Nacionales e Internacionales: 0,60 puntos.

3.3 Por la participación debidamente acreditada en la obtención de cada premio o certificación otorgados a la Organización Nacional de Trasplantes por Organismos o Instituciones Nacionales e Internacionales: 0,60 puntos.

Baremo de méritos para Gestión de la Función Administrativa (número orden 7.º)

1. Experiencia Profesional (máximo 40 puntos).

1.1 Servicios prestados en la Organización Nacional de Trasplantes: 0,450 puntos por mes completo en la misma categoría u homologada y 0,228 puntos por mes completo en otra categoría.

1.2 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en Instituciones Sanitarias de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas o en los centros y servicios sanitarios de la Administración General del Estado, así como en centros sanitarios públicos gestionados por otras administraciones sanitarias públicas o en centros sanitarios públicos de la Unión Europea u organismos públicos internacionales con programas de trasplantes: 0,150 puntos por mes completo.

1.3 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en otros centros de la Administración Pública: 0,075 puntos por mes completo.

1.4 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en centros privados sanitarios concertados nacionales: 0,050 puntos por mes completo.

1.5 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en centros privados sanitarios nacionales: 0,033 puntos por mes completo.

1.6 Servicios prestados en distinta categoría en centros y servicios sanitarios públicos del Sistema Nacional de Salud, tanto autonómicos como dependientes de la Administración General del Estado: 0,055 puntos por mes completo.

1.7 Servicios prestados en distinta categoría en centros sanitarios públicos gestionados por otras administraciones sanitarias públicas, así como en centros sanitarios públicos de la Unión Europea: 0,050 puntos por mes completo.

1.8 Servicios prestados en distinta categoría en otros centros de la Administración Pública: 0,025 puntos por mes completo.

1.9 Servicios prestados en distinta categoría en centros privados sanitarios concertados nacionales: 0,017 puntos por mes completo.

Normas para el cómputo de la experiencia profesional:

a) Se entenderá por categoría homologada, la establecida en la Orden SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud.

b) La unidad de valoración mínima será el mes, cuando los servicios prestados lo sean por días u horas será equivalente a 30 días o 140 horas, las fracciones inferiores se despreciarán.

c) Los servicios prestados bajo la modalidad de reducción de jornada por cuidado de hijos o de cuidado de familiares, se computarán igual que en jornada completa, excepto los servicios prestados como personal temporal para la cobertura de la reducción de jornada del titular, que serán computados por horas al mes equivalente a 30 días o 140 horas, al igual que lo establecido en el apartado b).

d) El tiempo de permanencia en situación distinta a la de servicio activo, con reserva de plaza, así como los prestados en otras situaciones que tengan derecho a reserva de plaza, en los supuestos legalmente establecidos, se considerarán como servicios prestados en igual o distinta categoría, según corresponda.

e) Los servicios prestados, en la misma o distinta categoría, en centros sanitarios que han sido integrados en el Sistema Nacional de Salud, serán computados en los términos previstos en las distintas órdenes de integración.

f) Los servicios prestados en cargos directivos e intermedios, se le considerarán como prestados en centros sanitarios públicos gestionadas por otras administraciones sanitarias públicas.

g) Los servicios prestados coincidentes en el tiempo, serán excluyentes entre sí. A tal efecto, solo se computarán en el subapartado en que les corresponda mayor valoración.

2. Aspectos formativos, docentes, científicos y de investigación (máximo 18 puntos).

En este apartado se valorarán los aspectos más significativos de la formación especializada y continuada relacionada con las plazas a proveer, la experiencia en el puesto de trabajo y las actividades científicas, docentes y de investigación y cooperación en el ámbito de la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células.

2.1 Másteres.

a) Por cada Máster universitario oficial (Espacio Europeo de Educación Superior, EEES) relacionado con la categoría a la que se concursa: 0,45 puntos.

b) Por cada Máster título propio universitario distinto del máster referido en el apartado a), relacionado con la categoría a la que se concursa: 0,30 puntos.

c) Por cada Máster en Escuela o Centro educativo privado, relacionado con la categoría a la que se concursa: 0,15 puntos.

2.2 Formación continuada.

2.2.1 Por participar como discente en actividades formativas en materia de donación y trasplante de órganos, tejidos y células, organizadas o subvencionadas por la Organización Nacional de Trasplantes, por Universidades, Organismos de la Administración Educativa, de la Administración General del Estado, la Administración Autonómica sanitaria o por otras organizaciones o entidades sin ánimo de lucro:

a) Por cada curso específico, con duración superior a ochenta horas lectivas: 2,40 puntos.

b) Por cada curso específico, con duración entre treinta y ochenta horas lectivas: 1,80 puntos.

c) Por cada curso específico, con duración entre veinte y veintinueve horas lectivas: 1,20 puntos.

d) Por cada curso específico, con duración entre siete y diecinueve horas lectivas: 0,60 puntos.

2.2.2 Por participar como discente en actividades formativas en materias instrumentales necesarias para la gestión del Organismo Autónomo Organización Nacional de Trasplantes y las actividades de donación y trasplante de órganos, tejidos y células, organizadas o subvencionadas por la Organización Nacional de Trasplantes, por Universidades, Organismos de la Administración Educativa, de la Administración General del Estado, la Administración Autonómica sanitaria o por otras organizaciones o entidades sin ánimo de lucro:

a) Por cada curso específico, con duración superior a ochenta horas lectivas: 2,40 puntos.

b) Por cada curso específico, con duración entre treinta y ochenta horas lectivas: 1,80 puntos.

c) Por cada curso específico, con duración entre veinte y veintinueve horas lectivas: 1,20 puntos.

d) Por cada curso específico, con duración entre siete y diecinueve horas lectivas: 0,60 puntos.

2.3 Actividades docentes.

2.3.1 Por cada actividad como docente en materia directa o instrumentalmente relacionada con la donación y trasplante de órganos, tejidos y células, organizada o subvencionada por la Organización Nacional de Trasplantes, por Universidades, Organismos de la Administración Educativa, de la Administración General del Estado, la Administración Autonómica sanitaria o por otras organizaciones o entidades sin ánimo de lucro, se valorará con 0,60 punto.

2.4 Actividades científicas y de investigación.

2.4.1 Por publicación de libros relacionados con la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células o con la categoría a la que se concursa y que contengan ISBN o Depósito Legal.

a) Por cada libro completo: 1,80 puntos.

b) Por cada capítulo de libro no incluido en el punto anterior: 0,30 puntos (máximo 2 capítulos de un mismo libro).

2.4.2 Publicaciones de artículos en revistas especializadas, relacionados con la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células o con la categoría a la que se concursa y que contengan ISSN o Depósito Legal:

a) Por cada publicación en revistas nacionales: 0,15 puntos.

b) Por cada publicación en revista internacional: 0,30 puntos.

2.4.3 Por cada ponencia en Congresos, simposios o jornadas en materia de donación y trasplante de órganos, tejidos y células: 0,12 puntos.

2.4.4 Por cada ponencia en Congresos, simposios o jornadas en materia relacionada con la categoría a la que se concursa: 0,09 puntos.

2.4.5 Por participar en proyectos de investigación relacionados con la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células con financiación de las Administraciones Públicas, Comunidades Autónomas, Nacionales y de la Unión Europea: 0,60 puntos.

3. Premios y certificaciones (máximo 2 puntos).

3.1 Por cada premio o certificación debidamente acreditados en el ámbito de la donación y trasplante de órganos, tejidos y células, otorgados por Organismos o Instituciones Nacionales e Internacionales: 0,90 puntos.

3.2 Por cada premio o certificación debidamente acreditados otorgados por Organismos o Instituciones Nacionales e Internacionales: 0,60 puntos.

3.3 Por la participación debidamente acreditada en la obtención de cada premio o certificación otorgados a la Organización Nacional de Trasplantes por Organismos o Instituciones Nacionales e Internacionales: 0,60 puntos.

Baremo de méritos para Técnico de Grado Medio (número orden 8)

1. Experiencia Profesional (máximo 40 puntos).

1.1 Servicios prestados en la Organización Nacional de Trasplantes: 0,450 puntos por mes completo en la misma categoría u homologada y 0,228 puntos por mes completo en otra categoría.

1.2 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en Instituciones Sanitarias de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas o en los centros y servicios sanitarios de la Administración General del Estado, así como en centros sanitarios públicos gestionados por otras administraciones sanitarias públicas o en centros sanitarios públicos de la Unión Europea u organismos públicos internacionales con programas de trasplantes: 0,150 puntos por mes completo.

1.3 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en otros centros de la Administración Pública: 0,075 puntos por mes completo.

1.4 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en centros privados sanitarios concertados nacionales: 0,050 puntos por mes completo.

1.5 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en centros privados sanitarios nacionales: 0,033 puntos por mes completo.

1.6 Servicios prestados en distinta categoría en centros y servicios sanitarios públicos del Sistema Nacional de Salud, tanto autonómicos como dependientes de la Administración General del Estado: 0,055 puntos por mes completo.

1.7 Servicios prestados en distinta categoría en centros sanitarios públicos gestionados por otras administraciones sanitarias públicas, así como en centros sanitarios públicos de la Unión Europea: 0,050 puntos por mes completo.

1.8 Servicios prestados en distinta categoría en otros centros de la Administración Pública: 0,025 puntos por mes completo.

1.9 Servicios prestados en distinta categoría en centros privados sanitarios concertados nacionales: 0,017 puntos por mes completo.

