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Documento BOE-A-2021-14665

Real Decreto 786/2021, de 7 de septiembre, por el que se modifican el Real Decreto 245/2021, de 6 de abril, por el que se crea y regula la Comisión Nacional para la conmemoración del 50.º aniversario de la muerte de Pablo Picasso y el Real Decreto 340/2021, de 18 de mayo, por el que se crea y regula el Comité Organizador de "España País Invitado de Honor en la Feria del Libro de Fráncfort 2022", y se modifica el Real Decreto 245/2021, de 6 de abril, por el que se crea y regula la Comisión Nacional para la conmemoración del 50.º aniversario de la muerte de Pablo Picasso.

Publicado en:
«BOE» núm. 215, de 8 de septiembre de 2021, páginas 108317 a 108321 (5 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2021-14665
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2021/09/07/786

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 245/2021, de 6 de abril, por el que se crea y regula la Comisión Nacional para la conmemoración del 50.º aniversario de la muerte de Pablo Picasso, instituyó este órgano colegiado interministerial de la Administración General del Estado para preparar y planificar los actos conmemorativos de dicho acontecimiento. A su vez, el Real Decreto 340/2021, de 18 de mayo, por el que se crea y regula el Comité Organizador de «España País Invitado de Honor en la Feria del Libro de Fráncfort 2022», y se modifica el Real Decreto 245/2021, de 6 de abril, por el que se crea y regula la Comisión Nacional para la conmemoración del 50.º aniversario de la muerte de Pablo Picasso, estableció la estructura de dicho Comité Organizador, responsable del desarrollo y coordinación de los diversos elementos de la presentación de España como país invitado de honor.

Con posterioridad, el Real Decreto 507/2021, de 10 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los Departamentos ministeriales, ha creado el Ministerio de Hacienda y Función Pública y el Ministerio de Política Territorial, suprimiendo a su vez el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Política Territorial y Función Pública. Asimismo, el Real Decreto 537/2021, de 13 de julio, por el que se crean Subsecretarías en los Departamentos ministeriales, ha dispuesto la creación de la Subsecretaría de Hacienda y Función Pública y la Subsecretaría de Política Territorial, y la supresión de la Subsecretaría de Hacienda y la Subsecretaría de Política Territorial y Función Pública.

De igual forma, el Real Decreto 585/2021, de 16 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los Departamentos ministeriales, ha creado la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y Globales, la Secretaría de Estado para Iberoamérica y el Caribe y el Español en el Mundo, y la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional. Igualmente, suprime la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores, para Iberoamérica y el Caribe y la Secretaría de Estado de la España Global.

Finalmente, el Real Decreto 682/2021, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los Departamentos ministeriales, introduce la Secretaría General de Cultura y Deporte en el ámbito del Ministerio de Cultura y Deporte, en sustitución de la Secretaría General de Cultura.

Por ello, se considera necesario adaptar la composición de la Comisión Nacional para la conmemoración del 50.º aniversario de la muerte de Pablo Picasso y del Comité Organizador de «España País Invitado de Honor en la Feria del Libro de Fráncfort 2022» a las modificaciones producidas, aprovechando a su vez para potenciar el papel del Ministerio de Cultura y Deporte en la organización de ambos eventos, de naturaleza indudablemente cultural. Con este fin, se modifican tanto el Real Decreto 245/2021, de 6 de abril, como el Real Decreto 340/2021, de 18 de mayo.

En el caso de la Comisión Nacional para la conmemoración del 50.º aniversario de la muerte de Pablo Picasso, se atribuye la Vicepresidencia primera de la Comisión al titular del Ministerio de Cultura y Deporte, además de actualizar la composición del Pleno, aumentando de cuatro a cinco el número de vocales que serán designados por la Presidencia entre personas o representantes de instituciones privadas, de reconocido prestigio y relación con el estudio de la vida y la obra artística de Pablo Picasso, o dedicadas al impulso y promoción de la cultura, nacional o internacional.

