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Documento BOE-A-2021-12924

Resolución de 28 de julio de 2021, de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se acuerda la asignación de las subvenciones previstas en el Real Decreto 904/2020, de 13 de octubre, por el que se declara la aplicación de las medidas previstas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2019, de 20 de septiembre, a situaciones catastróficas acaecidas hasta el 31 de marzo de 2020.

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 30 de julio de 2021, páginas 92707 a 92709 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Política Territorial
Referencia:
BOE-A-2021-12924

TEXTO ORIGINAL

En el «Boletín Oficial del Estado» número 332, de 22 de diciembre de 2020, se publicó el extracto de la Resolución de 10 de diciembre del 2020, de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones previstas en el Real Decreto 904/2020, de 13 de octubre, por el que se declara la aplicación de las medidas previstas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2019, de 20 de septiembre, a situaciones catastróficas acaecidas hasta el 31 de marzo de 2020.

Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están establecidas en la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones que tengan por finalidad la ejecución de obras de reparación o restitución de: infraestructuras, equipamientos e instalaciones y servicios de titularidad municipal y de las mancomunidades, consecuencia de catástrofes naturales, así como redes viarias de las diputaciones provinciales, cabildos, consejos insulares y comunidades autónomas uniprovinciales (BOE núm. 37, de 12 de febrero de 2015).

Concluido el plazo de presentación de solicitudes, las Subdelegaciones o Delegaciones del Gobierno, según corresponda, han comprobado los requisitos previstos en el artículo 8 de la citada Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, remitiendo a la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local las relaciones cuantificadas de los proyectos susceptibles de obtener financiación, dando así cumplimiento a lo previsto en el apartado tercero de dicho artículo y en el apartado quinto de la resolución de convocatoria.

Habiendo culminado la tramitación del procedimiento, procede adoptar la resolución de asignación de las subvenciones, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero y en el apartado sexto de la resolución de convocatoria.

Por tanto, actuando en ejercicio de la competencia delegada por el titular de la Secretaría de Estado de Política Territorial en el apartado undécimo, letra c), de la Orden TFP/747/2020, de 28 de julio, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias, en relación con el artículo 4 del Real Decreto 307/2020, de 11 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y Función Pública; todo ello, al amparo de la disposición transitoria única del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, en la redacción dada por Real Decreto 585/2021, de 16 de julio, mediante la presente, resuelvo,

Primero.

Aprobar, con cargo a la aplicación presupuestaria 22.03.942A.769 de los vigentes Presupuestos Generales del Estado, la asignación de la subvención máxima a percibir, que de acuerdo con el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2019, de 20 de septiembre, corresponde a la relación de proyectos contenida en el anexo I. El importe total máximo de las subvenciones asignadas asciende a 51.044,72 euros.

Segundo.

Desestimar la solicitud de subvención presentada, respecto del proyecto relacionado en el anexo II, por los motivos que allí se indican.

Tercero.

Inadmitir a trámite la solicitud relacionada en el anexo III, por incumplimiento del plazo y de los requisitos para la presentación de las solicitudes que se establecen en el apartado cuarto de la Resolución de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, de 10 de diciembre de 2020, no estando acreditada la excepcionalidad prevista en el artículo 6.1 de la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero.

Cuarto.

Ordenar la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado» y en el portal web del Ministerio de Política Territorial. Asimismo, las subvenciones concedidas se publicarán en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa.

Contra ella se podrá formular ante la Secretaría de Estado de Política Territorial, potestativamente y con carácter previo a la interposición de recurso contencioso-administrativo, requerimiento para su anulación o revocación, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Dicho requerimiento se entenderá rechazado si, dentro del mes siguiente a su recepción, la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local no lo contestara.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1 a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» o, en caso de haber interpuesto el requerimiento indicado en el párrafo anterior, a aquél en que se reciba la comunicación del acuerdo expreso o se entienda presuntamente rechazado.

Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.

Madrid, 28 de julio de 2021.–La Directora General de Cooperación Autonómica y Local, P.D. (Orden TFP/747/2020, de 28 de julio), la Secretaría de Estado de Política Territorial, Carmen Cuesta Gil.

ANEXO I
N.º Proyecto Entidad Importe del proyecto solicitado Importe subvención asignada Observaciones
CASTILLA Y LEÓN
Diputación Provincial de Salamanca
1 Ayuntamiento de Cespedosa de Tormes. 62.173,89 € 31.086,94 €  
2 Ayuntamiento de Puente del Congosto. 32.454,09 € 16.227,04 €  
3 Ayuntamiento de Tornadizo, El. 7.461,48 € 3.730,74 €  
 Total. 102.089,46 € 51.044,72 €  
ANEXO II
N.º Proyecto Entidad Motivo de desestimación
CANARIAS
Cabildo Insular de Gran Canaria
4 Ayuntamiento de Aldea de San Nicolás, La 1 y 2

Detalle del motivo de desestimación:

1. Los gastos del proyecto no se ajustan a los gastos subvencionables definidos en el artículo 4 de la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras (BOE núm. 37, de 12 de febrero de 2015) y en el apartado segundo de la Resolución de 10 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones (BOE núm. 332, de 22 de diciembre de 2020, BDNS Identif.: 539734).

2. El objeto de la solicitud no se encuentra dentro de los fines subvencionables señalados en el artículo 1.2 del Real Decreto 904/2020, de 13 de octubre, por el que se declara la aplicación de las medidas previstas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2019, de 20 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por temporales y otras situaciones catastróficas, a situaciones catastróficas acaecidas hasta el 31 de marzo de 2020 (BOE núm. 272, de 14 de octubre de 2020) y en el apartado primero de la Resolución de 10 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Cooperación autonómica y Local, por la que se convocan las subvenciones (BOE núm. 332, de 22 de diciembre de 2020, BDNS Identif.: 539734).

ANEXO III
Entidad Denominación del proyecto
CANARIAS
Cabildo Insular de Tenerife
Ayuntamiento de la Guancha. «Reparación de daños en las infraestructuras municipales»

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