Normas para el cómputo de la experiencia profesional:

a) Se entenderá por categoría homologada, la establecida en la Orden SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud.

b) La unidad de valoración mínima será el mes, cuando los servicios prestados lo sean por días u horas será equivalente a 30 días o 140 horas, las fracciones inferiores se despreciarán.

c) Los servicios prestados bajo la modalidad de reducción de jornada por cuidado de hijos o de cuidado de familiares, se computarán igual que en jornada completa, excepto los servicios prestados como personal temporal para la cobertura de la reducción de jornada del titular, que serán computados por horas al mes equivalente a 30 días o 140 horas, al igual que lo establecido en el apartado b).

d) El tiempo de permanencia en situación distinta a la de servicio activo, con reserva de plaza, así como los prestados en otras situaciones que tengan derecho a reserva de plaza, en los supuestos legalmente establecidos, se considerarán como servicios prestados en igual o distinta categoría, según corresponda.

e) Los servicios prestados, en la misma o distinta categoría, en centros sanitarios que han sido integrados en el Sistema Nacional de Salud, serán computados en los términos previstos en las distintas órdenes de integración.

f) Los servicios prestados en cargos directivos e intermedios, se le considerarán como prestados en centros sanitarios públicos gestionadas por otras administraciones sanitarias públicas.

g) Los servicios prestados coincidentes en el tiempo, serán excluyentes entre sí. A tal efecto, solo se computarán en el subapartado en que les corresponda mayor valoración.

2. Aspectos formativos, docentes, científicos y de investigación (Máximo 18 puntos).

En este apartado se valorarán los aspectos más significativos de la formación especializada y continuada relacionada con las plazas a proveer, la experiencia en el puesto de trabajo y las actividades científicas, docentes y de investigación y cooperación en el ámbito de la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células.

2.1 Másteres.

a) Por cada Máster universitario oficial (Espacio Europeo de Educación Superior, EEES) relacionado con la categoría a la que se concursa: 0,45 puntos.

b) Por cada Máster título propio universitario distinto del master referido en el apartado a), relacionado con la categoría a la que se concursa: 0,30 puntos.

c) Por cada Máster en Escuela o Centro educativo privado, relacionado con la categoría a la que se concursa: 0,15 puntos.

2.2 Formación continuada.

2.2.1 Por participar como discente en actividades formativas en materia de donación y trasplante de órganos, tejidos y células, organizadas o subvencionadas por la Organización Nacional de Trasplantes, por Universidades, Organismos de la Administración Educativa, de la Administración General del Estado, la Administración Autonómica sanitaria o por otras organizaciones o entidades sin ánimo de lucro:

a) Por cada curso específico, con duración superior a ochenta horas lectivas: 2,40 puntos.

b) Por cada curso específico, con duración entre treinta y ochenta horas lectivas: 1,80 puntos.

c) Por cada curso específico, con duración entre veinte y veintinueve horas lectivas: 1,20 puntos.

d) Por cada curso específico, con duración entre siete y diecinueve horas lectivas: 0,60 puntos.

2.2.2 Por participar como discente en actividades formativas en materias instrumentales necesarias para la gestión del Organismo Autónomo Organización Nacional de Trasplantes y las actividades de donación y trasplante de órganos, tejidos y células, organizadas o subvencionadas por la Organización Nacional de Trasplantes, por Universidades, Organismos de la Administración Educativa, de la Administración General del Estado, la Administración Autonómica sanitaria o por otras organizaciones o entidades sin ánimo de lucro:

a) Por cada curso específico, con duración superior a ochenta horas lectivas: 2,40 puntos.

b) Por cada curso específico, con duración entre treinta y ochenta horas lectivas: 1,80 puntos.

c) Por cada curso específico, con duración entre veinte y veintinueve horas lectivas: 1,20 puntos.

d) Por cada curso específico, con duración entre siete y diecinueve horas lectivas: 0,60 puntos.

2.3 Actividades docentes.

2.3.1 Por cada actividad como docente en materia directa o instrumentalmente relacionada con la donación y trasplante de órganos, tejidos y células, organizada o subvencionada por la Organización Nacional de Trasplantes, por Universidades, Organismos de la Administración Educativa, de la Administración General del Estado, la Administración Autonómica sanitaria o por otras organizaciones o entidades sin ánimo de lucro, se valorará con 0,60 punto.

2.4 Actividades científicas y de investigación.

2.4.1 Por publicación de libros relacionados con la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células o con la categoría a la que se concursa y que contengan ISBN o Depósito Legal.

a) Por cada libro completo: 1,80 puntos.

b) Por cada capítulo de libro no incluido en el punto anterior: 0,30 puntos (máximo 2 capítulos de un mismo libro).

2.4.2 Publicaciones de artículos en revistas especializadas, relacionados con la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células o con la categoría a la que se concursa y que contengan ISSN o Depósito Legal:

a) Por cada publicación en revistas nacionales: 0,15 puntos.

b) Por cada publicación en revista internacional: 0,30 puntos.

2.4.3 Por cada ponencia en Congresos, simposios o jornadas en materia de donación y trasplante de órganos, tejidos y células: 0,12 puntos.

2.4.4 Por cada ponencia en Congresos, simposios o jornadas en materia relacionada con la categoría a la que se concursa: 0,09 puntos.

2.4.5 Por participar en proyectos de investigación relacionados con la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células con financiación de las Administraciones Públicas, Comunidades Autónomas, Nacionales y de la Unión Europea: 0,60 puntos.

3. Premios y certificaciones (máximo 2 puntos).

3.1. Por cada premio o certificación debidamente acreditados en el ámbito de la donación y trasplante de órganos, tejidos y células, otorgados por Organismos o Instituciones Nacionales e Internacionales: 0,90 puntos.

3.2 Por cada premio o certificación debidamente acreditados otorgados por Organismos o Instituciones Nacionales e Internacionales: 0,60 puntos.

3.3 Por la participación debidamente acreditada en la obtención de cada premio o certificación otorgados a la Organización Nacional de Trasplantes por Organismos o Instituciones Nacionales e Internacionales: 0,60 puntos.

Baremo de méritos para Administrativo (número orden 9.º)

1. Experiencia Profesional (máximo 40 puntos).

1.1 Servicios prestados en la Organización Nacional de Trasplantes: 0,450 puntos por mes completo en la misma categoría u homologada y 0,228 puntos por mes completo en otra categoría.

1.2 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en Instituciones Sanitarias de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas o en los centros y servicios sanitarios de la Administración General del Estado, así como en centros sanitarios públicos gestionados por otras administraciones sanitarias públicas o en centros sanitarios públicos de la Unión Europea u organismos públicos internacionales con programas de trasplantes: 0,150 puntos por mes completo.

1.3 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en otros centros de la Administración Pública: 0,075 puntos por mes completo.

1.4 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en centros privados sanitarios concertados nacionales: 0,050 puntos por mes completo.

1.5 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en centros privados sanitarios nacionales: 0,033 puntos por mes completo.

1.6 Servicios prestados en distinta categoría en centros y servicios sanitarios públicos del Sistema Nacional de Salud, tanto autonómicos como dependientes de la Administración General del Estado: 0,055 puntos por mes completo.

1.7 Servicios prestados en distinta categoría en centros sanitarios públicos gestionados por otras administraciones sanitarias públicas, así como en centros sanitarios públicos de la Unión Europea: 0,050 puntos por mes completo.

1.8 Servicios prestados en distinta categoría en otros centros de la Administración Pública: 0,025 puntos por mes completo.

1.9 Servicios prestados en distinta categoría en centros privados sanitarios concertados nacionales: 0,017 puntos por mes completo.

Normas para el cómputo de la experiencia profesional:

a) Se entenderá por categoría homologada, la establecida en la Orden SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud.

b) La unidad de valoración mínima será el mes, cuando los servicios prestados lo sean por días u horas será equivalente a 30 días o 140 horas, las fracciones inferiores se despreciarán.

c) Los servicios prestados bajo la modalidad de reducción de jornada por cuidado de hijos o de cuidado de familiares, se computarán igual que en jornada completa, excepto los servicios prestados como personal temporal para la cobertura de la reducción de jornada del titular, que serán computados por horas al mes equivalente a 30 días o 140 horas, al igual que lo establecido en el apartado b).

d) El tiempo de permanencia en situación distinta a la de servicio activo, con reserva de plaza, así como los prestados en otras situaciones que tengan derecho a reserva de plaza, en los supuestos legalmente establecidos, se considerarán como servicios prestados en igual o distinta categoría, según corresponda.

e) Los servicios prestados, en la misma o distinta categoría, en centros sanitarios que han sido integrados en el Sistema Nacional de Salud, serán computados en los términos previstos en las distintas órdenes de integración.

f) Los servicios prestados en cargos directivos e intermedios, se le considerarán como prestados en centros sanitarios públicos gestionadas por otras administraciones sanitarias públicas.

g) Los servicios prestados coincidentes en el tiempo, serán excluyentes entre sí. A tal efecto, solo se computarán en el subapartado en que les corresponda mayor valoración.

2. Aspectos formativos (máximo 18 puntos).

2.1 Formación continuada.

2.1.1 Por participar como discente en actividades formativas en materia de donación y trasplante de órganos, tejidos y células, organizadas o subvencionadas por la Organización Nacional de Trasplantes, por Universidades, Organismos de la Administración Educativa, de la Administración General del Estado, la Administración Autonómica sanitaria o por otras organizaciones o entidades sin ánimo de lucro.

a) Por cada curso específico, con duración superior a ochenta horas lectivas: 2,40 puntos.

b) Por cada curso específico, con duración entre treinta y ochenta horas lectivas: 1,80 puntos.

c) Por cada curso específico, con duración entre veinte y veintinueve horas lectivas: 1,20 puntos.

d) Por cada curso específico, con duración entre siete y diecinueve horas lectivas: 0,60 puntos.