Por lo que se refiere al Comité Organizador de «España País Invitado de Honor en la Feria del Libro de Fráncfort 2022», la Presidencia pasa a la persona titular del Ministerio de Cultura y Deporte, de forma que, de acuerdo con las competencias atribuidas al Departamento en el Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte, pueda impulsar las actuaciones necesarias para garantizar el éxito de la participación de nuestro país en el evento.

Como consecuencia de lo anterior, se modifican también las Vicepresidencias, pasando la Vicepresidencia primera a la persona titular del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, y la Vicepresidencia segunda a la persona titular del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática. Asimismo, se ajusta la composición del Pleno y de la Comisión Ejecutiva a las modificaciones ya descritas en la estructura de los distintos Departamentos Ministeriales.

El presente real decreto se adecua a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En lo que se refiere a los principios de necesidad y eficacia, la norma atiende al fin de adaptar la estructura de ambos órganos colegiados, siendo el instrumento más eficaz para su consecución. Cumple con el principio de proporcionalidad, al recoger la regulación imprescindible para atender las necesidades que se busca cubrir, sin afectar en forma alguna a los derechos y deberes de la ciudadanía. Igualmente se ajusta al principio de seguridad jurídica, pues resulta plenamente coherente con el resto del ordenamiento jurídico. En cuanto al principio de transparencia, la norma está exenta de los trámites de consulta pública y de audiencia e información públicas, dada su naturaleza organizativa, así como por no imponer obligaciones relevantes a los destinatarios, ni afectar a los derechos e intereses legítimos de las personas.

Finalmente, el proyecto se ajusta al principio de eficiencia, ya que la aprobación de la norma no generará nuevas cargas administrativas.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Cultura y Deporte, del Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y del Ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, con la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de septiembre de 2021,

DISPONGO:

Artículo primero. Modificación del Real Decreto 245/2021, de 6 de abril, por el que se crea y regula la Comisión Nacional para la conmemoración del 50.º aniversario de la muerte de Pablo Picasso.

El Real Decreto 245/2021, de 6 de abril, por el que se crea y regula la Comisión Nacional para la conmemoración del 50.º aniversario de la muerte de Pablo Picasso, queda modificado en los siguientes términos:

Uno. El apartado 1 del artículo 4 queda redactado del siguiente modo:

«1. La Comisión Nacional contará con tres Vicepresidencias: La Vicepresidencia primera, que corresponderá a la persona titular del Ministerio de Cultura y Deporte; la Vicepresidencia segunda, que corresponderá a la persona titular del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación; y la Vicepresidencia tercera, que corresponderá a la persona titular del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.»

Dos. Los párrafos a) y b) del artículo 5.1 pasan a tener la siguiente redacción:

«a) Con carácter nato, por las personas titulares de la Secretaría General de Cultura y Deporte, de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, de la Subsecretaría de Hacienda y Función Pública, de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional, de la Dirección General de Bellas Artes, de la Dirección del Museo Nacional del Prado y de la Dirección del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.

b) Por la Presidencia de la Comisión Nacional se nombrarán veintinueve vocales de los cuales:

1.º Diez serán designados entre representantes de la Administración General del Estado con rango, al menos, de Director General, o entre presidentes o directores de organismos públicos y entidades de derecho público o privado vinculadas o dependientes de aquella, a propuesta de la persona titular del departamento correspondiente.

2.º Siete serán designados entre representantes de otras administraciones públicas, previa su aceptación, que deberán ser representantes institucionales de órganos o entidades de reconocido prestigio en el ámbito cultural y artístico, o que desarrollen actividades vinculadas a la actividad o al legado artístico de Pablo Picasso.

3.º Cinco serán designados entre personas o representantes de instituciones privadas, de reconocido prestigio y relación con el estudio de la vida y la obra artística de Pablo Picasso, o dedicadas al impulso y promoción de la cultura, nacional o internacional.

4.º Siete serán designados entre personas en las que concurra una especial vinculación con el entorno personal o familiar del pintor o con su obra.»

