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Documento BOE-A-2021-1338

Resolución de 18 de enero de 2021, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica Adenda modificativa del Convenio con el Ayuntamiento de Muíños, para la financiación, ejecución y entrega de las obras a realizar en el municipio, dentro del Proyecto de Cooperación Transfronteriza "Raia Termal".

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 29 de enero de 2021, páginas 10834 a 10836 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2021-1338

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de la Adenda modificativa del convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el ayuntamiento de Muíños para la financiación, ejecución y entrega de las obras a realizar en el municipio, dentro del Proyecto de Cooperación Transfronteriza (POCTEP) «Raia Termal», otorgada el 18 de diciembre de 2020, que se anexa a esta resolución.

Ourense, 18 de enero de 2021.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.

ANEXO
Adenda modificativa del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el ayuntamiento de Muíños para la financiación, ejecución y entrega de las obras a realizar en el municipio, dentro del Proyecto de Cooperación Transfronteriza (POCTEP) «Raia Termal»

Ourense, a 18 de diciembre de 2020.

REUNIDOS

Por una parte, José Antonio Quiroga Díaz, Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, Organismo Autónomo adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, nombrado por Resolución de la Subsecretaría para la Transición Ecológica, de fecha 31 de julio de 2018, por delegación del Secretario de Estado de Medio Ambiente (Orden APM/484/2018 de 8 de mayo, BOE de 11 de mayo de 2018), en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como el artículo 30 del texto refundido de la Ley de Aguas, según la redacción dada al mismo por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, en relación con las funciones y atribuciones que los artículos 23 y 24 de dicha disposición legal les atribuyen a los organismos de cuenca.

Y por otra parte, Plácido Álvarez Dobaño, Alcalde del Ayuntamiento de Muiños, nombrado en Pleno Extraordinario de 15 de junio de 2019, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por las leyes 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 61 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia.

MANIFIESTAN

I. Que en fecha 2 de julio de 2019 (BOE número 185 de 3 de agosto de 2019), se otorgó el Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el ayuntamiento de Muiños para la financiación, ejecución y entrega de las obras a realizar en el municipio, dentro del Proyecto de Cooperación Transfronteriza (POCTEP) «Raia Termal».

II. Que en el citado Convenio se preveía su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022 y se estimaba que la ejecución de las actuaciones se desarrollaría durante las anualidades 2019 y 2020. Estas actuaciones consistían en la apertura y ejecución de un sendero con un ancho aproximado de 2 metros desde las inmediaciones del Complejo Deportivo de O Corgo hacia la Isla de Pazos, la mejora del acceso a la playa fluvial de O Rañadoiro desde las inmediaciones del pueblo del mismo nombre y el acondicionamiento del sendero a la Central de Salas desde el vial de acceso a la depuradora municipal.

III. Que las condiciones climatológicas de la zona de actuación han imposibilitado la ejecución del sendero desde el complejo deportivo de O Corgo hacia la Isla de Pazos en el ejercicio 2019, lo que hace necesario un reajuste de las anualidades inicialmente establecidas al tener que acometer casi íntegramente en el año 2020 la obra citada.

IV. Que conforme a lo establecido en el apartado tercero de la cláusula segunda del referenciado Convenio, las posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la aprobación del inicial.

V. Que en aplicación de la normativa contable y presupuestaria, y atendiendo al estado de las actuaciones objeto del Convenio, esta Confederación Hidrográfica dispone de nuevos elementos de juicio para realizar una previsión de anualidades, por lo que procede modificar las aportaciones económicas, para la buena marcha y ejecución del Convenio.

VI. Que conforme a lo establecido en el artículo 49.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, los créditos para gastos que a fin de ejercicio no estuvieran afectados al cumplimiento de obligaciones ya reconocidas quedarán anulados de pleno derecho, por lo que este reajuste del importe no ejecutado no supone gasto adicional para el Organismo de cuenca al no incrementarse el importe total del Convenio.

A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la presente modificación al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

El objeto de esta adenda es modificar las anualidades inicialmente establecidas en el Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil y el Ayuntamiento de Muiños para la financiación, ejecución y entrega de las obras a realizar en el municipio, dentro del Proyecto de Cooperación Transfronteriza (POCTEP) «Raia Termal», sin modificar el importe total de la actuación ni los compromisos de financiación establecidos.

Segunda. Se modifica la cláusula tercera relativa al coste de las actuaciones y financiación de las mismas.

Se modifica el apartado segundo de la cláusula tercera que queda redactado del siguiente modo:

«2. El coste de las inversiones se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 452A 610, código de proyecto 2016 23 108 0002 del presupuesto de gastos de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. con la siguiente distribución de anualidades:

2019: 36.042,53 euros.

2020: 113.957,47 euros.

Total: 150.000,00 euros.»

Tercera. Eficacia de la adenda.

La presente adenda modificativa resultará eficaz tras la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», previa inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, tal y como se deriva del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y del apartado 2 de la disposición adicional séptima de la citada Ley.

Manifestando su conformidad con todo lo anterior, firman por triplicado el presente documento en el lugar y la fecha arriba indicados.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.–El Alcalde del Ayuntamiento de Muíños, Plácido Álvarez Dobaño.

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