2.1.2 Por participar como discente en actividades formativas en materias instrumentales necesarias para la gestión del Organismo Autónomo Organización Nacional de Trasplantes y las actividades de donación y trasplante de órganos, tejidos y células, organizadas o subvencionadas por la Organización Nacional de Trasplantes, por Universidades, Organismos de la Administración Educativa, de la Administración General del Estado, la Administración Autonómica sanitaria o por otras organizaciones o entidades sin ánimo de lucro.

a) Por cada curso específico, con duración superior a ochenta horas lectivas: 2,40 puntos.

b) Por cada curso específico, con duración entre treinta y ochenta horas lectivas: 1,80 puntos.

c) Por cada curso específico, con duración entre veinte y veintinueve horas lectivas: 1,20 puntos.

d) Por cada curso específico, con duración entre siete y diecinueve horas lectivas: 0,60 puntos.

3. Premios y certificaciones (Máximo 2 puntos).

3.1 Por cada premio o certificación debidamente acreditados en el ámbito de la donación y trasplante de órganos, tejidos y células, otorgados por Organismos o Instituciones Nacionales e Internacionales: 0,90 puntos.

3.2 Por cada premio o certificación debidamente acreditados otorgados por Organismos o Instituciones Nacionales e Internacionales: 0,60 puntos.

3.3 Por la participación debidamente acreditada en la obtención de cada premio o certificación otorgados a la Organización Nacional de Trasplantes por Organismos o Instituciones Nacionales e Internacionales: 0,60 puntos.

Baremo de méritos para Auxiliar Administrativo (número orden 10.º)

1. Experiencia Profesional (máximo 40 puntos).

1.1 Servicios prestados en la Organización Nacional de Trasplantes: 0,450 puntos por mes completo en la misma categoría u homologada y 0,228 puntos por mes completo en otra categoría.

1.2 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en Instituciones Sanitarias de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas o en los centros y servicios sanitarios de la Administración General del Estado, así como en centros sanitarios públicos gestionados por otras administraciones sanitarias públicas o en centros sanitarios públicos de la Unión Europea u organismos públicos internacionales con programas de trasplantes: 0,150 puntos por mes completo.

1.3 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en otros centros de la Administración Pública: 0,075 puntos por mes completo.

1.4 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en centros privados sanitarios concertados nacionales: 0,050 puntos por mes completo.

1.5 Servicios prestados en la misma categoría u homologada en centros privados sanitarios nacionales: 0,033 puntos por mes completo.

1.6 Servicios prestados en distinta categoría en centros y servicios sanitarios públicos del Sistema Nacional de Salud, tanto autonómicos como dependientes de la Administración General del Estado: 0,055 puntos por mes completo.

1.7 Servicios prestados en distinta categoría en centros sanitarios públicos gestionados por otras administraciones sanitarias públicas, así como en centros sanitarios públicos de la Unión Europea: 0,050 puntos por mes completo.

1.8 Servicios prestados en distinta categoría en otros centros de la Administración Pública: 0,025 puntos por mes completo.

1.9 Servicios prestados en distinta categoría en centros privados sanitarios concertados nacionales: 0,017 puntos por mes completo.

Normas para el cómputo de la experiencia profesional:

a) Se entenderá por categoría homologada, la establecida en la Orden SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud.

b) La unidad de valoración mínima será el mes, cuando los servicios prestados lo sean por días u horas será equivalente a 30 días o 140 horas, las fracciones inferiores se despreciarán.

c) Los servicios prestados bajo la modalidad de reducción de jornada por cuidado de hijos o de cuidado de familiares, se computarán igual que en jornada completa, excepto los servicios prestados como personal temporal para la cobertura de la reducción de jornada del titular, que serán computados por horas al mes equivalente a 30 días o 140 horas, al igual que lo establecido en el apartado b).

d) El tiempo de permanencia en situación distinta a la de servicio activo, con reserva de plaza, así como los prestados en otras situaciones que tengan derecho a reserva de plaza, en los supuestos legalmente establecidos, se considerarán como servicios prestados en igual o distinta categoría, según corresponda.

e) Los servicios prestados, en la misma o distinta categoría, en centros sanitarios que han sido integrados en el Sistema Nacional de Salud, serán computados en los términos previstos en las distintas órdenes de integración.

f) Los servicios prestados en cargos directivos e intermedios, se le considerarán como prestados en centros sanitarios públicos gestionadas por otras administraciones sanitarias públicas.

g) Los servicios prestados coincidentes en el tiempo, serán excluyentes entre sí. A tal efecto, solo se computarán en el subapartado en que les corresponda mayor valoración.

2. Aspectos formativos (máximo 18 puntos).

2.1 Formación continuada.

2.1.1 Por participar como discente en actividades formativas en materia de donación y trasplante de órganos, tejidos y células, organizadas o subvencionadas por la Organización Nacional de Trasplantes, por Universidades, Organismos de la Administración Educativa, de la Administración General del Estado, la Administración Autonómica sanitaria o por otras organizaciones o entidades sin ánimo de lucro.

a) Por cada curso específico, con duración superior a ochenta horas lectivas: 2,40 puntos.

b) Por cada curso específico, con duración entre treinta y ochenta horas lectivas: 1,80 puntos.

c) Por cada curso específico, con duración entre veinte y veintinueve horas lectivas: 1,20 puntos.

d) Por cada curso específico, con duración entre siete y diecinueve horas lectivas: 0,60 puntos.

2.1.2 Por participar como discente en actividades formativas en materias instrumentales necesarias para la gestión del Organismo Autónomo Organización Nacional de Trasplantes y las actividades de donación y trasplante de órganos, tejidos y células, organizadas o subvencionadas por la Organización Nacional de Trasplantes, por Universidades, Organismos de la Administración Educativa, de la Administración General del Estado, la Administración Autonómica sanitaria o por otras organizaciones o entidades sin ánimo de lucro.

a) Por cada curso específico, con duración superior a ochenta horas lectivas: 2,40 puntos.

b) Por cada curso específico, con duración entre treinta y ochenta horas lectivas: 1,80 puntos.

c) Por cada curso específico, con duración entre veinte y veintinueve horas lectivas: 1,20 puntos.

d) Por cada curso específico, con duración entre siete y diecinueve horas lectivas: 0,60 puntos.

3. Premios y certificaciones (Máximo 2 punto).

3.1 Por cada premio o certificación debidamente acreditados en el ámbito de la donación y trasplante de órganos, tejidos y células, otorgados por Organismos o Instituciones Nacionales e Internacionales: 0,90 puntos.

3.2 Por cada premio o certificación debidamente acreditados otorgados por Organismos o Instituciones Nacionales e Internacionales: 0,60 puntos.

3.3 Por la participación debidamente acreditada en la obtención de cada premio o certificación otorgados a la Organización Nacional de Trasplantes por Organismos o Instituciones Nacionales e Internacionales: 0,60 puntos.

ANEXO III
III.1 Programa parte común

(Número de orden 1) Facultativo Especialista de Área de Nefrología

1. El Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: funciones.

2. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: objeto y ámbito de la Ley. Políticas públicas para la igualdad. El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: Objeto de la Ley y principios rectores. Medidas de sensibilización, prevención y detección. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género.

3. Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social: Objeto de la norma.

4. La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: Disposiciones generales. Derechos de las personas La Agencia de Protección de Datos: competencias y funciones.

5. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Defensor del Pueblo. Las referencias a la sanidad y la salud en la Constitución Española.

6. El derecho a la protección de la salud en la Constitución y en la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud: Principios generales, derechos de los ciudadanos a la protección de la salud y a la atención sanitaria. Derechos y deberes de los ciudadanos en el Sistema Nacional de Salud. Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y derechos y deberes en materia de información y documentación clínica.

7. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: La Administración General del Estado. Principios de organización y funcionamiento. Órganos centrales. Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Subsecretarios. Secretarios Generales. Secretarios Generales Técnicos. Directores Generales. Subdirectores Generales.

8. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Organización y funcionamiento del sector público institucional.

9. Las fuentes del derecho administrativo. La jerarquía de las fuentes. La ley. Las disposiciones del Ejecutivo con fuerza de ley: decreto-ley y decreto legislativo. El reglamento: concepto, clases y límites. Otras fuentes del derecho administrativo.

10. La ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común: De la actividad de las Administraciones Públicas.

11. La ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común: La iniciación, ordenación, instrucción y terminación del procedimiento administrativo.

12. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y notificación. Revisión, anulación y revocación. El principio de legalidad en la actuación administrativa.

13. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Normas generales. Clasificación del personal estatutario. Planificación y ordenación del personal.

14. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Derechos y deberes del personal estatutario de los servicios de salud. Adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario fijo.

15. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Situaciones del personal estatutario. Características de cada una de ellas.

16. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Régimen disciplinario del personal estatutario.

17. Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

18. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales (LPRL): Derechos y obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo.

19. El presupuesto: concepto. Los principios presupuestarios. El ciclo presupuestario. Terminología y desarrollo del proceso presupuestario.

20. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014: Objeto y finalidad. Concepto y clases. Procedimiento de adjudicación. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales.

(Número de orden 2) Facultativo Especialista de Área de Medicina Preventiva y Salud Pública

1. El Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: funciones.

2. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: objeto y ámbito de la Ley. Políticas públicas para la igualdad. El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: Objeto de la Ley y principios rectores. Medidas de sensibilización, prevención y detección. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género.

3. Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social: Objeto de la norma.

4. La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: Disposiciones generales. Derechos de las personas La Agencia de Protección de Datos: competencias y funciones.

5. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Defensor del Pueblo. Las referencias a la sanidad y la salud en la Constitución Española.