Tres. El párrafo a) del artículo 6.2 queda redactado de la siguiente manera:

«a) Las personas titulares de la Secretaría General de Cultura y Deporte, que actuará como Vicepresidencia de la Comisión Ejecutiva, de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional, de la Dirección del Museo Nacional del Prado y de la Dirección del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.»

Artículo segundo. Modificación del Real Decreto 340/2021, de 18 de mayo, por el que se crea y regula el Comité Organizador de «España País Invitado de Honor en la Feria del Libro de Fráncfort 2022», y se modifica el Real Decreto 245/2021, de 6 de abril, por el que se crea y regula la Comisión Nacional para la conmemoración del 50.º aniversario de la muerte de Pablo Picasso.

El Real Decreto 340/2021, de 18 de mayo, por el que se crea y regula el Comité Organizador de «España País Invitado de Honor en la Feria del Libro de Fráncfort 2022», y se modifica el Real Decreto 245/2021, de 6 de abril, por el que se crea y regula la Comisión Nacional para la conmemoración del 50.º aniversario de la muerte de Pablo Picasso, queda modificado como sigue:

Uno. El apartado 1 del artículo 3 queda redactado del siguiente modo:

«1. La Presidencia del Comité Organizador corresponde a la persona titular del Ministerio de Cultura y Deporte.»

Dos. El apartado 1 del artículo 4 queda redactado de la siguiente forma:

«1. El Comité Organizador contará con dos Vicepresidencias: La Vicepresidencia primera, que corresponderá a la persona titular del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, y la Vicepresidencia segunda, que corresponderá a la persona titular del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.»

Tres. El apartado 1 del artículo 5 pasa a tener la siguiente redacción:

«1. El Pleno estará compuesto por las personas que de conformidad con los artículos precedentes ejerzan la Presidencia y las Vicepresidencias del Comité Organizador, y por las siguientes vocalías:

a) La persona titular de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.

b) La persona titular de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional.

c) La persona titular de la Secretaría de Estado para Iberoamérica y el Caribe y el Español en el Mundo.

d) La persona titular de la Secretaría General de Cultura y Deporte.

e) La persona titular de la Subsecretaría de Cultura y Deporte.

f) La persona titular de la Subsecretaría de Hacienda y Función Pública.

g) La persona titular de la Dirección del Instituto Cervantes.

h) La persona titular de la Presidencia de la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, SA.

i) Una persona designada a propuesta de la persona titular del Ministerio de Cultura y Deporte, en representación de otras administraciones públicas, previa su aceptación.

j) Una persona designada a propuesta de la persona titular del Ministerio de Cultura y Deporte, en representación de entidades del sector editorial español, previa su aceptación.

k) La persona titular de la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura, que desempeñará además la Secretaría del Comité Organizador.»

Cuatro. Los párrafos d) y k) del artículo 6.2 quedan redactados como sigue:

«d) Una persona titular de un órgano con rango de Director General, a propuesta de la persona titular del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.»

«k) Una persona designada por la Presidencia del Comité Organizador, en representación de entidades del sector editorial español.»

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 7 de septiembre de 2021.

FELIPE R.

El Ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática,

FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 07/09/2021
  • Fecha de publicación: 08/09/2021
  • Fecha de entrada en vigor: 09/09/2021
Referencias anteriores
  • MODIFICA:
    • los arts. 3.1, 4.1, 5.1, 6.2.d) y k) del Real Decreto 340/2021, de 18 de mayo (Ref. BOE-A-2021-8269).
    • los arts. 4.1, 5.1.a) y b), 6.2.a) del Real Decreto 245/2021, de 6 de abril (Ref. BOE-A-2021-5398).
  • DE CONFORMIDAD con el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero (Ref. BOE-A-2020-1246).
Materias
  • Alemania
  • Comités consultivos
  • Conmemoraciones
  • España
  • Ferias
  • Libros
  • Ministerio de Cultura y Deporte
  • Organización de la Administración del Estado

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