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Documento BOE-A-2021-13985

Resolución de 9 de agosto de 2021, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso general, convocado por Resolución de 18 de mayo de 2021, en el Instituto de la Juventud.

Publicado en:
«BOE» núm. 196, de 17 de agosto de 2021, páginas 100968 a 100972 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2021-13985

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 18 de mayo de 2021, («Boletín Oficial del Estado», núm. 126, de 27 de mayo), se anunció convocatoria pública para cubrir, por el sistema de concurso general, la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Instituto de la Juventud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

Habiéndose dado cumplimiento a las normas reglamentarias y a las bases de la convocatoria, finalizado el plazo de presentación de instancias, valorados los méritos alegados por los concursantes y previa actuación de la Comisión de Valoración, a la que hace referencia la base séptima de la citada resolución, esta Subsecretaría, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 63.1.n) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, resuelve:

Primero.

Aprobar la propuesta elevada por la Comisión de Valoración y resolver el concurso, adjudicando los puestos de trabajo a los/as funcionarios/as en los términos que se recogen en los anexos I y II de esta resolución.

Segundo.

Declarar desiertos o sin adjudicar los puestos que se especifican en los citados anexos, por falta de peticionarios, por no haber alcanzado ninguno de los candidatos la puntuación mínima exigida, o por cualquier otra circunstancia prevista en la resolución de la convocatoria.

Tercero.

El plazo de la toma de posesión de los destinos adjudicados se realizará conforme a lo establecido en el artículo 48 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Cuarto.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el órgano que dictó la resolución, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante las Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 9 de agosto de 2021.–El Subsecretario de Derechos Sociales y Agenda 2030, Joseba Miren García Celada.

ANEXO I
Adjudicación de puestos

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ANEXO II
Adjudicación de puestos a resultas

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