6. El derecho a la protección de la salud en la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud: Principios generales, derechos de los ciudadanos a la protección de la salud y a la atención sanitaria. Derechos y deberes de los ciudadanos en el Sistema Nacional de Salud. Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y derechos y deberes en materia de información y documentación clínica.

7. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: La Administración General del Estado. Principios de organización y funcionamiento. Órganos centrales. Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Subsecretarios. Secretarios Generales. Secretarios Generales Técnicos. Directores Generales. Subdirectores Generales.

8. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Organización y funcionamiento del sector público institucional.

9. Las fuentes del derecho administrativo. La jerarquía de las fuentes. La ley. Las disposiciones del Ejecutivo con fuerza de ley: decreto-ley y decreto legislativo. El reglamento: concepto, clases y límites. Otras fuentes del derecho administrativo.

10. La ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común: De la actividad de las Administraciones Públicas.

11. La ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común: La iniciación, ordenación, instrucción y terminación del procedimiento administrativo.

12. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y notificación. Revisión, anulación y revocación. El principio de legalidad en la actuación administrativa.

13. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Normas generales. Clasificación del personal estatutario. Planificación y ordenación del personal.

14. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Derechos y deberes del personal estatutario de los servicios de salud. Adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario fijo.

15. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Situaciones del personal estatutario. Características de cada una de ellas.

16. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Régimen disciplinario del personal estatutario.

17. Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

18. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales (LPRL): Derechos y obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo.

19. El presupuesto: concepto. Los principios presupuestarios. El ciclo presupuestario. Terminología y desarrollo del proceso presupuestario.

20. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014: Objeto y finalidad. Concepto y clases. Procedimiento de adjudicación. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales.

(Número de orden 3) Diplomado Universitario de Enfermería

1. El Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: funciones.

2. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: objeto y ámbito de la Ley. Políticas públicas para la igualdad. El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: Objeto de la Ley y principios rectores. Medidas de sensibilización, prevención y detección. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género.

3. Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social: Objeto de la norma.

4. La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: Disposiciones generales. Derechos de las personas La Agencia de Protección de Datos: competencias y funciones.

5. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Las referencias a la sanidad y la salud en la Constitución Española. El derecho a la protección de la salud en la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.

6. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: La Administración General del Estado. Principios de organización y funcionamiento. Órganos centrales. Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Subsecretarios. Secretarios Generales. Secretarios Generales Técnicos. Directores Generales. Subdirectores Generales.

7. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Organización y funcionamiento del sector público institucional.

8. Las fuentes del derecho administrativo. La jerarquía de las fuentes. La ley. Las disposiciones del Ejecutivo con fuerza de ley: decreto-ley y decreto legislativo. El reglamento: concepto, clases y límites. Otras fuentes del derecho administrativo.

9. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y notificación. Revisión, anulación y revocación. El principio de legalidad en la actuación administrativa.

10. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Normas generales. Clasificación del personal estatutario. Planificación y ordenación del personal.

11. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Derechos y deberes del personal estatutario de los servicios de salud. Adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario fijo.

12. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Situaciones del personal estatutario. Características de cada una de ellas.

13. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Régimen disciplinario del personal estatutario.

14. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales (LPRL): Derechos y obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo.

15. El presupuesto: concepto. Los principios presupuestarios. El ciclo presupuestario. Terminología y desarrollo del proceso presupuestario.

(Número de orden 4) Ingeniero Superior

1. El Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: funciones.

2. La Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

3. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: objeto y ámbito de la Ley. Políticas públicas para la igualdad. El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: Objeto de la Ley y principios rectores. Medidas de sensibilización, prevención y detección. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género.

4. Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social: Objeto de la norma.

5. La organización de la Unión Europea: el Consejo Europeo, el Consejo y la Comisión Europea. El Parlamento Europeo.

6. La organización de la Unión Europea: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El Tribunal de Cuentas. El Banco Central Europeo.

7. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Las referencias a la sanidad y la salud en la Constitución Española. La reforma de la Constitución.

8. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Defensor del Pueblo.

9. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo.

10. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado.

11. El Gobierno. Su composición. Nombramiento y cese. Las funciones del Gobierno. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.

12. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: La Administración General del Estado. Principios de organización y funcionamiento. Órganos centrales. Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Subsecretarios. Secretarios Generales. Secretarios Generales Técnicos. Directores Generales. Subdirectores Generales.

13. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: La Administración General del Estado. Órganos periféricos. Los Delegados del Gobierno. Los Subdelegados del Gobierno. Los Directores Insulares.

14. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Organización y funcionamiento del sector público institucional.

15. Las fuentes del derecho administrativo. La jerarquía de las fuentes. La ley. Las disposiciones del Ejecutivo con fuerza de ley: decreto-ley y decreto legislativo. El reglamento: concepto, clases y límites. Otras fuentes del derecho administrativo.

16. La ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común: Los interesados en el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

17. La ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común: De la actividad de las Administraciones Públicas.

18. La ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común: La iniciación, ordenación, instrucción y terminación del procedimiento administrativo.

19. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y notificación. Revisión, anulación y revocación. El principio de legalidad en la actuación administrativa.

20. Los recursos administrativos: concepto y clases. Recursos de alzada, reposición y extraordinario de revisión. La jurisdicción contencioso-administrativa.

21. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: De los órganos de las Administraciones Públicas.

22. El Texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público: Objeto y ámbito de aplicación. Personal al servicio de las Administraciones Públicas.

23. El Texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público: Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos.

24. Situaciones administrativas de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado. Situaciones del personal estatutario.

25. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Normas generales. Clasificación del personal estatutario.

26. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Derechos y deberes del personal estatutario de los servicios de salud. Adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario fijo.

27. La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria: El presupuesto: concepto. Los principios presupuestarios. El ciclo presupuestario. Terminología y desarrollo del proceso presupuestario.

28. La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria: Las modificaciones presupuestarias: créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Ampliaciones de crédito. Generaciones de crédito. Transferencias de crédito. Incorporaciones de crédito.

29. El sistema de retribuciones del personal funcionario y estatutario: Retribuciones básicas y complementarias.

30. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014: Objeto y finalidad. Los contratos del sector público: concepto y clases. Procedimiento de adjudicación. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales.

(Número de orden 5) Técnico de la Función Administrativa

1. El Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: funciones.

2. La Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

3. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: objeto y ámbito de la Ley. Políticas públicas para la igualdad. El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: Objeto de la Ley y principios rectores. Medidas de sensibilización, prevención y detección. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género.

4. Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social: Objeto de la norma.

5. La organización de la Unión Europea: el Consejo Europeo, el Consejo y la Comisión Europea. El Parlamento Europeo.

6. La organización de la Unión Europea: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El Tribunal de Cuentas. El Banco Central Europeo.

7. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Las referencias a la sanidad y la salud en la Constitución Española.

8. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Defensor del Pueblo. La reforma de la Constitución.

9. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo.

10. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado.

11. El Gobierno. Su composición. Nombramiento y cese. Las funciones del Gobierno. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.

12. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: La Administración General del Estado. Principios de organización y funcionamiento. Órganos centrales. Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Subsecretarios. Secretarios Generales. Secretarios Generales Técnicos. Directores Generales. Subdirectores Generales.

13. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: La Administración General del Estado. Órganos periféricos. Los Delegados del Gobierno. Los Subdelegados del Gobierno. Los Directores Insulares.

14. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Organización y funcionamiento del sector público institucional.

15. Las fuentes del derecho administrativo. La jerarquía de las fuentes. La ley. Las disposiciones del Ejecutivo con fuerza de ley: decreto-ley y decreto legislativo. El reglamento: concepto, clases y límites. Otras fuentes del derecho administrativo.

16. La ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común: Los interesados en el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

17. La ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común: De la actividad de las Administraciones Públicas.

18. La ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común: La iniciación, ordenación, instrucción y terminación del procedimiento administrativo.

19. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y notificación. Revisión, anulación y revocación. El principio de legalidad en la actuación administrativa.

20. Los recursos administrativos: concepto y clases. Recursos de alzada, reposición y extraordinario de revisión. La jurisdicción contencioso-administrativa.

21. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: De los órganos de las Administraciones Públicas.

22. El Texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público: Objeto y ámbito de aplicación. Personal al servicio de las Administraciones Públicas.

23. El Texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público: Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos.

24. Situaciones administrativas de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

25. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Normas generales. Clasificación del personal estatutario.

26. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Derechos y deberes del personal estatutario de los servicios de salud. Adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario fijo.

27. La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria: El presupuesto: concepto. Los principios presupuestarios. El ciclo presupuestario. Terminología y desarrollo del proceso presupuestario.

28. La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria: Las modificaciones presupuestarias: créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Ampliaciones de crédito. Generaciones de crédito. Transferencias de crédito. Incorporaciones de crédito.

29. El sistema de retribuciones del personal funcionario y estatutario: Retribuciones básicas, complementarias, Indemnizaciones por razón de servicio. Devengo de las retribuciones. Nóminas: estructura y normas de confección.

30. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014: Objeto y ámbito de aplicación. Los contratos del sector público: concepto y clases. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales.

(Número de orden 6) Técnico Titulado Superior

1. El Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: funciones.

2. La Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

3. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: objeto y ámbito de la Ley. Políticas públicas para la igualdad. El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: Objeto de la Ley y principios rectores. Medidas de sensibilización, prevención y detección. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género.

4. Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social: Objeto de la norma.

5. La organización de la Unión Europea: el Consejo Europeo, el Consejo y la Comisión Europea. El Parlamento Europeo.

6. La organización de la Unión Europea: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El Tribunal de Cuentas. El Banco Central Europeo.

7. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Las referencias a la sanidad y la salud en la Constitución Española. La reforma de la Constitución.

8. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Defensor del Pueblo.

9. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo.

10. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado.

11. El Gobierno. Su composición. Nombramiento y cese. Las funciones del Gobierno. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.

12. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: La Administración General del Estado. Principios de organización y funcionamiento. Órganos centrales. Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Subsecretarios. Secretarios Generales. Secretarios Generales Técnicos. Directores Generales. Subdirectores Generales.

13. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: La Administración General del Estado. Órganos periféricos. Los Delegados del Gobierno. Los Subdelegados del Gobierno. Los Directores Insulares.

14. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Organización y funcionamiento del sector público institucional.

15. Las fuentes del derecho administrativo. La jerarquía de las fuentes. La ley. Las disposiciones del Ejecutivo con fuerza de ley: decreto-ley y decreto legislativo. El reglamento: concepto, clases y límites. Otras fuentes del derecho administrativo.

16. La ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común: Los interesados en el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

17. La ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común: De la actividad de las Administraciones Públicas.

18. La ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común: La iniciación, ordenación, instrucción y terminación del procedimiento administrativo.

19. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y notificación. Revisión, anulación y revocación. El principio de legalidad en la actuación administrativa.

20. Los recursos administrativos: concepto y clases. Recursos de alzada, reposición y extraordinario de revisión. La jurisdicción contencioso-administrativa.

21. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: De los órganos de las Administraciones Públicas.

22. El Texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público: Objeto y ámbito de aplicación. Personal al servicio de las Administraciones Públicas.

23. El Texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público: Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos.

24. Situaciones administrativas de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

25. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Normas generales. Clasificación del personal estatutario.

26. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Derechos y deberes del personal estatutario de los servicios de salud. Adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario fijo.

27. La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria: El presupuesto: concepto. Los principios presupuestarios. El ciclo presupuestario. Terminología y desarrollo del proceso presupuestario.

28. La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria: Las modificaciones presupuestarias: créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Ampliaciones de crédito. Generaciones de crédito. Transferencias de crédito. Incorporaciones de crédito.

29. El sistema de retribuciones del personal funcionario y estatutario: Retribuciones básicas, complementarias, Indemnizaciones por razón de servicio. Devengo de las retribuciones.

30. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014: Objeto y finalidad. Los contratos del sector público: concepto y clases. Procedimiento de adjudicación. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales.

(Número de orden 7) Gestión de la Función Administrativa

1. El Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: Transparencia de la actividad pública.

2. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: objeto y ámbito de la Ley. Políticas públicas para la igualdad. El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: Objeto de la Ley y principios rectores. Medidas de sensibilización, prevención y detección. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género.

3. Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social: Objeto de la norma.

4. La organización de la Unión Europea: el Consejo Europeo, el Consejo y la Comisión Europea. El Parlamento Europeo.

5. La organización de la Unión Europea: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El Tribunal de Cuentas. El Banco Central Europeo.

6. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Las referencias a la sanidad y la salud en la Constitución Española. La reforma de la Constitución.

7. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Defensor del Pueblo.

8. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo.

9. El Gobierno. Su composición. Nombramiento y cese. Las funciones del Gobierno. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.

10. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: La Administración General del Estado. Principios de organización y funcionamiento. Órganos centrales. Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Subsecretarios. Secretarios Generales. Secretarios Generales Técnicos. Directores Generales. Subdirectores Generales.

11. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Organización y funcionamiento del sector público institucional.

12. Las fuentes del derecho administrativo. La jerarquía de las fuentes. La ley. Las disposiciones del Ejecutivo con fuerza de ley: decreto-ley y decreto legislativo. El reglamento: concepto, clases y límites. Otras fuentes del derecho administrativo.

13. La ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común: Los interesados en el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

14. La ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común: De la actividad de las Administraciones Públicas.

15. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y notificación. Revisión, anulación y revocación. El principio de legalidad en la actuación administrativa.

16. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: De los órganos de las Administraciones Públicas.

17. El Texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público: Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos.

18. Situaciones administrativas de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

19. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Normas generales. Clasificación del personal estatutario.

20. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Derechos y deberes del personal estatutario de los servicios de salud. Adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario fijo.

21. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Situaciones del personal estatutario.

22. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Régimen disciplinario del personal estatutario.

23. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales (LPRL): Derechos y obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo.

24. La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria: El presupuesto: concepto. Los principios presupuestarios. El ciclo presupuestario. Terminología y desarrollo del proceso presupuestario.

25. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014: Objeto y finalidad. Los contratos del sector público: concepto y clases. Procedimiento de adjudicación. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales.

(Número de orden 8) Técnico de Grado Medio

1. El Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: funciones.

2. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: objeto y ámbito de la Ley. Políticas públicas para la igualdad. El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: Objeto de la Ley y principios rectores. Medidas de sensibilización, prevención y detección. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género.

3. Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social: Objeto de la norma.

4. La organización de la Unión Europea: el Consejo Europeo, el Consejo y la Comisión Europea. El Parlamento Europeo.

5. La organización de la Unión Europea: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El Tribunal de Cuentas. El Banco Central Europeo.

6. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Las referencias a la sanidad y la salud en la Constitución Española. La reforma de la Constitución.

7. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Defensor del Pueblo.

8. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo.

9. El Gobierno. Su composición. Nombramiento y cese. Las funciones del Gobierno. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.

10. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: La Administración General del Estado. Principios de organización y funcionamiento. Órganos centrales. Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Subsecretarios. Secretarios Generales. Secretarios Generales Técnicos. Directores Generales. Subdirectores Generales.

11. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Organización y funcionamiento del sector público institucional.

12. Las fuentes del derecho administrativo. La jerarquía de las fuentes. La ley. Las disposiciones del Ejecutivo con fuerza de ley: decreto-ley y decreto legislativo. El reglamento: concepto, clases y límites. Otras fuentes del derecho administrativo.

13. La ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común: Los interesados en el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

14. La ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común: De la actividad de las Administraciones Públicas.

15. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y notificación. Revisión, anulación y revocación. El principio de legalidad en la actuación administrativa.

16. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: De los órganos de las Administraciones Públicas.

17. El Texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público: Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos.

18. Situaciones administrativas de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

19. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Normas generales. Clasificación del personal estatutario.

20. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Derechos y deberes del personal estatutario de los servicios de salud. Adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario fijo.

21. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Situaciones del personal estatutario. Características de cada una de ellas.

22. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Régimen disciplinario del personal estatutario.

23. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales (LPRL): Derechos y obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo.

24. La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria: El presupuesto: concepto. Los principios presupuestarios. El ciclo presupuestario. Terminología y desarrollo del proceso presupuestario.

25. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014: Objeto y finalidad. Los contratos del sector público: concepto y clases. Procedimiento de adjudicación. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales.

(Número de orden 9) Administrativo

1. El Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: funciones.

2. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: objeto y ámbito de la Ley. Políticas públicas para la igualdad. El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: Objeto de la Ley y principios rectores. Medidas de sensibilización, prevención y detección. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género.

3. Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social: Objeto de la norma.

4. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Las referencias a la sanidad y la salud en la Constitución Española. La reforma de la Constitución.

5. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Defensor del Pueblo.

6. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo.

7. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: La Administración General del Estado. Principios de organización y funcionamiento. Órganos centrales. Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Subsecretarios. Secretarios Generales. Secretarios Generales Técnicos. Directores Generales. Subdirectores Generales.

8. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Organización y funcionamiento del sector público institucional.

9. La ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común: De la actividad de las Administraciones Públicas.

10. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y notificación. Revisión, anulación y revocación. El principio de legalidad en la actuación administrativa.

11. El Texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público: Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos.

12. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Normas generales. Clasificación del personal estatutario.

13. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Derechos y deberes del personal estatutario de los servicios de salud. Adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario fijo.

14. La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria: El presupuesto: concepto. Los principios presupuestarios. El ciclo presupuestario. Terminología y desarrollo del proceso presupuestario.

15. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014: Objeto y finalidad. Los contratos del sector público: concepto y clases. Procedimiento de adjudicación. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales.

(Número de orden 10) Auxiliar Administrativo

1. El Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: funciones.

2. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: objeto y ámbito de la Ley. Políticas públicas para la igualdad. El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: Objeto de la Ley y principios rectores. Medidas de sensibilización, prevención y detección. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género.

3. Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social: Objeto de la norma.

4. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Las referencias a la sanidad y la salud en la Constitución Española. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Defensor del Pueblo. La reforma de la Constitución.

5. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: La Administración General del Estado. Principios de organización y funcionamiento. Órganos centrales. Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Subsecretarios. Secretarios Generales. Secretarios Generales Técnicos. Directores Generales. Subdirectores Generales.

6. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y notificación. Revisión, anulación y revocación. El principio de legalidad en la actuación administrativa.

7. El Texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público: Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos.

8. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Normas generales. Clasificación del personal estatutario.

9. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Derechos y deberes del personal estatutario de los servicios de salud. Adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario fijo.

10. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014: Objeto y finalidad. Los contratos del sector público: concepto y clases. Procedimiento de adjudicación. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales.

III.2 Programa parte específica

(Número de orden 1) Facultativo Especialista de Área de Nefrología

1. La estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad.

2. La Organización Nacional de Trasplantes: Estructura, funciones y fines.

3. El Modelo Español de Donación y Trasplante: Estructura y elementos fundamentales.

4. Ley 30/1979, de 27 de octubre, sobre extracción y trasplante de órganos.

5. La red de coordinación de trasplantes española: La labor del coordinador hospitalario de trasplantes. La labor del coordinador autonómico de trasplantes. La labor de la Oficina Central de la Organización Nacional de Trasplantes.

6. Real Decreto 1723/2012, de 28 de diciembre, por el que se regulan las actividades de obtención, utilización clínica y coordinación territorial de los órganos humanos destinados al trasplante y se establecen requisitos de calidad y seguridad: Del respeto y la protección al donante y al receptor.

7. Real Decreto 1723/2012, de 28 de diciembre, por el que se regulan las actividades de obtención, utilización clínica y coordinación territorial de los órganos humanos destinados al trasplante y se establecen requisitos de calidad y seguridad: De la obtención de los órganos. Del trasplante de los órganos.

8. Real Decreto 1723/2012, de 28 de diciembre, por el que se regulan las actividades de obtención, utilización clínica y coordinación territorial de los órganos humanos destinados al trasplante y se establecen requisitos de calidad y seguridad: De la calidad y la seguridad de los órganos. El programa marco de calidad y seguridad: Bases, objetivos, diseño y desarrollo.

9. Principios Rectores del Trasplante de la Organización Mundial de la Salud: Contexto y contenido.

10. Objetivos y actividades del Consejo de Europa en materia de donación y trasplante.

11. Recomendaciones de organismos internacionales en materia de tráfico de órganos. El tráfico de órganos en el código penal español.

12. Cooperación de la Organización Nacional de Trasplantes con Iberoamérica: Red Consejo Iberoamericano de Donación y Trasplante (RCIDT).

13. Donante de órganos: Concepto y clasificación.

14. Habilidades de comunicación. Relación de ayuda. Comunicación en situaciones críticas.

15. Diagnóstico de la muerte por criterios neurológicos en España.

16. Diagnóstico de la muerte por criterios circulatorios y respiratorios en España.

17. Valoración del donante de órganos para trasplante.

18. Criterios de viabilidad en la valoración de los órganos para trasplante.

19. Proceso de evaluación del donante de órganos: Patología tumoral.

20. Proceso de evaluación del donante de órganos: Patología infecciosa.

21. Donantes de riesgo no estándar: Definición, objetivos, clasificación y seguimiento.

22. Logística extrahospitalaria de la donación y el trasplante de órganos en España.

23. Donación en asistolia controlada en España.

24. Donación en asistolia no controlada en España.

25. Donación y trasplante de órganos de donante vivo en España.

26. Programa español de trasplante renal cruzado.

27. Programa de donación altruista en España.

28. Estrategias de distribución de riñones para trasplante en España.

29. Criterios de distribución hepática en España.

30. Criterios de distribución cardiaca en España.

31. Criterios de distribución pulmonar en España.

32. Criterios de distribución de páncreas en España.

33. Programa español de acceso al trasplante renal de Pacientes hiperinmunizados.

34. Programa español de Garantía de Calidad en el proceso de donación de órganos.

35. Sistema de notificación de eventos y reacciones adversas en donación y trasplante de órganos.

36. Planes estratégicos en donación de órganos en España.

37. Estrategias nacionales de formación en donación.

38. La donación de órganos integrada en los cuidados al final de la vida.

39. Las recomendaciones de los profesionales de urgencias y emergencias en la donación.

40. El Observatorio Global en Donación y Trasplante.

(Número de orden 2) Facultativo Especialista de Área de Medicina Preventiva y Salud Pública

1. La estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad.

2. La Organización Nacional de Trasplantes: Estructura, funciones y fines.

3. El Modelo Español de Donación y Trasplante: Estructura y elementos fundamentales.

4. Ley 30/1979, de 27 de octubre, sobre extracción y trasplante de órganos.

5. La red de coordinación de trasplantes española: La labor del coordinador hospitalario de trasplantes. La labor del coordinador autonómico de trasplantes. La labor de la Oficina Central de la Organización Nacional de Trasplantes.

6. Real Decreto 1723/2012, de 28 de diciembre, por el que se regulan las actividades de obtención, utilización clínica y coordinación territorial de los órganos humanos destinados al trasplante y se establecen requisitos de calidad y seguridad: Del respeto y la protección al donante y al receptor.

7. Real Decreto 1723/2012, de 28 de diciembre, por el que se regulan las actividades de obtención, utilización clínica y coordinación territorial de los órganos humanos destinados al trasplante y se establecen requisitos de calidad y seguridad: De la obtención de los órganos. Del trasplante de los órganos.

8. Real Decreto 1723/2012, de 28 de diciembre, por el que se regulan las actividades de obtención, utilización clínica y coordinación territorial de los órganos humanos destinados al trasplante y se establecen requisitos de calidad y seguridad: De la calidad y la seguridad de los órganos. El programa marco de calidad y seguridad: Bases, objetivos, diseño y desarrollo.

9. Principios Rectores del Trasplante de la Organización Mundial de la Salud: Contexto y contenido.

10. Objetivos y actividades del Consejo de Europa en materia de donación y trasplante.

11. Recomendaciones de organismos internacionales en materia de tráfico de órganos. El tráfico de órganos en el código penal español.

12. Cooperación de la Organización Nacional de Trasplantes con Iberoamérica: Red Consejo Iberoamericano de Donación y Trasplante (RCIDT).

13. Donante de órganos: Concepto y clasificación.

14. Habilidades de comunicación. Relación de ayuda. Comunicación en situaciones críticas.

15. Diagnóstico de la muerte por criterios neurológicos en España.

16. Diagnóstico de la muerte por criterios circulatorios y respiratorios en España.

17. Valoración del donante de órganos para trasplante.

18. Criterios de viabilidad en la valoración de los órganos para trasplante.

19. Proceso de evaluación del donante de órganos: Patología tumoral.

20. Proceso de evaluación del donante de órganos: Patología infecciosa.

21. Donantes de riesgo no estándar: Definición, objetivos, clasificación y seguimiento.

22. Logística extrahospitalaria de la donación y el trasplante de órganos en España.

23. Donación en asistolia controlada en España.

24. Donación en asistolia no controlada en España.

25. Donación y trasplante de órganos de donante vivo en España.

26. Programa español de trasplante renal cruzado.

27. Programa de donación altruista en España.

28. Estrategias de distribución de riñones para trasplante en España.

29. Criterios de distribución hepática en España.

30. Criterios de distribución cardiaca en España.

31. Criterios de distribución pulmonar en España.

32. Criterios de distribución de páncreas en España.

33. Programa español de acceso al trasplante renal de Pacientes hiperinmunizados.

34. Programa español de Garantía de Calidad en el proceso de donación de órganos.

35. Sistema de notificación de eventos y reacciones adversas en donación y trasplante de órganos.

36. Planes estratégicos en donación de órganos en España.

37. Estrategias nacionales de formación en donación.

38. La donación de órganos integrada en los cuidados al final de la vida.

39. Las recomendaciones de los profesionales de urgencias y emergencias en la donación.

40. El Observatorio Global en Donación y Trasplante.

(Número de orden 3) Diplomado Universitario de Enfermería

1. La estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad.

2. La Organización Nacional de Trasplantes: Estructura, funciones y fines.

3. El Modelo Español de Donación y Trasplante: Estructura y elementos fundamentales.

4. Ley 30/1979, de 27 de octubre, sobre extracción y trasplante de órganos.

5. La red de coordinación de trasplantes española. La comisión permanente de trasplantes del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

6. La labor del coordinador hospitalario de trasplantes. La labor del coordinador autonómico de trasplantes. La labor de la Oficina Central de la Organización Nacional de Trasplantes.

7. Real Decreto 1723/2012, de 28 de diciembre, por el que se regulan las actividades de obtención, utilización clínica y coordinación territorial de los órganos humanos destinados al trasplante y se establecen requisitos de calidad y seguridad: Del respeto y la protección al donante y al receptor.

8. Real Decreto 1723/2012, de 28 de diciembre, por el que se regulan las actividades de obtención, utilización clínica y coordinación territorial de los órganos humanos destinados al trasplante y se establecen requisitos de calidad y seguridad: De la obtención de los órganos. Del trasplante de los órganos.

9. Real Decreto 1723/2012, de 28 de diciembre, por el que se regulan las actividades de obtención, utilización clínica y coordinación territorial de los órganos humanos destinados al trasplante y se establecen requisitos de calidad y seguridad: De la calidad y la seguridad de los órganos.

10. Principios Rectores del Trasplante de la Organización Mundial de la Salud.

11. Objetivos y actividades del Consejo de Europa en materia de donación y trasplante.

12. Declaración de Estambul sobre el tráfico de órganos y el turismo de trasplante. Recomendaciones de organismos internacionales en materia de tráfico de órganos. El tráfico de órganos en el código penal español.

13. Donantes de órganos. Concepto y clasificación.

14. Habilidades de comunicación. Relación de ayuda. Comunicación en situaciones críticas.

15. Diagnóstico de muerte por criterios neurológicos en España.

16. Diagnóstico de la muerte por criterios circulatorios y respiratorios en España.

17. Valoración del donante de órganos. Criterios de viabilidad en la valoración de los órganos para trasplante.

18. Logística extrahospitalaria de la donación y el trasplante de órganos en España. Intercambio de órganos con otros países. Sistemas de notificación.

19. Donantes de riesgo no estándar. Definición, objetivos, clasificación y seguimiento.

20. Donación en asistolia controlada en España.

21. Donación en asistolia no controlada en España.

22. Donación y trasplante de órganos de donante vivo en España.

23. Programa español de trasplante renal cruzado. Estrategias de distribución de riñones para trasplante en España.

24. Programa de donación altruista en España.

25. Criterios de distribución hepática en España. Criterios clínicos y geográficos.

26. Criterios de distribución cardiaca en España. Criterios clínicos y geográficos.

27. Criterios de distribución pulmonar en España. Criterios clínicos y geográficos.

28. Criterios de distribución de páncreas en España. Criterios clínicos y geográficos.

29. Programa español de acceso al trasplante renal de Pacientes hiperinmunizados.

30. Sistema de notificación de eventos y reacciones adversas en donación y trasplante de órganos.

31. Planes estratégicos en donación de órganos en España.

32. Estrategias nacionales de formación en donación.

33. La donación de órganos integrada en los cuidados al final de la vida.

34. Las recomendaciones de los profesionales de urgencias y emergencias en la donación.

35. El Observatorio Global en Donación y Trasplante.

(Número de orden 4) Ingeniero Superior

1. La estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad.

2. El Real Decreto 1825/2009, de 27 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Organización Nacional de Trasplantes.

3. El Modelo Español de Donación y Trasplante: Estructura y elementos fundamentales.

4. Ley 30/1979, de 27 de octubre, sobre extracción y trasplante de órganos.

5. La política de protección de datos de carácter personal. Régimen jurídico. El Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de datos. Principios y derechos. Obligaciones. El Delegado de Protección de Datos en las Administraciones Públicas.

6. Seguridad de sistemas (1). El Esquema Nacional de Seguridad. Adecuación al Esquema Nacional de Seguridad. Estrategia Nacional de Seguridad.

7. Seguridad de sistemas (2). Amenazas Ransomware. Definición, funcionamiento, efectos y protecciones.

8. Seguridad de sistemas (3). Análisis y gestión de riesgos. Herramientas.

9. Seguridad de sistemas (4). Incidentes de seguridad. Tipología de incidentes de seguridad. Creación de un plan de respuesta ante incidentes.

10. Seguridad de sistemas (5). El Plan de Continuidad de Negocio. Descripción. Creación de un Plan de Continuidad de Negocio.

11. Seguridad de sistemas (6). Seguridad informática en el puesto de trabajo. Evolución de la Ciberseguridad en puestos de trabajo.

12. Interoperabilidad de sistemas (1). El Esquema Nacional de Interoperabilidad. Dimensiones de la Interoperabilidad. Las Normas Técnicas de Interoperabilidad. Interoperabilidad de los documentos y expedientes electrónicos y normas para el intercambio de datos entre Administraciones.

13. Racionalización TIC. Gestión de proyectos de racionalización de CPDs. Racionalización y centralización de los ámbitos TIC.

14. RPA. Descripción. Ventajas que aporta a los entornos sanitarios.

15. Inteligencia Artificial. Implementación de la Inteligencia Artificial. Exploración y ejecución.

16. Cloud. Descripción. Tipología y modelos de servicios Cloud. Redes gestionadas en la nube. Características y beneficios.

17. Dispositivos IOT. Descripción. Tipos. Aplicación de dispositivos IOT en los procesos de donación y trasplante.

18. Deep Learning. Descripción. Aplicación del Deep Learning a los entornos sanitarios.

19. Análisis de datos de ámbito sanitario. Fases del ciclo de vida del análisis de datos.

20. Herramientas de planificación y control de gestión de la función del directivo de sistemas y tecnologías de la información en la Administración. El cuadro de mando.

21. Organización y funcionamiento de un centro de sistemas de información. Funciones de desarrollo, mantenimiento, sistemas, bases de datos, comunicaciones, seguridad, calidad, microinformática y atención a usuarios.

22. Microservicios. Descripción. Tipos de Microservicios. Implementación de una arquitectura de Microservicios.

23. CI/CD. Definición. Beneficios. Prácticas recomendadas. Estrategias de implementación CI/CD.

24. Gestión de Proyectos. Metodologías aplicables a la gestión de proyectos. Líneas fundamentales de las metodologías de gestión de proyectos. Herramientas para la gestión de proyectos.

25. Gestión de Datacenters. Herramientas aplicables a la gestión global de Datacenters. Evolución y sostenibilidad de Datacenters.

26. Accesibilidad y usabilidad.W3C. Diseño universal. Diseño web adaptativo.

27. Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

28. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales (LPRL): Derechos y obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo.

29. Datawarehouse y Big Data. Definición de ambos. Beneficios del Big Data. Integración y coexistencia del Datawarehouse y el Big Data.

30. Sistemas operativos Microsoft. Fundamentos, administración, instalación, gestión.

(Número de orden 5) Técnico de la Función Administrativa

1. La estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad.

2. El Real Decreto 1825/2009, de 27 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Organización Nacional de Trasplantes.

3. El Modelo Español de Donación y Trasplante: Estructura y elementos fundamentales.

4. Ley 30/1979, de 27 de octubre, sobre extracción y trasplante de órganos.

5. Información y comunicación. La operación comunicativa: estructura, elementos y fases del proceso. Comunicación pública y comunicación política.

6. Prensa, donación y trasplantes. Manejo de situaciones de crisis.

7. Medios de comunicación escritos, audiovisuales y electrónicos. Plataformas multimedios. Las agencias informativas. Relaciones entre medios y canales de comunicación y Sector Público en el siglo XXI.

8. La comunicación institucional en internet. Las administraciones en las redes sociales. El big data en la comunicación. Escucha activa. La analítica web y sus herramientas. Redes sociales y la Organización Nacional de Trasplantes.

9. La planificación de la comunicación. Visión, misión y valores en organizaciones públicas. Generación de confianza y legitimidad.

10. Flujo de comunicación de notificaciones de eventos y reacciones adversas de tejidos y células entre países de la Unión Europea.

11. Comunicación como política estratégica de la ONT. Percepción social de la Donación.

12. Importancia de los medios de comunicación en la creación de opinión en relación con la donación y el trasplante. Utilidad de las campañas de divulgación en la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células.

13. Los contratos del sector público (I): ámbito subjetivo y objetivo de aplicación de la legislación de contratación del sector público. Disposiciones comunes sobre la contratación del sector público. Los sujetos parte en el contrato. Prerrogativas de derecho público en la contratación administrativa.

14. Los contratos del sector público (II). Disposiciones generales. Perfección, formalización y extinción de los contratos. Actuaciones administrativas. Formas de adjudicación de los contratos.

15. Los contratos del sector público (III): De los contratos de las Administraciones Públicas: De los distintos tipos de contratos de las Administraciones Públicas.

16. Los convenios. Las encomiendas de gestión o encargos a medios propios personificados. Límites en su utilización.

17. La Ley General Presupuestaria: estructura y principios generales. Las leyes anuales de presupuestos. Procedimiento de elaboración y aprobación. Contenido y estructura.

18. Los presupuestos generales del Estado: El procedimiento de ejecución presupuestaria. Órganos competentes. Fases. Actuaciones específicas según la clase de gastos; en particular, gastos de personal y de contratación.

19. Procedimiento de pago. Anticipos de caja fija. Pagos a justificar. Gastos y pagos en el extranjero. Reintegros de pagos indebidos.

20. El régimen jurídico de las subvenciones públicas. Procedimiento. Subvenciones y ayudas en el ámbito de la donación y trasplantes: tipos y procedimiento.

21. La contabilidad del sector público estatal. La responsabilidad contable de los gestores públicos. Infracciones. Sujetos. Actuaciones administrativas previas. Jurisdicción contable, jurisdicción contencioso-administrativa y jurisdicción penal.

22. Los documentos contables a utilizar por la Administración General del Estado.

23. La planificación y ordenación del personal.

24. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Situaciones del personal estatutario. Características de cada una de ellas. Representación, participación y negociación colectiva.

25. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Régimen disciplinario del personal estatutario. Movilidad del personal.

26. Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

27. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales (LPRL): Política en materia de prevención de riesgos para proteger la seguridad y la salud en el trabajo. Derechos y obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo.

28. La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: Disposiciones generales. Derechos de las personas La Agencia de Protección de Datos: competencias y funciones.

29. La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera: Ámbito de aplicación. Principios generales.

30. La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera: Medidas preventivas, correctivas y coercitivas.

(Número de orden 6) Técnico Titulado Superior

1. La estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad.

2. El Real Decreto 1825/2009, de 27 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Organización Nacional de Trasplantes.

3. El Modelo Español de Donación y Trasplante: Estructura y elementos fundamentales.

4. Ley 30/1979, de 27 de octubre, sobre extracción y trasplante de órganos.

5. La red de coordinación de trasplantes española. La comisión permanente de trasplantes del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

6. La labor del coordinador hospitalario de trasplantes. La labor del coordinador autonómico de trasplantes. La labor de la Oficina Central de la Organización Nacional de Trasplantes.

7. La Organización Mundial de la Salud (OMS). Estructura, funciones, oficinas regionales y centros colaboradores. Programa de Trasplantes.

8. Principios Rectores en la donación y el trasplante de la Organización Mundial de la Salud.

9. El observatorio Mundial de Donación y Trasplante. Metodología en la recogida de información para la base de datos mundial.

10. Cooperación de la Organización Nacional de Trasplantes con Iberoamérica.

11. Red Consejo Iberoamericano de Donación y Trasplante (RCIDT).

12. La percepción social de la donación.

13. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: La Planificación y ordenación del personal.

14. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: La Provisión de plazas, selección y promoción interna. La movilidad del personal.

15. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Situaciones del personal estatutario. Características de cada una de ellas. Representación, participación y negociación colectiva.

16. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: Régimen disciplinario del personal estatutario.

17. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: La ordenación de la actividad profesional.

18. Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

19. El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado: El Ingreso en Cuerpos o Escalas de funcionarios. Oferta de empleo público. Los órganos de selección.

20. El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado: Convocatorias y procedimiento selectivo.

21. Nóminas: Concepto, estructura y normas de confección. Altas, bajas y su justificación. Elaboración, tramitación y pago.

22. Jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos.

23. El campo de aplicación del Sistema de Seguridad Social.

24. Incapacidad temporal en el Régimen General de la Seguridad Social. Situaciones protegidas. Nacimiento del derecho, duración, prórroga, pérdida o suspensión del derecho.

25. El Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General del Mutualismo Administrativo.

26. Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado: Derechos Pasivos de los funcionarios de carrera de carácter civil de la Administración del Estado.

27. Orden/PRE/1744/2010, de 30 de junio, por la que se regula el procedimiento de reconocimiento, control y seguimiento de las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado.

28. El IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado: Ámbito de aplicación y vigencia. Órganos de seguimiento y aplicación del Convenio.

29. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales (LPRL): Política en materia de prevención de riesgos para proteger la seguridad y la salud en el trabajo. Derechos y obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo.

30. La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: Disposiciones generales. Derechos de las personas La Agencia de Protección de Datos: competencias y funciones.

(Número de orden 7) Gestión de la Función Administrativa

1. La estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad.

2. El Real Decreto 1825/2009, de 27 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Organización Nacional de Trasplantes.

3. El Modelo Español de Donación y Trasplante: Estructura y elementos fundamentales.

4. Ley 30/1979, de 27 de octubre, sobre extracción y trasplante de órganos.

5. La red de coordinación de trasplantes española: La labor del coordinador hospitalario de trasplantes. La labor del coordinador autonómico de trasplantes. La labor de la Oficina Central de la Organización Nacional de Trasplantes.

6. Comunicación como política estratégica de la ONT. Percepción social de la Donación.

7. Los principios rectores del trasplante de la Organización Mundial de la Salud.

8. Consejo de Europa: Objetivos y actividades en materia de donación y trasplante.

9. Cooperación de la Organización Nacional de Trasplantes con Iberoamérica.

10. Red Consejo Iberoamericano de Donación y Trasplante (RCIDT).

11. Estrategias nacionales de formación en donación.

12. El Master Alianza en donación y trasplante de órganos, tejidos y células.

13. Las becas intramurales en la Organización Nacional de Trasplantes. Concepto, naturaleza y clasificación: ORDEN SCO/4133/2004, de 3 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión por el Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa, de diversas modalidades de becas y ayudas formativas.

14. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones: Procedimientos de concesión y gestión de las subvenciones.

15. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: La Planificación y ordenación del personal.

16. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: La ordenación de la actividad profesional.

17. Los planes de Acción social: criterios de aplicación.

18. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.

19. Real Decreto 67/2010, de 29 de enero, de adaptación de la legislación de Prevención de Riesgos Laborales a la Administración General del Estado.

20. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: Buen Gobierno. Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

21. Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.

22. Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos: Procedimiento administrativo por medios electrónicos.

23. Los contratos del sector público: Delimitación de los tipos contractuales. El expediente de contratación.

24. El sistema de retribuciones del personal funcionario y estatutario: Retribuciones básicas, complementarias, Indemnizaciones por razón de servicio.

25. El campo de aplicación del Sistema de Seguridad Social.

(Número de orden 8) Técnico de Grado Medio

1. La estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad.

2. El Real Decreto 1825/2009, de 27 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Organización Nacional de Trasplantes.

3. El Modelo Español de Donación y Trasplante: Estructura y elementos fundamentales.

4. Ley 30/1979, de 27 de octubre, sobre extracción y trasplante de órganos.

5. La red de coordinación de trasplantes española. La comisión permanente de trasplantes del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

6. La labor del coordinador hospitalario de trasplantes. La labor del coordinador autonómico de trasplantes. La labor de la Oficina Central de la Organización Nacional de Trasplantes.

7. Comunicación como política estratégica de la ONT. Percepción social de la Donación.

8. Los principios rectores del trasplante de la Organización Mundial de la Salud.

9. El Observatorio Global en Donación y Trasplante.

10. Consejo de Europa: Objetivos y actividades en materia de donación y trasplante.

11. Cooperación de la Organización Nacional de Trasplantes con Iberoamérica.

12. Red Consejo Iberoamericano de Donación y Trasplante (RCIDT).

13. Estrategias nacionales de formación en donación.

14. El Master Alianza en donación y trasplante de órganos, tejidos y células.

15. Sistema de notificación de eventos y reacciones adversas en donación y trasplante de órganos.

16. Declaración de Estambul sobre el tráfico de órganos y el turismo de trasplante. Recomendaciones de organismos internacionales en materia de tráfico de órganos. El tráfico de órganos en el código penal español.

17. De los convenios: Definición y tipos de convenios. Requisitos de validez y eficacia de los convenios. Contenido de los convenios. Trámites preceptivos para la suscripción de convenios y sus efectos. Extinción de los convenios.

18. Las relaciones interadministrativas.

19. Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos: Portales de internet, Punto de Acceso General electrónico y sedes electrónicas. De las relaciones y colaboración entre las Administraciones Públicas para el funcionamiento del sector público por medios electrónicos.

20. La Unión Europea: Actividades en el ámbito de la donación y el trasplante.

21. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud: La Planificación y ordenación del personal.

22. De los órganos de las Administraciones Públicas: De los órganos administrativos. Competencia. Órganos colegiados de las distintas administraciones públicas. Abstención y recusación.

23. El programa marco de calidad y seguridad en donación y trasplante.

24. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: La ordenación de la actividad profesional.

25. Proyectos europeos en donación y trasplantes: ACCORD y su transferencia al sistema español de donación y trasplante.

(Número de orden 9) Administrativo

1. La estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad.

2. El Real Decreto 1825/2009, de 27 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Organización Nacional de Trasplantes.

3. El Modelo Español de Donación y Trasplante: Estructura y elementos fundamentales.

4. Ley 30/1979, de 27 de octubre, sobre extracción y trasplante de órganos.

5. Real Decreto-ley 9/2014, de 4 de julio, por el que se establecen las normas de calidad y seguridad para la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos y se aprueban las normas de coordinación y funcionamiento para su uso en humanos: Procesamiento, almacenamiento y distribución de células y tejidos humanos.

6. Red Consejo Iberoamericano de Donación y Trasplante (RCIDT).

7. De los convenios: Definición y tipos de convenios. Requisitos de validez y eficacia de los convenios. Contenido de los convenios. Trámites preceptivos para la suscripción de convenios y sus efectos. Extinción de los convenios.

8. Convenios y acuerdos nacionales e internacionales en la ONT: Contenido, elaboración y tramitación.

9. Retribuciones del personal estatutario. Conceptos retributivos. Nóminas: Estructura y normas de confección.

10. Los planes de Acción social: criterios de aplicación.

11. Las relaciones de cooperación en las relaciones interadministrativas.

12. Declaración de Estambul sobre el tráfico de órganos y el turismo de trasplante.

13. El Máster Alianza en donación y trasplante de órganos, tejidos y células.

14. Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos: Registros, comunicaciones y notificaciones electrónicas. Expediente administrativo electrónico.

15. Los principios rectores del trasplante de la Organización Mundial de la Salud.

(Número de orden 10) Auxiliar Administrativo

1. La estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad.

2. El Real Decreto 1825/2009, de 27 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Organización Nacional de Trasplantes.

3. El Modelo Español de Donación y Trasplante: Estructura y elementos fundamentales.

4. Ley 30/1979, de 27 de octubre, sobre extracción y trasplante de órganos.

5. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014: Objeto y finalidad. Los contratos del sector público: Principios generales. Delimitación de los tipos contractuales. El expediente de contratación.

6. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: Transparencia de la actividad pública. Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

7. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones: Procedimientos de concesión y gestión de las subvenciones.

8. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones: Del reintegro.

9. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: Derechos de las personas.

10. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: Autoridades de protección de datos.

ANEXO IV
Tribunal

Tribunal titular

Presidenta: Montserrat Herranz Martín. Cuerpo Superior de técnicos de Instituciones Penitenciarias.

Secretaria: Blanca González Lorenzo. Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Vocales:

Cristina Villar Rodríguez. Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos.

Pablo Ucio Mingo. Licenciado Especialista en Medicina Intensiva del Servicio de Salud de Castilla y León (Estatutario fijo).

Jorge Guillermo del Diego Salas. Médico titular del Estado.

Tribunal suplente

Presidenta: Ana Soledad Acosta Moya. Cuerpo Superior de técnicos de Instituciones Penitenciarias.

Secretaria: Teresa Ortiz Marín. Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Vocales:

Néstor Calvo Reyes. Cuerpo Superior de Tecnologías de la información.

Julio de las Heras Mosteiro. Médico titular del Estado.

Manuel Montes de Meana. Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o algunos de los ejercicios.

ANEXO V
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro de «Ministerio», se especificará «Sanidad».

En el recuadro de «Centro Gestor», se indicará «Dirección General de la Organización Nacional de Trasplantes».

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Estabilización Estatutario»

En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se indicará la categoría a la que se concurre de entre las indicadas en el punto 1 de la convocatoria.

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «Libre».

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Sanidad».

En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».

En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

Los aspirantes con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22.

En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará «la titulación poseída o en condiciones de obtener».

El importe de la tasa por derechos de examen será de 23,10 euros y para las familias numerosas de categoría general, el importe de la tasa será de 11,55 euros. Estarán exentas del pago de esta tasa las personas afectadas por el apartado decimocuarto de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.

La solicitud se dirigirá a la Organización Nacional de Trasplantes-Ministerio de Sanidad.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 29/06/2021
  • Fecha de publicación: 29/07/2021
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE APRUEBA:
    • la relación definitiva de admitidos y excluidos, por Resolución de 8 de noviembre de 2021 (Ref. BOE-A-2021-18596).
    • la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos y se anuncia fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio del proceso selectivo, por Resolución de 14 de octubre de 2021 (Ref. BOE-A-2021-17137).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 231 de 27 de septiembre de 2021 (Ref. BOE-A-2021-15599).

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